PUERTO PADRE, Cuba.- El Tribunal Provincial de Las Tunas, encargado de juzgar a los acusados por llevarse con destino a la Florida un barco estatal de pesca (ferrocemento), ya recibió de la Fiscalía el sumario y la solicitud de apertura de juicio oral.
Luego de retornar de instancias superiores en La Habana, a donde lo remitió la Fiscalía de esta jurisdicción, ya el Expediente de Fase Preparatoria por el que fueron instruidos de cargos los acusados está en manos de los jueces.
Según la Constitución, “el Fiscal General de la República recibe instrucciones directas del Consejo de Estado”, y al Fiscal General corresponde “la dirección y reglamentación de la actividad de la Fiscalía en todo el territorio nacional”.
Todos los acusados por este suceso son considerados autores de un delito de Robo con Violencia o Intimidación de las Personas, aplicándoseles la figura agravada pues, presuntamente, habrían actuado “como miembros de un grupo organizado”, ejerciendo violencia o intimidación contra “personas que se encontraban en la prestación de los servicios de guardia o protección”.
La sanción en tal caso es de veinte a treinta años o prisión perpetua; incluso, pena de muerte, aunque en Cuba ésta se encuentra suspendida temporalmente desde los fusilamientos por los sucesos de la lancha de Regla, ocurridos en 2003.
Pero al menos doce de los trece acusados del ferrocemento carecen de antecedentes penales, y antes y con posterioridad a la comisión del delito, han mantenido un comportamiento ciudadano correcto.
Por lo que según lo instruido por el Tribunal Supremo en materia de flexibilización penal, el Tribunal de la jurisdicción, en este caso el provincial de Las Tunas, está facultado para imponer la sanción prevista en la figura básica del delito, que es de siete a quince años.
Abogados de estas personas se muestran optimistas y confían en conseguir para sus defendidos sanciones mínimas.
Como el número de acusados rebasa la cifra de cuatro, y en caso de la Sala no disponer que, “por razones de seguridad estatal” no se entregue el Expediente a los Defensores”, el Tribunal señalará un término de veinte días hábiles para que los abogados se instruyan del contenido de las actuaciones y presenten los escritos de sus conclusiones provisionales.