16 de mayo de 2008   IMPRIMIR   VOLVER AL INICIO
 
CRÓNICA
 

Restricciones migratorias

Pedro Aníbal Riera Escalante  

LA HABANA, Cuba, mayo (www.cubanet.org) - Se espera en los próximos días un cambio en las restricciones migratorias. Desde hace meses circula un proyecto de resolución en  círculos gubernamentales.  Entre las medidas se  señalan: la eliminación de las cartas de invitación y la tarjeta blanca, exceptuando a médicos, maestros, militares, y personas con acceso a información clasificada.

 Se habla de un aumento del precio del pasaporte que llegaría a unos 150 pesos convertibles. Pero lo más significativo es una noticia divulgada la recientemente por Cubaencuentro, que alude a fuentes oficiales de Inmigración de Cuba, sobre la adición de avales de los Comités de Defensa de la Revolución para solicitar el pasaporte. De ser así, sería una trasgresión constitucional, ya que se trata, según la ley, de un documento de identidad y viaje.

Si como se ha informado se requerirá de permiso para viajar, llámese tarjeta blanca o pasaporte “habilitado” para ello, no habrá un cambio real en el ejercicio de este derecho, que estaría sujeto a una decisión gubernamental y básicamente de la Seguridad del Estado. Continuaría funcionando el mecanismo de represión política sobre el derecho de los ciudadanos a viajar y regresar a su país.

Por otra parte, mientras se ejecuten confiscaciones de las propiedades muebles e inmuebles de los ciudadanos que emigran, se continuará castigando, inconstitucionalmente, a quienes ejercen este derecho.

La Constitución actual no establece el derecho de los ciudadanos cubanos a salir y regresar al país, y a no ser desterrados, como lo hacía la Constitución de 1940. Tampoco recoge el derecho de los ciudadanos a no ser extraditado o entregado a Cuba por motivos políticos, práctica que se ha aplicado por Cuba, por ejemplo en mi propio caso, contraviniendo convenciones internacionales y tratados firmados por Cuba.

El hecho de que la Constitución no incluya este derecho, no significa que no haya sido reconocido legalmente por el Estado Cubano, ya que la Carta Magna establece en su artículo 41 la igualdad de todos los cubanos. Y en virtud de la firma de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por el Estado Cubano, del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos, se reconoce como un derecho a salir y regresar al país cuando se estime conveniente.

Mientras se mantengan los permisos de salida y de entrada  el gobierno persistirá en la violación de este derecho. Los permisos han convertido el ejercicio del mismo en una dádiva, en la facultad irrevocable que se aplica según su voluntad de las autoridades. Estos permisos deben ser eliminados totalmente, como se ha reclamado a la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Otro asunto es la confiscación de bienes a quienes emigran, mediante la Resolución No. 454 del Ministerio del Interior y la Ley 989 del 5 de diciembre de 1961.

Si a esto le sumamos que se incorporen los avales de los CDR para la obtención de los pasaportes, estaremos en presencia de unos cambios (por ver) que no tocan el fondo de los problemas, ni establecen las garantías reales para el ejercicio del derecho a salir y regresar al país.

 

 

 

 

 
 
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