LAS TUNAS, Cuba. — “Tal mandamiento, castrador de derechos reales sobre la propiedad de la tierra en Cuba, con consecuencias incluso de daño futuro para los propietarios”, quienes tienen prohibido expresamente transferir la tierra “por otro título que no sea hereditario, venta al Estado o permuta autorizada por las autoridades, ni ser objeto de contratos de arrendamiento, aparcería, usufructo o hipoteca”, según conceptuó la Primera Ley de Reforma Agraria del 17 de mayo de 1959, convirtiéndose en precepto constitucional hoy, harán imposible que, sin reformar la Constitución de 2019, Cuba posea una “Ley de Tierra conforme a derechos consuetudinarios, universales, modernos y no circunstanciales”, donde “el Estado, más que ejercer derecho preferente, practica dominio de monopolio”, afirmamos en el artículo, Cuba: nueva Ley de Tierra y viejas prohibiciones, recién publicado en este sitio.
Urge lo dicho porque, de mantenerse esas restricciones sobre la propiedad privada rural, esas negaciones ocasionarán no sólo daño futuro a los propietarios de tierras, sino también a la nación cubana toda, y mucho más ahora, con la crisis alimentaria que vive el país, producto del daño ya ocasionado al campo cubano por el régimen totalitario castrocomunista, que, habiendo expropiado en 1959 más del 70% de la tierra arable, se convirtió en un Estado latifundista, improductivo, administrador de tierras ociosas, deudor no sólo de acreedores del luego disuelto campo socialista, sino también de no pocos prestamistas capitalistas que vieron esfumarse sus dineros utilizados en quiméricos planes agrícolas, ganaderos, forestales y agroindustriales, pese a rendir utilidades en ocasiones, pero sin reembolsar los préstamos de las ganancias obtenidas, lo que nos hace una nación “mala paga”.
Y desde el punto de vista de buena fe, como principio jurídico principalísimo en las relaciones financieras-comerciales, el concepto de insolvente que en el mundo suele tenerse del cubano, de lo cubano, en un futuro cercano irá desfavorablemente sobre la ya reducida capacidad de pago de los productores agropecuarios. Sin mercancías que embargar, ni un historial de buen crédito, ni un título de propiedad con derechos reales sobre la tierra —que permita venderla a quien mejor pague por ella o hipotecarla como garantía de un empréstito— , aunque la administración Biden suavizara el embargo y algún banco estadounidense o de cualquier otro país, temerariamente, se arriesgara a prestar dólares a los cubanos, con esas condiciones de pago y de inseguridad que tendría un prestamista internacional para rescatar una deuda, difícil, muy difícil será para los agricultores de la Isla salir a obtener préstamos de divisas y así comprar tractores, implementos, herramientas, semillas, equipos de regadíos, fertilizantes y pesticidas, para salir de la improductividad y del atraso tecnológico de más de medio siglo que tiene lo que un día fue el productivo y bien financiado campo cubano y hoy es tierra baldía.
Siendo los agricultores cubanos (por las férulas del derecho agrario comunista) meros utilitarios de los frutos de sus campos, y aún esto con cláusulas prohibitivas que, en los casos de cosechas de gran cotización exportable (como es el caso del tabaco, el café, los productos apícolas, forestales, ganaderos o azucareros) no pueden disponer por sí mismos, sino a través de empresas estatales monopolistas, en esas condiciones de cuasi servidumbre que recuerdan imposiciones de señores feudales a los siervos, no es de esperar que algún banco preste dinero en esas condiciones de riesgo extremo. Estas circunstancias debían alertar a la opinión pública tanto nacional como internacional, por los impedimentos que representan las formas defectuosas de tenencia de la tierra en Cuba, como para que bancos privados internacionales faciliten la imprescindible ayuda que necesita la agricultura privada cubana, que, con esos “títulos” defectuosos, escasamente posee el 30% de la tierra cultivable, pues (de forma ociosa, escasamente cultivada por empresas estatales, o dada en usufructo a cooperativas y personas individuales) el Estado es propietario de más del 70% de las tierras labrantías, sin que la devuelva a los legítimos dueños expropiados a través de sus herederos o las privatice entre ciudadanos cubanos que así opten por ellas, sin importar en qué lugar del mundo residen.
Son estos problemas de vieja data en los anales de la humanidad. La tenencia de la tierra tiene una importancia cardinal para el desarrollo del crédito agrícola, y todavía más en Cuba, donde habiéndose hecho el Estado comunista dueño absoluto de la tierra y de los bancos, no ha podido en más de medio siglo mantener una producción agropecuaria estable, alimentando a la nación precariamente, mediante una cartilla de racionamiento. Así no podemos esperar que la banca privada de un país vecino proporcione facilidades crediticias a los pequeños agricultores cubanos en las condiciones de inseguridad jurídica que vive Cuba, donde son y han sido los mismos jefes del Partido Comunista en el poder quienes más alto han dicho que la deuda externa es impagable. Entonces… ¿Cómo prestar un centavo a los cubanos?
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