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Cuba

Informe sobre prácticas de derechos humanos -2001

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U.S. Department of State. Distribuido por la Oficina de Programas de Información Internacional del Departamento de Estado de Estados Unidos.Marzo 4, 2002.

CUBA

Cuba es un estado totalitario controlado por el presidente Fidel Castro, quien es jefe de estado, jefe del gobierno, primer secretario del Partido Comunista y comandante en jefe de las fuerzas armadas. El presidente Castro controla todos los aspectos de la vida cubana a través del Partido Comunista y sus organizaciones de masa afiliadas, la burocracia gubernamental y el aparato de seguridad del Estado. El Partido Comunista es la única entidad política legal y el presidente Castro escoge personalmente a los miembros del Buró Político, el selecto grupo que encabeza el partido. No hay elecciones competitivas de los 601 miembros de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), que se reúne dos veces al año durante unos pocos días para refrendar mecánicamente las decisiones y políticas ya formuladas por el gobierno. El partido controla todos los puestos gubernamentales, incluso los cargos judiciales. El poder judicial está completamente subordinado al gobierno y al Partido Comunista.

El Ministerio del Interior es el órgano principal de la seguridad del estado y el control totalitario. Oficiales de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), dirigidas por el hermano del presidente Castro, Raúl, han sido designados para ocupar la mayoría de los cargos claves del Ministerio del Interior en años recientes. Además de las funciones policiales rutinarias de regular la migración y controlar la Guardia de Fronteras y las fuerzas policiales regulares, el Departamento de Seguridad del Estado del Ministerio del Interior investiga y reprime activamente la oposición y la disidencia. Mantiene un sistema penetrante de vigilancia mediante el uso de agentes encubiertos, informantes, las Brigadas de Respuesta Rápida y los Comités de Defensa de la Revolución (CDR). El gobierno ha utilizado tradicionalmente a los CDR como medio de movilizar la población en contra de los disidentes, para imponer la conformidad ideológica y para desarraigar la conducta "contrarrevolucionaria". A principios de la década de los años 90, los problemas económicos redujeron la capacidad del gobierno de recompensar la participación en los CDR, y con ello la voluntad de los ciudadanos de participar en ellos, lo que ha tenido como resultado una pérdida de su eficacia. Otras organizaciones de masa también contribuyen al control, por parte del gobierno y del Partido Comunista, de las actividades diarias de cada ciudadano en el hogar, el trabajo y la escuela. Los miembros de las fuerzas de seguridad cometen graves violaciones de los derechos humanos.

El gobierno continuó controlando todos los medios importantes de producción y siguió siendo el principal empleador, a pesar de permitir alguna inversión extranjera, cuidadosamente controlada, en empresas mixtas. A los empleadores extranjeros se les permite contratar trabajadores sólo a través de agencias estatales, que reciben pagos en divisa dura por la labor de los trabajadores, pero, a su vez, les pagan a los trabajadores una pequeña fracción de esos pagos (generalmente el 5 por ciento) en moneda cubana. En 1998 el gobierno continuó abrogando ciertos cambios que habían conducido a un aumento de la actividad empresarial legal no gubernamental, cuando aumentó las restricciones en el sector del empleo por cuenta propia al reducir el número de categorías permitidas y cobrar impuestos relativamente elevados a las personas que trabajaban en sus propias empresas. En septiembre de 2000 el ministro de Trabajo y Seguridad Social declaró públicamente que habrían de promulgarse leyes más restrictivas para regular el empleo por cuenta propia. Sugirió que el ministerio del Interior, la Oficina Nacional de Impuestos y el ministerio de Finanzas actuaran coordinadamente para reducir las "actividades ilegales" de muchos empleados por cuenta propia. Según funcionarios gubernamentales, la cantidad de personas empleadas por cuenta propia era al mes de octubre era de 109.562, una disminución en comparación con las 124.082 que se informó en 1999. Si se incluye a artistas e intelectuales la cantidad de personas empleadas por cuenta propia sube a 154.132.

De acuerdo con las cifras oficiales, la economía creció 3,6 por ciento durante el año. A pesar de esto, el producto económico general sigue por debajo de los niveles anteriores a la caída -- que llegó a por lo menos un 35 por ciento del producto interno bruto -- ocurrida a principios de la década de los años 90, debido al ineficiente sistema económico de control centralizado; a la pérdida de miles de millones de dólares anuales provenientes del bloque comercial soviético y los subsidios soviéticos; al continuo deterioro de plantas, equipos y el sistema de transporte; y al continuo mal desempeño del importante sector azucarero. La zafra de 2000-2001 fue de apenas por encima de 3,5 millones de toneladas, la segunda peor zafra en más de 50 años. En noviembre el huracán Michelle mató a cinco personas y provocó graves daños en decenas de miles de viviendas, el sistema de telecomunicaciones, y la infraestructura eléctrica; también destruyó mucho de los cultivos de cítricos para la exportación y afecto al 54 por ciento de los cultivos de caña de azúcar. El gobierno mantuvo sus medidas de austeridad conocidas como el "período especial en tiempo de paz", aplicadas desde principios de la década de 1990. Los mercados campesinos, permiten a los consumidores más acceso a la carne y hortalizas, aunque sus precios están fuera del alcance de la mayoría de los cubanos cuyos ingresos consisten exclusivamente en pesos. Dadas estas condiciones, la corriente de centenares de millones de dólares en remesas que envía la comunidad del exilio ayuda significativamente a sobrevivir a aquellos que reciben dólares. El turismo siguió siendo una fuente clave de ingresos para el gobierno. Continúa el sistema de "apartheid turístico", con visitantes extranjeros que pagan con divisa dura y tienen preferencia por encima de los ciudadanos para obtener comida, productos de consumo y servicios médicos. La mayoría de los ciudadanos continúan excluidos de los hoteles, playas y balnearios turísticos.

