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Sueños que cuestan

Laritza Diversent 

LA HABANA, Cuba, octubre (www.cubanet.org) – José, a sus 35 años, sueña con manejar un Audi descapotable plateado. Tiene los ojos abiertos, no le fue difícil regresar cuando su ventilador se detuvo por el apagón. El calor de la noche puso en actividad su cerebro. Pensaba en una solución para sus problemas existenciales. 
 
Quería prosperar económicamente, pero convencido de que cualquier cosa que inventara lo llevaría la ilegalidad, y luego a la prisión, ideó un plan para atravesar el mar que lo separaba del sueño americano. “Si fuera mexicano, arriesgaría mi vida cruzando la frontera”, se dijo. Pero estaba en Cuba, un país que regula con rigor la salida del país.

Construiría una embarcación rustica a la que llamó bote. Invitó a sus dos mejores amigos a participar de su empresa. Cada uno buscó dos tanques de acero de 55 galones, en los que comúnmente la población almacena sus reservas de agua.

Comenzaron su trabajo dentro de la sala de su casa. Primero sellaron los recipientes con no más de 20 litros de agua dentro. Luego, los unieron entre sí con angulares, dejando entre ellos espacio para colocar neumáticos de camión. Solo faltaba instalar la quilla rompe olas, cuando tocaron a la puerta.

Los nervios se dispararon cuando vieron al jefe de policía de la zona acompañado de dos agentes. Dijeron que los vecinos se quejaron por la bulla de martillos y motores, y que tenían información de que estaban construyendo una embarcación para salir del país.

Venían con una orden de registro, que ejecutaron al momento. Decomisaron aquello que poco se parecía a un bote y los condujeron a la Estación de policía. Para su sorpresa los soltaron a las cinco horas, sin ningún tipo de sanción.

A los 15 días José recibió una resolución de la Capitanía de Puerto mediante la cual se le imponía una multa de 3 mil pesos “por construir una embarcación sin autorización”.

La infracción, calificada de muy grave, está tipificada en el Decreto ley 194 de 19 de junio de 1999 “De las infracciones sobre la tenencia y operación de embarcaciones en el territorio nacional”, complementado por la Resolución No 2 de 7 de diciembre de 1999, del Ministerio del Interior,  que  establece procedimiento para su aplicación.

La norma emitida por el Consejo de Estado tipifica 14 infracciones calificadas de leves, graves y muy graves,  sancionables con multas que van desde 500 hasta 10 mil pesos, incluyendo la posibilidad de aplicar subsidiariamente la sanción de decomiso. La Capitanía de Puerto es la autoridad facultada para aplicar las medidas sancionadoras.

José adicionó a sus ya agobiantes problemas económicos, una multa que supera lo que podría ganarse legalmente en un año. Dicen que soñar no cuesta nada, pero intentar hacer realidad un sueño, puede salir muy caro.




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