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Decreto 217: Aumento del control del movimiento interno


La Maquinaria Represiva de Cuba / Human Rights Watch

En un discurso del 4 de abril de 1997, el Presidente Fidel Castro instó a las masas a combatir la "indisciplina" favorecida por el "enemigo" y demostrada por la "inmigración ilegal" a La Habana, y anunció que el Estado estaba planeandodetener dicho movimiento. Justificó dichas medidas explicando que el libre traslado a la capital podría poner en peligro la seguridad de Cuba debido a la falta de control estatal de las identidades de los residentes y huéspedes de La Habana. El derecho internacional de derechos humanos garantiza el derecho a la libertad de movimiento dentro de las fronteras de un país y el derecho a entrar y salir del país natal. El Presidente Castro apeló a los Comité para la Defensa de la Revolución (CDR), grupos pro gubernamentales que han participado en intimidaciones de opositores al Gobierno, para que colaboraran con la policía recopilando información sobre residentes de La Habana. El Presidente también mencionó los problemas de hacinamiento, exceso de construcción y delincuencia como resultado del aumento de la presión demográfica en La Habana. El 22 de abril de 1997, el Presidente Castro firmó el Decreto 217, que establecía regulación para la emigración interna a La Habana.

En el texto del Decreto 217 se explica que las restricciones del movimiento interno se deben a problemas de salud, bienestar y orden público. Aunque, en ciertas circunstancias, estos problemas justifican restricciones limitadas del movimiento, las declaraciones previas del Presidente Castro en las que señala el interés del Gobierno en minimizar la "indisciplina" y mantener un control estricto del movimiento de ciudadanos por motivos de seguridad pone en entredicho la motivación del Gobierno al promulgar el Decreto 217. A finales de abril de 1997, la prensa cubana anunció que más de 1.600 "residentes ilegales" de La Habana había sido regresados a sus provincias de origen "utilizando métodos persuasivos." A mediados de mayo, muchos más residentes de La Habana habían sido informados por el Gobierno de que contaban con 48 horas para regularizar su situación en la ciudad o tendrían que pagar multas y enfrentarse a la obligación deregresar inmediatamente a sus lugares de origen. El hecho de que el Gobierno concediera plazos sumamente breves a los residentes de La Habana para demostrar la legitimidad de su presencia en la capital planteó la preocupación adicional de si las autoridades cubanas estaban asegurando suficientemente las garantías del debido proceso. En junio de 1998, el Gobierno de Cuba informó que 27.717 personas habían salido de La Habana desde la entrada en vigor de la ley, aunque estas salidas no se debían necesariamente a su aplicación, mientras que 22.560 personas se habían trasladado a La Habana, por lo que el descenso neto de población era de unos 5.000 residentes menos. Aunque los diplomáticos señalaron que la ley no había conducido a redadas y destierros masivos, los emigrantes cubanos a La Habana manifestaron su frustración al no poder elegir su lugar de residencia y ante el aumento de las demandas policiales de sus documentos personales y prueba de residencia "legal."

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