El historial del gobierno en materia de derechos humanos siguió siendo malo. Continuó violando sistemáticamente los derechos políticos y civiles fundamentales de sus ciudadanos. Los ciudadanos no tienen el derecho de cambiar pacíficamente su gobierno. Presos murieron en prisión por la falta de atención médica. Miembros de las fuerzas de seguridad y funcionarios del sistema carcelario continuaron con las palizas y otros abusos en contra de los detenidos y prisioneros. El gobierno se abstuvo de enjuiciar o castigar adecuadamente a los miembros de las fuerzas de seguridad y guardias carcelarios que cometieron tales abusos. Las condiciones en las prisiones siguen siendo rigurosas. Las autoridades continuaron rutinariamente hostigando, amenazando, arrestando arbitrariamente, deteniendo, apresando y difamando a los defensores de los derechos humanos y a los miembros de asociaciones profesionales independientes, entre ellos periodistas, economistas y abogados, frecuentemente para coaccionarlos para que salgan del país. El gobierno usó el exilio interno y externo contra esas personas y a los presos políticos se les ofreció escoger entre el exilio y el encarcelamiento continuado. El gobierno negó el debido proceso de ley a los disidentes y a los defensores de los derechos humanos y los sometió a juicios injustos. El gobierno infringió el derecho de los ciudadanos a la intimidad personal. El gobierno les negó a los ciudadanos las libertades de expresión, prensa, reunión y asociación. Limitó la distribución de publicaciones y noticias extranjeras al grupo selecto de fieles militantes del partido, y mantuvo para el resto del público una estricta censura de noticias e información. El gobierno restringió algunas actividades religiosas aunque permitió otras. El gobierno limitó el ingreso de trabajadores religiosos. El gobierno mantuvo estrictas restricciones a la libertad de movimientos, incluyendo la libertad de viajar al extranjero y a algunos ciudadanos no les permitió salir del país. El gobierno rechazó áspera y públicamente todas las críticas a sus prácticas en materia de derechos humanos y procuró desalentar y obstaculizar los contactos con activistas de derechos humanos en el extranjero. La violencia contra la mujer, especialmente la violencia doméstica y la prostitución infantil se han convertido en problemas. Se dieron casos de discriminación racial. El gobierno restringió severamente los derechos de los trabajadores, inclusive el derecho de formar sindicatos independientes. El gobierno prohíbe el trabajo infantil forzado o en pago de deudas; sin embargo, requiere que los niños realicen trabajos agrícolas sin remuneración.

RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS

Sección 1 Respeto a la Integridad de la Persona, Inclusive Estar Libre de:

a. Ejecuciones Políticas y Otras de Tipo Extrajudicial

No hubo nuevos informes sobre el resultado de cualquiera de las investigaciones sobre la muerte de Leovigildo Oliva y Leonardo Horta Camacho, a quienes la policía supuestamente disparó y mató en el año 2000.

Durante el año hubo informes de que algunos presos murieron en prisión debido a la falta de atención médica (véase Sección 1.c.)

El gobierno todavía no ha indemnizado a los sobrevivientes y familiares de las víctimas por los daños causados el hundimiento del remolcador "13 de marzo", provocado por el gobierno el 13 de julio de 1994, en el que perdieron la vida 41 personas, a pesar de la recomendación de 1996 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para hacerlo. El gobierno detuvo a cierta cantidad de activistas de derechos humanos para evitar que participaran en una misa en memoria de las víctimas en el aniversario de su muerte (ver Sección 1.d.).

b. Desapariciones

No se informó de desapariciones por motivos políticos.

c. Tortura y otro trato o castigo cruel, inhumano o degradante

La Constitución prohíbe el trato abusivo de detenidos y prisioneros; sin embargo, hubo casos en que miembros de las fuerzas de seguridad y guardias de prisiones golpearon y cometieron abusos contra defensores de los derechos humanos, detenidos y presos. Ha habido numerosos informes de hostigamiento policial desmedido contra jóvenes negros (véase Sección 5).

El 21 de mayo, la policía y los funcionarios de la seguridad del Estado golpearon a varios dolientes que rehusaron dolientes que rehusaron las órdenes de utilizar autobuses en una procesión fúnebre para un destacado activista en derechos humanos (ver Sección 2.b.).

El 10 de diciembre los funcionarios de policía detuvieron a cinco activistas en derechos humanos que planificaban celebrar el Día Mundial de los Derechos Humanos mediante la lectura de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en un parque público. Una pelea a golpes estalló entre los activistas y tres oficiales de policía y los activistas denunciaron que los policías los golpearon con un bastón de madera; sin embargo nadie resultó herido gravemente. Los activistas también dijeron que fueron dejados por los policías lejos de sus domicilios.

El gobierno continuó sometiendo a "actos de repudio" a aquéllos que estaban en desacuerdo con el gobierno. A instigación del gobierno, miembros de las organizaciones de masa controladas por el estado, compañeros de trabajo o vecinos de las víctimas elegidas son obligados a montar protestas públicas contra aquéllos que disienten de las políticas del gobierno, gritando expresiones obscenas y a menudo causando daños a los hogares y propiedad de las víctimas; en ocasiones ocurren ataques físicos contra las víctimas. La policía y los agentes de la seguridad del Estado están a menudo presentes, pero no hacen nada para impedir los ataques o terminar con ellos. Los que se niegan a participar en estas acciones encaran medidas disciplinarias, inclusive la pérdida del empleo.

Durante el año no hubo actos de repudio masivo dirigidos contra los hogares de activistas de derechos humanos en particular; sin embargo, hubo actos de repudio en pequeña escala, conocidos como "reuniones relámpago". Estos actos están a cargo de pocos individuos que por lo común no son vecinos de la persona objeto del repudio, y pueden durar hasta 30 minutos. Estos individuos gritan insultos y arrojan piedras u otros objetos contra la casa de la víctima. Por ejemplo, el 12 de julio, un grupo de gente tiró piedras y botellas contra la casa de José Manuel Escobedo, miembro del Consejo Nacional de Transición a la Democracia y de Ana María Espinoza, miembro de Foro Feminista, en Santiago de Cuba. El gentío luego se dirigió a la casa de Manuel Melían, también miembro del Consejo Nacional de Transición a la Democracia, y tiraron botellas y piedras contra su casa. Estos actos duraron aproximadamente 30 minutos.

