PRENSA INDEPENDIENTE
Febrero 16, 2004

DESDE LA CARCEL
Torturas y más torturas

Normando Hernández, condenado a 25 años de prisión, que cumple en la prisión Kilo 5 1/2 de Pinar del Río. Reside en la ciudad de Camagüey.

KILO 5 ½, Pinar del Río - "La integridad física y moral de los encartados ha estado y estará plenamente garantizada. No habrá celdas de castigo ni aislamientos inhumanos".

Así lo afirmó el canciller de Cuba, Felipe Pérez Roque, el miércoles 7 de abril de 2003 en la sala de prensa de la Cancillería cubana, al referirse a los 75 disidentes al gobierno de La Habana que fueron sometidos a juicios parcializados y sumarísimos, y condenados muchos de ellos a más de 20 años de privación de libertad.

Pero del dicho al hecho hay más de un trecho. Resulta que el gobierno de Fidel Castro, desde el primer día de las detenciones, montó una vil campaña difamatoria ¡que aún continúa! con el objetivo de denigrar, desprestigiar, menoscabar y deshonrar la moral de los pacíficos luchadores.

Por otra parte, el régimen de la isla, haciendo uso de la política sádica que lo caracteriza, confinó a varios cientos de kilómetros de sus hogares a los disidentes, torturando de esta forma a sus familiares, que tienen que trasladarse con serias limitaciones en el transporte, para poder ver a sus seres queridos dos horas cada tres meses. Lo distante de las visitas es también una forma de tortura, al igual que lo apartado de las licencias conyugales, que duran tres horas cada cinco meses.

Si examinamos las condiciones en que sobreviven los prisioneros de conciencia podemos sacar conclusiones.

Tomemos como ejemplo la cárcel provincial Kilo 5 ½, ubicada en la provincia de Pinar del Río, donde guardan prisión ocho de los 75 disidentes políticos que fueron condenados hace poco más de siete meses.

En Kilo 5 ½ conviven con reos comunes altamente peligrosos, con quienes comparten el patio. Sólo les dan cuatro horas de sol a la semana y se les prohíbe ver televisión, escuchar la radio, y nada más pueden leer los libros que la policía política determine. Su correspondencia es ultrajada y no tienen teléfono para comunicarse con sus familiares. Están obligados a tomar agua que tiene todo tipo de materias extrañas y a consumir pésimos alimentos. La asistencia médica especializada es deficiente, se les niega el servicio religioso. En esta prisión los luchadores cívicos son amenazados con la suspensión de las visitas familiares y matrimoniales, con levantarle nuevas causas y con ser fusilados cuando el gobierno lo estime pertinente. Además, son constantemente acosados por los oficiales de la Contrainteligencia cubana.

Bajo la justificación de una disposición reglamentaria interna para proteger la disciplina del penal, algunos han sido llevados por períodos prolongados a los calabozos, por haber renunciado de forma cívica a los alimentos, en reclamo de mejores condiciones de vida y otros por vestir de civil para diferenciar su condición de los presos comunes. También son llevados allí si adoptan posiciones contestatarias para evitar le mancillen su moral.

En el calabozo están privados del contacto con el mundo exterior y con los demás reclusos. No se les permite ningún tipo de literatura, ni siquiera el periódico. Se les niega la luz del sol. No tienen acceso a los avituallamientos y pertenencias. Se ven obligados a permanecer en calzoncillos, a dormir sin colchón encima de hormigón armado y a convivir con roedores, bajo el rigor de los mosquitos y todo tipo de insectos. El calabozo es tapiado, sin luz eléctrica y sin baño. Allí, simplemente, son torturados.

Es bueno recordar a las personas que pongan en tela de juicio el martirio a que son sometidos los reclusos que para el derecho internacional la tortura es una forma agravada y deliberada de trato cruel, inhumano y degradante. La resolución contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1984, tipifica jurídicamente el término tortura, entre otras cosas como todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales.

Existen otras reglamentaciones internacionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, adoptada en el seno de la OEA en 1998, que no dejan lugar a dudas: los 75 disidentes encarcelados están siendo torturados.

Después de analizar todo esto, se puede asegurar que lo dicho por el ministro de Relaciones Exteriores de Cuba dista mucho de la realidad.

Lo que sufren los prisioneros cubanos puede sintetizarse en una frase: Lo que están recibiendo es tortura y más torturas.

Y, como decimos en buen cubano, "para ponerle la tapa al pomo", en sus visitas conyugales fueron desnudadas, requisadas e interrogadas por los representantes del ministerio del Interior la esposa del periodista independiente José Ubaldo Izquierdo y la de quien escribe estas líneas, Normando Hernández González.

Estos procedimientos inmorales e impúdicos constituyen raptos legales de la propia Constitución vigente en Cuba.



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