MIAMI, Estados Unidos.- El Gobierno estadounidense ha anunciado cambios en los requisitos para que los nacidos de padres cubanos fuera del territorio de la isla prueben su ciudadanía.
La Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés) detalló cuál será ahora la documentación requerida para aplicar a la Ley de Ajuste Cubano.
Según la web oficial de esa entidad, Estados Unidos no reconocerá a partir de este momento los certificados de nacimiento que los consulados de Cuba emitan a los hijos de cubanos nacidos fuera de la Isla, considerando que ello “no es una evidencia suficiente para demostrar que se tiene nacionalidad cubana”. De modo que para probar la nacionalidad cubana habrá que presentar pasaportes cubanos válidos y documentos del Registro Civil Cubano expedidos en La Habana.
Los hijos de padres cubanos nacidos fuera de la isla pueden solicitar el estatus de residente permanente legal en Estados Unidos bajo la Ley de Ajuste Cubano.
Un certificado emitido por el consulado cubano, donde constara que una persona era hija de al menos un padre cubano, aunque hubiese nacido fuera de la isla, era prueba suficiente de ciudadanía cubana para iniciar el trámite de la green card apelando a la Ley de Ajuste.
La medida no afecta a los cubanos nacidos en la isla.