Resolución de la ONU / Cuba / 2000
Situación de los derechos humanos en Cuba
12 de abril de 2000
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
56º período de sesiones Tema 9 del programa
CUESTIÓN DE LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES EN CUALQUIER PARTE DEL MUNDO
Albania*, Alemania, Australia*, Canadá, Dinamarca, Estados Unidos de América, Finlandia*, Hungría*, Letonia, Nicaragua*, Polonia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, y Suecia*: proyecto de resolución
2000/... Situación de los derechos humanos en Cuba La Comisión de Derechos Humanos,
Recordando su resolución 1999/8 de 23 de abril de 1999,
Reafirmando la obligación de todos los Estados Miembros de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos,
Consciente de que Cuba es Parte en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño
y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial,
Reiterando la obligación de la Comisión de promover y proteger los derechos humanos en todos los países del mundo, en razón del carácter universal de la Declaración Universal de Derechos Humanos, independientemente de otros problemas bilaterales o
regionales que afecten al país de que se trate,
Reconociendo la necesidad de respetar y garantizar los derechos civiles y políticos y de esforzarse por lograr el pleno ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales,
Considerando la urgente necesidad de adoptar las medidas necesarias para asegurar el pleno respeto de los derechos humanos en Cuba y contribuir al desarrollo de una sociedad más pluralista y una economía más eficiente, y considerando también el deseo de la comunidad
internacional de prestar asistencia con ese fin,
Expresando su preocupación por la continuada violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Cuba, como la libertad de expresión, de asociación y de reunión y los derechos que guardan relación con la administración de justicia,
pese a las expectativas suscitadas por algunas medidas positivas adoptadas en los últimos años por el Gobierno de Cuba,
1. Exhorta de nuevo al Gobierno de Cuba a asegurar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y a establecer el marco apropiado para garantizar el estado de derecho sobre la base de las instituciones democráticas y la independencia del sistema judicial,
2. Exhorta al Gobierno de Cuba a cumplir su compromiso para con la democracia y el respeto de los derechos humanos que contrajo en la Sexta Cumbre Iberoamericana celebrada en Santiago en 1996, y reiteró en la Novena Cumbre Iberoamericana celebrada en La Habana en 1999, así como un
compromiso idéntico que contrajo en la Cumbre de la Unión Europea y América Latina que figura en la Declaración de Río de 1999,
3. Expresa la esperanza de que se tomen medidas positivas con respecto a todos los derechos humanos y las libertades fundamentales,
4. Toma nota de ciertas medidas adoptadas por Cuba para ampliar la libertad de religión y exhorta a las autoridades cubanas a seguir tomando medidas adecuadas a este respecto;
5. Exhorta al Gobierno de Cuba a considerar la posibilidad de adherirse a los instrumentos de derechos humanos en los que aún no es parte, en particular el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;
6. Expresa una vez más su preocupación por las consecuencias prácticas de la aprobación de la Ley de protección de la independencia nacional y la economía de Cuba, y lamenta las demás medidas tomadas por el Gobierno de Cuba que son incompatibles
con la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos pertinentes de derechos humanos;
7. Reitera su preocupación por la continuada represión de los opositores políticos y por la detención de disidentes, tales como los miembros del Grupo de Trabajo de la Disidencia Interna, y exhorta al Gobierno de Cuba a poner en libertad a todas las personas detenidas
o encarceladas por expresar pacíficamente sus ideas políticas, religiosas y sociales y por ejercer su derecho a una participación plena e igual en los asuntos públicos;
8. Exhorta al Gobierno de Cuba a entablar el diálogo con la oposición política como han pedido varios grupos;
9. Invita al Gobierno de Cuba a que dé al país los medios que le permitan un contacto pleno y abierto con otros países para asegurar el disfrute de todos los derechos humanos de todo el pueblo cubano, recurriendo a la cooperación internacional, permitiendo un flujo más
libre de personas e ideas y aprovechando la experiencia y el apoyo de otras naciones;
10. Recomienda, en este contexto, al Gobierno de Cuba que recurra a los programas de cooperación técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;
11. Exhorta al Gobierno de Cuba a cooperar también con otros mecanismos de la Comisión, y toma nota de las visitas de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer y del Relator Especial sobre los mercenarios;
12. Exhorta al Gobierno de Cuba a cursar invitaciones a los mecanismos temáticos de la Comisión de Derechos Humanos que han solicitado visitar Cuba como el Relator Especial sobre el derecho a la libertad de opinión y de expresión y el Relator Especial sobre la cuestión
de la tortura;
13. Decide seguir examinando esta cuestión en su 57º período de sesiones en relación con el mismo tema del programa.
* De conformidad con el párrafo 3 del artículo 69 del reglamento de las comisiones orgánicas del Consejo Económico y Social.
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