LA HABANA, Cuba.- Al menos una decena de personas continúan privadas de su libertad por participar en la protesta pacífica del 30 de abril último en La Habana Vieja. Los activistas, que exigían ver a Luis Manuel Otero Alcántara, quien se hallaba en huelga de hambre y sed, enfrentan amenazas de ser procesados penalmente.
Los que se hallan detenidos a 72 horas de la manifestación son: Mary Karla Ares González, Thais Mailen Franco Benítez, Esteban Lázaro Rodríguez López, Félix Modesto Valdés Díaz, Douglas Batista Savigne, Nancy Vera, Yuisan Cancio Vera, Lara Yumila, Luis Ángel Cuba Alfonso, Inty Soto Romero (quien se encuentra en huelga de hambre).
En el caso de Mary Karla Ares González, periodista del Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP), según informó este domingo la organización, “está siendo instruida policialmente por un supuesto delito de desorden público, porque reportó en directo la represión de las fuerzas combinadas de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) y la Policía Política contra las personas que en la calle Obispo en La Habana se manifestaron pacíficamente el pasado viernes”.
El ICLEP tuvo acceso a los padres de la joven quienes declararon que no habían podido ver a su hija: “A mi hija la violentaron. La subieron en una guagüita (Bus pequeño) violentamente. (…) Los instructores nos dicen que está bien, pero no nos dejaron hablar con ella. Realmente no sabemos cómo está”.
Ares González y Thais Mailen Franco Benítez están recluidas en la unidad de instrucción penal de 7ma y 62, en el municipio Playa, La Habana. Según fuentes consultadas por CubaNet, es probable que Franco Benítez y el resto de los detenidos enfrenten el mismo proceso penal por el delito de “desorden público”.
Según el artículo 200 del Código Penal Cubano, los activistas podrían ser condenados a cumplir una sanción de privación de libertad de tres meses a tres años, según la gravedad y el inciso que le apliquen, o multa de cien a mil cuotas o ambas.
Aunque la Constitución de la República de Cuba, en su artículo 56, reconoce los derechos de reunión, manifestación y asociación con fines lícitos y pacíficos, a su vez lo contradice al especificar que será “siempre que se ejerzan con respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley”.
En las últimas décadas, decenas de activistas y manifestantes pacíficos han sido procesados o amenazados por “desorden público”. Para el ICLEP esta figura jurídica “es utilizada constantemente por el régimen de la isla para reprimir la libertad de expresión y encarcelar a disidentes y opositores pacíficos que les sean incómodos a su política gubernamental”.
En el caso del reportero Esteban Rodríguez, ni su esposa ni familiares han tenido noticias de él desde que fuera arrestado, por lo que lo consideran desaparecido.
Cuba firmó y ratificó la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. Según el artículo 2 de este documento, se entiende por desaparición forzada “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”.
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