CUBANET .INDEPENDIENTE

8 de agosto, 2001


Imponen multas en dólares a niños acusados de acoso a turistas extranjeros

PINAR DEL RIO, 7 de agosto (Víctor Rolando Arroyo, UPECI) - A niños y adolescentes sospechosos de asediar a los turistas que visitan Cuba, la policía nacional les impone multas en dólares desde inicios del mes de agosto.

La medida ha generado opiniones muy críticas en contra del Ministerio del Interior.

En una encuesta informal realizada en la ciudad de Pinar del Río la mayoría de las personas opinó que cobrar multas en dólares viola las disposiciones legales vigentes en el país, porque los trabajadores cubanos reciben sus salarios en pesos cubanos.

Consultado al respecto, el licenciado en Derecho Pedro Serrano, asesor del Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos (CUTC) en esta provincia, explicó: "La medida es inconstitucional, pues los multados no son contribuyentes y por tanto no tienen obligaciones para con la administración tributaria".

El licenciado Serrano agregó que en el caso de los menores multados se transgrede la ley, al no tener ellos personalidad jurídica porque su edad es inferior a los 16 años, y porque la supuesta causa imputada es administrativa. Por tanto, el acto jurídico es nulo.

Otro aspecto significativo es que ninguno de los casos conocidos hasta ahora de menores de edad multados fue sorprendido realizando actividades de las consideradas "de asedio al turista", aunque es justo señalar que a algunos de ellos le han impuesto "actas de advertencia" por esas prácticas.

"Multar en dólares a niños que no perciben salarios es algo que da risa, es ridículo", declaró a la UPECI un residente de esta ciudad.

Las operaciones policiacas destinadas a detener a los menores que presuntamente acosan turistas extranjeros violan los derechos ciudadanos, pues obstaculizan el libre movimiento de los ciudadanos.

Por su parte, los agentes del orden actúan vestidos de civil, a bordo de vehículos de empresas privadas, además de que se le impide a los niños que cuenten con asesoría legal durante el período de la detención.

Refiriéndose a este aspecto, el licenciado Serrano reveló: "Es evidente que en el caso de los menores no procede la aplicación del Decreto-Ley 169, utilizado comúnmente para amparar desde el punto de vista legal procedimientos punitivos".


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