septiembre 10, 2026

Gobierno cubano amplía participación privada en la agricultura, bajo su tutela

Nuevas normas dan más margen a los privados para acceder a maquinaria, servicios y tierras, aunque el Estado mantiene amplios controles sobre el sector.
Cuba, agricultura
Campesinos cubanos (Foto: Juventud Rebelde)

MADRID, España.- El régimen cubano modificó las regulaciones sobre mecanización, riego y drenaje agrícola mediante el Decreto-Ley 125/2026, una medida que amplía la participación de actores privados en determinados servicios del sector, en momentos en que la producción de alimentos atraviesa una de sus peores crisis en décadas.

La norma, publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 75 del 9 de septiembre, modifica 21 artículos del Decreto-Ley 2 de 2019 y reconoce expresamente como equipos agropecuarios a los motocultores, motoazadas y minitractores de hasta 20 caballos de fuerza.

Entre los cambios más relevantes figura la posibilidad de que personas naturales y jurídicas presten servicios de maquinaria, riego y drenaje tanto a entidades estatales como no estatales y productores individuales.

El nuevo marco permite además que los productores agropecuarios adquieran determinados equipos agrícolas, aunque el procedimiento continúa sujeto a las disposiciones administrativas que establezca el Ministerio de la Agricultura.

La normativa autoriza a actores no estatales propietarios de tractores, cosechadoras y otras maquinarias especializadas a organizar estructuras destinadas a brindar servicios a terceros.

Otra modificación afecta las inversiones realizadas por formas de gestión no estatal. En algunos casos, las pruebas estatales y determinadas validaciones técnicas dejan de ser obligatorias, aunque se mantiene la exigencia de un dictamen del Instituto de Investigaciones de Ingeniería Agrícola.

El Decreto-Ley establece igualmente el registro de tractores, cosechadoras autopropulsadas y otros equipos en las dependencias municipales de la Agricultura, por lo que el Estado conserva mecanismos de supervisión sobre el parque de maquinaria.

Apertura limitada en medio de la crisis agrícola

Las modificaciones se incluyen en el paquete de medidas que el Gobierno presenta como parte de 176 transformaciones para “dinamizar” la economía y reactivar la producción agropecuaria, tras décadas de fuertes controles sobre la tierra, la comercialización, los insumos y el uso de maquinaria.

Entre las nuevas disposiciones figura la Ley 185 de Tierra Agropecuaria y Forestal, que amplía la entrega de terrenos estatales ociosos en usufructo a personas naturales, empresas y mipymes privadas, estatales o mixtas. También permite determinadas operaciones de compraventa, permuta, donación o cesión de tierras por campesinos propietarios.

Sin embargo, el Estado mantiene la propiedad de los terrenos entregados en usufructo, conserva amplias facultades para controlar su uso y continúa siendo el principal regulador del sector agropecuario.

La flexibilización llega en medio de una profunda contracción productiva, marcada por la falta de combustible, maquinaria, piezas de repuesto, financiamiento e insumos.

Aunque las nuevas normas conceden mayor margen de actuación a productores privados y cooperativas, su impacto dependerá de que estos puedan acceder realmente a los recursos necesarios para producir, problemas que los cambios legales por sí solos no solucionan.

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