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Opositores cubanos presos: ¿Dónde está el debido proceso?

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Tribunal cubano (foto: EFE)

LAS TUNAS, Cuba. – El Parlamento Europeo al sesionar el pasado jueves, condenó el encarcelamiento de cuatro ciudadanos cubanos, presos, según el régimen de La Habana, por un delito común, con el precedente de una “trayectoria delincuencial” en el principal acusado, el prisionero de conciencia por las causas de 2003 del Grupo de los 75 José Daniel Ferrer García, condenado en aquella oportunidad a 25 años de prisión, excarcelado junto a sus compañeros por reiteradas protestas, nacionales e internacionales, entre ellas, las del Parlamento de la Unión Europea.

Pero en el editorial titulado “Nueva campaña de calumnias de EE.UU. contra Cuba”, publicado la semana pasada por el órgano oficial del Partido Comunista, el periódico Granma dijo: “José Daniel Ferrer fue detenido por la policía el pasado 1ro de octubre en respuesta a la denuncia presentada por un ciudadano cubano, quien acusa a Ferrer y a otros tres individuos de haberlo secuestrado durante toda una noche y propinado una severa golpiza que lo dejó en condiciones de ingreso hospitalario.”

En el Expediente de Fase Preparatoria (EFP) 135/2019 iniciado el pasado 3 de octubre, según los jueces que negaron los hábeas corpus, acusados junto a José Daniel Ferrer García, los “otros tres individuos” según Granma, son los ciudadanos cubanos Roilán Zárraga Ferrer, Fernando González Vaillant y José Pupo Chaveco, integrantes todos de la opositora Unión Patriótica de Cuba (UNPACU).

Aprehendidas esas personas el pasado 1ro de octubre y en prisión preventiva dispuesta por un fiscal, sólo esa autoridad es la encargada de disponer esa medida cautelar, y por lo dicho por Granma, “secuestro” y “golpiza” en la persona del denunciante, técnicamente estaríamos en presencia de un delito de privación de libertad y lesiones.

Vamos a ver. Concerniente al delito de privación de libertad, el Código Penal cubano en el artículo 279.1 dice: “El que, sin tener facultades para ello y fuera de los casos y de las condiciones previstas en la ley, priva a otro de su libertad personal, incurre en sanción de privación de libertad de dos a cinco años”.

La sanción es de privación de libertad de “cuatro a diez años”, si el propósito es de lucro o venganza, o si del hecho resulta “grave daño para la salud, la dignidad o el patrimonio de la víctima”, dice el apartado 2 del propio artículo 279.

Respecto al delito de lesiones, el Código Penal en el artículo 272.1 expresa: “El que cause lesiones corporales graves o dañe gravemente la salud a otro, incurre en sanción de privación de libertad de dos a cinco años.”

El apartado 2 del mismo artículo 272 dice que, “se consideran lesiones graves las que ponen en peligro inminente la vida de la víctima, o dejen deformidad, incapacidad o cualquiera otra secuela anatómica, fisiológica o síquica.”

La ley penal cubana conceptúa en el artículo 274 que,  quien causara “lesiones corporales o dañe la salud a otro que, aun cuando no ponen en peligro la vida de la víctima, ni le dejan las secuelas señaladas en los artículos 272 y 273 (el que ciegue, castre o inutilice la procreación de otro) sí requieren para su curación tratamiento médico, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas.”

El dictamen 360 de 1995 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo indica que corresponde a la policía en la fase investigativa disponer la práctica de prueba pericial médico-legal, “a los fines de determinar si el daño a la integridad corporal constituye una contravención o un delito”.

Pero a día de hoy policías y fiscales son dueños absolutos de estas personas, indefensas, sin la asistencia de abogados y no sabemos a ciencia cierta de qué se les acusa y cuáles son las evidencias contra ellos para proponer pruebas en contrario.

Dando por cierto lo que dice Granma, jurídicamente hablando Granma no expresa nada cuando dice, “severa golpiza” que dejó al denunciante lesionado “en condiciones de ingreso hospitalario”.

Óiganme, según la legislación penal cubana, no puede confundirse el concepto de lesiones desde el punto de vista médico con el jurídico.

