PRENSA INTERNACIONAL
Noviembre 13, 2006
 

Crimen y castigo por ser médico emigrante en Cuba

Medicina Cubana, 10 de noviembre de 2006.

"Emigrar es un derecho que debe ser respetado." Esto es algo reconocido y practicado por todos los países civilizados y democráticos de este planeta, pero lo curioso es que esta es la frase inicial del discurso pronunciado el 04 de noviembre de 2006 en la XVI Cumbre Iberoamericana de Montevideo por el Vicepresidente cubano Carlos Lage Dávila, representante de un gobierno que se ha caracterizado durante años por establecer y regular sistemáticamente contínuas limitaciones, restricciones y atentados al derecho de emigración de sus ciudadanos.

El artículo 13.II de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) establece que "Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país."

"Toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio", reza el artículo 12.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966).
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) reitera en su artículo 22.2 que "Toda persona tiene derecho a salir libremente de cualquier país, inclusive del propio."

Los anteriores preceptos son letra muerta en la República de Cuba, pues si bien en la inmensa mayoría de los Estados del mundo un ciudadano puede salir libremente del territorio de su país cuando lo desee, contando como mínimo con dos documentos esenciales: un Pasaporte y una Visa, a un cubano no le basta poseer los mismos para salir de su país; el gobierno de Cuba ha añadido un nuevo requisito, que su sola existencia ya constituye una seria conculcación al derecho de todo individuo a emigrar libremente: contar con un Permiso de Salida. Para emitir el precitado Permiso de Salida las autoridades cubanas de Inmigración exigen que el interesado cuente con la denominada "liberación" del Jefe del organismo al cual pertenece el mismo, principalmente si es un profesional. Aún cuando ha constituido una práctica recurrente limitar el derecho a emigrar libremente de cualquier cubano, indiscutiblemente que las personas que más han sufrido sus efectos han sido los médicos y otros profesionales del sector de la Salud Pública, quienes han sufrido en carne propia los efectos de una criminal e injusta posición, que roza en la obsesión patológica.

Se obliga literalmente a permanecer en el país en contra de su voluntad a personas solicitantes de la liberación de sus funciones, a pesar de que previamente hayan realizado y cumplido todos los trámites para la obtención de pasaportes, visas y otros documentos vitales para emigrar, y esa permanencia abarca periodos excesivamente prolongados (hasta el presente nunca inferior a 5 años), lapso durante el cual no se deja al solicitante cumpliendo sus funciones normales en su labor habitual sino que de hecho se penaliza, enviándolo a localidades notoriamente alejadas, en condiciones de trabajo sumamente difíciles, trasladándolo constantemente de centros, invariablemente hacia condiciones progresivamente más penosas y gravosas, todo como castigo por el único "crimen" que han cometido: querer emigrar de Cuba.

De todo lo anterior puedo dar la más veraz fe porque conozco a decenas de personas que están viviendo estas situaciones y es verdaderamente inhumano, cruel, injusto, éticamente inaceptable y violatorio de los derechos humanos más elementales el tratamiento que hoy por hoy brindan las autoridades gubernamentales cubanas a todo potencial emigrante del sector de la Salud, mas el tiempo, ese juez supremo, dirá la última palabra, todos aquellos que han aprobado y practicado estas injusticias pagarán adecuadamente todo el inmenso daño físico y psicológico que han causado a cientos de miles de familias cubanas; la Verdad se sabrá algún día, dejará de ser mi Verdad para ser la Verdad de todos, estoy completamente seguro de ello, y los autores intelectuales de tamaña ignominia sufrirán en cuerpo y espíritu el mismo intenso dolor que han infligido en el alma de muchísimos cubanos.

Para que se pueda constatar hasta qué punto llega la patológica obsesión gubernamental en restringir la liberación del personal de Salud Pública de sus funciones para permitírsele emigrar les ofrezco la cronología normativa de esta aberración ignominiosa; estas disposiciones son en su inmensa mayoría desconocidas en Cuba por los implicados y en las Direcciones Municipales y Provinciales de Salud Pública, a pesar de ser normas legales públicas, se les niega el acceso a su contenido a médicos, enfermeras, técnicos y otras personas interesadas, confiriéndoles a estos documentos la categoría de Secreto, hasta esos límites se ha llegado en la monopolización y estatización de la información.
Siento una enorme satisfacción en hacer verdaderamente públicas a través de Internet estas normas porque considero en primer lugar que debo estar en paz con mi conciencia, denunciando una cruel e inhumana práctica que desde ningún punto de vista tiene el más mínimo amparo jurídico ni ético y si verdaderamente existe un ser omnipotente y omnisciente más allá del ámbito terrenal en que vivimos no debe permitir la perpetuación de aquellos que de una forma u otra fomentan, practican y apoyan algo tan injustificado moral y humanamente.

