VILLA CLARA, Cuba.- José Ernesto Pina, Director Nacional de la inmobiliaria ALMEST (sigla derivada de unir los apellidos de los comandantes Juan Almeida y Armando Mestre, dúo inspirador), ha hecho circular un documento a todas las instancias departamentales económicas y de fuerza de trabajo bajo su mando, instruyendo a esas direcciones provinciales y territoriales a “terminar con todos los contratos vigentes a Trabajadores por Cuenta Propia (TCP) y Cooperativas de Servicios”, en un plazo de extinción que comienza este próximo 5 de noviembre.
Igualmente, el texto añade la contravención de abrir nuevas contrataciones en lo adelante para con el sector no estatal (privado), adelantándose a lo que sobrevendrá la nación el próximo 7 de diciembre cuando entren en vigor las nuevas regulaciones de empleo, fiscales y tributarias para los TCP en activo y los futuros.
Según estipula el decreto Ley 356, publicado en la Gaceta Oficial de la República, cesan en el listado de actividades permisibles algunas profesiones de la anterior legislación, y se resumen las vigentes en 123 categorías, independientes de la “novedad” de no poder poseer dos patentes una sola persona.
Algunos afectados por la inapelable medida, quienes han visto terminadas las opciones de seguir trabajando con “el ramo fuerte” de la economía cubana, manifestaron —bajo condición de anonimato— sus frustraciones individuales y colectivas, toda vez que les fue informada oralmente la medida, sin que mediara documento como constancia del fin del pacto, que sí fue debidamente suscrito.
Los que alcanzaron a ver el edicto de refilón cuentan que se refiere en él a “la iliquidez actual de la corporación”, así como no continuar “interactuando con gestores de representación legal de personas naturales (no jurídicas)” y empresas militares.
Con deudas de larga data, que ascienden a varios millones de pesos —pendientes de pagarse a lo largo el país—, y ante los resultados improductivos de subcontratados estatales, el conglomerado que ejecuta hoy casi 500 objetos de obra apeló en su momento a estos convenios como alternativa.
Otro gesto acelerado proveniente de GAESA es que mantiene y legitima a su propia casa auditora, la cual monitorea el resbaladizo entramado de negocios, de cuyo alcance e implicaciones desconocen tanto en la Contraloría General de La República como en la ANPP: “Servicios de Auditoría SA”, un engendro policial anónimo.
Quiere decir que los resultados de las comprobaciones periódicas a que se someten los estados financieros y balances contables aplicables al grupo, difícilmente se filtrarán a la opinión pública.
“Del barrio habanero de Miramar salen los evaluadores”, quienes chequean cada año las mudanzas, éxitos y descalabros de la inversionista ALMEST, reveló hace un tiempo el diario oficialista Juventud Rebelde.
Fiscalizar a la empresa con más tentáculos (y oportunidades) en Cuba no es algo sencillo. Además, el Código Penal, en su artículo 95.1 “imputa de cuatro a diez años de cárcel para quien revele información que concierne a la seguridad estatal, incluidos los campos económico y militar”.
La Ley de Procedimiento Penal, en su artículo 5 (modificado en 1994 para ampliar la jurisdicción a los delitos cometidos por civiles en zonas militares) dice que las empresas de las FAR son consideradas tales, así como sus trabajadores devienen empleados “civiles” de las FAR.
Cualquier delito cometido en una de esas entidades presupone la competencia de los Tribunales Militares: “La autoridad actuante, cuando tenga conocimiento de un hecho punible, comprendido en alguno de los casos señalados en el párrafo anterior, dará cuenta con las actuaciones preliminares, al Fiscal Militar que corresponda, sin perjuicio de continuar practicando las diligencias de instrucción pertinentes”.
De ahí que los nuevos perjudicados, aterrados con la idea de siquiera llegar a cobrar sus pesos pendientes, apenas puedan aportar datos.