¿Qué significa eso de “en condiciones de ingreso hospitalario” para los editorialistas de Granma?

¿Por qué ocultan a sus lectores la información policial que ellos poseen? ¿O es que acaso policías y fiscales ocultan información al periódico Granma, valga decir, al órgano oficial del Partido Comunista de Cuba?

Y… por otra parte, según las autoridades policiales, al menos allí fue donde registraron y tras la “denuncia presentada por un ciudadano cubano, quien acusa a Ferrer y a otros tres individuos de haberlo secuestrado durante toda una noche y propinado una severa golpiza que lo dejó en condiciones de ingreso hospitalario”, según Granma, esos supuestos hechos ocurrieron en la sede de la UNPACU en Santiago de Cuba, un sitio poblado, urbano, habitado…

Luego, el denunciante “secuestrado”, ¿fue amordazado?, ¿no gritó? Nadie escuchó algo así como… ¡Auxilio! ¡Auxilio!

Luego de la denuncia debió realizarse una inspección en el lugar de los hechos, tomar declaraciones al denunciante y a los acusados y comprobar lo dicho, y, por supuesto, tomar declaraciones a los testigos, y claro está, si hay una persona lesionada, a solicitud del instructor penal y a la vista del abogado defensor, debe haber un certificado médico emitido por un forense que describa las lesiones, sólo así sabremos si estamos ante un delito. Pero nada de esto sabemos, repito, porque los acusados están indefensos.

Entonces no diga Granma que el Parlamento Europeo está conspirando contra Cuba, cuando lo cierto es que, cuando no pocos pueblos de América van a las calles reclamando derechos, debían ser los “diputados” de la Asamblea Nacional del llamado “poder popular” instalada en La Habana, quienes debían exigir un debido proceso judicial para todos los ciudadanos cubanos y no sólo para los partidarios del castro-comunismo.

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Un juicio orquestado por la Seguridad del Estado

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Roberto de Jesús Quiñones Haces (adncuba.com)

GUANTÁNAMO, Cuba. – Desde hace unos años los jueces del sistema judicial cubano, fiscales, no pocos abogados y dirigentes de la dictadura castro comunista, no cesan de hablar del “debido proceso” y ponderar las presuntas características “humanitarias” de la administración de justicia en Cuba.

En su manía goebbeliana de creer que repitiendo una frase esta se convierte en verdad, los mandantes cubanos aseguran en el artículo 1 de la Constitución que Cuba es un Estado socialista de derecho y justicia social —y para mayor desfachatez— democrático.

El término “debido proceso”—due process of law— tiene su nacimiento, como tantos otros conceptos democráticos, en la Constitución norteamericana. Actualmente se le considera un conjunto de principios jurídicos que deben garantizar la equidad de las partes en los procesos judiciales y que sirven como protección ante el poder omnímodo del Estado, obviamente, en países realmente democráticos. Entre esos principios están el derecho a la defensa, la publicidad de los debates y la igualdad de posibilidades de las partes.

Este miércoles 7 de agosto me presenté ante la Sección de lo Penal del Tribunal Municipal Popular de Guantánamo, acusado como presunto autor de los delitos de Resistencia y Desobediencia, por lo ocurrido el 22 de abril pasado en el portal de esa institución. Aclaro a los lectores no enterados que ese día fui golpeado salvajemente por un agente de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) estando esposado. Según la Fiscalía Militar, el esbirro que me golpeó no cometió delito alguno. En cambio yo, que fui lesionado, sí lo cometí.

El inciso (a) del artículo 94 de la Constitución establece que toda persona disfruta de igualdad de oportunidades en todos los procesos en los que interviene como parte. En mi caso, las pruebas documentales que acreditan las lesiones que recibí constan en el expediente de la Fiscalía Militar, no en el incoado en mi contra por la vía civil. Para los efectos de quienes dicen ser jueces pero actúan como fiscales, yo no recibí lesión alguna. Ellos acogieron como ciertas las palabras de los esbirros que declararon en mi contra y que negaron haberme golpeado. Además de ser unos cobardes, mintieron sin recato ante el tribunal. Dijeron que las lesiones pude habérmelas causado yo mismo con las esposas. Angelitos esos esbirros. Más desvergonzado resulta que esas mismas palabras hayan sido reiteradas por la fiscal —perdón, quise decir la jueza— que presidió el tribunal que me juzgó. Entonces los videos y fotos que están en las redes, las lesiones certificadas por los médicos —entre ellas la que demostró que me perforaron el tímpano de mi oído derecho— son pruebas falsas.