Resolución No. 54, Firmada el 02 de julio de 1999 por el entonces Ministro de Salud Pública cubano, Doctor Carlos Dotres Martínez. Publicada en la Gaceta Oficial de la República, Edición Ordinaria No. 43, del Jueves 15 de Julio de 1999, página 709. Regula el traslado definitivo o temporal de los profesionales o técnicos de la salud a otras entidades, asociaciones económicas, administrativas, de servicios u organizaciones políticas y de masas.

Disponible en http://onlypaper.blogspot.com/2006/10/resolucin-no-541999-del-ministerio-de.html
Resolución No. 33, Firmada el 25 de abril de 2001 por el entonces Ministro de Salud Pública cubano, Doctor Carlos Dotres Martínez. Publicada en la Gaceta Oficial de la República, Edición Ordinaria No. 35 del Miércoles 02 de Mayo de 2001, páginas 929-930. Deroga la Resolución No. 54/1999.
Disponible en http://onlypaper.blogspot.com/2006/10/resolucin-no-332001-del-ministerio-de.html

Resolución No. 143, Firmada el 17 de julio de 2003 por el entonces Ministro de Salud Pública cubano Doctor Damodar Peña Pentón. Publicada en la Gaceta Oficial de la República, Edición Ordinaria 49, del Martes 18 de noviembre de 2003, páginas 774-775.
Disponible en http://onlypaper.blogspot.com/2006/10/resolucin-no-1432003-del-ministerio-de.html

Resolución No. 144, Firmada el 17 de julio de 2003 por el entonces Ministro de Salud Pública cubano, Doctor Damodar Peña Pentón. Publicada en la Gaceta Oficial de la República, Edición Ordinaria 49, del Martes 18 de noviembre de 2003, página 775. Deroga la Resolución No. 33/2001.
Disponible en http://onlypaper.blogspot.com/2006/10/resolucin-no-1442003-del-ministerio-de.html

Datos de Interés: Según cifras de la Organización Panamericana de la Salud, accesibles y consultadas hoy 08/11/2006 en http://www.paho.org/Spanish/SHA/coredata/tabulator/newTabulator.htm, Cuba posee índices de médicos (62) y odontólogos (9,3) por cada 10 000 habitantes superiores a Estados Unidos de América (22,5 y 5,4 ; respectivamente) y a Canadá (18,9 y 5,7; respectivamente), los dos únicos países desarrollados del continente americano, y en la cifra de Enfermeras Profesionales por cada 10 000 habitantes Cuba (75,4) supera a Canadá (73,4) y prácticamente iguala a Estados Unidos de América (78,5), todo lo cual desmiente la idea de justificar una presunta falta o carencia de recursos humanos en la esfera de Salud Pública cubana.

El presente artículo fue preparado por un médico cubano radicado en la Isla y que prefiere mantener su anonimato. Usa un seudónimo: "Esperando un nuevo amanecer". Este Médico edita un Blog que puede ser consultado haciendo CLIC aquí.

 

IMPRIMIR



PRENSAS
Independiente
Internacional
Gubernamental
IDIOMAS
Inglés
Francés
Español
SOCIEDAD CIVIL
Cooperativas Agrícolas
Movimiento Sindical
Bibliotecas
DEL LECTOR
Cartas
Opinión
BUSQUEDAS
Archivos
Documentos
Enlaces
CULTURA
Artes Plásticas
El Niño del Pífano
Octavillas sobre La Habana
Fotos de Cuba
CUBANET
Semanario
Quiénes Somos
Informe Anual
Correo Eléctronico

DONACIONES

In Association with Amazon.com
Busque:


CUBANET
145 Madeira Ave, Suite 207
Coral Gables, FL 33134
(305) 774-1887

CONTACTOS
Periodistas
Editores
Webmaster