LAS TUNAS, Cuba.- Un médico, el doctor Eduardo Cardet, y un artista plástico, y el artista is Danilo Maldonado (‘El Sexto’), fueron detenidos el pasado noviembre y todavía hoy permanecen encarcelados.
Ellos son los presos más conocidos de esta nueva temporada de arrestos y encarcelamientos. Pero no son ellos solamente. Como sus casos, hay más en las cárceles de la Isla por un motivo único: la selectiva, discriminatoria y enconada aplicación de las leyes en Cuba a la hora del régimen enfrentar a sus opositores.
Ajustado no sólo al derecho universalmente aceptado, sino también a las leyes cubanas, esta Navidad esas personas debían estar junto a sus seres queridos y no encerrados en las cárceles.
Tanto la esposa del doctor Cardet, residente en la provincia Holguín, como la señora madre de ‘El Sexto’ en La Habana, han confrontado dificultades para contratar los servicios de abogados defensores.
“Pero él está loco”, escuché decir a la madre del Sexto, refiriendo a reporteros radiales la respuesta dada por una jurista, cuando ella, procurando asistencia letrada, fue a cierto bufete colectivo y narró a la abogada el crimen de su hijo: escribir en una pared “se fue” tras el fallecimiento de Fidel Castro, constituyendo la escritura sobre el muro un “delito de daños”, según sus acusadores.
El crimen del doctor Cardet fue relatado por su esposa a reporteros de Radio Martí. El periodista Tomás Cardoso, conductor del programa Cuba al Día, me contó la historia que, si no fuera trágica, guarda más parecido con una disputa solariega entre niños que con el prontuario judicial de un hombre preso: “Lo acusan de atentado, dicen que fue sobre los policías con una bicicleta”.
Dando por cierto el “daño” cometido por ‘El Sexto’ al escribir dos palabras sobre un muro, y el “atentado” del doctor Cardet yendo sobre los policías con su bicicleta, cualquier jurista cubano medianamente entendido en Ciencias Penales, incluso esos renuentes a asumir la defensa de estos acusados ya en calabozos, saben perfectamente que estas personas nunca debieron ser procesadas cuales criminales y mucho menos ser enviadas a prisión preventiva, avenida ya, para su encarcelamiento ulterior.
Y el primer conocedor de esos encarcelamientos injustos es el general Raúl Castro. El precepto en cualquier manual de dirección es inobjetable: “Quien dirige delega autoridad, pero la responsabilidad es indelegable”.
Como indelegable es la responsabilidad del General-Presidente del Consejo de Estado en sus atribuciones constitucionales a la hora de “dictar decretos-leyes” y, al mismo tiempo y en caso necesario, dar a las leyes vigentes “una interpretación general y obligatoria.”
Pero el Decreto-Ley No. 310 del general Raúl Castro, vigente desde el 1ro de octubre de 2013, herramienta jurídica que debió salvar de las rejas al doctor Cardet, a ‘El Sexto’ y a tantos otros, no precisa de “interpretación general y obligatoria” por ser bien preciso: “En aquellos delitos en los que el límite máximo de la sanción aplicable no exceda de tres años de privación de libertad o multa de hasta mil cuotas o ambas, la autoridad actuante está facultada para en lugar de remitir el conocimiento del hecho al tribunal, imponer al infractor una multa administrativa.”
Dicho de otro modo, esto es multar para no encarcelar. Y para ello sólo es preciso cumplir con dos requerimientos: “la escasa peligrosidad social, tanto por las condiciones personales del infractor, como por las características y consecuencias del delito”, prerrogativa sujeta a la aprobación del Fiscal.
Puede imputarse al doctor Eduardo Cardet, a ‘El Sexto’, o a cualquier persona comprometida con el activismo político pacífico, plural, peligrosidad social por embriaguez habitual, narcomanía, actos violentos, violaciones del derecho ajeno, explotación de vicios reprobables, o comportamiento en general dañino de las reglas de convivencia universalmente aceptadas… Muchos podrán diferir de sus opiniones políticas; aun así es poco probable que personas como ellas tengan detractores de su comportamiento moral.
El delito de “atentado” imputado al doctor Cardet prevé una sanción máxima de tres años de privación de libertad. La sanción máxima del delito de “daños” por el que se acusa a ‘El Sexto’ es de un año de privación de libertad; luego, el doctor Cardet, ‘El Sexto’ y tantos otros acusados como ellos, ajustado a derecho pueden beneficiarse por el Decreto-Ley No. 310 del general Raúl Castro, si verdaderamente estamos hablando de cambios en Cuba, pues en tal decreto el general Castro dice: “Los cambios y transformaciones que han tenido lugar en el ámbito económico y social del país, la situación actual de las manifestaciones delictivas, los requerimientos de la práctica judicial, la necesidad de mayor eficacia en la prevención y enfrentamiento al delito, demandan actualizar las disposiciones legales a fin de contribuir a la aplicación más coherente de la política criminal trazada por el Estado”.
Bien. Este es el momento de mostrar al mundo que el gobierno cubano en realidad busca la mejoría de sus ciudadanos sin importar como piensan o actúan sin quebrantar los derechos universalmente aceptados.
Este es el momento de mostrar el gobierno de Cuba, a los cubanos más que al mundo, que las leyes son por igual para todos, y no de aplicación enconada contra quienes piensan y actúan diferente al gobierno.
Con sólo el general Raúl Castro levantar el teléfono, el doctor Cardet, ‘El Sexto’ y tantos otros presos como ellos, recuperarán la libertad y pasarán esta Navidad en familia en lugar de pasarla entre las rejas de las cárceles.
Y en modo alguno podría decirse que el general Raúl Castro estaría actuando como un dictador, amo de vidas y haciendas, sino que única y exclusivamente, estaría cumpliendo con sus atribuciones constitucionales, valga decir, con su indelegable responsabilidad.