TODOS UNIDOS
Propuesta de programa para comenzar a solucionar
los graves problemas de la sociedad cubana
(CONT.)
I) El Estado
y la economía
del Pueblo
"Quien vea a su
pueblo en desorden y agonía, sin
puerta visible para el bienestar y el
honor, o le busca la puerta o no es hombre,
o no es hombre honrado". José
Martí 2
En el artículo 1 de la Constitución
vigente, leemos:
"Cuba es un Estado socialista de trabajadores
independiente y soberano, organizado con
todos y para el bien de todos
para
el disfrute
[d]el bienestar individual
y colectivo".
Conforme a los parámetros de Naciones
Unidas que determinan los índices
de pobreza según los ingresos familiares,
Cuba, de un país entre los primeros
de América por sus indicadores económicos,
ha devenido uno de los más pobres
del tercer mundo, con una fabulosa deuda
externa, sin créditos, empréstitos
o fiadores significativos que permitan sacar
al país de su situación financiera
catastrófica y sin que a corto, mediano
o largo plazo se vislumbre una solución
a las penurias de la población.
Pero, ¿cómo es posible que
un país que recibió una ayuda
económica superior a la que el Plan
Marshall brindó a Europa para su
reconstrucción después de
la II Guerra Mundial presente los actuales
niveles sociales? ¿Cómo se
explica que después de semejante
entrega de recursos haya en Cuba hoy niños
sin leche desde los siete años de
edad, edificios y viviendas que se derrumban
cuando llueve un poco, cualquier cantidad
de familias en albergues, cualquier cifra
de ciudadanos pugnando por abandonar el
país sea cual sea la vía,
y niveles de prostitución, delincuencia,
drogas y suicidios como nunca antes en la
historia de la nación? ¿A
qué "bienestar individual y
colectivo" se refiere la Constitución
en su artículo 1? ¿Qué
"disfrute" es el que tiene en
cuenta?
Artículo 9b (siempre de la Constitución):
"Que no haya hombre o mujer en condiciones
de trabajar que no tenga oportunidad de
obtener un empleo con el cual pueda contribuir
a los fines de la sociedad y a la satisfacción
de sus propias necesidades".
Un salario de 300 pesos -que está
lejos de ser el promedio en la Isla- al
cambio actual son 11.50 dólares.
Una botella de aceite, algunos jabones de
baño, un tubo de pasta, cuatro o
cinco jabones de lavar, algo de detergente,
un frasco de desodorante, tal vez una-dos
frazadas de piso y quizás un muslo
de pavo pequeño -todo lo que hay
que comprar en área dólar,
porque la "cuota" es algo ya totalmente
simbólico- sobrepasan esos 11.50.
Pero, repetimos, decenas de miles de trabajadores
cubanos no ganan ese salario y, como nadie
ignora, la adquisición que es posible
hacer en un mes con ese dinero dista muchísimo
de cubrir las necesidades básicas
todas, no ya de una familia de cuatro personas,
sino aún de un solo individuo. Luego,
¿a qué "satisfacción
de sus propias necesidades" se refiere
esa normativa? ¿Acaso el gobierno
no tiene en cuenta la necesaria correspondencia
que tiene que existir entre el postulado
jurídico y la posibilidad real de
su materialización en el seno de
la sociedad a que va dirigido?
Artículo 9b): "Que no haya
persona incapacitada para el trabajo que
no tenga medios de subsistencia decorosos".
Aquí pudiéramos considerar
dos categorías de personas:
a) Personas con incapacidades físicas
o mentales (minusválidos)
b) Personas de edad avanzada ya jubiladas
o pensionadas.
En cualquier caso, y en lo referente a
lo que pudiesen devengar estos ciudadanos
a través de la seguridad social o
cualquier otro tipo de ayuda estatal, basta
con aplicar aquí las observaciones
hechas al jornal de una persona que devenga
300 pesos cubanos ya antes analizado. Por
supuesto, las personas de que nos ocupamos
ahora están en una situación
mucho peor, ya sea porque la pensión
recibida es inferior a 300 pesos cubanos
(la mayoría de los casos) o porque
dependan para su subsistencia de la ayuda
de familiares con un ingreso a su vez precario.
El artículo en cuestión reza:
"
medios de subsistencia decorosos".
El individuo que devengue por una u otra
razón 140 pesos para su manutención,
lo que recibe son 5 dólares y 30
centavos al mes.
Huelgan los comentarios. Queda sólo
una pregunta: ¿Qué entiende
el gobierno por "decorosos"?