El 25 de diciembre, policías, funcionarios de seguridad del estado y miembros de las RRB impidieron por la fuerza la apertura de una librería independiente especializada en libros cristianos en Florida, provincia de Camaguey. Los miembros de las RRB golpearon a los disidentes e impidieron la entrada al local del periodista independiente Carlos Brizuela; la muchedumbre también golpeó al periodista independiente Normando Hernández González. Los disidentes no pudieron inaugurar oficialmente la librería independiente.

El 4 de octubre, un grupo de exiliados cubanos entabló una demanda judicial en una corte belga acusando a Castro de "encarcelamiento ilegal, tortura y persecución" durante sus 42 años en funciones. El caso fue iniciado conforme a una ley belga de 1993 que les da a los tribunales belgas locales jurisdicción universal con respecto a violaciones de las leyes humanitarias internacionales en otros países. El magistrado está considerando si el caso es admisible.

Las condiciones de encarcelamiento continuaron siendo rigurosas y peligrosas para la vida, y las condiciones en las instalaciones para detenidos son también duras. El gobierno afirma que los prisioneros tienen derechos garantizados, como visitas de familiares, alimentación adecuada, remuneración por trabajo, el derecho de solicitar libertad bajo palabra y el derecho de presentar peticiones al director de la prisión. Sin embargo, la policía y los funcionarios carcelarios frecuentemente niegan estos derechos y apalean, tratan con negligencia, aíslan y les niegan atención médica a los detenidos y presos, incluso los condenados por delitos políticos o aquellos que persistieron en expresar sus opiniones. Human Rights Watch (HRW) informó que en febrero de 1999 el gobierno enmendó el Código Penal y determinó que los presos no pueden estar sujetos a castigo corporal, ni se permite emplear medio alguno contra ellos para humillarlos o rebajar su dignidad. Sin embargo, el código enmendado omite establecer castigos por cometer tales actos. Detenidos y presos, tanto comunes como políticos, son a menudo sujetos a interrogatorios vigorosos y repetidos diseñados para forzarlos a firmar declaraciones incriminatorias, a colaborar con las autoridades o a intimidar a las víctimas. Algunos son sometidos a abusos físicos y sexuales, típicamente por otros presos con el consentimiento de los guardias o a largos períodos en celdas aisladas de castigo. Antes del juicio, se mantiene a los detenidos separados de los presos convictos. Hay dos centros de detención en La Habana; una vez sentenciados, las personas son transferidas a la prisión.

Algunas veces se mantiene a los presos en "celdas de castigo", que generalmente están ubicadas en el sótano de la prisión y están semioscuras todo el tiempo, no hay agua disponible en la celda y tienen un agujero en el piso como retrete. No se permiten materiales de lectura y las visitas familiares se reducen a 10 minutos en vez de 1 o 2 horas. Cuando están en las celdas de castigo, los presos no tienen acceso a sus abogados.

El 25 de enero, un guardia carcelario golpeó severamente al preso común José Ramón Capote, quien tuvo que ser hospitalizado. La agencia independiente de noticias CPIC informó que el guardia no ha sido castigado a pesar de ser bien conocido el hecho de que abusa físicamente de los presos.

Guardias carcelarios y funcionarios de seguridad del estado sometieron a activistas prodemocráticos y de los derechos humanos a amenazas de violencia corporal, a intimidación psicológica sistemática y a detención o encarcelamiento en celdas con delincuentes comunes y violentos, presos sexualmente agresivos o agentes de seguridad del estado que se hacían pasar por presos. A los presos políticos se les requiere que cumplan con las reglas para delincuentes comunes y con frecuencia se los castiga severamente si se niegan a ello. A menudo son recluidos en celdas de castigo y aislados. Por ejemplo, en enero las autoridades colocaron al doctor Oscar Elias Biscet en una celda de castigo durante 5 días por negarse a desearles un feliz año nuevo a los guardias de la prisión. En febrero del 2000, un tribunal sentenció a Biscet a 3 años de prisión por desacato, provocar un disturbio público y alentar a otros a violar la ley.

El gobierno viola regularmente los derechos de los presos al no darles nutrición y atención médica adecuadas, y una cantidad de presos murieron durante el año debido a la falta de atención médica. En 1997 la CIDH describió la situación nutritiva e higiénica en las prisiones, junto con las deficiencias en cuidado médico, como "alarmante". Tanto la CIDH como el ex Relator Especial de la ONU en Cuba, como así también otras organizaciones que vigilan las violaciones a los derechos humanos, han informado la incidencia generalizada de tuberculosis, sarna, hepatitis, infecciones parasitarias y desnutrición en las prisiones.

El CPIC informó que el preso común Fernández Rodríguez, de 31 años, murió de diabetes el 18 de febrero. Según su madre, Rodríguez fue llevado a un hospital local pero después de 3 días fue devuelto a la prisión donde subsecuentemente murió.

A principios de abril, Guillermo Alberto Alea Acosta, un preso común de 34 años, murió en la prisión de Kilo Cinco y Medio en Pinar del Río, debido a la falta de atención médica. La agencia independiente de noticias PUECI informó que Alea fue llevado a un hospital debido a problemas cardíacos pero por razones que se desconocen no fue admitido; murió 24 horas más tarde.

