
MIAMI, Estados Unidos.- En edición Ordinaria, este viernes La Gaceta Oficial de la República publicó un grupo de normas jurídicas que reglamentan la actividad pesquera en Cuba, como parte de la Ley de Pesca aprobada en julio del pasado año.
Las normas, que incluyen un decreto y siete resoluciones, y que entrarán en vigor dentro del seis meses, reconocen a las formas no estatales como sujetos de aplicación, incluyendo la actividad por cuenta propia.
Según el régimen de la Isla, la Ley No. 129, Ley de Pesca, tiene entre sus principales propósitos instituir los principios de ordenación de los recursos pesqueros, regular las autorizaciones de pesca y definir las modalidades de esta, así como “crear mecanismos de coordinación entre las entidades que intervienen en el proceso”, de acuerdo a una nota publicada por el diario oficialista Granma.
De acuerdo a la nueva Ley la pesca solo puede ser ejecutada por las personas naturales o jurídicas, cubanas o extranjeras, que poseen la correspondiente autorización para tales fines, y no podrá realizarse en zonas de pesca declaradas de alta significación ambiental e importancia histórico-cultural y los embalses de interés estatal sin previa autorización.
Los permisos de pesca se concederán con carácter temporal y con propósitos específicos, y serán tramitados ante la autoridad facultada por el Ministro de la Industria Alimentaria.
Se establecerán varias modalidades de pesca: comercial, deportiva, recreativa y de investigación.
La pesca comercial se distinguirá en varias modalidades: pesca comercial estatal; pesca comercial no estatal, realizada por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se puede ejercer como actividad por cuenta propia; pesca comercial de autoconsumo social, cuyo objetivo es satisfacer necesidades específicas de consumo de entidades estatales; y pesca comercial no para consumo humano, que incluye pesca para artesanías, exhibiciones públicas, etc.
La pesca comercial se autoriza, hasta la profundidad de 200 metros desde Cabo Francés hasta Playa Girón; Punta de María Aguilar hasta Cabo Cruz; Punta de Prácticos hasta Punta de la Península de Hicacos; Cabo de San Antonio hasta Punta de Gobernadora.
Las autorizaciones de pesca se obtendrán mediante licencias, concesiones y permisos. De acuerdo a lo detallado en el Capítulo II, las licencias se emiten anualmente por un período de un año natural (de enero a diciembre) y están sujetas a tarifas establecidas; estas licencias pueden ser suspendidas en cualquier momento por violaciones cometidas a la legislación vigente.
Requisito indispensable para obtener una autorización de pesca es tener cumplidos los 17 años.
Las licencias para pescar no serán otorgadas a todos, serán entregadas a personas que practiquen la pesca desde la orilla de embalses de interés estatal a personas naturales, nacionales o extranjeras, jurídicas; poseedores de buques y embarcaciones; que practiquen pesca submarina.
Para más información haga clic aquí.
Si tienes familiares en Cuba comparte con ellos el siguiente link (descargar Psiphon), el VPN a través del cual tendrán acceso a toda la información de CubaNet. También puedes suscribirte a nuestro Boletín dando click aquí.