Artículo 16): "El Estado organiza,
dirige y controla la actividad económica
nacional conforme a un plan que garantice
el desarrollo programado del país
a fin de
satisfacer cada vez mejor
las necesidades materiales y culturales
de la sociedad y los ciudadanos
"
Existió, cuando también existía
la Junta Central de Planificación
(JUCEPLAN), el Plan Unico de Desarrollo
Económico y Social (PUDES) del país,
pero todo eso ha quedado atrás hace
mucho tiempo. El "plan que garantiza
el desarrollo programado del país"
brilla por su ausencia. No hay "satisfacción
cada vez mejor", sino "cada vez
peor". No otra cosa significan las
condiciones dadas a las empresas extranjeras
para extraer sus ganancias de Cuba, el cierre
de alrededor de 70 centrales de la principal
industria histórica de la nación,
la negativa estatal a que las empresas extranjeras
contraten y paguen directamente en dólares
a sus empleados cubanos, la existencia de
"bolsas de empleo", las zonas
de exclusión turística para
los nacionales y muchas otras que harían
muy larga esta enumeración. Así
las cosas, sería interesante conocer
¿qué plan de desarrollo
para satisfacer cada vez mejor las necesidades
materiales y culturales de la sociedad y
los ciudadanos tiene en cuenta entonces
el gobierno con referencia a este artículo?
La situación actual y la inminente
de Cuba no admite ya retóricas dilatorias,
ni del etiquetamiento de todo aquél
que reclama acciones inmediatas, concretas
y solucionadotas, como "asalariado
del imperialismo", "traidor",
etc. Si, como expresa el artículo
3 de la Constitución, "En la
República de Cuba la soberanía
reside en el pueblo del cual dimana todo
el poder del Estado", entonces es menester
actuar con el valor político necesario
para tomar las medidas que se imponen. Las
que propone TODOS UNIDOS para este acápite
"El Estado
y la economía
del Pueblo", son:
1 - Aumentar progresivamente los salarios,
jubilaciones y pensiones, tomando en
cuenta el alto costo de la vida, puesto
que en la actualidad los mismos apenas alcanzan
para sobrevivir.
2 - Adoptar un programa para el fortalecimiento
de la moneda nacional frente a las divisas
extranjeras, tomando en cuenta que durante
décadas el peso cubano tenía
el mismo valor que el dólar de los
Estados Unidos.
3 - Rebaja de precios en las tiendas
que venden en dólares de los
productos alimenticios, medicinas, ropa
y zapatos, medios de aseo, efectos eléctricos,
etc., que son todos de primera necesidad
y que se oferten con la calidad requerida.
Se eliminarán las enormes ganancias
con que el Estado confisca los ingresos
de los cubanos de la isla y del exterior
y se aplicarán los precios internacionales.
4 - Libre contratación de trabajadores
en empresas cubanas o extranjeras, sin
condicionamientos políticos a los
cubanos que laboren en firmas, embajadas
u otras entidades extranjeras y sin la intervención
de empresas contratadotas estatales, ya
que esta última práctica viola
principios de la Organización Internacional
del Trabajo suscritos por la República
de Cuba.
5 - Hasta tanto se restablezca el poder
adquisitivo del peso cubano, pago en
dólares de una parte del salario
de los trabajadores de aquellos centros
que operan con dicha moneda (hoteles, tiendas,
etc.) y de las empresas cuyos servicios
y producciones se venden en dólares,
incluyendo a los tabacaleros, azucareros,
metalúrgicos, pesqueros, taxistas
y de otras industrias y sectores, así
como a los profesionales, artistas y deportistas
que trabajan en el extranjero.
6 - Eliminación del cobro en
dólares de los servicios prestados
por el Estado a los ciudadanos (pasaporte,
permiso de salida, carta de invitación,
certificados de defunción, de nacimiento
y de notas, títulos, etc.), así
como de las llamadas de larga distancia
de los cubanos al extranjero y reducción
de las tarifas.
7 - Todos los cubanos serán libres
de trabajar por cuenta propia en negocios,
empresas de nacionales o extranjeros y podrán
ejercer sus oficios, profesiones y habilidades
sin interferencia del Estado.
Todos los cubanos podrán trabajar
por cuenta propia, crear sus propios negocios
o ejercer sus profesiones, oficios y habilidades
en empresas estatales, privadas nacionales
o extranjeras, sin que el Estado limite
est4e derecho.
10 - Todos los artistas (músicos,
cantantes, actores, bailarines, pintores,
escultores, etc.), así como los escritores,
podrán cobrar directamente por sus
obras o actuaciones sin necesidad de
autorización o permiso del Estado,
ni tener que pagar a intermediarios estatales
la mayor parte de sus ganancias.
29 - Protección efectiva a la
vejez, sean o no jubilados o pensionados,
pues sus ingresos son insuficientes y es
uno de los sectores más afectados
por la devaluación del peso cubano,
los altos precios de los alimentos, la escasez
de medicinas y los deficientes servicios
de salud, además de otros, permitiendo
la apertura de asilos, hogares, casas del
abuelo, etc. a particulares, cooperativas
o mutualistas.
II) El Estado
y la dignidad plena
del Hombre
"Levántese,
por sobre todas las cosas, esta tierna
consideración, este viril tributo
de cada cubano a otro. Ni misterios ni
calumnias, ni tesón en desacreditar,
ni largas y astutas preparaciones para
el día funesto de la ambición.