Presenté esas pruebas en el juicio, pero la joven jueza, al parecer más interesada en quedar bien con la Seguridad del Estado que en hacer justicia, las rechazó todas. Luego, para mayor desparpajo, al dar a conocer su sentencia aseguró que Cuba sí es un Estado de derecho.

El tribunal que esa joven presidió no me permitió asumir mi defensa, ni estudiar con tiempo suficiente el expediente, violando lo establecido en el párrafo último del artículo 3 y el inciso (b) del artículo 4, ambos del Decreto Ley 81 dictado por el Consejo de Estado el 8 de junio de 1984. Me lo impidió porque la Dirección Provincial de Justicia, con diferentes pretextos, se negó a entregarme el certificado que acredita que estoy inscripto en el Registro de Juristas. Poco antes de comenzar el juicio, la secretaria del tribunal me dijo que tenía treinta minutos para estudiar el expediente y yo le respondí que eso no era serio y que no aceptaba esas condiciones. ¿De qué igualdad procesal puede hablarse ante hechos como este?

Los esbirros recitaron como escolares una parrafada idéntica en la cual aseguraron que el día de los hechos fueron llamados por la radio de la unidad municipal de la policía para que detuvieran a un ciudadano vestido de blanco que estaba alterando el orden frente al tribunal, donde gritaba consignas contrarrevolucionarias. Ese día el tribunal estaba sitiado por numerosos esbirros vestidos de civil y de uniforme, e imagino que por otro gran número de chivatos encubiertos. ¿A quién se le puede ocurrir que esa afirmación sea cierta? Bueno, sólo a la jueza convertida en fiscal, porque ya sabemos que en Cuba los jueces legos no deciden nada.

La Seguridad del Estado sabe que jamás he alterado el orden público y que fue el oficial Víctor Víctor quien dio la orden de detenerme en contra de lo establecido en la Ley de Procedimiento Penal. Que tenga la valentía de reconocer que se equivocaron y que lo ocurrido se debió a la poca profesionalidad del esbirro que me detuvo es otra cosa. Es más fácil enviar injustamente a prisión a un hombre como yo que tener la decencia de reconocer un error.

La jueza trató de que no se relacionara a la Seguridad del Estado con lo ocurrido. Pero si eso fuera cierto, ¿por qué el Mayor Bryan, jefe de la contrainteligencia de la provincia, fue a visitarme en la primera unidad de la policía el viernes 26 de abril, en horas de la noche, para conversar conmigo y lamentarse por lo ocurrido? ¿Por qué al día siguiente fue a verme el capitán Kevin? ¿Por qué el miércoles 24 fue a verme Víctor Víctor, a quien le dije que no tenía que hablar nada con él? ¿Por qué fue este oficial quien dio la orden de detenerme?

Lo que más me ha dolido no ha sido la injusta sanción de un año de privación de libertad sustituida por trabajo correccional con internamiento. Más que eso —a pesar de lo que significa para mi vida y la de mi familia— lo que más me dolió fue la forma en que los agentes de la policía le mintieron al tribunal al narrar lo ocurrido y —más aún— como la jueza que presidió el tribunal se hizo eco de esas mentiras. Evidentemente tiene asegurado un brillante porvenir dentro de la dictadura, si a esta altura ya es capaz de actuar así, qué no hará para seguir escalando. ¡Y encima tuve que escucharle su larga, incoherente y estólida perorata sobre la justicia en Cuba y el respeto al debido proceso!

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Depredador sexual es absuelto por la justicia cubana

LA HABANA, Cuba.- Amparada en tecnicismos legales, la justicia cubana mantiene en libertad a un ciudadano de la provincia Villa Clara acusado de violar hace una década a una menor de siete años.

