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“Mi hijo no mató a Martí”

Camila AcostaCamila Acosta
lunes, 28 de septiembre, 2020 6:00 am
en Destacados
Martí Clandestinos

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MIAMI, Estados Unidos.- “Ellos no pusieron bombas, no violaron a nadie, no mataron a nadie (…) Mi hijo no mató a Martí”, declaró a CubaNet Esther Baró Carrillo, madre de Pánter Rodríguez Baró, uno de los presuntos integrantes de Clandestinos, el grupo que a inicios de 2020 bañó de sangre varios bustos de José Martí en La Habana, e hicieron un llamado de rebelión contra la dictadura cubana.

Baró Carrillo denuncia que la Seguridad del Estado (SE) cubana ha estado manipulando el caso. Inicialmente, se les imputaba solo el delito de “daños a bienes del patrimonio cultural”, pero ahora también los quieren condenar por “tráfico de drogas”, para lo cual “no existen pruebas (…) mi hijo reconoció que consume, pero no es lo mismo consumir drogas que traficarlas”.

Pánter Rodríguez Baró, de 44 años, fue detenido el 6 de enero de 2020. Dos días después, las autoridades arrestaron a Yoel Prieto Tamayo, de 29 años de edad. Unos quince días más tarde, mediante un reportaje televisivo, se mostraba a ambos como los autores de los baños de sangre a bustos de Martí.

El incidente, perpetrado a inicios de 2020, durante varios días acaparó los titulares de los medios de prensa, tanto estatales como independientes.

El reportaje televisivo también mostró como cómplices de Rodríguez y Prieto a Guillermo Mendoza Torroella y Jorge Ernesto Pérez García, ambos también detenidos en La Habana.

Esther Baró explica que su hijo estuvo un mes detenido en Villa Marista, y luego fue trasladado para la estación de 100 y Aldabó; en ambas “acostumbran a torturar tanto física como sicológicamente”, aseguró la abogada Laritza Diversent. Para hacerlos confesar, añade Diversent, en estos lugares pudieron haberlos sometido, por ejemplo, a privación del sueño o del alimento.

La madre de Pánter señala además que, durante las investigaciones, fue detenido su nieto de 17 años, hijo de Pánter. “Vino el oficial de la Seguridad del Estado y se lo llevó, me dijo que lo recogiera al día siguiente”. No le presentaron siquiera una orden de detención. El muchacho fue interrogado, sin la presencia de un adulto o de un abogado, y fue liberado unas 24 horas después.

Actualmente, Rodríguez Baró se encuentra en la prisión Combinado del Este, en La Habana, en el Área Especial 47, popularmente conocida como el corredor de la muerte. El resto de los implicados se hallan en la misma cárcel, en el edificio 3, una zona de menor rigor.

Según los parámetros establecidos en los procedimientos penales, los acusados por delitos menores deben esperar el juicio en la prisión de Valle Grande, también en La Habana. Sin embargo, Rodríguez Baró se halla en una celda de máxima seguridad, que se utilizan además como celdas de castigo de los reclusos.

Del mismo modo, la Ley de Procedimiento Penal estipula que el máximo que puede extenderse un proceso de instrucción penal son 180 días y en casos excepcionales, y con previa aprobación del juez, prolongarse un poco más. Producto de la pandemia de la COVID-19, mientras, por un lado, el régimen realiza juicios sumarios a ciudadanos que violan las medidas sanitarias o cometen delitos de corrupción o “receptación”, por el otro, ha paralizado la actividad judicial para los procesos penales como el de Pánter y sus tres compañeros.

El Código Penal (CP) cubano, en su artículo 243, dicta que quien “intencionalmente destruya, deteriore o inutilice un bien declarado parte integrante del patrimonio cultural, o un monumento nacional o local, incurre en sanción de privación de libertad de dos a cinco años o multa de trescientas a mil cuotas”.

En cuanto al tráfico de drogas, el mismo CP establece en su artículo 190. 1, inciso a), que será condenado de cuatro a diez años de privación de libertad quien, sin estar autorizado, “produzca, transporte, trafique, adquiera, introduzca o extraiga del territorio nacional o tenga en su poder con el propósito de traficar o de cualquier modo procure a otro, drogas, estupefacientes, sustancias sicotrópicas u otras de efectos similares”.