O la República tiene por base el
carácter entero de cada uno de
sus hijos, el hábito de trabajar
con sus manos y pensar por sí propio,
el ejercicio íntegro de sí
y el respeto, como de honor de familia,
al ejercicio íntegro de los demás;
la pasión, en fin, por el decoro
del hombre, o la República no vale
una lágrima de nuestras mujeres
ni una sola gota de sangre de nuestros
bravos". - José Martí
3
Artículo 9b) "El Estado garantiza
la libertad y la dignidad plena del hombre,
el disfrute de sus derechos, el ejercicio
y cumplimiento de sus deberes y el desarrollo
integral de su personalidad".
Artículo 43): "El Estado consagra
el derecho conquistado por la Revolución
de que los ciudadanos, sin distinción
de raza, color de la piel, sexo, creencias
religiosas, origen nacional y cualquier
otra lesiva a la dignidad humana:
- disfrutan de la enseñanza en todas
las instituciones docentes del país,
desde la escuela primaria hasta las universidades,
que son las mismas para todos,
- reciben asistencia en todas las instituciones
de salud,
- se domicilian en cualquier sector, zona
o barrio de las ciudades y se alojan en
cualquier hotel,
- disfrutan de los mismos balnearios, playas,
parques, círculos sociales y demás
centros de cultura, deportes, recreación
y descanso".
Para nosotros la definición dada
por José Martí es la única
y verdadera interpretación de dignidad
plena del hombre. por otra parte, una constitución
que en su preámbulo reza: "Guiados
por el ideario de José Martí
"
no puede desconocer lo que éste significó
como "Ley primera de la República".
Pero si para el Apóstol esa dignidad
es, como ya se ha dicho, "el hábito
de pensar por sí propio, el ejercicio
íntegro de sí y el respeto
al ejercicio íntegro de los
demás", ¿cómo
explicar entonces la expulsión de
personas de centros docentes y de trabajo
precisamente por ejercitar ese principio
fundamental? Los que, en su momento, aplicaron
las antimartianas medidas, ¿desconocían
lo de "la dignidad plena del hombre"
o sencillamente opinaron que a la Ley de
Leyes de Cuba le era aplicable aquello de
"se acata, pero no se cumple"?
Mucho más grave aún resulta
el encarcelamiento de decenas de personas
en fecha reciente por el ejercicio de ese
mismo precepto rector que el Maestro quiso
para la Ley Primera.
En cuanto a que "se domicilian en
cualquier sector, zona o barrio de las ciudades
y se alojan en cualquier hotel
etc."
sólo diremos que es sencillamente
ultrajante -aunque esto sea aplicable a
todos los cubanos en general- que personas
que un día lucharon con las armas
en la mano por defender la revolución,
hoy tengan que sufrir la humillación
de ser denegados a la puerta del Meliá
Cohiba o de Cayo Largo
a pesar de
lo que asegura garantizar la súper
ley.
En ese sentido, TODOS UNIDOS está
proponiendo:
24.- Despolitización de la enseñanza
prohibiendo que la misma pueda ser
utilizada como instrumento de adoctrinamiento
sectario y obligatorio, dotándola
de un contenido técnico, cívico
y patriótico basado en las tradiciones
cubanas que permita la creación de
valores morales superiores.
Es derecho inalienable de los padres escoger
la educación que desean para sus
hijos.
23.- Libre elección de cualquier
carrera universitaria sin discriminación
por motivos políticos, religiosos
o preferencias sexuales. Abolición
del criterio discriminatorio de que "la
universidad es para los revolucionarios".
25.- Liberación de todos los
presos políticos debido a que
han sido condenados en violación
de derechos humanos universalmente reconocidos.
26.- Reforma de las condiciones de encarcelamiento
en todas las prisiones cubanas y centros
de detención, y eliminación
del hacinamiento, la mala alimentación,
la falta de agua potable, medicinas y atención
médica y estomatológica especializadas,
así como las golpizas y otros abusos
y humillaciones que sufren los presos y
ubicación de todos ellos cerca de
sus familias.
27.- Abolición inmediata de la
pena de muerte y Reforma del Código
Penal para poner fin a la criminalización
del ejercicio de derechos civiles, políticos
y económicos y para atemperar las
sanciones, siguiendo la tendencia internacional
a disminuir las mismas y que tengan un verdadero
contenido reeducativo que ayude a la reinserción
social de los sancionados.
34.- Eliminación de las prohibiciones
discriminatorias de los cubanos referentes
al acceso a los centros turísticos,
hoteles y balnearios en todo el territorio
nacional.
35.- Firmar, ratificar y respetar todos
los pactos internacionales de derechos humanos
e incorporar a Cuba a la lucha activa contra
el terrorismo y el narcotráfico internacionales,
así como a los procesos de integración
económica y política.
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