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Febrero 20, 2004

TODOS UNIDOS
Propuesta de programa para comenzar a solucionar los graves problemas de la sociedad cubana (CONT.)

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I) El Estado… y la economía del Pueblo

"Quien vea a su pueblo en desorden y agonía, sin puerta visible para el bienestar y el honor, o le busca la puerta o no es hombre, o no es hombre honrado". José Martí 2

En el artículo 1 de la Constitución vigente, leemos:

"Cuba es un Estado socialista de trabajadores independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos… para el disfrute … [d]el bienestar individual y colectivo".

Conforme a los parámetros de Naciones Unidas que determinan los índices de pobreza según los ingresos familiares, Cuba, de un país entre los primeros de América por sus indicadores económicos, ha devenido uno de los más pobres del tercer mundo, con una fabulosa deuda externa, sin créditos, empréstitos o fiadores significativos que permitan sacar al país de su situación financiera catastrófica y sin que a corto, mediano o largo plazo se vislumbre una solución a las penurias de la población.

Pero, ¿cómo es posible que un país que recibió una ayuda económica superior a la que el Plan Marshall brindó a Europa para su reconstrucción después de la II Guerra Mundial presente los actuales niveles sociales? ¿Cómo se explica que después de semejante entrega de recursos haya en Cuba hoy niños sin leche desde los siete años de edad, edificios y viviendas que se derrumban cuando llueve un poco, cualquier cantidad de familias en albergues, cualquier cifra de ciudadanos pugnando por abandonar el país sea cual sea la vía, y niveles de prostitución, delincuencia, drogas y suicidios como nunca antes en la historia de la nación? ¿A qué "bienestar individual y colectivo" se refiere la Constitución en su artículo 1? ¿Qué "disfrute" es el que tiene en cuenta?

Artículo 9b (siempre de la Constitución): "Que no haya hombre o mujer en condiciones de trabajar que no tenga oportunidad de obtener un empleo con el cual pueda contribuir a los fines de la sociedad y a la satisfacción de sus propias necesidades".

Un salario de 300 pesos -que está lejos de ser el promedio en la Isla- al cambio actual son 11.50 dólares. Una botella de aceite, algunos jabones de baño, un tubo de pasta, cuatro o cinco jabones de lavar, algo de detergente, un frasco de desodorante, tal vez una-dos frazadas de piso y quizás un muslo de pavo pequeño -todo lo que hay que comprar en área dólar, porque la "cuota" es algo ya totalmente simbólico- sobrepasan esos 11.50. Pero, repetimos, decenas de miles de trabajadores cubanos no ganan ese salario y, como nadie ignora, la adquisición que es posible hacer en un mes con ese dinero dista muchísimo de cubrir las necesidades básicas todas, no ya de una familia de cuatro personas, sino aún de un solo individuo. Luego, ¿a qué "satisfacción de sus propias necesidades" se refiere esa normativa? ¿Acaso el gobierno no tiene en cuenta la necesaria correspondencia que tiene que existir entre el postulado jurídico y la posibilidad real de su materialización en el seno de la sociedad a que va dirigido?

Artículo 9b): "Que no haya persona incapacitada para el trabajo que no tenga medios de subsistencia decorosos".

Aquí pudiéramos considerar dos categorías de personas:

a) Personas con incapacidades físicas o mentales (minusválidos)

b) Personas de edad avanzada ya jubiladas o pensionadas.

En cualquier caso, y en lo referente a lo que pudiesen devengar estos ciudadanos a través de la seguridad social o cualquier otro tipo de ayuda estatal, basta con aplicar aquí las observaciones hechas al jornal de una persona que devenga 300 pesos cubanos ya antes analizado. Por supuesto, las personas de que nos ocupamos ahora están en una situación mucho peor, ya sea porque la pensión recibida es inferior a 300 pesos cubanos (la mayoría de los casos) o porque dependan para su subsistencia de la ayuda de familiares con un ingreso a su vez precario. El artículo en cuestión reza: "…medios de subsistencia decorosos". El individuo que devengue por una u otra razón 140 pesos para su manutención, lo que recibe son 5 dólares y 30 centavos al mes.

Huelgan los comentarios. Queda sólo una pregunta: ¿Qué entiende el gobierno por "decorosos"?

