El pulso de Panamá
El
Panamá América, 25 de agosto
de 2004.
INDULTOS
La Constitución establece que el Presidente
puede indultar por delitos políticos y
rebajar penas o dar libertades condicionales a
los reos comunes. El concepto ha sido mal utilizado
en el pasado y presidentes han indultado a reos
comunes y a personas que ni siquiera han sido
condenadas. El Gobierno Cubano acusa, de manera
nada diplomática, al Gobierno saliente
de pretender indultar a acusados de terrorismo
cuya condena aún no está en firme.
AMBIGUEDAD
Ante la acusación de un hecho que no ha
ocurrido, bien hace Panamá de retirar su
embajador de la Isla y llamar al Embajador de
Cuba en Panamá a dar explicaciones. Es
preocupante sin embargo que, ante la pregunta
específica de si pensaba indultar a estas
personas, la Presidenta sea ambigua en su respuesta
dando a entender que de hecho es una posibilidad
que así sea. Por lo delicado del tema lo
correcto sería que dejara a la Justicia
tomar su curso.
INTERESES
Definitivamente el tema tiene ramificaciones internacionales.
Si fue un abortado acto terrorista o una celada
de la inteligencia cubana, no lo sabemos. Tanto
los cubanos de La Habana como los cubanos de Miami
están ejerciendo presión a favor
de su causa. En este caso el Gobierno Nacional
debe garantizar que la Justicia Panameña
pueda actuar en Derecho y sin presiones indebidas,
y hacer abstracción de si los próximos
años se quieren pasar en La Habana o en
Miami.
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