CIUDAD DE MÉXICO.- El 21 de julio el activista y tuitero Leandro René Hernández fue citado por la policía política para un interrogatorio que culminó con el decomiso de un teléfono celular y una multa de tres mil pesos. Ambas medidas están amparadas en Cuba por el Decreto-Ley 370, que criminaliza las publicaciones en redes sociales. ¿Qué publicó Leandro para ser víctima de la llamada Ley Mordaza?
Todo comenzó cuando el joven de 28 años mostró el 13 de julio el rostro y nombre de una de las agentes de la Seguridad del Estado que lo hostiga en los interrogatorios y que le ha impedido salir de su casa arbitrariamente. Se trata de Benelys Toledo, quien se presenta como la teniente Helen para ocultar su identidad.
“Me repetía mucho que ese trabajo que ella hacía era apoyado por el ‘pueblo’, que ellos agradecían su labor”, escribió Leandro en su perfil de Facebook refiriéndose a la represora. “Entonces creí pertinente que la ciudadanía supiera su verdadero nombre y su verdadera función: asediar y reprimir a jóvenes que disienten de las políticas sectarias del régimen”, concluyó Leandro en su post, donde adjuntó dos fotos de la teniente.
De inmediato en su muro de Facebook se suscitó un debate sobre si debía haber expuesto la identidad de Toledo o no. Conocidos de Benelys la defendieron alegando que ella solo hacía su trabajo y que Leandro no tenía derecho a denunciarla y poner sobre ella reflectores que provocarían odio; mientras que otros usuarios aplaudieron la decisión del activista de revelar los datos.
Debe decirse que denunciar a su verdugo no es una decisión que únicamente ha tomado Leandro. Publicar el rostro y nombre de los represores para que la ciudadanía los conozca se ha ido convirtiendo en una práctica habitual de activistas, reporteros y medios de prensa en Cuba durante los últimos años. Justicia 11, por ejemplo, en su sitio web destinó un segmento para evidenciar los datos disponibles sobre los jueces y fiscales involucrados en los juicios contra los manifestantes del 11 de julio. El centro de asesoría legal Cubalex difunde sistemáticamente información sobre los represores que su equipo verifica tras las denuncias de las víctimas. Incluso, este mismo medio ha estrenado recientemente la serie audiovisual sobre el tema.
Los nombres y rostros de los agentes del gobierno cubano que reprimen a quien disiente o informa deben ser expuestos. Para explicarte por qué es legítimo, CubaNet en colaboración con el centro Cubalex lo resume en estos cuatros punto.
Se expone a criminales
Los agentes de la Seguridad del Estado denunciados por sus víctimas son mayormente responsables de delitos como “amenaza”, “abuso de autoridad”, “privación ilegal de libertad”, “delitos contra la libre emisión del pensamiento”, “contra los derechos de reunión, manifestación, asociación, queja y petición” y “delitos contra el derecho a la igualdad”. Todos están previstos en el Código Penal recientemente aprobado. Incluso la norma considera delito no denunciar, bajo la figura del “incumplimiento del deber de denunciar”. En resumen, es un derecho y una obligación exponer a estos agentes del Estado.
Además, informar los crímenes que ejecutan permite que todo el mundo pueda identificar a la autoridad responsable y se genere un debate público al respecto.
En teoría, esto debería provocar que se investigara el hecho, se castigara a estas personas para que no queden impunes y se garantizara la no repetición. Pero no sucede porque el Estado cubano incumple de manera reiterada sus obligaciones internacionales de protección y garantía de los derechos humanos.
Son agentes del estado
Los agentes del Estado están más expuestos al escrutinio y a la crítica que un sujeto común. Se han arriesgado voluntariamente a un escrutinio más exigente cuando decidieron ocupar ese puesto. Por tanto, el umbral de protección a su derecho a la privacidad y al honor es diferente que el de cualquier otra persona.
La identidad de los agentes que obran en nombre y por disposición del estado debe ser pública. Salvo que en algún caso puntual se necesite proteger esa identidad por encima del interés público. El derecho de acceso a la información lo establece así. Este derecho se garantiza tanto en la Constitución Nacional como en tratados internacionales de Derechos Humanos.
Por otro lado, hay discursos especialmente protegidos por el derecho a la libertad de expresión y entre ellos están los relacionados a funcionarios públicos. Las actividades y acciones que estos agentes realizan con consentimiento del propio Estado tenemos derecho a conocerlas. Es información de interés y relevancia pública.
Aunque en Cuba ocurre lo opuesto, el Estado tiene la obligación internacional de garantizar los mecanismos para proteger a quien denuncia el abuso de autoridad y no inhibirlo. Mucho menos deberían castigarlo como ocurrió con Leandro.
Exponerlos no es incitación al odio
La incitación al odio o a la violencia está determinada por el mensaje que se trasmite, y no por exponer la identidad de quien en virtud de su función social está obligado a actuar de forma transparente. Un claro ejemplo de qué es incitación al odio y la violencia fue el mensaje de Miguel Díaz-Canel el 11 de julio cuando exhortó a la población a atacar a los manifestantes.
Además, según el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art.20.2) y el Pacto de San José (art.13.5) no todos los discursos de odio están prohibidos por la libertad de expresión, sino solo aquellos que constituyan incitación a la violencia; y con la voluntad y la potencialidad de causar violencia. Significa que en dependencia de la persona que emita el discurso, contra quien se emita, qué se dice y el medio por el que lo haga, será razonable o no la inminencia de la violencia.
Es necesario identificarlos para futuras sanciones
Es usual que los propios agentes del Estado que reprimen eviten ser filmados o fotografiados. Cuando sus víctimas los enfrentan con un celular en la mano, ellos y ellas intentan esconder sus rostros. Cuando sus víctimas difunden los datos de sus victimarios, estos cierran sus redes sociales al saberse descubiertos. Están conscientes de que lo que hacen está mal y que a la larga pueden ser procesados por abuso de poder. Para ello, un archivo donde estén documentados estos casos es esencial. Actualmente se han aplicado sanciones migratorias y económicas a varios funcionarios cubanos gracias a la Ley Global Magnitski. Estas sanciones podrían seguir extendiéndose.
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