El 23 de abril, Dámaso Aquino del Pino murió en la prisión de Canaleta en Ciego de Avila. Aquino fue sentenciado a prisión en 1993 acusado de actos de sabotaje. La agencia independiente de noticias AIDH informó que según se dijo Aquino murió por falta de tratamiento médico para la diabetes, incluso la falta de una dieta alimenticia especial.

El 20 de mayo, el preso político Marcelo Diosdado Amelo Rodríguez murió en un hospital de Santiago de Cuba debido a problemas de circulación sanguínea. Según se dijo, Diosdado Amelo pidió atención médica el día anterior, pero sólo fue llevado al hospital al amanecer; murió mientras lo atendían. Diosdado Amelo estuvo preso 8 años por "rebelión". Cuando estaba en libertad condicional en el año 2000 fue encarcelado nuevamente por "desacato" por tratar de entrar al Hotel Casa Grande en Santiago de Cuba. En el 2000 hubo informes de que Diosdado Amelo no estaba recibiendo medicamentos para sus problemas de hipertensión y circulatorios. Las autoridades impidieron a los activistas de derechos humanos participar en el entierro de Diosdado Amelo (ver sección 2.b.).

A principios de abril, Berta Antúnez, hermana del preso político Jorge Louis García Pérez Antúnez, informó que su hermano había iniciado una huelga de hambre como protesta por la falta de la atención médica que necesitaba en la prisión de Sancti Spiritus. En esos momentos, él estaba escupiendo sangre debido a un nódulo en un pulmón. Seis presos políticos (miembros fundadores de la Comisión de Amnistía para Presos Políticos Pedro Luis Boitel), se declararon en huelga de hambre en solidaridad en la prisión de Valle Grande. Entre estos se contaban Douglas Faxa Rosabal, Lázaro Constantín Durán, Liuba Salas García, Hector La Roque Rego, Juan Carlos Pérez y Miguel López Santos. El 27 de abril, activistas de los derechos humanos de varias organizaciones iniciaron un ayuno para exigir tratamiento médico para Pérez Antúnez. Tiempo después Pérez Antúnez fue llevado a un hospital militar y para finales del año estaba preso en la prisión del Combinado del Este en La Habana.

Vladimiro Roca Antúnez, miembro del Grupo de Trabajo de Disidentes Internos, permanecía en prisión hacia fines del año. Los funcionarios carcelarios le negaron a Roca los permisos de fines de semana que les fueron otorgados a otros tres miembros del grupo antes de ser puestos en libertad en mayo del 2000 (ver sección 1.e.). Roca se quejó de acoso por parte de los guardias de la prisión y de falta de atención médica. Él sufría de bronquitis como resultado de fumar cigarrillos. El 12 de abril, UPECI informó que la esposa de Roca, Magaly de Armas, se quejó del acoso a su esposo por parte de los guardias y la falta de cortesía común hacía él. Ella hizo notar que las condiciones dentro de la prisión, tales como la alta humedad y las largas horas de reclusión en una celda con solo 1 hora diaria afuera, eran responsables de sus continuos problemas pulmonares.

El 6 de julio, María Esther Valdes Suárez, esposa del dirigente sindical preso José Orlando González Bridón, que fue sentenciado en junio, le dijo a un periodista independiente que su esposo no estaba recibiendo tratamiento médico para la presión alta (ver Sección 1.e.). Valdes informó su esposo estaba sufriendo hemorragias nasales.

El 17 de enero, las autoridades dejaron en libertad al periodista independiente Jesús Joel Díaz Hernández sin darle ninguna explicación (ver Sección 1.e.). En julio del 2000, los familiares de Días Hernández habían sacado en secreto una muestra de orina que revelaba que el periodista tenía hepatitis. Reiteradamente los funcionarios de la prisión no suministraron tratamiento médico apropiado a Díaz Hernández. Los funcionarios carcelarios regularmente les niegan a los presos otros derechos, como el derecho a la correspondencia y continúan confiscando los medicamentos y la comida que los miembros de sus familias les llevan a los presos políticos. Algunos directores de prisión rutinariamente les niegan a los trabajadores religiosos el acceso a los detenidos y presos. No se permite tener materiales de lectura, incluso las biblias, en las celdas de castigo.

En marzo, Ana Aquililla, esposa de Francisco Chaviano González, de 47 años, se quejó de que su esposo permanecía confinado junto con los presos comunes y que por más de 1 año no se le había permitido salir de su celda para esparcimiento.

Chaviano es el ex presidente del Consejo Nacional de Derechos Civiles en Cuba y fue sentenciado a prisión por 15 años acusado de espionaje y desacato.

El 14 de abril, las cartas que Rafael Pepera Gómez le entregó a su esposa fueron confiscadas cuando ella salía de la prisión luego de la visita. Según se informó, una de las cartas era para Elizardo Sánchez, presidente de la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional.

A fines de junio, Eddy Alfredo Mena González inició una huelga de hambre para protestar contra la decisión de las autoridades de la prisión de no permitir que su familia lo visitara en agosto. Mena González era el coordinador provincial del Movimiento de Jóvenes Cubanos por la Democracia. En el año 2000 había sido condenado a 5 años de prisión acusado de promover la desobediencia civil. El presidente de la organización, Néstor Rodríguez Lobaina, fue condenado a seis años de prisión acusado de perturbación del orden público y desacato. El 20 de agosto, Rodríguez Lobaina fue golpeado severamente por otro preso y tuvo que ser hospitalizado por una fractura en la mandíbula. No había guardias presentes cuando Rodríguez Lobaina fue golpeado; no obstante, los activistas de derechos humanos creen que el ataque fue inspirado por la seguridad del estado.

El 14 de agosto las autoridades informaron a Yosenia Rodríguez Aguilar, la esposa de Randy Cabrera Mayor, que no podría visitarlo porque "él es un contrarrevolucionario". Cabrera está cumpliendo una condena de 16 años de cárcel por tratar de salir ilegalmente del país y por haber huido de la prisión varias veces; el encarcelamiento previo de Cabrera se debió a su negativa a servir en el ejército.