Artículo 16): "El Estado organiza, dirige y controla la actividad económica nacional conforme a un plan que garantice el desarrollo programado del país a fin de … satisfacer cada vez mejor las necesidades materiales y culturales de la sociedad y los ciudadanos…"

Existió, cuando también existía la Junta Central de Planificación (JUCEPLAN), el Plan Unico de Desarrollo Económico y Social (PUDES) del país, pero todo eso ha quedado atrás hace mucho tiempo. El "plan que garantiza el desarrollo programado del país" brilla por su ausencia. No hay "satisfacción cada vez mejor", sino "cada vez peor". No otra cosa significan las condiciones dadas a las empresas extranjeras para extraer sus ganancias de Cuba, el cierre de alrededor de 70 centrales de la principal industria histórica de la nación, la negativa estatal a que las empresas extranjeras contraten y paguen directamente en dólares a sus empleados cubanos, la existencia de "bolsas de empleo", las zonas de exclusión turística para los nacionales y muchas otras que harían muy larga esta enumeración. Así las cosas, sería interesante conocer ¿qué plan de desarrollo … para satisfacer cada vez mejor las necesidades materiales y culturales de la sociedad y los ciudadanos tiene en cuenta entonces el gobierno con referencia a este artículo?

La situación actual y la inminente de Cuba no admite ya retóricas dilatorias, ni del etiquetamiento de todo aquél que reclama acciones inmediatas, concretas y solucionadotas, como "asalariado del imperialismo", "traidor", etc. Si, como expresa el artículo 3 de la Constitución, "En la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo del cual dimana todo el poder del Estado", entonces es menester actuar con el valor político necesario para tomar las medidas que se imponen. Las que propone TODOS UNIDOS para este acápite "El Estado… y la economía del Pueblo", son:

1 - Aumentar progresivamente los salarios, jubilaciones y pensiones, tomando en cuenta el alto costo de la vida, puesto que en la actualidad los mismos apenas alcanzan para sobrevivir.

2 - Adoptar un programa para el fortalecimiento de la moneda nacional frente a las divisas extranjeras, tomando en cuenta que durante décadas el peso cubano tenía el mismo valor que el dólar de los Estados Unidos.

3 - Rebaja de precios en las tiendas que venden en dólares de los productos alimenticios, medicinas, ropa y zapatos, medios de aseo, efectos eléctricos, etc., que son todos de primera necesidad y que se oferten con la calidad requerida. Se eliminarán las enormes ganancias con que el Estado confisca los ingresos de los cubanos de la isla y del exterior y se aplicarán los precios internacionales.

4 - Libre contratación de trabajadores en empresas cubanas o extranjeras, sin condicionamientos políticos a los cubanos que laboren en firmas, embajadas u otras entidades extranjeras y sin la intervención de empresas contratadotas estatales, ya que esta última práctica viola principios de la Organización Internacional del Trabajo suscritos por la República de Cuba.

5 - Hasta tanto se restablezca el poder adquisitivo del peso cubano, pago en dólares de una parte del salario de los trabajadores de aquellos centros que operan con dicha moneda (hoteles, tiendas, etc.) y de las empresas cuyos servicios y producciones se venden en dólares, incluyendo a los tabacaleros, azucareros, metalúrgicos, pesqueros, taxistas y de otras industrias y sectores, así como a los profesionales, artistas y deportistas que trabajan en el extranjero.

6 - Eliminación del cobro en dólares de los servicios prestados por el Estado a los ciudadanos (pasaporte, permiso de salida, carta de invitación, certificados de defunción, de nacimiento y de notas, títulos, etc.), así como de las llamadas de larga distancia de los cubanos al extranjero y reducción de las tarifas.

7 - Todos los cubanos serán libres de trabajar por cuenta propia en negocios, empresas de nacionales o extranjeros y podrán ejercer sus oficios, profesiones y habilidades sin interferencia del Estado.

Todos los cubanos podrán trabajar por cuenta propia, crear sus propios negocios o ejercer sus profesiones, oficios y habilidades en empresas estatales, privadas nacionales o extranjeras, sin que el Estado limite est4e derecho.

10 - Todos los artistas (músicos, cantantes, actores, bailarines, pintores, escultores, etc.), así como los escritores, podrán cobrar directamente por sus obras o actuaciones sin necesidad de autorización o permiso del Estado, ni tener que pagar a intermediarios estatales la mayor parte de sus ganancias.

29 - Protección efectiva a la vejez, sean o no jubilados o pensionados, pues sus ingresos son insuficientes y es uno de los sectores más afectados por la devaluación del peso cubano, los altos precios de los alimentos, la escasez de medicinas y los deficientes servicios de salud, además de otros, permitiendo la apertura de asilos, hogares, casas del abuelo, etc. a particulares, cooperativas o mutualistas.

