LA HABANA, Cuba, 30 de julio (Laritza Diversent, www.cubanet,org) – El tribunal del municipio capitalino Arroyo Naranjo sancionó el 16 de julio a Ernesto Herrera Viel, miembro del Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria ligera (SITIL), a seis meses de prisión por no pagar una multa de 5 mil pesos que le impuso la Capitanía del Puerto de Matanzas por intentar abandonar ilegalmente la isla.
Herrera Viel, de 44 años de edad, es el tercer balsero sancionado por la misma causa. Raúl Parada Ramírez fue condenado el pasado 13 de junio por el Tribunal Municipal de Arroyo Naranjo a seis meses de trabajo en una granja agrícola. Igual pena impuso el tribunal a Boris Rodríguez Jiménez, deportado recientemente desde México, después de un intento fallido de salida del país.
Las Oficinas de Control y Cobro de Multas (OCCM), pertenecientes al Ministerio de Finanzas y Precios, son las encargadas de cobrar las multas en Cuba. El pago puede ser voluntario u obligatorio mediante el embargo de sueldo o salario. Desde 2007, Herrera Viel trabaja como estibador en la Empresa Mayorista de Alimentos, ubicada en el municipio Cotorro, de la capital cubana, donde recibe un salario mensual de 295 pesos.
Después de los dos meses reglamentarios que otorgan las leyes cubanas para pagar voluntariamente las multas, la OCCM debió comunicar al centro de trabajo de Herrera Viel para que embargara su salario. Pero hasta la fecha la OCCM no ha enviado tal comunicación, ni realizado procedimiento alguno al respecto.
Si la persona obligada a pagar una multa no tiene ingresos periódicos, cuenta bancaria, ni bienes embargables, la OCCM lo denuncia ante el Tribunal Municipal por el delito de incumplimiento de sus obligaciones, un proceso en el que debe presentar la documentación requerida.
Con Ernesto Herrera Viel no se siguió ninguno de esos pasos. El sancionado no recibió ningún requerimiento de la OCCM para que pagara la multa impuesta por la Capitanía del Puerto, ni tampoco fue declarado insolvente, o se le previno de qué sería acusado ante los Tribunales
Herrera Viel había enviado el pasado 4 de julio un escrito de queja y petición a la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional (Parlamento unicameral) para que se pronunciara sobre dos leyes específicas que fueron las que lo llevaron a la situación que afronta actualmente.
El procesado instó a José Luis Toledo Santander, presidente de la referida comisión del Parlamento cubano, a pronunciarse respecto a la contradicción entre los Decretos Leyes No. 194, que sanciona los incumplimientos a las regulaciones sobre la tenencia y operación de embarcaciones en el territorio nacional, y el No.99, que establece el procedimiento para la imposición y cobro de multas derivadas de infracciones no penales, ambas normas emitidas por el Consejo de Estado.
Hasta el momento no ha recibido respuesta.
Herrera Viel también protestó porque, aunque la resolución del Capitán del Puerto de Matanzas no menciona que intentaba salir ilegalmente de la isla, viola los acuerdos migratorios entre Cuba y Estados Unidos de septiembre de 1994, por los cuales La Habana se comprometió a no tomar represalias contra los que intentan abandonar ilegalmente el país por vía marítima.