Hay instalaciones carcelarias separadas para mujeres y para menores. Las condiciones de estas prisiones, especialmente en las de mujeres, no toman en cuenta las necesidades especiales de las mujeres. Los activistas de los derechos humanos creen que esas condiciones son pobres.

El gobierno no permite la inspección independiente de las condiciones carcelarias por grupos nacionales o internacionales de vigilancia de los derechos humanos. El gobierno se ha negado a permitir visitas a las prisiones por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) desde 1989 y ha rechazado los pedidos para reanudar esas visitas. El 18 de julio la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional (CCDHRN), una organización no gubernamental ilegal, hizo un llamado al gobierno para crear una comisión nacional con representantes de la Cruz Roja Cubana, del Ministerio de Salud Pública y de diferentes iglesias para que inspeccione las prisiones y recomiende cambios en la situación existente. A fines del año, la CCDHRN aún no había recibido respuesta del gobierno.

d. Arresto arbitrario, detención o exilio

El arresto y la detención arbitrarios siguen siendo un problema y siguen siendo las armas más eficaces del gobierno para hostigar a los opositores. La Ley de Procedimientos Penales exige que la policía instruya de cargos formales al detenido, lo libere o lleve el caso ante un fiscal dentro de las 96 horas del arresto. También exige que las autoridades proporcionen a los sospechosos el acceso a un abogado dentro de los 7 días del arresto. Sin embargo, la Constitución establece que todas las libertades civiles legalmente reconocidas pueden serle denegadas a cualquiera que se oponga activamente a la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo. Las autoridades invocan rutinariamente esta autoridad absoluta para negarle el debido proceso a los detenidos por supuestos delitos contra la seguridad del estado.

Las autoridades se dedican de manera rutinaria al arresto y detención arbitraria de los activistas de los derechos humanos, sometiéndolos a interrogatorios, amenazas y tratamiento degradante y condiciones insalubres por horas o días. þSegún informa la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional, en el curso del año aumentaron las detenciones de corta duración. Miembros del Partido de Derechos Humanos de Cuba, afiliado con la Fundación Andrei Zajarov, en los municipios de Guane y Sandin, en la provincia de Pinar del Río, alegaron que habían sido objeto de 455 actividades de represión del personal de seguridad del Estado durante el año 2000. El 11 de enero, UPECI informó de que, como parte de estas 455 actividades, se enviaron citaciones (þactas policialesþ) a 93 militantes para comparecer en comisarías de la policía local. A finales de 2000, Amnistía Internacional reconoció el aumento de arrestos y hostigamientos de disidentes, en particular en diciembre, en fechas cercanas al aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuando las autoridades arrestaron a un grupo de personas, cuyo número se calcula en alrededor de 200 personas, para impedirlas participar en la conmemoración de dicho aniversario. Los defensores de los derechos humanos calificaron esta escalada como la peor de los últimos 10 años. Las autoridades continuaron deteniendo a militantes de la causa en pro de los derechos humanos y a periodistas independientes durante breves períodos, a menudo para impedirles asistir o participar en acontecimientos relacionados con cuestiones de derechos humanos (véanse las secciones 2.a y 2.b). Las autoridades también mantuvieron a estos militantes bajo arresto domiciliario por breves períodos, por motivos similares.

El 12 de enero, agentes de la seguridad del Estado arrestaron y detuvieron a dos ciudadanos checos, el diputado parlamentario y antiguo ministro de Hacienda Ivan Pilip, y el antiguo dirigente de estudiantes Jan Bubenik, después que se habían reunido con militantes de la causa en pro de la democracia. Fueron acusados de þactuar en contra de la seguridad del paísþ y de incitar a la rebelión, delitos que están penados con un máximo de 20 años de cárcel. El 5 de febrero, en respuesta a la presión internacional, las autoridades los pusieron en libertad sin juicio, después de que firmaron una declaración en la que afirmaban haber violado la ley involuntariamente y presentaban excusas por sus acciones. Varios ciudadanos que habían estado en contacto con los dos ciudadanos checos fueron detenidos e interrogados (véanse las secciones 1.f y 2.a).

El 16 de enero, Juan Carlos González Leyva, presidente de la Fundación Cubana de Derechos Humanos (FCDH) fue interceptado por cuatro hombres en la estación de autobuses en Sancti Spiritus. González, que es ciego, se disponía a asistir a una reunión de disidentes. Los cuatro hombres le condujeron a una plantación de caña de azúcar, aproximadamente a 25 Km de la ciudad, donde le abandonaron. Estos hombres le cambiaron el bastón por una caña de azúcar y le quitaron todos los documentos que llevaba en la mochila, que se la llenaron de piedras. Los campesinos oyeron las llamadas de auxilio de González y le llevaron a la carretera donde alguien le ayudó a regresar a Sancti Spiritus. González fue detenido de nuevo en febrero, para impedir una reunión de la FCDH (véase la sección 2.b).

El 23 de febrero, Elizardo Sánchez Santa Cruz Pacheco, presidente de la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional, permaneció detenido durante dos horas en una comisaría de policía local. En una entrevista con un agente de la seguridad del Estado se le advirtió a Sánchez que la detención era una advertencia para que desistiera de prestar apoyo a las organizaciones de disidentes y de distribuir ayudas financieras a las familias de presos políticos. Sánchez creía que esta detención podría estar relacionada con su asistencia, el 10 de febrero, a una ceremonia en la que una organización ecológica, Naturpaz, había concedido diplomas a un grupo de estudiantes que había terminado felizmente un curso sobre el medio ambiente. Sánchez también sospechaba que sus actividades en apoyo del Proyecto Varela, patrocinado por Oswaldo Paya Sardinas, del Movimiento Cristiano Liberación, podría ser otro motivo de su detención. (véase la sección 4).

