La
Audiencia decide este jueves si procesa a Fidel Castro por genocidio
Los denunciantes le acusan de la muerte de nueve prisioneros de
Bahía Cochinos
El pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional
estudiará el próximo jueves si abre un proceso contra
el líder cubano Fidel castro y el ex comandante, y ex ministro
de Turismo, Osmani Cienfuegos por delitos de genocidio, terrorismo,
torturas y delitos contra las personas y bienes específicamente
protegidos en caso de conflicto armado. A ambos se les acusa de
participar en la muerte por asfixia de nueve prisioneros cubanos
durante su traslado de Playa Girón a La Habana, el 22 de
abril de 1961, tras la invasión de Bahía Cochinos.
Asfixiados en un camión para mercancías
El tribunal debe dilucidar si Castro sigue siendo jefe de Estado
El Comité de Ayuda a la Disidencia 2506 (CAD 2506) presentó
el pasado febrero una tercera querella contra Castro por los mismos
hechos en la Audiencia Nacional. La primera la tramitaron en 1998
la Fundación para los Derechos Humanos en Cuba y una decena
de exiliados opuestos al régimen cubano, y afectaba a Fidel
y Raúl Castro, a Cienfuegos y a otro dirigente castrista.
El juez Ismael Moreno, siguiendo las tesis del fiscal, estimó
que los hechos narrados en la querella no constituían delitos
de genocidio, terrorismo y torturas. El magistrado estimó
que de lo relatado no se infería la intención de Castro
de destruir un grupo humano, nacional, religioso, racial o étnico,
requisito imprescindible para que exista delito de genocidio.
Moreno argumentó también que los actos
de terrorismo no pueden ser cometidos por el Estado y que las supuestas
torturas sólo podían ser consideradas como tratos
degradantes.
Los querellantes recurrieron la decisión del
juez, pero la Sala de lo Penal confirmó la resolución
y el Supremo fijó como requisito, para que el asunto fuera
juzgado, que las víctimas debían tener nacionalidad
española.
En 2005, la misma fundación y varios cubanos
residentes en Miami (EE UU) volvieron a presentar la querella a
la vista de que el Tribunal Constitucional había reconocido
la jurisdicción española para investigar y juzgar
el genocidio de Guatemala, sin necesidad de que hubiera españoles
afectados, y de que se había anunciado que Castro se trasladaría
a España para asistir a la Cumbre Iberoamericana de jefes
de Estado, que se iba a celebrar en Salamanca.
Castro, finalmente, no acudió a la cumbre,
ni a Salamanca, pero el juez, primero, y la Sala de lo Penal, después,
rechazaron la querella por entender que el dirigente cubano gozaba
de inmunidad soberana por su condición de jefe de Estado
y no podría ser juzgado hasta que perdiera esa condición.
El 26 de febrero de este año, a raíz
de la enfermedad de Fidel Castro y de que ha delegado algunos poderes,
otra querella por los mismos hechos y casi con la misma redacción
fue presentada por otra asociación de disidentes cubanos,
la CAD 2506. El caso correspondió al juez Santiago Pedraz,
que decidió no admitirla a trámite por entender que
el asunto era cosa juzgada puesto que ya se habían pronunciado
sobre esos mismos hechos el Juzgado 2 y la Sala de lo Penal. Sin
embargo, los cubanos recurrieron de nuevo.
El fiscal Jesús Alonso, al informar sobre
el caso, señala que existe una continua y constante actividad
de los querellantes, que adoptan diferentes denominaciones, para
intentar que prosperen sus tesis al caer la querella en otro juzgado
distinto. Sin embargo, el fiscal sostiene que "en la nueva
querella se da una completa identidad (objetiva y subjetiva) en
los hechos que la fundan con las que en su momento se presentaron
en el juzgado central 2. Por tanto, no es posible hacer nuevas valoraciones
en el procedimiento, ya que estaría vedado por el principio
de cosa juzgada".
El caso parecía estar claro, pero el pleno
de la Sala de lo Penal, integrado por 15 magistrados presididos
por Javier Gómez Bermúdez, no lo ve tan diáfano
y, aunque ya lo debatió en una sesión, entendió
que el caso es más complejo y decidió aplazarlo a
la sesión prevista para el próximo jueves. Nadie discute
que los hechos son los mismos que los denunciados en las querellas
anteriores. Sin embargo, el meollo de la cuestión estriba
en si Fidel Castro ha perdido la inmunidad soberana o no. Si el
mandatario no tuviera ya la condición de jefe de Estado,
el caso podría prosperar. El tribunal debe establecer si
la cesión de facultades ha supuesto la pérdida, o
no, de la jefatura del Estado en favor de Raúl Castro.
Por otro lado, por los hechos que se imputan a Fidel
también estaba acusado Raúl en la querella inicial,
y aunque ahora ha quedado fuera, los magistrados podrían
considerar que se trata de un fraude de ley, con la finalidad de
que se pueda proceder contra Fidel. En el caso de que los magistrados
considerasen que Fidel Castro ya no es jefe de Estado por haber
cedido poderes y funciones, es obvio que sería considerado
como principal mandatario Raúl Castro, primer beneficiario
de la delegación de poderes. El omitir su nombre en la nueva
querella podría ser considerado fraude de ley.
En todo caso, el pleno de la Sala de lo Penal de
la Audiencia Nacional tiene la palabra, que puede abrir el proceso
contra Castro o archivar el caso.
La trascendencia del asunto, incluso si se decidiera
la apertura de un proceso contra Fidel Castro, sería más
publicitaria que efectiva, puesto que no hay indicios de que el
líder cubano tenga intención de abandonar Cuba, ni
siquiera para recibir tratamiento médico, al contrario de
lo que ocurrió con el dictador Augusto Pinochet, que salió
de Chile y se instaló en Londres.
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