A paso de
bastón: la "multa" del aire acondicionado
Manuel David Orrio, CPI
LA HABANA, marzo (www.cubanet.org) - Cada cierto tiempo aparece en la prensa
oficiosa cubana un tema de interés para la ciudadanía, que ha
generado más de un debate y también más de un escándalo
al estilo de una Cuba ya no tanto del picadillo de soya. Me refiero al espinoso
asunto de la protección de los derechos del consumidor, que es uno de los
tantos eufemismos a la usanza del país para evadir la sencilla palabra "cliente".
Por los años de las subvenciones soviéticas los cubanos no "consumían"
y por lo tanto no eran "consumidores". Nos llamábamos "usuarios"
los unos a los otros. Y ahora, cuando desde la economía informal e
incluso desde las realidades de las tiendas dolarizadas cubanas se impone el
sencillo concepto de "cliente", aún el lenguaje oficial saca de
la manga el término "consumidor", y encima afirma que tiene
derechos.
La percepción oficial sobre estos "derechos del consumidor"
es de lo más interesante. De inicio, aunque la Constitución de la
República estipula lo contrario, el "consumidor" isleño
no puede adquirir automóviles, motocicletas, bicicletas eléctricas
(electrociclos), ni ollas arroceras de ese tipo, entre un universo de bienes
reservados a los extranjeros, independientemente de que puedan pagarlos.
Se dice, y parece cierto, que para que un cubano adinerado pueda comprar un
automóvil necesita la autorización firmada por el mismísimo
Carlos Lage, lo que parece algo así como una merced feudal.
De este modo, al comparar la realidad con el postulado constitucional, la
contradicción entre lo dicho y lo hecho es evidente. Por supuesto, la
prensa oficiosa evade este lado del asunto. Prefiere concentrarse en aquellos
aspectos de la protección a los derechos del cliente que no implican un
cuestionamiento a la legalidad real, no la proclamada, y en sus denuncias elige
con marcado acento a las violaciones de esos derechos que se producen entre
vendedores y compradores, vistos como personas naturales.
Ejemplo típico es el tratamiento informativo de las llamadas "multas",
un procedimiento a la usanza en las tiendas dolarizadas en virtud del cual un
sistema organizado dentro del establecimiento cobra al cliente un importe
superior al establecido por la política de precios, cuya diferencia sabe
Dios quién se embolsilla.
Nada se dice, o si se dice se justifica, sobre un nuevo tipo de "multa"
al cliente que se está imponiendo desde el Estado. Pudiera llamarse, quizás,
la "multa" del aire acondicionado. La gran justificante es la crisis
energética, y el escenario, las tiendas dolarizadas.
Hay que ahorrar. Por lo tanto, estos establecimientos, diseñados para
contar con instalaciones centrales de aire acondicionado, que le hacen la vida
un placer a los clientes, han recibido la orden de reducir las temperaturas
promedio, que deben mantener, y hasta en algunos casos los sistemas de
acondicionamiento de aire son desconectados. Como resultado, infierno en la
tienda, o el espectáculo más o menos de humor negro de ver a los
empleados sudorosos, entre ventiladores que tratan de paliar el calor.
Por ningún lado, y éste es el dato, parece que ha habido el
elemental análisis de protección a los derechos del cliente, según
el cual se supone que el placer del aire acondicionado se encuentra incluido en
los precios de las mercancías a la venta. De este modo, el resultado es
muy simple: desde el Estado, desde el gobierno, se está "multando"
al llamado consumidor, pues él paga por un servicio de venta que no
recibe, o del cual se beneficia no en la medida del importe de lo que compra.
Es una auténtica "multa", pero una "multa" de
Estado. Y conste. Ocurre en todas las tiendas dolarizadas de La Habana.
Protección a los derechos del cliente, o del llamado consumidor, es
un concepto integral. Significa recibir exactamente aquello por lo que se paga,
en cantidad y en calidad. Pero, como tanto ocurre en Cuba, el concepto se plaga
de eufemismos.
Entretanto, compre en dólares pero sudando.
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