MADRID, España.- En la esquina de las calles Cuba y Acosta, en La Habana Vieja, se levanta la segunda iglesia parroquial con que contó la capital de Cuba, y la más antigua en pie en el presente: la Iglesia del Espíritu Santo.
La que primero fue una ermita pequeña y pobre, se erigió en 1638, por la devoción de los negros libres, de acuerdo con el historiador José Martín Félix de Arrate (1701-1765), citado por Joaquín E. Weiss en su libro La arquitectura colonial cubana. Siglos XVI al XVIII.
Declarada ayuda de parroquia una década más tarde y después de 1660 parroquia, era típica de las iglesias uninaves cubanas del XVII, siglo de gran movimiento en la arquitectura religiosa habanera; pero en el XVIII se le construyó otra nave lateral. La primitiva está cubierta con un alfarje de dos faldones y la segunda tiene techo de cuatro faldones; ambas son revestidas por tejas de tipo español.
La Capilla Mayor fue construida en esa centuria, con una cripta para enterramientos debajo, por el obispo Gerónimo Valdés, uno de los benefactores de La Habana en la época colonial, quien entre 1706 y 1729 promovió obras en su extensa diócesis y propició mejoras al templo.
Gerónimo Valdés había pedido ser sepultado allí cuando muriera y así se hizo. Sin embargo, su lugar de enterramiento se desconoció hasta que accidentalmente se encontró en 1936, junto al altar del Cristo de la Humildad y la Paciencia. Se supone que los restos fueron trasladados a ese sitio cuando se destruyó el muro que estaba junto al Evangelio para comunicar la nave original con la colateral.
Monseñor Ángel Gaztelu Gorriti (1914-2003), nombrado párroco de la Iglesia del Espíritu Santo en 1957 ─quien fue poeta, restaurador de templos y promotor de las artes plásticas de tema religioso─ pidió al escultor cubano Alfredo Lozano que hiciera un sepulcro esculpido en piedra con la estatua yacente del obispo con sus atributos episcopales, para colocar dentro los restos exhumados en 1936.
La Iglesia del Espíritu Santo, cuya torre de tres pisos también resultaba notable, tuvo otra peculiaridad trascendente: el derecho exclusivo que se le concedió en 1773 a dar asilo a los perseguidos por la justicia, según se puede leer en una placa en su exterior.