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Agosto 8, 2001



Declaración del 5 de agosto


Hoy, 5 de agosto de 2001, la Coordinadora Nacional de Presos y ex Presos Políticos y el Comité de Madres pro Amnistía "Leonor Pérez", hacemos la siguiente

DECLARACION;

Los Ejecutivos y miembros de ambas Organizaciones opositoras no gubernamentales y no legalizadas por el Gobierno de Cuba, a pesar de las solicitudes realizadas al Ministerio de Justicia desde hace años, estamos en plena disposición de no cejar nuestros esfuerzos hasta lograr la libertad de todos los presos políticos que hoy se encuentran en las cárceles de nuestra sufrida Isla.

Es por ello que solicitamos al Gobierno de Cuba, decrete una AMNISTIA GENERAL que beneficie a los prisioneros políticos.

Estamos conscientes que muchos jóvenes, llevados por la desesperación de la situación política vivida en nuestra Patria, se han dejado arrastrar por impulsos propios de la edad a salidas ilegales del país por diferentes medios como vías de solución, lo que ha traído como consecuencia, a veces con juicios amañados, largas condenas. Es por ello que son considerados por nuestras organizaciones dentro de la categoría de Presos Políticos.

Queremos hacer algunas consideraciones que reflejan la arbitrariedad de privar de libertad a hombres y mujeres que luchan por el bienestar de su propio pueblo:

En el orden legal las figuras delictivas del Desacato, la Asociación Ilícita, la Clandestinidad de Impresos y la Propaganda Enemiga están relacionadas con la tentativa de ejercer los derechos a la libertad de expresión, asociación y reunión que aparecen en los Artículos 19 y 20 de la Declaración Universal de los derechos Humanos, cuando señala que "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".

En el Artículo 103.1 del Código Penal, apreciamos que el Delito de Propaganda Enemiga se encuentra dentro de la familia de delitos Contra la Seguridad del Estado, donde el objetivo principal a tutelar y proteger es, precisamente, la "seguridad del estado". Sin embargo, nos preguntamos: qué peligro representa para la nación que algunos de sus ciudadanos expresen libremente sus criterios políticos diferentes a la política imperante? Muchos son los que hoy cumplen condenas severas por esta causa.

De igual forma nos referimos a los Artículos 208, 209 y 210 del Código Penal, donde

aparecen recogidos la Asociación Ilícita, Reuniones y Manifestaciones Ilícitas, así como la Clandestinidad de Impresos. En estos casos aparecen bajo el Título de Delitos contra el Orden Público y resulta evidente que lo que se desea proteger es precisamente el Orden Público. Cabe preguntarse qué tiene que ver con éste, el hecho de que una persona pertenezca a una asociación que no ha recibido la aprobación del Ministerio de Justicia pese a su solicitud, o que derivado de ello participe en reuniones o que confeccione o divulgue o circule publicaciones. El Artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala que "Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas".

En cuanto al Desacato del Artículo 144.2, en su modalidad agravada, estimamos oportuno señalar que la ofensa de palabra o por escrito en la dignidad o decoro o cualquier otra de las modalidades expresadas en el Artículo 144.1 no puede revestir igual concepción; la finalidad de este delito es proteger la administración y jurisdicción, y no es igual cuando una persona se opone a cumplir con una orden expresada adecuadamente por un Funcionario en el ejercicio de sus funciones públicas, al hecho de una persona que exprese en alta voz su desacuerdo con algún funcionario de alto nivel. En este último caso, simplemente hay una expresión del pensamiento, y éste siempre es libre.

Finalmente, queremos enfatizar que la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, expresa en su Artículo 30 que "Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración".

Es por ello que reiteramos que las libertades y derechos consagrados en esta Declaración no pueden ni deben continuar considerándose delitos en nuestra legislación, por lo que todos aquellos que están cumpliendo sanciones por estos hechos deben ser objeto de una AMNISTIA GENERAL.

También queremos dejar por sentado en nuestra DECLARACION nuestra petición al Gobierno de Cuba de la abolición de la Pena de Muerte, por considerar la misma un crimen legalizado.

Firmamos los declarantes y hacemos un llamamiento a todos nuestros compatriotas, en la Isla y en el exilio para que firmen esta DECLARACION como muestra de apoyo a estas justas y prioritarias demandas en momentos en que la Patria reclama el esfuerzo de todos sus hijos.

Solicitamos también el apoyo político y moral de los Gobiernos y Organizaciones Internacionales a favor de estas reclamaciones.

Firmado en la Ciudad de La Habana, Cuba, el 5 de agosto de 2001.

Aida Valdés Santana, presidenta Coordinadora Nacional de Presos y Ex Presos Políticos
Isabel Ramos, presidenta Comité de Madres "Leonor Pérez"
Noris Durán Duran, vice presidenta Comité de Madres "Leonor Pérez"
Iris Sánchez Almaguer, organizadora Comité de Madres "Leonor Pérez"
Caridad Peña, Relaciones Públicas Comité de Madres "Leonor Pérez"
Virginia Pérez Alejo, Tesorera Comité de Madres "Leonor Pérez"
Lucía Carvajal, madre de mártir y miembro Comité de Madres "Leonor Pérez"
A. Tulimia Amores, miembro Comité de Madres "Leonor Pérez"
Ileana Toledo, miembro Comité de Madres "Leonor Pérez"
Magaly de Armas, esposa de Vladimiro Roca
Ana Aguililla, esposa de Francisco Chaviano
Martha Cardoso, miembro Comité
Alberto Martínez, Club de Presos Políticos, Guanatánamo
Juan Isaías Reyes, Partido Pro Derechos Humanos, Holguín
Odilia Collazo, presidenta Partido Pro Derechos Humanos
Carmen Landa, miembro Comité de Madres "Leonor Pérez"
Gladys Farha, miembro Comité de Madres "Leonor Pérez"

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