José Luis O’Farril Rodríguez, un trabajador de Cultura de 50 años, habría violado a M.I.B (el nombre de la víctima se mantiene en anonimato) -hoy con 17 años-, desde los 5 hasta los 7 años de vida, período en que convivió con la menor y compartió su tutela con C. S. G., su esposa y tía de la víctima.

E. S. G., madre de M, por problemas habitacionales se encontraba en La Habana gestionando una vivienda donde poder tener a la niña y su hermano gemelo.

En la isla, el sistema judicial sanciona de cuatro a siete años de privación de libertad a quien viole a una mujer. Cuando se trata de niñas menores de 12 años y niños menores de 14 años, se considera un delito grave que incrementa las condenas desde 15 hasta 30 años de cárcel.

Según E., ya en 2004 las autoridades de Villa Clara habían absuelto a O’Farril Rodríguez de un delito de Abuso Sexual, por la presunta violación de una menor, caso que por no reunir todas las pruebas incriminatorias terminó desestimado.

El 15 de febrero pasado, durante la Causa No 3 de 2018, por la acusación de Abuso Sexual contra Iglesia Sáez, el tribunal finalmente lo declaró culpable tomando en cuenta -entre otros- los testimonios de la propia víctima, de la familia de J. G. y de O. P., esta última, temiendo represalias, hasta entonces no lo había acusado por cometerle Ultraje Sexual.

Aun así, de manera inesperada, la Sentencia No 5 de 2018 del Tribunal de Corralillo dictó libertad para O’Farril, alegando que la denuncia en su contra se había realizado una vez transcurridos los 10 años que establece la ley para la prescripción de ese delito.

De acuerdo con E., en su veredicto el tribunal desestimó la fecha de denuncia presentada ante la policía de Corralillo, con acuse de recibo del 7 de octubre de 2017, unos once meses antes que el delito prescribiera.

Entre las pruebas que daban fe de la vigencia del caso, amplía E., tampoco se valoraron los informes presentados por los psicólogos que atendieron a Iglesia Sáez, los cuales certifican que la menor fue violada hasta los siete años -2008-, edad en que se mudó a La Habana.

“Error o corrupción, no sé cómo llamarlo, lo cierto es que las fechas estaban bien claras y lo soltaron porque supuestamente el crimen había prescrito”, señaló. “Lo único que pido es justicia”.

Debido al desenlace del juicio y la indiferencia de las autoridades para responder a las reclamaciones posteriores, la familia denuncia que se trata de un proceso viciado.

C., quien se divorció de O’Farril una vez comprobados los hechos, explicó que las autoridades ni siquiera han accedido a entregarles el documento de sentencia emitido por el tribunal.

“Todo fue muy rápido. En la apelación el Tribunal Provincial confirmó inmediatamente la sentencia y nunca hemos tenido acceso a los resultados documentados”, relató la tía de la menor.

En busca de justicia la familia S. G. acudió a todas las instancias pertinentes, desde la municipalidad en Corralillo hasta la capital, La Habana, pero ninguno de los organismos se ha pronunciado acerca de la queja presentada contra el dictamen del tribunal.

“Que un desgraciado viole a una niña es algo que sucede a menudo. ¿Qué pasaría si otra víctima de acoso sexual acude a ellos en busca de justicia?”, preguntó C.

A pesar de que pasaron diez años, para M. el sufrimiento no ha disminuido. En los diagnósticos del psicólogo que la atiende, el Doctor Miguel Suárez Torres, se puede leer que todavía padece síntomas psiquiátricos como temblores, sudoraciones, ansiedad, taquicardias, crisis vagales, terror nocturno, cefaleas, sentimientos de infelicidad y ataques de ira e impulsividad, entre otros.

M., quien accedió a conversar con Cubanet para llamar la atención de otras víctimas que permanecen en silencio, explicó que lo que más la atormenta es saber que O’Farril “continúa libre en la calle” y que “en cualquier momento puede perjudicar a otra niña indefensa”.

“Viendo la serie de Jenny Rivera, en un capítulo ella dijo que ninguna niña debía permitir que su padre la violara, que debían denunciarlo. Eso fue lo que me dio valor, porque ese abusador nos criaba a mí y a mi hermano junto con su hijo, como si fuera nuestro padre. Hay que denunciar inmediatamente y buscar la ayuda de la familia y los médicos”, comentó M.




