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6 de marzo de 2009
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Un mal necesario

Laritza Diversent

LA HABANA, Cuba, marzo (www.cubanet.org) – Ciertamente, el enriquecimiento indebido, desde el punto de vista legal, es resultado de la comisión de delito. Así lo presume el Decreto-Ley 149 de 4 de mayo de 1997 en su Primer Por Cuanto. Sin embargo, desde el punto de vista social, es fruto de la corrupción que mina todo el sistema político-administrativo. 

La referida disposición reconoce que el aumento patrimonial es resultado del robo, la especulación, el desvió de recursos perteneciente a una entidad estatal u otras oficialmente constituidas, participación en negocios turbios , actividades de mercado negro y otras forma de enriquecimiento que lesionan los intereses más vitales de nuestra sociedad. 

En Cuba, el poder adquisitivo de una persona y el consiguiente aumento patrimonial depende de sus ingresos económicos. Excluyendo a los que reciben periódicamente remesas del exterior, éstos aumentan o disminuyen en dependencia del puesto  laboral que se ocupe.  

Se tiene un buen puesto de trabajo, si se labora en una tienda recaudadora de divisas, en un hotel, en una firma extranjera o en una empresa mixta, en un matadero de ganado mayor, en un complejo lácteo, en un frigorífico, etc.  

Estos empleos son buenos, no por el salario que se percibe; sino porque dan dinero. Se puede robar, desviar recursos, malversar, etc. Jamás el trabajo honesto aumentará el patrimonio de un ciudadano. Incluso para conseguirlos, hay que pagar por estos buenos puestos.  

No vale tener vocación para ejercer una profesión, o un currículo que demuestre la capacidad y experiencia. Interesan las perspectivas económicas que puedan brindar lo que se estudia o donde se labore. 

No es difícil encontrar un profesional, con una familia y que no tenga casa propia. El salario no le alcanza para solventar la economía familiar en un mes, mucho menos para comprar o edificar su casa, sin contar que ambas cosas están prohibidas. 

Por ejemplo, un fiscal. El mismo que inicia un procedimiento de confiscación por enriquecimiento indebido contra una persona.  

Imaginemos que a ese fiscal, el perjudicado le ofrece 20 mil dólares para que archive las actuaciones. El decreto ley 149 le da la facultad de decidir entre elevar la pretensión confiscatoria ante el Ministro de Finanzas y Precios o archivar el expediente y poner fin al procedimiento.

¿En una balanza, qué pesa más, las necesidades económicas o los principios morales? Se puede decidir conservar la ética y la moral en el ejercicio del cargo que se ocupa. O se puede escoger darle una casa a la familia; los zapatos de marca que, siempre le pidió su hijo adolescente; o la celebración de los quince años que siempre soñó su hija. La vida demuestra que pocos escogen la primera opción.

En esta disyuntiva están la mayoría de los funcionarios estatales. Incluso todo ciudadano que intente sobrevivir, debe someterse e integrarse a la red de corrupción. 

Por ejemplo, para recibir una atención médica esmerada y de calidad, hay que repartir regalitos desde al doctor con su enfermera, hasta los técnicos de laboratorio que realizan los exámenes. 

Así sucede para tener una casa, un empleo, alcanzar un sueño. Incluso se llega a los extremos de comprar el fallo de un juez y, con ello, la impunidad. Todo lo que se anhela se puede conseguir con dinero gracias a la corrupción. Un mal necesario, del que se es parte y victima a la vez.

laritzadiversent@yahoo.es   

 

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