CUBANET .INDEPENDIENTE

28 de marzo, 2002


A paso de bastón: la "multa" del aire acondicionado

Manuel David Orrio, CPI

LA HABANA, marzo (www.cubanet.org) - Cada cierto tiempo aparece en la prensa oficiosa cubana un tema de interés para la ciudadanía, que ha generado más de un debate y también más de un escándalo al estilo de una Cuba ya no tanto del picadillo de soya. Me refiero al espinoso asunto de la protección de los derechos del consumidor, que es uno de los tantos eufemismos a la usanza del país para evadir la sencilla palabra "cliente".

Por los años de las subvenciones soviéticas los cubanos no "consumían" y por lo tanto no eran "consumidores". Nos llamábamos "usuarios" los unos a los otros. Y ahora, cuando desde la economía informal e incluso desde las realidades de las tiendas dolarizadas cubanas se impone el sencillo concepto de "cliente", aún el lenguaje oficial saca de la manga el término "consumidor", y encima afirma que tiene derechos.

La percepción oficial sobre estos "derechos del consumidor" es de lo más interesante. De inicio, aunque la Constitución de la República estipula lo contrario, el "consumidor" isleño no puede adquirir automóviles, motocicletas, bicicletas eléctricas (electrociclos), ni ollas arroceras de ese tipo, entre un universo de bienes reservados a los extranjeros, independientemente de que puedan pagarlos.

Se dice, y parece cierto, que para que un cubano adinerado pueda comprar un automóvil necesita la autorización firmada por el mismísimo Carlos Lage, lo que parece algo así como una merced feudal.

De este modo, al comparar la realidad con el postulado constitucional, la contradicción entre lo dicho y lo hecho es evidente. Por supuesto, la prensa oficiosa evade este lado del asunto. Prefiere concentrarse en aquellos aspectos de la protección a los derechos del cliente que no implican un cuestionamiento a la legalidad real, no la proclamada, y en sus denuncias elige con marcado acento a las violaciones de esos derechos que se producen entre vendedores y compradores, vistos como personas naturales.

Ejemplo típico es el tratamiento informativo de las llamadas "multas", un procedimiento a la usanza en las tiendas dolarizadas en virtud del cual un sistema organizado dentro del establecimiento cobra al cliente un importe superior al establecido por la política de precios, cuya diferencia sabe Dios quién se embolsilla.

Nada se dice, o si se dice se justifica, sobre un nuevo tipo de "multa" al cliente que se está imponiendo desde el Estado. Pudiera llamarse, quizás, la "multa" del aire acondicionado. La gran justificante es la crisis energética, y el escenario, las tiendas dolarizadas.

Hay que ahorrar. Por lo tanto, estos establecimientos, diseñados para contar con instalaciones centrales de aire acondicionado, que le hacen la vida un placer a los clientes, han recibido la orden de reducir las temperaturas promedio, que deben mantener, y hasta en algunos casos los sistemas de acondicionamiento de aire son desconectados. Como resultado, infierno en la tienda, o el espectáculo más o menos de humor negro de ver a los empleados sudorosos, entre ventiladores que tratan de paliar el calor.

Por ningún lado, y éste es el dato, parece que ha habido el elemental análisis de protección a los derechos del cliente, según el cual se supone que el placer del aire acondicionado se encuentra incluido en los precios de las mercancías a la venta. De este modo, el resultado es muy simple: desde el Estado, desde el gobierno, se está "multando" al llamado consumidor, pues él paga por un servicio de venta que no recibe, o del cual se beneficia no en la medida del importe de lo que compra.

Es una auténtica "multa", pero una "multa" de Estado. Y conste. Ocurre en todas las tiendas dolarizadas de La Habana.

Protección a los derechos del cliente, o del llamado consumidor, es un concepto integral. Significa recibir exactamente aquello por lo que se paga, en cantidad y en calidad. Pero, como tanto ocurre en Cuba, el concepto se plaga de eufemismos.

Entretanto, compre en dólares pero sudando.


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