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Abuso de autoridad

Laritza DiversentLaritza Diversent
viernes, 25 de febrero, 2011 12:00 am
en Articulos
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LA HABANA, Cuba, febrero (173.203.82.38) – Los funcionarios del gobierno cubano, a la hora de ejercer sus atribuciones, algunas de ellas arbitrarias, no reflexionan acerca de si sus decisiones, desacreditan el prestigio del las instituciones del Estado que supuestamente representan. La ministra de Finanzas y Precios, Lina Olinda Pedraza, pasó por alto este particular, en una resolución que impone definitivamente la confiscación a una familia cubana

Pedraza, en la resolución 306/11 de su ministerio, dictada el 24 de enero de 2011, al amparo  del Decreto Ley 149 “Sobre confiscación de bienes e ingresos obtenidos por enriquecimiento indebido”, violentó el principio de seguridad del tráfico jurídico, al declarar que son inciertas las informaciones y derechos contenidos en títulos de propiedad expedidos por instituciones estatales.

La ministra, en su providencia,  alegó que era totalmente incierto lo que se declaraba en la Resolución No 1083/06, radicada al expediente No 1045/06 de fecha 4 de abril de 2006, firme desde 4 de mayo de ese mismo año, por la Licenciada Lina Dinora González, en su carácter de directora de la Dirección Municipal de la Vivienda de Arroyo Naranjo.

La resolución del órgano municipal, entidad estatal encargada de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y del Gobierno en materia de vivienda en ese territorio, acreditaba que el inmueble confiscado por la titular de Finanzas y Precios, había sido ocupado por su propietario en 1975, fecha en que hubo de construirlo con recursos y esfuerzo propio.

La señora Pedraza, también miembro del Comité Central del Partido Comunista, en su dictamen administrativo, declaró falsa tal afirmación,  pues, según declaraciones de los “factores” (miembros del Comité de Defensa de la Revolución) y vecinos, la vivienda fue construida y ocupada con posterioridad a esa fecha, por otra persona.

La ministra dio más credibilidad a las declaraciones de los vecinos, que pudieran tener en el asunto intereses oculto, que a una resolución firme, emitida por una de las dependencias de un organismo de la Administración Central del Estado, en este caso el Instituto de la Vivienda.

Como si fuera poco, dio más crédito a la inspección ocular, hecha se sabe por quién, pues ella no lo especifica, a los detalles descriptivos consignados en el título de propiedad. Tal vez la ministra desconozca que no ella es competente para hacer tales alegaciones. Antes debió impugnar el documento frente a un tribunal, mediante un proceso contencioso, según regula la Ley de Procedimiento Civil, Administrativo y Laboral.

Otro tanto sucedió con la Escritura Notarial número 382 de Permuta con Donación, autorizada el 8 de abril de 1993 por la Licenciada Ana Luisa Álvarez, notaria de esta ciudad con sede en el municipio Playa. La ministra, en la mencionada Resolución R-306/11, dio a una de las viviendas objeto de la confiscación, una descripción diferente a la que ofrecía el documento notarial que legitimaba el acto, basándose igualmente en declaraciones de “factores” y vecinos

Poco importó a la ministra que sus aseveraciones no se ajustaran a la verdad ni que la notaria diera fe pública del acto legítimamente válido. Hecho que se presume cierto, necesitándose un fallo judicial para probar lo contrario.

Todos estos títulos fueron ignorados y desacreditados por la ministra, la que insistió en que un ciudadano, según sus argumentos, dueño de tres viviendas, había utilizado “vicios ocultos y subterfugios legales”, sin explicar cuáles, para procurar la titularidad de las mismas a nombre de sus familiares.

Lo importante para ella era cumplir la orden de confiscación y aumentar el patrimonio estatal,  sin reparar que violentaba preceptos legales, colocaba a una persona en estado de indefensión, y en total descrédito a los funcionarios y trabajadores estatales.  Los hechos vienen a reafirmar la tesis que todos sabemos: la corrupción en el  gobierno mina todo el sistema.

Eso no es lo más triste. Penoso es que las propias instituciones que desacredita, más específicamente la Dirección Provincial de la Vivienda de la Habana, sirvan, mediante informes, para respaldar la argumentos sin fundamentos de la ministra. Por lo menos eso fue lo que hizo saber en su resolución.

El Código Penal cubano sanciona al funcionario público que con el propósito de perjudicar a una persona, ejerza las funciones inherentes a su cargo de modo manifiestamente contrario a las leyes, o se exceda arbitrariamente de los límites legales de su competencia. Me pregunto quién exigirá responsabilidad a la ministra por abusar de su autoridad

¿Se cumplirán las palabras  de Raúl Castro en su último discurso del año pasado, cuando expresó: “Quien cometa un delito en Cuba, con independencia del cargo que ocupe, sea quien sea, tendrá que enfrentar las consecuencias de sus errores y el peso de la justicia?”. O lo advertido por el periódico Granma, cuando consigno: “La ley se aplicará con el máximo de rigor y severidad necesaria a  los que cometan delitos e injusticias sociales”. Tal vez, habrá que esperar.

ETIQUETAS: arbitrariedadcorrupciónleyespropiedadviolacionesviviendas
Laritza Diversent

Laritza Diversent

Laritza Diversent, La Habana, 1980. Abogada, graduada en 2007, año en que se inició en la prensa independiente. El blog Juriconsulto de Cuba, fundado por ella, está dedicado al análisis de la realidad político-jurídica de la Isla. También es fundadora de la Asociación Jurídica Cubana.

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