Madre de recluso cubano fallecido no encuentra consuelo en la justicia de la Isla

Delia Otero con la foto de su hijo muerto Reidel García Otero. Foto del autor

LA HABANA, Cuba.- “Tenga fé, todavía estamos esperando los resultados de salud pública”, “tenga fe que se va a hacer justicia”, “nosotros la entendemos”, “se va a hacer justicia”, “usted está pasando por algo muy grande” le decían, y Delia Otero González pensó que la muerte de su hijo en prisión no quedaría impune, pero no encontró consuelo ninguno en esa justicia de la que tanto se habla.

“Tengo un dolor muy grande. Yo me hubiese arrancado mi vida con mis manos para dársela a mi hijo”. Nadie calcula el dolor de Delia, su hijo, Reidel García Otero, recluso de Valle Grande, murió el 23 de enero a los 30 años de edad por un “supuesto catarro”.

Todavía recuerda cuando llegó al hospital Salvador Allende, La Covandonga, y le dijeron que su hijo había llegado con “15 de presión, con los pies cianóticos, y con paro respiratorio. Todo el tiempo estuvo en coma, intubado, ventilado, con un shock séptico extremadamente crítico”, hasta que falleció a las 2 y 35 de la madrugada, tras cinco paros respiratorios y con manos, pies y orejas necrosados.

Reidel García Otero había estudiado contabilidad en la escuela Amistad Cubano-Soviética y trabajaba desde los 18 años en la carpintería militar que todos conocen como “la Gaspar de la Yuri”. Su delito fue, junto a otros carpinteros, hacer trabajos “por fuera”, pero de nada le sirvieron los avales de buena conducta que dieran el director de la UBFECP y la sección sindical de donde trabajaba.

Con la muerte de su hijo, Delia Otero lo primero que hizo fue una denuncia penal en la estación de policía de Infanta y Manglar; luego “hice cartas para todas las instancias. Terminé en el Ministerio del Interior. Me vinieron a dar respuesta en agosto. A los 8 meses, después de ir tantas veces a Servicios Médicos a 15 y K”, donde está ubicada Dirección General de Establecimientos Penitenciarios.

Hizo su denuncia en los medios independientes y además también pasó lo pasó a Fiscalía Territorial donde le dijeron: “aquí no ha pasado nada, porque el caso se había quedado sin recursos”. En esa reunión estuvieron presentes “la fiscal Ana Elvis, otra más que no dijo su nombre y la subdirectora de medicina legal”, pero no pudieron convencerla ni siquiera con el argumento de una supuesta enfermedad de base.

Según le informaron a Delia “el Ministerio del Interior tomó medidas administrativas, contra quiénes y cuáles fueron, no sé. No se sabe si el médico fue sancionado, pero cuando oyes eso te preguntas cómo es posible que la pérdida de una vida humana represente una sanción administrativa, porque ¿tú crees que esos médicos están para atender a alguien? ¿y para dónde los sacaron, para otra cárcel donde hay más personas?”.

“Ahora le hice cartas a Díaz-Canel, a Raúl, al Fiscal de la República. Ya fui al Consejo de Estado y pasé la queja nuevamente al Ministerio del Interior. Me imagino que tenga que esperar 8 meses más”, pero durante este tiempo de espera ha reunido un material probatorio de que su hijo no murió de catarro, entonces ahora pretenden silenciarla.

“Tengo testimonios de un compañero de prisión que me explica con algunos detalles lo que pasó en esos días, y el acta de pedido de la ambulancia que nunca llegó”, dice Delia.

En uno de los testimonios, otro recluso cuenta que Reidel “empezó con dolor en la espalda y en una costilla”, y que “ese día le mandaron Metocarbamol. Él me dijo que no se sentía síntoma de catarro”, entonces relató que comenzó con “diarrea y descenso”, por lo que le mandaron Polivit, poco después comenzó “una tos que no era normal y le pusieron oxígeno”.

