MADRID, España.- Este lunes comienza el juicio contra participantes en las protestas del 11 de julio pasado en Güira de Melena, Artemisa.
Del 7 al 11 de marzo, en la sala de delitos contra la Seguridad del Estado del tribunal del municipio 10 de Octubre, serán juzgadas 33 personas por los supuestos delitos de “sabotaje con carácter continuado”, “sabotaje”, “desórdenes públicos”, “desacato”, “atentado” y “robo con fuerza”.
Los acusados son: Carlos Manuel Fonseca Borges, Calos Raúl Perdomo Cancio, Claudia González Amarán, Daisel González Álvarez, Dariel Rosa Pérez, Elienay Maresma Mesa, Freddy Luis Díaz García, Gilberto Castillo Castillo, Hortensia Oceguera González, Ismael Rodríguez González, Jorge Bello Domínguez, Jorge Luis Lugones Lara, Joselin Orta Llorens, Juan Pablo Martínez Monterrery, Kevin Ángel Álvarez Echevarría, Lázaro Antonio Rodríguez Jerez, Lázaro Yeison Cecé Gálvez, Lizandra Góngora Espinosa, Marlon Noval Alonso, Mijaíl Sánchez de la Nuez, Orlado Valle Jorge, Yander Rodríguez Yglesias, Yandy Hernández Montes de Oca, Yanley López Basulto, Yasbelis Rodríguez León, Yasdanis Benítez Quesada, Yasel de Jesús Chinea Solano, Yasiel Hernández Márquez, Yendri Vidal Limonta, Yismel Alfonso Oliva, Yosnel Laferte Salazar, Yunalkis González Pérez y Yunior Pérez López.
Según explicó a Radio Televisión Martí el abogado Julio Ferrer, muchos de los manifestantes del 11J, como es el caso de quienes se manifestaron en Güira de Melena, “han sido sometidos a la jurisdicción militar y juzgados por tribunales militares, especialmente aquellos que estuvieron o tomaron parte en los hechos acontecidos en relación a las Tiendas de Recuperación de Divisas (TRD)”, debido a que la ley “establece que los tribunales militares son competentes para conocer de los procesos penales por hechos cometidos en zonas militares, previamente establecidas por las autoridades facultadas para determinar y calificar qué zonas pueden ser consideradas como militares, con independencia de la condición de civiles de los que hayan participado en esos hechos”.
El jurista precisó que las TRD son consideradas como instalaciones militares, porque pertenecen o están subordinadas o patrocinadas por las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
De acuerdo a la ley actual, “el artículo 437 precisa al fiscal en las conclusiones provisionales a consignar qué sanción pide. Por tanto, el acusado, mucho antes de llegar a juicio, sabe cuál es la petición en que está interesando el fiscal que le impongan”, pero, explica Ferrer, “cuando se produjeron los sucesos del 11 de julio del 2021, estaba vigente la Ley No. 6, que no exigía al fiscal hacerle saber al acusado qué sanción estaba pidiendo, por eso algunos de los imputados de Güira de Melena desconocen el castigo que está pidiendo la Fiscalía”.
La existencia de las tiendas MLC, donde se venden la mayoría de los alimentos y productos básicos, fue uno de los factores que desataron las manifestaciones populares en Cuba, por el descontento general de la población que no tiene acceso a estas ya que no cobra sus salarios en dólares o euros.
Recibe la información de CubaNet en tu celular a través de WhatsApp. Envíanos un mensaje con la palabra “CUBA” al teléfono +1 (786) 316-2072, también puedes suscribirte a nuestro boletín electrónico dando click aquí.