Crónica           IMPRIMIR
20 de dciiembre de 2007

Meterlos en cintura

Reinaldo Cosano Alén, Sindical Press


LA HABANA, Cuba, diciembre (www.cubanet.org) – Primero se quiso meter en cintura a los trabajadores con las resoluciones ministeriales 187 y 188 sobre disciplina laboral.

Corresponde ahora meter en cintura a los dirigentes, como parte de la llamada “política de cuadros del estado”, mediante la puesta en vigor del decreto ley 251 del Consejo de Estado, modificativo de los decretos leyes 196 y 197 de octubre de 1999, que les obliga a cumplir las disposiciones sobre el ejercicio del cargo, y mantener una postura ética que sirva de modelo al colectivo obrero y al pueblo en general.

El decreto hace extensa relación de las actuaciones violatorias de la disciplina laboral como ausencias injustificadas, impuntualidad de horario –a veces escudados en el “horario abierto”, maltrato de obra o palabra al superior o al subordinado, negligencia, provocar o permitir daño en el centro o actividad productiva, no actuar en previsión de posibles daños, no garantizar el cumplimiento de los planes de producción o servicios y las finanzas.

La lista incluye ahora como responsabilidad directa del dirigente las indisciplinas laborales o cualquier otro delito en el ámbito de su competencia. También contempla sanciones que van desde la amonestación privada hasta la separación definitiva del puesto del trabajo, y la reubicación laboral, lo que hace recordar la época cuando a un funcionario se le separaba del cargo por mal funcionamiento o delito, y pasaba a ocupar otro cargo de igual o mayor jerarquía. La población se refería a esta situación con la frase “se cayó para arriba”.

El amiguismo, indisciplina laboral, el tráfico de influencia, así como 34 figuras delictivas del código penal contra la corrupción, se pretenden atajar con el Decreto Ley 251.

 
 
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