LA HABANA, Cuba, 2 de agosto (José A. Pérez Gallo, 173.203.82.38) -La Corte Suprema de Justicia Masónica de la Gran Logia de Cuba, tenía previsto efectuar el sábado 30 de julio, la vista en Primera instancia del juicio seguido a Jesús Armada Pena, en su carácter de Maestro Masón; por perjurio y traición a los dogmas de la masonería.
Aunque desde hacía varios meses, la Agencia noticiosa digital masónica Tubalkain Pres venía informando sobre la existencia de un contubernio protagonizado por los más altos directivos de la Masonería cubana, para lograr la anulación del proceso seguido a Armada Pena; no fue hasta el sábado 16 de julio, fecha en que el Supremo Consejo del grado 33 efectuó su reunión semestral; que este hecho quedó evidenciado.
En dicha sesión, y sin que mediara información al respecto; el Sr. Lázaro Cuesta Valdés, quien presidia el evento, adicionó al Orden del Día de la reunión el enjuiciamiento de Armada Pena “por haber visitado a la logia irregular Antonio de la Piedra, durante su estancia en la Florida.
En la referida sesión se nombró un Tribunal de Honor, que quedó constituido por Lázaro Cuesta Valdés, Miguel Garbey, Leopoldo Vázquez, Gilberto Cuesta Medina, Adalberto González, Juan Castellanos, Néstor Iglesias Laza y Orlando Vera, todos grados 33.
Después de escuchar los descargos al acusado Armada Pena, sin que los acusadores fueran avisados de la celebración de este proceso; se procedió a imponer al infractor a la pena de “seis meses de suspensión en sus derechos masónicos”. La pena prevista para estos casos es la expulsión de la Institución.
De inmediato, se procedió a comunicar el resultado de dicho juicio a la Corte de Justicia de la Gran Logia de Cuba. El Presidente de la Corte de la Gran Logia; el Sr Mario Urquía Carreño, quien mantenía este caso pendiente desde septiembre de 2010, se apresuró a convocar al Pleno de ese organismo para dejar sin efecto el proceso que dicha Entidad efectuaba en contra de Armada Pena.
Según el informe de la Agencia Tubalkain, en este asunto los Altos Grados han incurrido en:
Intromisión en la jurisdicción de la Gran Logia de Cuba. La competencia del Supremo Consejo se limita a los hechos ocurridos en los grado del 4º al 33; nunca en los tres primeros grados los cuales son gobernados por la Gran Logia.
Violación de su propia Ley Penal. El Tribunal de Honor juzgó un hecho ocurrido en la jurisdicción de la Gran Logia, aplicando Leyes que solo le incumben la Masonería Simbólica.
Transgresión del derecho de los acusadores
Imposición al acusado de una pena inferior a la prevista en el Código Penal Escocés para los delitos de perjurio y traición.
¿A dónde quieren llevar a la Masonería cubana sus dirigentes? Masones consultados al efecto señalan que estas los actuales dirigentes de la masonería cubana responden a intereses ajenos a la Institución, que han elaborado un plan para desacreditarla.
Durante el año 2010, unos 300 masones se dieron de baja en la Gran Logia de Cuba.