La
'Constitución de La Habana'
Joaquin Roy. El
Nuevo Herald, agosto 29 de 2003.
Barcelona -- Entre el 15 de agosto y el 2 de
octubre de 1928, hace 75 años, Francesc
Maci, quien luego sería presidente de Cataluña,
fue testigo ilustre en la ciudad de La Habana
de la preparación y celebración
de una asamblea del exilio y la emigración
catalana en Cuba, que aprobó la llamada
"Constitución de La Habana''.
Se trata de un documento singular del constitucionalismo
catalán, el único no diseñado
y aprobado en Cataluña u otorgado por el
poder central, antecedente del estatuto autonomista
actual. En rigor, este documento fue redactado
casi en su totalidad de su espíritu y contenido
por Josep Conangla i Fontanilles, nacido en Montblanc,
varias veces presidente del Centre Catalá
habanero. Periodista destacado, había arribado
por primera vez a Cuba como recluta en la desastrosa
guerra de 1895 a 1898, y luego de su repatriación
resolvió regresar para siempre a su tierra
de adopción. Conangla insistía en
que Catalunya no tenía nada en común
con el estado español, al que calificaba
como artificioso, y recordaba las diversas intentonas
de independencia y la necesidad de que fuera una
labor de todas las clases sociales. En los 36
títulos, divididos en 302 artículos,
del proyecto constitucional destacaban algunos
aspectos que merecen especial atención.
Se reconocían los criterios ''liberales''
y democráticos de Cataluña, y se
advertía que ''las clases económicas
altas'' no habían servido convenientemente
al catalanismo. Al mismo tiempo, se hacía
un llamado al ''proletariado'' para que no desconfiara
de las consignas independentistas, porque con
la independencia se liberarán de las cargas
anteriormente impuestas por el sistema económico
y político.
En la estructuración del territorio se
revitalizarían las comarcas, se suprimían
las provincias, y una vez conseguida la efectiva
independencia, Cataluña podría establecer
fórmulas confederales con otras ''regiones
españolas'', de habla catalana o no, y
además este potencial se hacía extensivo
especialmente a Portugal.
El voto sería directo, universal y secreto
para la elección de los cargos parlamentarios
y municipales. Las condiciones para ser elector
o elegible incluirían la mayoría
de edad y el saber hablar y escribir en catalán.
El Parlamento catalán (en el que habría
una representación especial de la emigración)
tendría una sola cámara, pues se
consideraba que el Senado era una institución
inútil y comprometida con el sistema monárquico
absolutista. Pero el método electivo para
seleccionar al jefe de estado por medio de sistema
indirecto, votado por una Asamblea de Compromisarios,
electos por los Consejos Comarcales. Este sistema
también se aplicaría a la elección
del presidente del Tribunal Supremo.
El trabajo (por profesión u oficio) sería
una obligación incluso para los rentistas.
La actividad económica estaría fomentada
por la actuación de asociaciones profesionales,
siguiendo los modelos inglés y austríaco.
Se prohibiría explícitamente la
mendicidad y la vagancia. La jornada laboral sería
de ocho horas con asueto sabatino ''a la inglesa''.
El trabajo estaría prohibido a los menores
de 16 años, y el nocturno no permitido
para las mujeres y los menores de 18.
La enseñanza estaría dividida entre
la primaria (obligatoria y gratuita) y la secundaria,
la superior y la técnica (de organización
libre, pero bajo la regulación del estado).
Se desterraría la enseñanza tradicional
de tipo pasivo y memorístico. Aparte del
catalán obligatorio, se impartirían
cursos de castellano (también obligatorio)
y dos idiomas optativos, uno de ellos obligatorio.
En cuanto a la relación entre el poder
civil y el eclesiástico se establecería
una separación total entre la Iglesia y
el estado, aunque se reconocía la enraizada
tradición católica de la mayoría
de los catalanes. Algunas costumbres que se consideraban
bárbaras o identificadas con un españolismo
indeseable, como el boxeo o las corridas de toros,
serían prohibidas.
Una vez finalizadas las febriles jornadas de
la visita de Maci, las actividades de los catalanes
independentistas en Cuba se mantuvieron expectantes
de los cambios políticos en Cataluña
y en España. Las risueñas perspectivas
de las reuniones independentistas de La Habana
recibieron nuevo ímpetu cuando la monarquía
española iba cayendo por su propio peso,
primero con el abandono de Primo de Rivera y después
con la abdicación de Alfonso XIII en abril
de 1931. Sin embargo, el espectacular entusiasmo
de la simultánea declaración de
las repúblicas española en Madrid
y la catalana en Barcelona, se vio defraudado,
sobre todo en La Habana, por la evolución
posterior de la política de Maci.
Conangla reflejó luego esta preocupación
en una serie de publicaciones posteriores en las
que se dejaba traslucir su desánimo. Trataba
de explicar a los cubanos que el separatismo catalán
nunca había sentido odio hacia los demás
pueblos hispánicos, sino que simplemente
había tratado de sublimar unas ansias de
libertad que también habían estado
suprimidas en el resto de España. Conangla
creía que durante la guerra civil los líderes
catalanes habían actuado con cierta pusilanimidad
y que Madrid no habría estado entonces
en condiciones de oponerse a una decidida política
independentista catalana. Ciertamente duro con
Maci, consideraba que no había actuado
de acuerdo con las posibilidades de futuro, ya
que el gobierno central nunca había conseguido
dar plenas satisfacciones a los catalanes por
el ''método de la concesión'', como
así se calificaba el estatuto con el que
se diluyó la independencia.
El resto es historia. La lectura del espíritu
y la letra de aquella constitución es un
fructífero ejercicio en las circunstancias
de hoy, cuando Cataluña se siente insatisfecha
con las limitaciones de la autonomía y
el gobierno vasco amenaza con una solución
más radical. Mientras, Madrid responde
con el inmovilismo. El tema dominará las
elecciones para el gobierno autónomo de
Cataluña, previstas para noviembre.
jroy@miami.edu
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