El 3 de septiembre, dos personas fueron detenidas y puestas en libertad más tarde el mismo día, en la primera conferencia nacional de la Confederación de Trabajadores Independientes (véase la sección 6.a).

El 28 de septiembre, Carlos Alberto Domínguez, uno de los organizadores de una procesión espontánea en honor de la Virgen de la Caridad, fue detenido brevemente en su casa y conducido a la comisaría de policía más cercana; fue puesto en libertad sin que se le formularan cargos (véase la sección 2.c.)

La policía de la seguridad del Estado se valió de detenciones y advertencias para impedir a organizaciones de diversos puntos de la isla llevar a cabo ningún acto en conmemoración de los cuatro pilotos que resultaron muertos en febrero de 1996 a consecuencia del ataque de aviones militares cubanos. La policía impidió a algunos disidentes salir de su hogar. A Aida Valdés Santana, presidenta de la Coordinación Nacional de Presos y Ex-Presos Políticos, le advirtieron que no saliera de su casa y que no organizara ningún acto conmemorativo. Las autoridades detuvieron a otros, entre ellos a Roger Morales Rey, Yunier Iglesias Silva y Jesús Jersen Garcés, que fueron interceptados cuando se dirigían a la orilla del mar en Puerto Padre.

El 8 de marzo, agentes de la seguridad del Estado detuvieron a una serie de personas cuando llegaban al lugar de reunión mensual de la FCDH en Cuba. Los agentes dijeron a otros, como al periodista independiente Pablo Pacheco þvalía, a Marcelo Tier Pérez, del partido de Solidaridad Democrática, y a José Carlos Morgado Hernández, de la Fundación, que no salieran de su casa.

La agencia de prensa independiente Agencia de Prensa Libre Oriental (APLO) informó de que el 29 de marzo, agentes de la seguridad del Estado detuvieron al periodista independiente Juan Carlos Garcell en Sagua de Tanamo y le condujeron a una casa en las afueras de Holguín, donde fue interrogado sobre sus actividades. Ese mismo día por la tarde, fue puesto en libertad y tuvo que encontrar el camino a su casa. Garcell se refirió a este incidente como un þacto de secuestroþ.

El 20 de mayo, agentes de la seguridad del Estado impidieron a una serie de organizaciones celebrar el 99§ aniversario de la fiesta de la independencia de antes de la revolución (el 20 de mayo era la fiesta de la independencia antes de la revolución, que fue suprimida por el presidente Castro). A los miembros del Movimiento de Hermanos Fraternales por la Dignidad y el Partido Ortodoxo Cubano no se les permitió acercarse a una zona de La Habana conocida por þLa Puntaþ, cerca de la entrada a la bahía de La Habana. Las autoridades detuvieron brevemente a Nelson Aguiar, presidente del partido Ortodoxo Cubano.

Como en años anteriores, el 13 de julio la policía impidió a los activistas que conmemorasen de cualquier manera el incidente de 1994 en el cual 41 personas murieron ahogadas cuando la Guardia Fronteriza hundió el remolcador 13 de Marzo (ver Sección 1.a). Comenzando el 12 de julio la policía detuvo activistas en varias provincias y les ordenó que se quedaran en sus casas el 13 de julio. Las autoridades les dijeron a los disidentes que si no obedecían serían procesados por asamblea ilegal y distribución de propaganda enemiga, o por incitación a la rebelión. Varios actos que se estaban programados para tener lugar en La Habana y en otros provincias no pudieron celebrarse por las actividades de la seguridad del Estado. Los planes para un desfile que se iba a celebrar en La Habana Vieja fueron desbaratados al ser detenidos sus organizadores pocos días antes.

En diciembre de 2000, las autoridades detuvieron a cerca de 200 personas, entre las que figuraban algunas que ya habían sido detenidas el 4 de diciembre de 2000, en actos públicos religiosos en honor de Santa Bárbara. La mayoría de los detenidos fueron puestos en libertad después de poco tiempo, sin que se les formulara cargo alguno. Dos de los arrestados fueron juzgados y declarados culpables de þdesacato a la autoridadþ (véase la sección 1.e). Orlando Fundora y Leonardo Bruzón fueron puestos en libertad el 16 de enero y el 1 de febrero, respectivamente.

En diciembre de 2000, la autoridades arrestaron a Maritza Lugo Fernández, vicepresidenta del Partido Democrático 3 de Noviembre; fue puesta en libertad en mayo, sin que se le hubieran formulado cargos.

Las autoridades impidieron a una serie de personas asistir a juicios durante el año (véase la sección 1.e). Por ejemplo, en mayo, los militantes Carlos Alberto Domínguez y Nelson Vázquez Obregón fueron interceptados cuando se dirigían al juicio de José Orlando González Bridón y conducidos a otra parte de La Habana, lejos del juzgado (véase la sección 1.e). En julio, la policía detuvo a más de 30 miembros de la oposición que trataban de asistir al juicio de Belkis Barzaga Lugo y Héctor Novo, y los condujeron fuera de La Habana en autobús (véase la sección 1.e).

En diversas ocasiones, las autoridades detuvieron a periodistas para interrogarlos sobre sus contactos con extranjeros o para impedirles informar de cuestiones delicadas o criticar al gobierno (véase la sección 2.a).

El tiempo que había pasado el reo en la cárcel antes del juicio se computaba para el cumplimiento de la condena impuesta. Los reos disponían de fianza, que era generalmente baja, más bien como una multa.

El Código Penal incluye el concepto de "peligrosidad", definido como la "proclividad especial de una persona a cometer delitos, demostrada por su conducta en manifiesta contradicción con las normas socialistas". Si la policía decide que una persona muestra indicios de peligrosidad, puede llevarla a juicio o someterla a "terapia" o a "reeducación política". Las autoridades gubernamentales regularmente intimidan a sus críticos con este artículo. Tanto la CDHNU como la CIDH criticaron este concepto por su subjetividad, la naturaleza sumaria de los procedimientos judiciales empleados, la falta de protección legal, y las consideraciones políticas implícitas en su aplicación. Según la CIDH, "la inclinación especial a cometer delitos" a los que se refiere el código penal cubano tiene "un criterio de subjetividad" empleado por el gobierno para justificar las violaciones del derecho a la libertad individual y al debido proceso de personas cuyo único delito ha sido la inclinación a sostener un punto de vista diferente del oficial.

