OLA REPRESIVA
Justicia más que clemencia
LA HABANA, octubre (www.cubanet.org)
- "
Pedimos de nuevo a las más
altas autoridades del país un gesto de
clemencia hacia estas personas que están
en la cárcel, sobre todo considerando humanitariamente
su condiciones de edad, estado de salud y sexo,
que exigen una atención especial, y para
todos ellos un acercamiento a sus lugares de residencia
y mejores condiciones carcelarias".
Así se expresa en uno de sus párrafos
la carta teológica pastoral emitida por
los Obispos cubanos el pasado septiembre, sobre
el acontecimiento represivo que llevó a
las prisiones del país a más de
setenta y cinco disidentes y periodistas independientes.
Lo dicho en el documento, humanamente no es discutible
a primera vista. Pero al repasar por segunda vez
lo escrito por los prelados de la Iglesia, algunas
personas sienten como que algo falla en la aceptación
de esta petición. El término "clemencia"
es el que parece no encajar como más acorde
en este caso.
Clemencia, según lo indicado en los diccionarios
de la lengua española, es la virtud que
modera el rigor de la justicia y deriva en hacer
que las personas tengan sentimientos compasivos
y misericordiosos. Es sinónimo de indulgencia,
piedad, benignidad. La indulgencia tiene que ver
con la facilidad de perdonar las culpas y en término
eclesiástico viene de la remisión
que hace la Iglesia de alguna pena debida a pecados
cometidos. En otras palabras, la clemencia tiene
que ver con el atemperamiento, la rebaja de la
dureza de la justicia, aplicada en razón
de una bondad o indulgencia por parte del que
aplica la ley, pero de cierta manera se reconoce
la falta cometida por el castigado.
En el caso de los presos políticos cubanos,
lo que falta es la aplicación de una verdadera
justicia, porque lo que no ha existido en estos
procesos ha sido lo que tiene que ver con el sentido
de esa palabra, desde la imparcialidad hasta la
justificación y lo que sí ha sobreabundado
es la arbitrariedad, que se opone a todo lo que
tiene que ver con el significado justiciero.
Por citar un caso de misericordia, viene a la
mente el del preso Arturo Suárez Ramos,
condenado a 30 años de privación
de libertad, de los que ha cumplido dieciséis.
En 1986 fue procesado por intentar desviar un
avión de pasajeros hacia Estados Unidos.
En el hecho, calificado de piratería aérea,
fue ultimado el coautor del asalto, mientras que
Ramos fue posteriormente apresado y juzgado. Las
edades de los autores de la infracción
eran de 21 y 18 años, lo que si bien no
infiere en la gravedad del delito, puede resultar
un atenuante debido a la inmadurez de los infractores.
Cuando Juan Pablo II visitó Cuba en 1998,
y teniendo en cuenta los años trascurridos
en prisión, entre los nombres entregados
a Su Santidad para una posible amnistía,
estaba el de Arturo Suárez. Aparentemente
la misma le fue concedida bajo condición
de que algún país le recepcionara.
La calificación del hecho cometido dio
al traste con la salida del prisionero, quien
después de un lustro de la visita del Papa,
permanece aún en la cárcel. Con
40 años y reconociendo el error cometido,
Arturo se pregunta si no es tiempo de poder demostrar
que se ha reivindicado y clama por la necesidad
de formar una familia y tener hijos. Este reclamo
es digno de ser escuchado y que se tenga con él
un gesto de misericordia por parte de aquéllos
que pueden ayudarle. Aquí el sentido de
la clemencia está en plenitud de aplicación.
En el caso de los setenta y cinco prisioneros
de conciencia hay que preguntarse cuál
fue el delito cometido por ellos y que merezca
tan altas penas de confinación. Hay que
analizar la justeza de los procesos denominados
"sumarísimos" en los que fueron
condenados los diferentes ciudadanos, donde apenas
pudieron contar con una defensa real, sin testigos
en su favor y todo el ensañamiento del
poder volcado sobre ellos con una aplicación
inmisericorde de las leyes.
¿Mejores condiciones de cárcel
pueden significar una celda mayor, quizás
con vista al patio del penal? ¿O que los
familiares puedan ir todos los meses a verles
y llevarles la comida necesaria? ¿Puede
significar acaso que reciban un trato digno tanto
ellos como sus familiares? ¿En virtud de
qué delito o pecados cometidos?
La atención más especial que necesitan
estas personas es que puedan ejercer su derechos
y libertades conculcadas y eso sólo puede
ser logrado por la vía de la exoneración
de sus condenas y del reconocimiento de las facultades
que les garanticen el libre desenvolvimiento en
la sociedad. cnet/43
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