LA HABANA, Cuba.- En el contexto de lo que el oficialismo denomina “perfeccionamiento de los actores económicos” se efectuó recientemente una Mesa Redonda de la televisión cubana en la que se brindaron más detalles acerca de la próxima creación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el fortalecimiento de las cooperativas no agropecuarias, así como los ajustes que serán aplicados al trabajo por cuenta propia.
Al parecer, la intención de las autoridades apunta a favorecer el desarrollo de las MIPYMES y las cooperativas no agropecuarias, pues se reduce la existencia de los cuentapropistas a aquellos negocios que cuenten con tres o menos trabajadores contratados.
No obstante, en el caso de las MIPYMES da la impresión de que los jerarcas de la economía aún no se ponen de acuerdo sobre el momento exacto de su puesta en funcionamiento, sobre todo las que van a tener un carácter estatal. Se dice que inicialmente arrancarán como MIPYMES, en lo fundamental, las entidades que hayan logrado exportar a través de empresas de comercio exterior estatales, y aquellas que usen recursos propios del país y no lleven importaciones.
De la intervención de los panelistas en la Mesa Redonda (Alejandro Gil, ministro de Economía y Planificación; Marta Elena Feitó, titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; y Meisi Bolaños, ministra de Finanzas y Precios) se desprende que los actores económicos que llevarán la peor parte serán los trabajadores por cuenta propia, ya que afrontarán las condiciones más difíciles para desarrollar su labor.
En primer término, se deja sin efecto la antigua legislación que disponía la pertenencia de 91 actividades al régimen simplificado de tributación. Un régimen de pago de los impuestos muy favorecedor para los cuentapropistas, pues los exoneraba de realizar la Declaración Jurada de Ingresos Personales al final del período fiscal, con el consiguiente pago de impuestos adicionales.
Ahora la ministra Meisi Bolaños declara que “el régimen simplificado se reserva para los cuentapropistas con ingresos anuales inferiores a los 200 mil pesos, y que no tengan trabajadores contratados” (“Nuevos actores para dinamizar el escenario económico cubano”, periódico Juventud Rebelde, edición del 12 de agosto). Cualquiera que esté al tanto del movimiento de los precios en Cuba podría imaginar que ese nivel de ingresos es fácilmente alcanzable por la mayoría de los negocios privados.
Por otra parte, se establece que todos los cuentapropistas acogidos al régimen general de tributación deberán habilitar una cuenta bancaria fiscal, lo que significa un mayor control bancario sobre el trabajo de estos actores. Antes solo las actividades más lucrativas (paladar, cafetería, artesano, transportista y arrendador de viviendas) eran las obligadas a abrir dichas cuentas.
Nada se dijo en la Mesa Redonda acerca de los gastos que se van a admitir en el desempeño del trabajo de los cuentapropistas. Hasta el momento, los cuentapropistas debían justificar mediante facturas o vales de compra la mitad de sus gastos reales con tal de poder acogerse al porcentaje de gastos que las autoridades tributarias aceptaban en las Declaraciones Juradas, y que posibilitaban reducir los impuestos a pagar. Sin embargo, ahora, con el avance de la economía sumergida o bolsa negra, que obviamente no otorga vales ni facturas de compra, se hará más difícil la labor de los cuentapropistas de mantenerse esa legislación.
En cuanto a los precios de venta de sus producciones, se dijo en la Mesa Redonda que “las MIPYMES van a nacer dotadas de una mayor autonomía para la toma de decisiones en cuanto a los precios”. Lo anterior sugiere que las producciones y servicios de los cuentapropistas podrían seguir a expensas de la intromisión gubernamental en lo referido a la fijación de los precios.
Por último, hay una clara discriminación del trabajo por cuenta propia en lo referido a la exoneración del pago de impuestos al inicio de los negocios. Mientras que las MIPYMES y las cooperativas no agropecuarias contarán, en general, con una exoneración de seis meses en el pago de impuestos, a los trabajadores por cuenta propia solo se les exonerará por un lapso de tres meses.
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