LA HABANA, Cuba. ─ Con 71 años de vida, Regla vive de una discreta pensión que apenas le cubre una comida diaria y otros gastos básicos. Puede alcanzar para menos. Por eso, a ras de mostrador, debe exigir el correcto pesaje de los pocos alimentos que puede comprar. Aun así, en su bolsa siempre faltan algunas onzas de cada producto adquirido.
Colgados bien al fondo en el interior de los comercios hay carteles diminutos que muestran que ella tiene derechos: comprobar el pesaje de las compras en un área destinada para ello; contar con información visible sobre los precios y gozar de compensación, indemnización y reparación por los daños y perjuicios causados, cuando corresponda.
Pero, “¿ante quién quejarse?”, pregunta la anciana en tono escéptico, convencida de que, en materia de protección a los consumidores, “el muerto siempre lo va a poner el cliente”.
Y es que, precisamente, una de las violaciones más flagrantes es la omisión en los comercios estatales de las comisiones encargadas de atender y dar curso a las reclamaciones. En el mejor de los casos, cuando existen, están conformadas por los propios transgresores.
“Nadie va a venir a sacar la cara por el pueblo”, continúa reflexionando Héctor Vázquez, un jubilado de 76 años, sobre las circunstancias in situ que brindan impunidad a administrativos, almaceneros y dependientes.
“Quejarse sería echarse de enemigos a los ladrones”, dijo. “Lo peor es que después tienes que ir y transar con ellos si quieres comprar un poco de arroz o de azúcar de más, porque la cuota todo el mundo sabe que no alcanza”.
Un tema de poco recorrido en Cuba
Los primeros intentos iniciaron en enero de 1960 con la promulgación de la Ley No. 697 de Protección al Consumidor, la cual quedó obsoleta en 1962 tras la implementación de la Ley No. 105 y la Resolución No. 1, engendros que dieron comienzo al racionamiento de alimentos que aún perdura.
Progresivamente, y de manera itinerante, nuevos decretos, resoluciones, institutos, organismos y oficinas se crearon al calor de los cambios que el Estado fue introduciendo a la plataforma de comercio. La mayoría de instrumentos fueron caducando, uno tras otro, en la medida que aparecieron nuevos contextos y formas de consumo.
Así nacieron, en 1963, la Oficina para el Control y Distribución de los Abastecimientos, más conocida como OFICODA. En 1971, el Instituto Cubano de Investigaciones y Orientación de la Demanda Interna. Durante 1983 el Decreto-Ley No. 67 entregó la organización del tema a la Administración Central del Estado, que, en 1999, delegó la función en el Ministerio de Comercio Interior (MINCIN).
Con la caída del campo socialista soviético y la primera dolarización de la economía criolla surge la Oficina Nacional de Protección a los Consumidores. Su “objetivo”: “proteger a la población” de la creciente especulación que generaba la carestía de la década de los noventa.
Tras varios años con el tema en mutis, el último gran pronunciamiento se produjo en junio de 2018, cuando el MINCIN anunció la Resolución 54 como antesala de un nuevo proyecto de ley cuya creación se mantiene congelada en el tiempo.
Resoluciones, decretos, institutos… un mar de instrumentos disfuncionales
En la obra Una mirada al consumo y los consumidores, publicada en la Revista Anales de la Academia de Ciencias de Cuba, la Dr. C. Lourdes Tabares Neyra, del Centro de Estudios de Administración Pública de la Universidad de La Habana, explica que la problemática continúa yaciendo en la falta de institucionalidad que el Estado otorga a los derechos de los consumidores.
Tabares Neyra señala que existen normas jurídicas que regulan el tema, pero que no están sistematizadas, son dispersas y su cuerpo legal deja sin amparo legislativo aspectos de medular importancia como el reconocimiento de los derechos de los consumidores, la definición de consumidor y usuario y lo referente a los contratos con consumidores y las cláusulas abusivas, entre otros.
Destaca la necesidad de modernizar y actualizar el diseño del Sistema de Protección de los Consumidores, que data de la segunda mitad de la década de los noventa. Sugiere un escrutinio sobre el tema donde, en esencia, las personas puedan exigir por la calidad de los servicios públicos como parte del estado de bienestar social.
De acuerdo con el abogado Miguel Ángel Enríquez, adscrito a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, los cortos y lentos pasos de avance dados en la materia son vetados, en su mayoría, por la ambigüedad de las leyes frente a los derechos que tienen los consumidores y usuarios.
Enríquez ha trabajado varios casos de reclamos a empresas estatales por incumplimiento de pagos a particulares. Considera que la dualidad interpretativa de algunas leyes es un pantano que, en el desarrollo de las denuncias, favorece a entidades y funcionarios.
Como botón de muestra, el abogado sacó a colación el comunicado que el 14 de enero de 2019 emitiera vía Twitter Betsy Díaz Vázquez, ministra del MINCIN, ratificando que los clientes tienen derecho a tomar imágenes en los establecimientos estatales con la finalidad de evidenciar conductas negativas o alteraciones a los precios.
