LA HABANA, Cuba, 22 de marzo de 2013, Yaremis Flores/ 173.203.82.38.- En los Estados de Derecho, el acusado es inocente hasta que se demuestra lo contrario, fuera de cualquier duda razonable. Paradójicamente, el laureado escritor cubano Ángel Santiesteban Prats está en prisión porque los jueces no dudaron en condenarlo, basados en la mera declaración de una mujer despechada.
Luego de más de 3 años bajo investigación, resultó sancionado a cinco años de prisión por los delitos Lesiones y Violación de Domicilio. La única prueba utilizada en su contra: el testimonio de Kenia, la madre de su hijo y ex pareja.
Inicialmente los cargos fueron por Violación, Tentativa de Asesinato, Robo y otros. “Incluso me culpó por tratar de incendiar la casa con ella dentro”, dijo Santiesteban. “Ya antes ella me había denunciado por Amenazas, pero fui absuelto”.
La supuesta víctima declaró al menos en nueve ocasiones. El 28 de julio de 2009 le dijo al instructor que Santiesteban Prats entró a su vivienda, le amarró con esparadrapo pies y manos, y la golpeó en repetidas ocasiones en su rostro. Al día siguiente, amplió su declaración y dijo que la violó.
A los cinco días recordó que en su casa tenía la suma de 250 CUC, 20 euros y 20 dólares americanos, y también lo acusó de haberle robado.
¿Cómo fue posible tener credibilidad ante una sala de justicia con fundamentos incoherentes y contradictorios? No se sabe qué elementos tuvieron los jueces para creer sólo algunas partes de la historia.
En la sentencia no se detallan todas las heridas ni se explica la ausencia de unas que por lógica debían estar visibles, como las marcas por las ataduras y los golpes en la cara. Solo se menciona una lesión en el oído izquierdo que, asegura Ángel, ocurrió en un accidente de tránsito anterior al suceso.
El Tribunal alega en su sentencia que formó convicción de lo sucedido, por lo contado por el hijo de ambos en el juicio. Si no presenció lo ocurrido, ¿era necesario exponer a un menor de edad a declarar en el pleito de sus padres? ¿Acaso nadie pensó que probablemente lo que el niño repetía, lo escuchó de boca de su madre?
¿Cómo los peritos demostraron que el supuesto evento dañó psicológicamente al menor y la denunciante, si los exámenes se realizaron luego de transcurrido más de un año? Ángel se sometió a un test y bastaron unos rasgos de su letra para que le atribuyeran una “personalidad agresiva, destreza para manipular a los demás a través del engaño, hipocresía o actitudes desleales”.
Es cuestionable que si Ángel es en efecto tan violento y peligroso, ¿por qué lo mantuvieron en libertad hasta después del juicio?
“Nada de lo que podía favorecerme, ninguna evidencia presentada por mi abogado, se tuvo en cuenta”, lamenta el escritor.
En el juicio declararon tres testigos, quienes confirmaron la coartada de que Santiesteban se encontraba en otro lugar, cuando supuestamente sucedían los hechos. Otros tres declararon sobre la obsesión de la denunciante por perjudicarlo y su costumbre de manipular al hijo menor. Los seis testimonios fueron desestimados por el Tribunal.
Igual suerte corrió una prueba criminalística realizada al esparadrapo, entregado por Kenia, con el que presuntamente fue amarrada. El resultado fue negativo, pues no coincidió con las huellas de Ángel y no lo admitieron “por no ser de interés al proceso”.
Ángel fue víctima de un sistema judicial viciado, según su valoración, a raíz de la creación del blog Los hijos que nadie quiso y por su vinculación con la disidencia. En la isla, los tribunales no son independientes. Los jueces, a su antojo admiten o no las pruebas que entienden.
Probablemente, el artista nunca imaginó que todo llegaría tan lejos. Días antes de ir a la cárcel, aún mostraba su sentido del humor. Decía que tendría bastante tiempo para dedicarse a escribir.
Tenía vergüenza de que algunos creyeran lo que se fabricaba a su alrededor. Otros pensarán que tanta arbitrariedad no puede ser real. Pero en el proceso judicial de Ángel Santiesteban hubo más de un motivo para dudar de su culpabilidad. La “revolución” castiga a sus hijos rebeldes.
Nota: La autora de este artículo es graduada de Derecho de la Universidad de La Habana. Actualmente trabaja en la agencia de juristas independientes Cubalex, con sede en la capital cubana.