LAS TUNAS, Cuba.- Cuando la comunidad de naciones, a petición de la cancillería del régimen, votó este miércoles en la ONU la pertinencia de eliminar el embargo ejercido por Washington sobre La Habana, con ese cumplido, como con tantas otras reverencias al derecho internacional, ignora la sistemática y pertinaz violación de los derechos universales de que son objeto los ciudadanos cubanos como consecuencia de la aplicación de las leyes castristas.
Es crimen en el mundo civilizado las prácticas monopolistas como lo es la servidumbre en derecho laboral. Pero la comunidad de naciones mira a otro lado cuando tiene delante al monopolio de Estado que es el régimen de La Habana.
Con demasiada frecuencia uno escucha de los “cambios” que están ocurriendo en Cuba, de los progresos del castrismo en aras de un socialismo humano que ya va dejando atrás el socialismo real, dígase el estalinismo.
Señores… por favor… ¿A cuenta de qué esas ilusiones? No voy a desgranar perogrulladas, esos crímenes que, de tan repetidos por más de medio siglo, el régimen no ha tenido reparos en legitimarlos cuales leyes; tal es el caso de la dependencia del trabajador cubano, atado al Estado por el grillete de la Ley de la Inversión Extranjera.
El bloqueo, el cerco del régimen castrista sobre los cubanos, tiene dimensiones tan anchas que necesariamente no ha de pecarse de reiterativo a la hora de traer a capítulo esas alambradas.
Sólo un ejemplo: Cuba está abierta a la inversión extranjera y cerrada a la inversión de los cubanos. Los hostales situados en viviendas particulares, las popularmente llamadas casas de renta, por ley ya están condenas a morir, porque, así de simple, el régimen les ha prohibido crecer.
Apresuradamente, incluso trayendo a La Habana albañiles hindúes, el régimen está incrementando el número de habitaciones en su infraestructura hotelera, mientras que al propio tiempo prohíbe a los cubanos que tienen casas o habitaciones arrendadas “un incremento de la capacidad habitacional de su vivienda”.
El general de división Samuel Rodiles Planas, presidente del Instituto de Planificación Física, en el Artículo 44 de su vigente Resolución No. 54 del 26 de agosto de 2014 dice:
“No se otorga Licencia de Construcción ni Autorización de Obra para:
- Realizar ampliaciones o cualquier acción constructiva que implique un incremento de la capacidad habitacional de su vivienda a personas que tengan toda o parte de su vivienda arrendada;
- La construcción o ampliación de viviendas para realizar actividades comerciales, excepto ranchones, pórticos, pérgolas y glorietas asociados a la vivienda; y
- La construcción de piscinas.”
O sea, mientras el régimen crece en capacidad de hospedaje, valga decir en infraestructura turística, condena a los cubanos a permanecer donde están, esto es, “si ya tienes tres habitaciones, te prohíbo construir dos más, no puedes tener cinco”. ¿Y construir una piscina? ¡Ni hablar!
Pero si graves resultan las prohibiciones de corte castrense, más que jurídicas, que prohíben a los cubanos como personas naturales desarrollar la propiedad privada, incluso la propiedad de sus casas, más grave resulta que en materia de derecho domiciliario, concretamente en lo que a licencias constructivas se refiere, los cubanos no tienen una autoridad imparcial a la cual acudir.
Los cubanos no cuentan con tribunal de apelación al que recurrir en caso de conflicto por una licencia constructiva: el Instituto de Planificación Física es quien otorga o deniega las licencias constructivas, y su presidente, el general Samuel Rodiles Planas, es quien tiene la última palabra, según el Artículo 72 de la Resolución 54 del mismo general Rodiles.
La comunidad de naciones acaba de pronunciarse en contra del embargo de Washington contra La Habana. Está por ver cuándo la comunidad de naciones se pronunciará en contra del bloqueo ejercido por el régimen de La Habana contra los cubanos.