II) El Estado… y la dignidad plena del Hombre

"Levántese, por sobre todas las cosas, esta tierna consideración, este viril tributo de cada cubano a otro. Ni misterios ni calumnias, ni tesón en desacreditar, ni largas y astutas preparaciones para el día funesto de la ambición. O la República tiene por base el carácter entero de cada uno de sus hijos, el hábito de trabajar con sus manos y pensar por sí propio, el ejercicio íntegro de sí y el respeto, como de honor de familia, al ejercicio íntegro de los demás; la pasión, en fin, por el decoro del hombre, o la República no vale una lágrima de nuestras mujeres ni una sola gota de sangre de nuestros bravos". - José Martí 3

Artículo 9b) "El Estado garantiza la libertad y la dignidad plena del hombre, el disfrute de sus derechos, el ejercicio y cumplimiento de sus deberes y el desarrollo integral de su personalidad".

Artículo 43): "El Estado consagra el derecho conquistado por la Revolución de que los ciudadanos, sin distinción de raza, color de la piel, sexo, creencias religiosas, origen nacional y cualquier otra lesiva a la dignidad humana:

- disfrutan de la enseñanza en todas las instituciones docentes del país, desde la escuela primaria hasta las universidades, que son las mismas para todos,

- reciben asistencia en todas las instituciones de salud,

- se domicilian en cualquier sector, zona o barrio de las ciudades y se alojan en cualquier hotel,

- disfrutan de los mismos balnearios, playas, parques, círculos sociales y demás centros de cultura, deportes, recreación y descanso".

Para nosotros la definición dada por José Martí es la única y verdadera interpretación de dignidad plena del hombre. por otra parte, una constitución que en su preámbulo reza: "Guiados por el ideario de José Martí…" no puede desconocer lo que éste significó como "Ley primera de la República". Pero si para el Apóstol esa dignidad es, como ya se ha dicho, "el hábito de pensar por sí propio, el ejercicio íntegro de sí y el respeto … al ejercicio íntegro de los demás", ¿cómo explicar entonces la expulsión de personas de centros docentes y de trabajo precisamente por ejercitar ese principio fundamental? Los que, en su momento, aplicaron las antimartianas medidas, ¿desconocían lo de "la dignidad plena del hombre" o sencillamente opinaron que a la Ley de Leyes de Cuba le era aplicable aquello de "se acata, pero no se cumple"?

Mucho más grave aún resulta el encarcelamiento de decenas de personas en fecha reciente por el ejercicio de ese mismo precepto rector que el Maestro quiso para la Ley Primera.

En cuanto a que "se domicilian en cualquier sector, zona o barrio de las ciudades y se alojan en cualquier hotel … etc." sólo diremos que es sencillamente ultrajante -aunque esto sea aplicable a todos los cubanos en general- que personas que un día lucharon con las armas en la mano por defender la revolución, hoy tengan que sufrir la humillación de ser denegados a la puerta del Meliá Cohiba o de Cayo Largo… a pesar de lo que asegura garantizar la súper ley.

En ese sentido, TODOS UNIDOS está proponiendo:

24.- Despolitización de la enseñanza prohibiendo que la misma pueda ser utilizada como instrumento de adoctrinamiento sectario y obligatorio, dotándola de un contenido técnico, cívico y patriótico basado en las tradiciones cubanas que permita la creación de valores morales superiores.

Es derecho inalienable de los padres escoger la educación que desean para sus hijos.

23.- Libre elección de cualquier carrera universitaria sin discriminación por motivos políticos, religiosos o preferencias sexuales. Abolición del criterio discriminatorio de que "la universidad es para los revolucionarios".

25.- Liberación de todos los presos políticos debido a que han sido condenados en violación de derechos humanos universalmente reconocidos.

26.- Reforma de las condiciones de encarcelamiento en todas las prisiones cubanas y centros de detención, y eliminación del hacinamiento, la mala alimentación, la falta de agua potable, medicinas y atención médica y estomatológica especializadas, así como las golpizas y otros abusos y humillaciones que sufren los presos y ubicación de todos ellos cerca de sus familias.

27.- Abolición inmediata de la pena de muerte y Reforma del Código Penal para poner fin a la criminalización del ejercicio de derechos civiles, políticos y económicos y para atemperar las sanciones, siguiendo la tendencia internacional a disminuir las mismas y que tengan un verdadero contenido reeducativo que ayude a la reinserción social de los sancionados.

34.- Eliminación de las prohibiciones discriminatorias de los cubanos referentes al acceso a los centros turísticos, hoteles y balnearios en todo el territorio nacional.

35.- Firmar, ratificar y respetar todos los pactos internacionales de derechos humanos e incorporar a Cuba a la lucha activa contra el terrorismo y el narcotráfico internacionales, así como a los procesos de integración económica y política.

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