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Enero 20, 2003

Dictan resolución de desalojo contra una madre y sus dos niños

LA HABANA, 17 de enero (Víctor M. Domínguez, Lux Info Press / www.cubanet.org) - Niurka Céspedes Vela será desalojada por la fuerza del inmueble que ocupa en compañía de sus dos hijos en Villegas 57, apartamento 6, entre San Juan de Dios y Empedrado, en el municipio Habana Vieja en caso de que se rechace la reclamación que debe presentar ante los tribunales del Poder Popular de Ciudad La Habana

De acuerdo con la Resolución 1823-02, firmada por Israel Rosales Prado, director municipal de la Vivienda en ese municipio, la señora Céspedes cuenta con 30 días hábiles para impugnar la medida, a partir del 26 de diciembre, fecha en que le fuera notificada la decisión oficial.

Céspedes vive en esa dirección desde julio de 2000 y tiene un niño de dos años y otro de cinco meses.

La Resolución 1823-02 fue dictada a petición del ex esposo de Céspedes, William Tamayo Hernández, quien alegó en su descargo que ella no posee derecho a ser copoprietaria del inmueble porque el mismo le fue otorgado a él por la Oficina del Historiador de la Ciudad en contrato de arrendamiento por necesidad oficial que sólo contempla al beneficiario, y no al resto de los integrantes de la familia.

Esta medida, si bien sujeta a lo previsto por la Ley General de la Vivienda, viola algunos aspectos contenidos en la misma con carácter humanitario y en casos excepcionales como el de Céspedes y sus hijos, según el criterio de algunos especialistas en Derecho consultados por ella y otros familiares.

Por otra parte, decenas de integrantes de las organizaciones de masas (Comité de Defensa de la Revolución, Federación de Mujeres Cubanas...) de la zona donde reside Céspedes, así como miembros de instituciones oficiales a los que ella se ha dirigido en su desamparo legal, consideran, mediante firmas, que la mujer y sus hijos deben permanecer en el inmueble aunque la ley estime lo contrario, pues fue Céspedes quien asumió la responsabilidad de criar a sus hijos.

"No se puede dejar en la calle a una madre de dos menores de edad porque se haya separado de su marido, y mucho menos si la casa fue otorgada por la Oficina del Historiador de la Ciudad, entidad que presume de obras humanitarias", dijo una fuente consultada.

De ser rechazada la reclamación de Céspedes, como presupone en sus por cuantos la resolución 1823-02, ella y sus hijos deberán regresar al lugar donde residía anteriiormente, una habitación declarada inhabitable por especialistas del Departamento de Arquitectura y Urbanística del sector de la vivienda, en la cual residen actualmente personas de cinco edades diversas.

LUX INFO-PRESS
Agencia Cubana Independiente de Información y Prensa
2174 N.W. 24 th Court
Miami, Florida 33142


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