Cada vez que lo llevaban a la enfermería había que hacerlo en camilla o cargado. La doctora Ileana Bethan Morales, la misma que le dijo a Delia que Reidel solo tenía catarro, lo sacó para el hospital Salvador Allende, el 19 de enero a la 1:21 pm. en una “guasabita porque no había ambulancia”. El diagnóstico era bronconeumonía bacteriana y anemia severa, y con el cuadro clínico de fiebre alta y delirios se negó a hidratarse.

Delia Otero encontró el contraste entre las sentencias de los demás que cometieron delitos en la carpintería con respecto al castigo que debieron recibir los responsables de la muerte de su hijo.

“Días antes había ido a la Fiscalía a preguntar si mi hijo, pese a todo, iba a ser condenado y me dijeron que no, que los muertos no se juzgan”, pero cuando asistió a las vistas orales los días 4, 5 y 6 de julio, “lo primero que hicieron fue leer los testimonios de mi hijo como si estuviera allí, y lo juzgaron como si estuviera vivo. El único detalle que tuvieron fue decir que si alguien se sentía incómodo con lo que se iba a hablar que se podía retirar de la sala”. Les impusieron 4, 5 y 8 años de prisión por malversación. El director y el almacenero están apelando. Sinceramente yo hubiese estado contenta, aunque a mi hijo le hubieran dado 30 años, pero que estuviera vivo”.

“Hasta ahora no he recibido ninguna respuesta, pero nadie se muere de catarro. Por eso tengo mi lucha y la voy a seguir. A lo mejor me vuelven a decir lo mismo, pero yo voy a seguir, y voy a seguir”. Con el tiempo no disminuye el dolor de Delia, sino que aumenta, “hoy le sacudo su mesita y le digo: hijo te cargué cuando naciste y ahora me tocó cargar tus cenizas también”. Lo dice una madre que además se cansó de oír “las mentiras que dicen aquí” sobre los derechos que tenemos todos.




Dos hermanitas separadas para siempre

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LA HABANA, Cuba.–  No parece tener final la historia de las niñas italianas ilegales en Cuba que desde mayo involucró a las autoridades de emigración, policía y fiscalía cubana de conjunto con funcionarios de la embajada italiana en Cuba.

El acuerdo generado en las oficinas de emigración de la isla ante la teniente Margarita Álvarez separó a las hermanas como solución del problema.

Autorizada por la madre, Yulianis Cardoso Benítez, Isabel de 6 años viajó a Italia con Leandro Sorentino, el padre. Aylin de la Caridad de 3 años se quedó en Cuba con la madre y el permiso de residencia firmado por el padre.

Según los procedimientos que aparecen en la web de emigración cubana, el procesamiento de los permisos de viajes al extranjero para los menores de edad, se realizan con la presencia de ambos padres ante un notario. Aspecto omitido en el acuerdo.

La conclusión temporal del problema llegó a su fin en el mes de septiembre cuando Isabel debía regresar a Cuba y Aylin de la Caridad viajar a Italia. Para las hermanas algo así como el encuentro entre la luna y el sol.

Yulianis Cardoso declaro a Cubanet su decepción con el acuerdo.

¨Permití que se llevara a Isabel hasta las vacaciones pero él (padre) no cumplió su palabra…Yo estaba esperando a que me trajera la niña en agosto o los primeros días de septiembre. Acabó conmigo¨.

Leandro Sorrentino se siente traicionado por las autoridades de emigración.

¨No entiendo cómo me dicen que la niña esta legal en Cuba sin carné de identidad¨, dijo a Cubanet.

¨Cuando pregunté porque el documento que firmé decía residencia permanente, me dijeron que no existe uno de residencia temporal. Con ese la residencia es por un año prorrogable y se puede desestimar pero ahora me dicen que no es así… Le van a dar la residencia sin mi permiso¨, agregó.

La oficial de emigración Mayor Margarita, advirtió a Sorentino que el gobierno cubano reconoce a la madre como representante legal de la niña. Según la oficial este reconocimiento permite iniciar el proceso de residencia de la menor sin la aprobación del padre.

Hasta el momento Aylin de la Cardad es atendida por la Capitana Katerina como ¨objeto de trabajo de emigración por considerarla extranjera¨, explicó la Mayor.