El gobierno también usó el exilio como instrumento para controlar y eliminar la oposición interna. Amnistía Internacional (AI) ha señalado que el gobierno detiene a los activistas de derechos humanos repetidamente por breves períodos y los amenaza con encarcelamiento a menos que desistan de sus actividades o se vayan del país. El gobierno usó estas tácticas agresivas crecientes para forzar a los periodistas independientes María de los Angeles González y Luis Alberto Rivera a salir del país el 10 de mayo y el 31 de julio respectivamente.

El gobierno también ha presionado a los activistas de derechos humanos presos y a los presos políticos a solicitar permisos de emigración y regularmente condicionó su liberación a la aceptación del exilio. Human Rights Watch señaló que el gobierno rutinariamente invoca el exilio forzado como condición para la liberación de prisioneros y también presiona a los activistas para que salgan del país a fin de evitar persecución en el futuro.

AI ha expresado particular preocupación por la práctica del gobierno de amenazar con denunciar, enjuiciar y encarcelar a los defensores de los derechos humanos y a los periodistas independientes antes del arresto o la sentencia si no salen del país. Según Amnistía Internacional, esta práctica "efectivamente impide a los interesados que sean capaces de actuar en la vida pública en su propio país".

e. Rechazo a permitir un juicio público imparcial

Aunque la Constitución establece la existencia de tribunales independientes, explícitamente los subordina a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y al Consejo de Estado, que encabeza Fidel Castro. La ANPP y sus contrapartes en niveles inferiores eligen a todos los jueces. La subordinación de los tribunales al Partido Comunista, que la Constitución designa como "la fuerza directiva superior de la sociedad y del estado" compromete aún más la independencia del poder judicial. Las cortes socavan el derecho a un juicio imparcial al restringir el derecho a la defensa y con frecuencia no observa los pocos derechos de debido proceso disponibles a los acusados.

Existen tribunales civiles a nivel municipal, provincial y en la Corte Suprema. Los presiden grupos compuestos por una mezcla de jueces profesionalmente acreditados y jueces legos. Los tribunales militares asumen jurisdicción en ciertos casos contrarrevolucionarios y están gobernados por una ley especial. Los tribunales militares procesan a civiles si algún miembro militar estuvo involucrado con civiles en algún delito. Hay derecho a la apelación, acceso a consejeros, y las acusaciones son comunicadas al acusado.

Las leyes y las prácticas de juicio no cumplen con las normas internacionales de los juicios públicos imparciales. Casi todos los casos se juzgan en menos de un día; no hay juicios por jurado. Aunque la mayoría de los juicios son públicos, se efectúan a puertas cerradas cuando se alega que está involucrada la seguridad del estado. Los fiscales pueden presentar el testimonio de un miembro de los CDR en cuanto a los antecedentes revolucionarios del acusado, lo cual puede contribuir a extender o reducir su condena. La ley reconoce el derecho de apelación en los tribunales municipales, pero lo restringe en los tribunales provinciales a los casos en que se ha aplicado la condena máxima de prisión o la pena capital. La apelación en casos de pena capital es automática. Esta clase de condena debe ser ratificada en última instancia por el Consejo de Estado.

Los criterios para la presentación de pruebas, especialmente en los casos de activistas de los derechos humanos, son arbitrarios y discriminatorios. Con frecuencia la única prueba presentada, particularmente en los casos políticos, es la confesión del acusado, usualmente obtenida bajo coacción y sin el consejo legal o el conocimiento de un abogado defensor. Regularmente las autoridades niegan a los acusados el acceso a sus abogados hasta el día del juicio. Varios disidentes que han cumplido sus condenas de prisión informan que fueron juzgados y sentenciados sin asistencia legal y que no se les permitió hablar en su defensa.

La ley otorga al acusado el derecho de tener un abogado defensor, pero el control que ejerce el gobierno sobre los medios de vida de los miembros de los bufetes colectivos controlados por el estado -- especialmente cuando defienden a personas acusadas de delitos contra la seguridad del estado -- compromete su capacidad para representar a sus clientes. Se ha informado que los abogados son renuentes a defender a los acusados en casos políticos por temor de poner en peligro sus propias carreras.

El 20 de abril, después de haber sido trasladado a tres cárceles distintas en un mes, por haberse negado a trabajar, René Montes de Oca Maritija se escapó de la cárcel. El 8 de mayo fue capturado de nuevo en casa del secretario general del Partido de Derechos Humanos de Cuba, afiliado a la Fundación Andrei Sajarov. El 19 de diciembre de 2000, Monte de Oca Maritija había sido condenado a 21 meses de cárcel por amenazar a su esposa Esther Valdés Germán, acusación que ella ha negado. El 29 de noviembre, fue juzgado de nuevo por fugarse de la prisión y fue condenado a un año y cuatro meses adicionales de cárcel, hasta un total de 4 años y 5 meses.

El 9 de mayo, el Tribunal Municipal Popular de La Habana Central informó a Isabel del Pino Sotolongo, de 58 años de edad, presidenta de la Asociación Humanitaria Seguidores de Cristo Rey, que su juicio se había suspendido por tercera vez. Una vecina había acusado a del Pino de amenazarla con matarla y la policía entabló la acción legal contra ella basada en esta acusación. Grupos de la oposición rechazaron esta acusación porque, a raíz de un ataque que había sufrido en 1999, el estado de salud del Pino había empeorado hasta el punto de que hubiera sido físicamente incapaz de cometer tal acto. Del Pino no fue detenida, en vista de su estado de salud. Después de la segunda suspensión de su juicio, el 23 de abril, del Pino se declaró en huelga de hambre en protesta contra la acción del tribunal y sus prolongadas deliberaciones. Las autoridades religiosas y los militantes de derechos humanos consiguieron que pusiera fin a su huelga de hambre después de 72 horas, en consideración a su estado de salud.