La información, recuerda, tenía un doble rasero que citaba la necesidad de respetar la metodología para la formulación de quejas, aludiendo a que “sólo así serían debidamente tramitadas y solucionadas”.
Enríquez aclara que la acción de tomar imágenes no incurre en ninguna figura delictiva, pero a raíz de la vigilancia policial implantada en los comercios como respuesta coercitiva del gobierno al aumento del descontento popular durante la pandemia, muchas personas son detenidas y multadas por practicar ese derecho en colas y tiendas.
“Puedes (tomar imágenes), pero es como caminar sobre el filo de una navaja, porque si no tienes ante quien quejarte es casi seguro que vas a realizar la denuncia en las redes sociales y ahí es cuando actúas en los límites dudosos de lo que es y lo que no es legal”, dijo el abogado en alusión a la existencia del controvertido Decreto-Ley 370, que, sin importar la veracidad de las denuncias, y a discreción, confiere inmunidad a las fuerzas policiales en su actuar represivo.
Sin derechos garantizados, ojo por ojo hasta que todos queden ciegos
Sesenta años de regulaciones, racionamientos y planificación en físico han transformado la mentalidad de consumidores y proveedores. Más que un ejercicio de subsistencia, vivir unos de otros se convirtió en una forma de lucro que se naturalizó por la ausencia de herramientas que protejan los derechos de consumidores y usuarios.
“No se pueden tener escrúpulos. La vida está cara para todos y cada cual se salva como puede. Aquí yo soy el que tumbo ─robo─, pero de esa puerta hacia afuera soy un consumidor más en manos de otro león. Esto es un círculo vicioso que involucra a todos, nadie es tan víctima”, comentó bajo anonimato el administrador de una bodega ─donde se expende la canasta básica─ de la Empresa de Comercio en el municipio habanero de Diez de Octubre.
A raíz de las reformas contenidas en la Tarea Ordenamiento, en enero pasado el gobierno cubano valoró el costo de la vida en torno a los 1 528 pesos establecidos para la Canasta de Bienes y Servicios de Referencia (CBSR). Sin embargo, el incremento de los precios ─porcentualmente superior al incremento salarial─ demanda un desembolso mucho más elevado para cubrir los gastos elementales del mes. Como agravante, las violaciones a los derechos de los consumidores se traducen en una disminución de su poder adquisitivo.
Las cifras oficiales reflejan que, al igual que Regla y Héctor, en la Isla hay más de 1 700 000 pensionados. Gran parte no supera el umbral de los 2 000 pesos mensuales. A ellos, como grupo más vulnerable, se unen poco más de 24 000 trabajadores que perciben el salario mínimo (2 100 pesos). Asimismo, casi un millón de trabajadores con ocupación en las áreas de servicios, administrativos, operarios y cargos técnicos, no superan la barrera de los 3 000 pesos de salario mensual.
Vladimir Arenas, un jubilado que por más de 30 años enseñó matemáticas, estima que todos los meses pierde un cuarto de su salario por causa de las defraudaciones que sufre al comprar productos básicos, sobre todo, en las tiendas de las cadenas CIMEX y TRD Caribe.
“Cuando arman los paquetes de pollo alteran el precio hasta 200 pesos por encima del valor de la caja entera. Como si fuera poco, cuando llegas a casa y revisas te das cuenta de que pagaste dos o tres libras de agua congelada. Si compras pasta dental, a los tubos les falta casi la mitad de la crema. Con el champú y el suavizador sucede lo mismo. Vas, te quejas y no pasa nada”, dijo Arenas, quien añade que los abusos son aún mayores en el sector privado.
Xiomara Rodríguez, funcionaria de Trabajo y Seguridad Social en La Habana asevera que los instrumentos de protección a los derechos de consumidores y usuarios tienen el mismo valor para estatales como particulares, “lo que pasa es que tienen estructuras administrativas y maneras de rendir cuentas diferentes”, pero “al ejercer la actividad comercial están sujetos al cumplimiento de las mismas normas”.
La funcionaria enfatizó en que los particulares tienen la potestad de adecuar los horarios y maneras de vender o prestar servicios. “La mayoría de quejas en su contra tienen que ver con la violación a los precios topados que escalonadamente se les han establecido, lo cual es controlado por los cuerpos de inspectores”.
“Se les puso precio máximo a muchas cosas, pero ahora mismo el que no pague 50 pesos por una libra de frijoles no come potaje. El pelado de mi hijo de nueve años vale 100 pesos. El que no pague 75 por una cerveza, no se la toma. Y el gobierno lo sabe, pero como es culpable del desabasto ─que da lugar a la especulación─ no hace nada, no le importa que la gente sufra. ¿Por cuáles derechos me preguntabas tú?”, comentó Lisandra Cuéllar, vecina del reparto Mañana, en el municipio de Guanabacoa.
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