También el CP, en su artículo 191, sanciona la simple tenencia de drogas, sin la debida autorización o prescripción facultativa, a entre seis meses y tres años de privación de libertad en dependencia del tipo de sustancia.

Para imputar este delito, aclara Esther Baró, las autoridades se basan solamente en supuestos restos de drogas encontrados en unas latas de refresco en el garaje del edificio, donde mismo habían hallado los peritos dos latas con sangre de cerdo, supuestamente la empleada para untar en los bustos de Martí.

Diversent asegura que, para hablar de tráfico de drogas, “debe haber al menos una actividad comercial habitual, que se lucre con eso”.

“Él reconoció que consumía drogas ‒explica Baró Carrillo‒ pero consumir no es traficar. La madre cuestiona que el resultado de los restos de drogas sea cierto y no duda que sea una manipulación de la SE para “echarles más años en prisión de los que les corresponde”.

Igualmente, afirma que esos supuestos restos de drogas no constituyen prueba suficiente para condenarlo por “tráfico de drogas” porque, además, no se halló ni dinero ni ningún testimonio que corrobore ese supuesto delito.

Más de seis meses lleva Pánter sin ver a su familia por precauciones ante la pandemia, aunque habla con ellos semanalmente.

“Está mal ‒asegura la madre‒ nadie que esté enjaulado, encerrado en una celda, puede estar bien. Tampoco lo tratan bien”.

Baró asegura que se ha dirigido a varias autoridades competentes en busca de explicaciones. Una de ellas fue en 15 y K, donde se halla la Dirección Nacional de Cárceles y Prisiones. Allí le dijeron que “no se desgastara”, que lo sacarían del 47 “cuando ellos entendieran”.

“Mi hijo nunca ha tenido problemas con nadie. Los problemas de mi hijo han sido con la policía porque no se les queda callado”, agregó.

Para la también directora de Cubalex, Laritza Diversent, los implicados en esta causa no tendrán garantías del debido proceso pues no existen tribunales ni abogados independientes.

En cuanto al supuesto delito de “daños a bienes del patrimonio cultural”, aclara que para ello debían haber dejado los bustos de Martí inutilizados o destruidos, “que no fue el caso”. Acá de lo que se trata es de un delito que “más bien podría clasificarse como ultraje, que igualmente es un delito menor y se condena a un año de privación de libertad”.

La abogada afirma demás que “de lo que se trata es de que ellos (la SE) quieren un efecto ejemplarizante, que más nadie vuelva a hacer eso. Y si está involucrada la Seguridad del Estado es porque es un tema político”.

Por su parte, Esther Baró simplemente pide justicia y, “ellos, la Seguridad del Estado, no está haciendo justicia, ellos lo que están es queriendo acabar con mi hijo (…) porque mi hijo no cree en este sistema, no es obligado hacerlo, pero parece que (para ellos) tiene que ser obligado. Yo sé que mi hijo cometió un delito, que él no tenía que echarle la sangre a Martí, pero mi hijo no mató a Martí”.

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ETIQUETAS: ClandestinosCubaMartíPánter Rodríguez BaróSeguridad del Estado
Camila Acosta

Camila Acosta

Camila Acosta Rodríguez (Isla de Pinos, 23 de junio de 1993). Licenciada en Periodismo, Universidad de La Habana, 2016. Trabajó como Periodista en el Canal Habana. Instituto Cubano de Radio y Televisión. Ha realizado dos documentales audiovisuales: uno sobre la Masonería en Cuba, y otro sobre las Hijas de la Acacia (rama femenina de la Masonería Cubana). Por estos trabajos obtuvo el reconocimiento de la Academia Cubana de Altos Estudios Masónicos, en diciembre del año 2017. Ha publicado en varios medios de prensa cubanos y extranjeros. Ha colaborado con el periódico The New York Times, trabaja como periodista de CubaNet y como corresponsal en La Habana del diario español ABC. Autora del libro “Del Templo al temple. Silencios y escándalos de la masonería cubana” (Editorial Primigenios, 2022).

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