Acusación por maltrato infantil

Isabel, tiene ahora 6 años y su hermanita, Aylín, ya cumplió 3, la injusta justicia, las separa  (fotograma del video de Augusto Cesar San Martín)
Isabel, tiene ahora 6 años y su hermanita, Aylín, ya cumplió 3, la injusta justicia, las separa (fotograma del video de Augusto Cesar San Martín)

Cuando Leandro Sorentino abandono Cuba el pasado mes de mayo, dejó atrás a su hija de 3 años y varias denuncias formuladas en la fiscalía provincial.

Desde su llegada a Italia escribió al Papa Francisco y al presidente del Consejo de Italia, Matteo Renzi para que intercedieran por la niña italiana retenida en Cuba.

Las autoridades italianas mostraron disposición de mantenerse al tanto del problema y dar apoyo mediante la asistencia consular. Después de 8 meses de iniciado el conflicto, la pasada semana el consulado italiano notificó el caso a las autoridades del Ministerio del Exterior (MINREX) cubano.

Durante el mes de agosto y septiembre los diplomáticos italianos se interesaron por la niña y entrevistaron a la madre.

¨Yo fui dos veces a su embajada, me mandaron a buscar con un taxi… Me dijeron, vamos a escribirle al primer ministro para decirle que todo está bien…. Ellos concluyeron que la niña estaba bien de salud, sin signos de maltrato¨, explicó Yulianis.

Leandro Sorrentino no piensa igual. El pasado 1ro de diciembre arribo a La Habana convocado por la Fiscalía Municipal de la Habana Vieja quien desarrolla un proceso penal contra Yulianis a partir de la denuncia de Sorrentino por maltrato, abandono y corrupción de menores.

Orientado por el fiscal, el pasado día 3, Sorrentino hizo la denuncia formal en la estación de policía del municipio Habana Vieja. El mismo día sobre las 10:00 pm la madre de las niñas fue arrestada en su casa, bajo los cargos de Corrupción de Menores y Maltrato Infantil. El 4 de diciembre en la tarde, Yulianis fue liberada hasta la celebración del juicio oral.

Una fuente de la policía que se negó a ser identificada como condición para declarar, señaló que las pruebas contra Yulianis Cardoso se basan en videos presentados por el padre de las niñas, donde las menores declaran el maltrato recibido por la madre.

¨En una parte del video la niña dice que la mamá la corto con un cuchillo¨, señaló la fuente anónima.

La misma fuente añadió que las pruebas no son contundentes, ¨podrían estar manipuladas por el padre¨.

La fiscalía ordenó la exploración de la menor en un centro de maltrato. La niña fue consultada por un psicólogo quien valoro que no podía ser explorada porque era muy pequeña.

Sorrentino asegura que las pruebas son concluyentes, y no se detendrá hasta sacar a su hija de Cuba.

¨Entregue los videos de los maltratos que tengo desde hace tiempo… Cuando llegue ahora, la niña estaba llena de moretones rasponazos, sucia y con el pullovers roto.

El pasado jueves Sorrentino entregó una nueva denuncia a la Fiscalía Provincial donde expresa su disconformidad con las investigaciones.

¨Esto es un problema de abuso infantil, es serio… La policía investigo el asunto con la familia de la acusada, no se hizo una exploración de la niña… esto es grave, es corrupción¨, manifestó.

Más conclusiones temporales

La familia de Sorrentino reclama a las instituciones gubernamentales italianas interceder por la niña, Leandro Sorrentino no quiere abandonar la isla sin la custodia de su hija menor.

Yulianis, una cubana que asegura haber vivido una década de maltratos domésticos en Italia pretende compartir a las niñas en ambos lados del Atlántico.

¨Le envié un correo diciéndole que ninguno había perdido a las niñas que podíamos ponernos de acuerdo… me respondió con ofensas y amenazas para mi familia¨.

Yulianis y Leandro tienen la esperanza de obtener la custodia de las niñas mediante un juicio civil en Cuba. Quien gane deberá enfrentar las legislaciones de ambos países para que se reconozcan y sea efectivo el fallo del tribunal cubano.

Mientras, las hermanas continúan separadas, y en el mejor de los casos se abrazaran con la misma brevedad que el sol y la luna.

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