¡Pornógrafos
a la calle!
Manuel David Orrio, CPI
LA HABANA, febrero (www.cubanet.org) - Los pornógrafos cubanos están
en peligro de ver sus viviendas o tierras confiscadas. Por ahí andan,
ocultando de la policía y del chismoso video filmes de relajo y postales
de sexo en grupo, así como "limpiando" a las computadoras de
archivos calenturientos. Discotecas independientes, videotecas
clandestinas, no les van a la zaga. So pretexto de la admisión
gubernamental de que en Cuba "el uso indebido de drogas muestra índices
crecientes, aunque discretos en comparación con otras naciones", el
recién promulgado Decreto-Ley 232, a propósito de perseguir al
narcotráfico, incluye entre los posibles sujetos de confiscación
de viviendas o tierras de labranza a los amantes de hojear las paginas de algún
amarillento Kamasutra, o a ciertos aficionados a filmarse mientras cabalgan
sobre la legítima esposa.
Dice un refrán de los tiempos de Stalin que "cuando se corta leña,
saltan astillas".La justa y popularmente apoyada lucha gubernamental contra
un creciente narcotráfico -la leña- se acompaña de la
persecución a ciertos estratos de una sociedad civil emergente, al punto
de llegarse al ridículo de promulgar draconianas medidas confiscatorias
contra quienes ejerzan de manera adulta y responsable lo que el destacado
siquiatra argentino Alberto Orlandini denominó, en libros de elevadas
ventas en Cuba, "perversiones sexuales inofensivas". No
sólo los pornógrafos están en peligro de verse con los bártulos
en plena calle. Según el decreto de marras, quien preste su hogar para
que el carnicero del barrio "atienda" al harén propio en este
país de los carniceros de barrio, está formalmente amenazado de
confiscación. Al menos teóricamente, a los efectos de lo
legislado, semejante acto de complicidad con las gozaderas barrioteras clasifica
como apertura de una casa de citas.
Tales astillas de una leña que sí debe cortarse -el narcotráfico-
suman el peligro jurídico significado porque el Decreto-Ley 232,a
contrapelo de legalidad superior como el Código Penal de la República,
declara abolido el principio de presunción de inocencia en los extremos
concernientes, al promulgarse que la confiscación de viviendas, tierras u
otros bienes procederá cuando "la ocasión o las
circunstancias concurrentes evidencien o HAGAN SUPONER RACIONALMENTE (destacado
por el autor) que el titular tiene conocimiento de los hechos".
El temor de los pornógrafos y sus similares en relajos no sólo
se justifica por la tipificación de los "pecados" y las "penitencias
" a la vista, sino además por la ausencia en el decreto de marras
del derecho ciudadano de ser juzgado con las garantías procesales de un
tribunal al menos disfrazado de independiente, en país donde el sistema
judicial está subordinado al poder político. En todos los casos
previstos en aquél, la facultad confiscatoria recae en las propias
autoridades gubernativas; las últimas instancias de apelación
designadas son el Presidente del Instituto Nacional de la Vivienda y el Ministro
de Agricultura. Los jueces, los ilustres jueces, pintados en la pared. Sí,
es cierto. El Decreto-Ley 232 también persigue a la corrupción, el
proxenetismo, la prostitución -lado cuestionable, penalizarla y no verla
por su lado social- la trata de personas y el trafico de menores, con no menos
sana que al comercio y consumo de estupefacientes. Pero al incluir entre los
delitos a la pornografía y a la creación de discotecas o
videotecas, muestra la oreja peluda de una intención trascendente a la
mera persecución de flagelos internacionales. Corta leña, pero
hace saltar astillas, como para aprovechar la oportunidad para reprimir a una
determinada emergencia social, armado de moralismos donde la ausencia de
tolerancia hacia las perversiones sexuales inofensivas es todo un símbolo.
Ante todo, de un Estado terminal.
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