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6 de septiembre, 2002


Abogados cubanos denuncian irregularidades en petición de la Fiscalía de Ciego de Ávila

LA HABANA, 5 de septiembre (Reinaldo Cosano Alén / www.cubanet.org) - La Corriente Agramontista de Abogados Independientes denunció una serie de irregularidades en las conclusiones provisionales que la Fiscalía de Ciego de Ávila presentará en el juicio contra el abogado ciego de 37 años Juan Carlos González Leiva, otros siete activistas y dos periodistas independientes por los sucesos del 4 de marzo en Ciego de Ávila.

El jurista cubano René Gómez Manzano, presidente de la Corriente Agramontista de Abogados Independientes, realizó un análisis del caso y solicitó su divulgación.

A continuación el texto íntegro del documento:

"La Corriente Agramonstista de Abogados Independientes se ve obligada nuevamente a referirse al caso del querido colega Juan Carlos González Leiva, miembro destacado de nuestra agrupación.

"Este valiente luchador, quien es además presidente de la Fundación Cubana de Derechos Humanos, fue detenido junto con otros activistas el pasado 4 de marzo (es decir, hace exactamente seis meses), en ocasión que todos protestaban pacíficamente debido a los malos tratos recibidos por un periodista independiente.

"A pesar de su serio padecimiento de claustrofobia y otros problemas de salud denunciados reiteradamente por su esposa, Maritza Calderín Columbié, se le mantiene en una pequeña celda en la ciudad de Holguín, a cientos de kilómetros del domicilio de sus familiares en Ciego de Ávila.

"Ni siquiera se ha tenido en cuenta que (tal y como denunció nuestra Corriente el pasado 4 de abril en otra nota de prensa) nuestro hermano González Leiva es ciego, por lo cual (como es obvio) él no podía intentar siquiera huir en el caso de que se le pusiera en libertad por estos hechos (y ya se sabe que, de acuerdo con los principios jurídicos proclamados por el actual régimen, el objetivo fundamental de la medida cautelar de prisión provisional es justamente el de evitar que el acusado pueda eludir la acción de la justicia).

"Por otra parte, ahora se ha conocido que la Fiscalía ha evacuado (¡al fin!) el trámite de calificación a su cargo, por medio de su escrito de conclusiones provisionales. Como se ha informado en este documento procesal se solicitan para Juan Carlos González sanciones de tres años de privación de libertad por el supuesto delito de desorden público, 'un año por cada uno de los delitos de resistencia y desobediencia', dos años por un presunto desacato de la modalidad agravada (en este caso, contra la persona del presidente de los Consejo de Estado y de Ministros), y un año por otro supuesto desacato, este de la modalidad básica. En definitiva, se pide para el jurista invidente González Leiva una sanción conjunta de seis años de prisión. Penas similares se interesan para otros encartados.

"En relación con toda esta situación, los abogados agramontistas (ante todo) deseamos denunciar ante la opinión pública nacional e internacional que, aunque la desmedida sanción que (en definitiva) la Fiscalía está solicitando para Juan Carlos tiene (como queda dicho) una duración de seis años, el Tribunal competente, de conformidad con los delitos imputados, podría imponerle en su día una aún más larga. Aunque parezca increíble esto es así porque conforme a la doctrina reiteradamente declarada por el actual Tribunal Supremo Popular, las cortes de justicia no están legalmente obligadas a ajustarse a la petición fiscal, sino que dentro del tipo de sanción solicitada (en este caso, la privación de libertad) puede imponer la que estime pertinente y permita el precepto legal invocado, aunque sea más larga que la pedida por la parte acusadora. En el caso específico de Juan Carlos González Leiva esto significaría la friolera de nueve años de prisión. Análoga situación confrontan los hermanos de causa de nuestro colega. Nos parece evidente que esta realidad jurídica debe servir de acicate para que se redoblen los esfuerzos en pro de la excarcelación de todos ellos.

"Por otra parte, deseamos denunciar también el hecho de que, en su acusación, la Fiscalía no ha aplicado la construcción jurídica del concurso delictivo, que regula el vigente Código Penal en su artículo 10. Todo lo contrario: el único sucedido en el que participaron los inculpados ha sido literalmente desmembrado por la parte acusadora y convertido en una especie de quincalla delictiva integrada (supuestamente) ¡por nada menos que cinco delitos diferentes!

"Por último, los abogados agramontistas denunciamos asimismo la forma arbitraria en que el actual régimen ha extendido la competencia de los órganos judiciales de menor categoría: en la República democrática las sanciones de prisión que ellos podían imponer eran sólo de hasta seis meses de duración; el presente gobierno las aumentó primero hasta nueve meses, después hasta un año, y por último hasta tres años. Eso es lo que establece el artículo 8 de la vigente Ley de Procedimiento Penal, que dispone textualmente que "los tribunales municipales populares son competentes para conocer ... de los delitos ... sancionables con privación de libertad que no exceda de tres años". Sin embargo, en el caso de nuestro colega Juan Carlos y sus compañeros de infortunio la Fiscalía (como ya vimos) está solicitando al Tribunal Municipal Popular de Ciego de Ávila que imponga sanciones mucho mayores. ¡Reiteramos nuestro repudio a esa nueva arbitrariedad cometida contra esos hermanos y solicitamos la solidaridad de todos los hombres y mujeres de buena voluntad para con ellos!

"¡Libertad para Juan Carlos González Leiva y sus compañeros!

"La Habana, 4 de septiembre de 2002

"En nombre de la Corriente Agramontista de Abogados Independientes (firmado):

"René Gómez Manzano, presidente

"Teléfono (7) 830-2803"

Documento relacionado

PETICION FISCAL / Tribunal Municipal Popular de Ciego de Avila, Cuba


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