EEUU
veta la entrada a los hoteleros mallorquines con
propiedades en Cuba
El Departamento de Estado
insta a cadenas de Balears a abandonar la gestión
de solares confiscados por Cuba a norteamericanos
Ultima
Hora, España, 13 de noviembre de 2005.
Las cadenas hoteleras mallorquinas están
recibiendo notificaciones del Departamento de
Estado de Estados Unidos, notificándoles
que por ocupar una propiedad confiscada en la
isla de Cuba y comercializarla para beneficio
propio, se les prohíbe la entrada en este
país a la propietarios de la empresa, empleados,
accionistas y familiares. Esta medida afecta directamente,
entre otras, a las cadenas Sol Meliá, Blau
Hoteles, Iberostar, grupo Piñero y Riu.
El escrito está firmado por el coordinador
de la Oficina de Asuntos Cubanos-Sala 3234, Stephen
G. McFarland, con sede en Washington. Esta situación
está generando ya serios problemas operativos
a las cadenas afectadas, principalmente a aquéllas
que tienen activos turísticos en EEUU,
oficinas de representación y acuerdos con
empresas americanas. En la notificación
se indica que la Oficina de Asuntos Cubanos está
informada de que hay cadenas hoteleras que están
gestionando y dirigiendo un hotel en Cuba, el
cual aparece ubicado sobre propiedad confiscada
y que un ciudadano americano ha presentado una
reclamación sobre este hecho.
Se explica que la medida coercitiva decidida
por Washington está motivada porque al
reclamar un ciudadano americano la actuación
del Gobierno por incumplirse el Título
IV de Ley "Libertad", la administración
se ve obligada a actuar de oficio. En dicha ley
se especifica que el supuesto de "traficar"
se produce cuando una compañía compra
o adquiere una propiedad confiscada y comienza
a gestionarla, "poseer, utilizar o tener
interés en dicha propiedad. Y participa
en un acuerdo mercantil utilizando o, de otro
modo, beneficiándose de dicha propiedad,
mejorando o invirtiendo en la mencionada propiedad".
Dentro del procedimiento jurídico americano
se explica que una medida de estas características
puede ser evitada o levantada "si se demuestra
que la persona en cuestión ha cesado en
cualquier participación o relación
con la propiedad confiscada en Cuba con el objetivo
de retirarse de este país. Asimismo, una
resolución puede ser evitada o levantada
cuando se obtenga un permiso de participación
con la propiedad confiscada por parte del dueño
de la reclamación o derecho de esa propiedad".
El coordinador de la Oficina de Asuntos Cubanos
puntualiza en el escrito remitido a las cadenas
que están abiertos a cualquier tipo de
documentación adicional, "que podría
ser relevante para nuestra inspección y
estudio posterior. Esperamos resolver este asunto
de manera rápida y, si usted decide responde,
le animamos a hacerlo. Por favor, responda en
los próximos 45 días", finaliza
la carta de McFarland. Cuba mantiene la oportuna
cautela sobre esta espinosa cuestión, que
es un añadido más a la polémica
que se suscitó a finales de 1998 y principios
de 1999 con la aplicación de la Ley Helms-Burton,
que provocó la apertura de expedientes
administrativos contra la cadena Sol Meliá.
Este hecho motivó en su día el rechazo
unánime del Gobierno español, partidos
políticos, Govern, CAEB y patronales turísticas.
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