GUANTÁNAMO, Cuba.- Desde el pasado 25 de noviembre CubaNet ha informado sobre la detención, el juicio, la sanción y la huelga de hambre del opositor pacífico Bartolo Cantillo Romero, miembro de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) en Guantánamo.
Las condiciones de aislamiento que le aplicaron desde su detención impidieron que sus familiares conocieran la causa por la cual fue sancionado a un año de privación de libertad como autor de un presunto delito de desacato. Sólo recientemente su familia conversó con él y supo por qué lo sancionaron.
Según su esposa, la señora Celina Osorio Claro, Bartolo fue detenido el 16 de noviembre y, al ser esposado, pidió a uno de los agentes que le aflojara las esposas, quien le respondió que merecía una tanda de golpes. Bartolo le dijo que si lo golpeaba lo iba a escupir, porque estaba indefenso y era lo único que podía hacer.
Ese mismo día fue trasladado hacia la unidad de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) del municipio El Salvador y se declaró en huelga de hambre. El jueves 23 de noviembre el opositor fue trasladado hacia la unidad de la PNR de Manuel Tames. Horas antes el señor Geolvys Cantillo Romero, hermano del opositor, se entrevistó con el jefe de la unidad de la PNR de El Salvador, Mayor Lescay, y este no le informó que Bartolo iba a ser trasladado hacia el municipio de Manuel Tames, ni que al día siguiente se le iba a celebrar un juicio porque estaba acusado de la presunta comisión de un delito de desacato.
La señora Celina acudió a la unidad de la PNR de El Salvador el viernes 24 para ver a su esposo, y no le dijeron que había sido trasladado a Manuel Tames para hacerle juicio. Entonces recibió la llamada de un familiar, quien le dijo que Bartolo estaba en la policía de Manuel Tames. Celina partió hacia allá, pero cuando llegó el juicio se había celebrado sin que Bartolo hubiera sido defendido por un abogado y sin que le hubieran avisado a sus familiares. Y aunque fue al Departamento de Atención a la Ciudadanía no le comunicaron que Bartolo podía apelar esa sentencia mediante un abogado, algo que el opositor no podía hacer por sí mismo debido a su confinamiento.
Cuando Celina pudo asesorarse legalmente con un abogado del Bufete Colectivo, este le orientó que fuera al tribunal de Manuel Tames y pidiera el número de la causa. La secretaria judicial se negó a dárselo aunque no es un dato secreto y resulta imprescindible para poder realizar cualquier reclamación judicial. Sólo debido a la insistencia de Celina y del opositor Niober García Fournier accedió a hacerlo, previa solicitud de autorización.
Si Bartolo sólo dijo a uno de los policías que si lo golpeaba lo escupiría, porque era lo único que podía hacer para defenderse, de ningún modo ello puede tipificar el delito de desacato. Suponiendo que el opositor hubiera escupido a alguno de los policías gratuitamente-un hecho que sin dudas sería incorrecto-eso no ameritaría la condena de un año de prisión impuesta a Bartolo, harto desproporcionada.
El lector puede preguntarse qué prueba tenemos, además del testimonio que el opositor ha ofrecido a su esposa, para concluir que la versión de la fuente es cierta. Es un cuestionamiento lógico que yo mismo me hice, porque resulta extraordinariamente difícil admitir que por haber dicho eso el opositor haya sido sancionado a un año de prisión.
Si la fuente miente tenemos que partir de lo que sí está probado. Y eso es que Bartolo fue esposado ante más de seis personas y conducido así a la unidad policial. En ningún momento allí hubo amenazas ni frases ofensivas del opositor hacia los agentes, elementos imprescindibles para que se tipifique ese delito. Entonces tenemos que concluir que el opositor cometió el delito dentro de la unidad de la policía de Manuel Tames. Sí fue así resulta notoriamente sospechoso el secretismo que rodeó a este juicio, y también su traslado hacia la unidad de la PNR de El Salvador y la Unidad Provincial de Operaciones de la Seguridad del Estado por un delito de tan escasa entidad.
Bartolo fue sometido a un total aislamiento, las autoridades que lo retuvieron no informaron a sus familiares que estaba procesado por un delito y que podía nombrar un abogado defensor. También les ocultaron la fecha y lugar del juicio
Así actúan quienes forman parte de los órganos represivos y el sistema de justicia de la dictadura. Incapaces de investigar de dónde los hijos de los jefazos sacan el dinero para comprar sus modernos autos capitalistas y pagar sus excentricidades- como el muy sonado viaje por el Mediterráneo de Antonio Castro Soto del Valle-siempre están listos para meter en la cárcel a un opositor por una escupida que nunca existió, o por sabrá Dios cuál frase o gesto que sólo escucharon o vieron dos policías, los únicos testigos de un juicio donde evidentemente estuvo ausente la justicia.