El 8 de junio, un tribunal civil condenó a José Orlando González, secretario general de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba, de 58 años de edad, a dos años de cárcel, que un tribunal de apelaciones redujo a un año, por þdifundir información falsa, perjudicial para la paz internacionalþ. González Bridón, que también es periodista independiente y fue detenido a finales de 2000, fue acusado de incriminar falsamente a la policía local en la muerte de Yohana González Herrera, militante de derechos humanos, por su marido, en noviembre de 2000. El juicio de González Bridón había sido postergado repetidamente, lo que dio lugar a una prolongada detención antes del juicio. El 23 de mayo, la policía advirtió a otros militantes de derechos humanos que no asistieran al juicio. Pese al frecuente cambio de fecha del juicio y las advertencias de la policía, una serie de militantes se presentaron en el juzgado, pero las autoridades sólo permitieron a miembros de la familia asistir al juicio. Los agentes de la seguridad del Estado interceptaron a los militantes Carlos Alberto Domínguez y Nelson Vázquez Obregón cuando se dirigían al juzgado y los condujeron a otra parte de La Habana, lejos del tribunal. Inicialmente, González Bridón también había sido acusado de þpropagar información falsaþ, pero el fiscal no pudo probar este cargo. Según se dice, en julio, se negó a Bridón tratamiento médico (véase la sección 1.c). Fue puesto en libertad el 11 de noviembre, después de cumplir la sentencia que se le había impuesto.

El 11 de julio tuvo lugar el juicio de Belkis Barzaga Lugo y Hector Novo Suárez, ambos miembros del Partido Demócrata del 30 de Noviembre, en Santiago de las Vegas, en las afueras de La Habana. Ambos fueron acusados de causar desorden público y Barzaga Lugo fue acusado además de resistir arresto. La policía detuvo a más de 30 miembros de la oposición que llegaron para asistir al juicio (véase la Sección 1.d.). Barzaga Lugo y Novo Suárez fueron detenidos el 17 de diciembre de 2000, por llevar un aviso en el que se pedía la libertad de los prisioneros políticos, durante un servicio religioso en honor de San Lázaro. Lugo fue puesto en libertad el 16 de diciembre, después de cumplir una sentencia de un año, y Suárez el 31 de marzo, luego de pagar una multa de 45 dólares (900 pesos). En diciembre de 2000, los tribunales condenaron a Angel Moya Acosta y Julia Cecilia Delgado por þdesacato a la autoridadþ y los sentenciaron a un año de prisión. El público no tuvo acceso a ninguno de estos juicios. Los dos formaban parte de las 200 personas detenidas (véase la Sección 1.d.) y ambos fueron puestos en libertad para finales del año. El 3 de enero, Miguel Sánchez Valiente, ex teniente coronel del ejército, quien pasó a ser activista, fue puesto en libertad sin explicación. Sánchez fue arrestado en agosto de 1992 y sentenciado a 10 años de presión por espionaje. El 17 de enero, Jesús Joel Díaz Hernández fue puesto en libertad sin explicación. Díaz Hernández, periodista independiente, estaba cumpliendo una sentencia de 4 años que comenzó en 1999, por el delito de þpeligrosidadþ. Egberto Angel Escobedo Morales fue aprehendido en 1995 y en julio de 2000 se le enjuició nuevamente por obstruir la policía, causar desorden en la prisión y faltarle al respeto a los funcionarios gubernamentales. Para finales del año no se había informado sobre su sentencia. Vladimiro Roca Antunez del Grupo de Trabajo Disidente Interno seguía prisionero en la prisión para finales de año, después de ser convicto en 1997 por actos contra la seguridad del estado relacionados con el delito de sedición, a raíz de que el grupo expresara su desacuerdo con el gobierno (véase la Sección 1.d.). Otros tres miembros fueron puestos en libertad condicional en 2000. Los grupos que vigilan los derechos humanos dentro del país calculan que el número de prisiones políticos es entre 249 y 300. En julio CCHRNC informó que se calculaba que había 249 prisiones políticos en el país; en julio de 2000 CCHRNC informó de 314 prisioneros políticos. El CCHRNC observó que dado que el gobierno rehusa publicar el número de prisioneros que hay en el país, su cifra se basa en información obtenida de los parientes de los prisioneros. Un portavoz del CCHRNC atribuyó la disminución en el número de prisioneros políticos al hecho de que el gobierno cambió su táctica de sentencias de prisión a aumento en las detenciones (véase la Sección 1.d.). Las autoridades han encarcelado a personas acusándolas de diseminar propaganda enemiga, asociación ilícita, desacato a las autoridades (usualmente por criticar al presidente Castro), imprenta clandestina o por el cargo general de rebelión, que con frecuencia se eleva contra los proponentes de un cambio democrático pacífico. En julio otro Organismo Nogubernamental ilegal, la Coordinadora Nacional de Prisioneros y ex Prisioneros Políticos enumeró 262 prisioneros políticos. Esta ONG también informó que 179 prisioneros más habían sido convictos durante un período de un año por piratería (robo de una embarcación del gobierno, en un intento por salir del país) y por tentativa ilegal de salir del país (véase la Sección 2.d.).

f. Interferencia arbitraria con la intimidad personal, la familia, el hogar o la correspondencia.

Aunque la Constitución establece la inviolabilidad de la residencia y correspondencia de la persona, la vigilancia oficial de los asuntos privados y familiares por parte de las organizaciones de masa controladas por el gobierno, como los CDR (Comités de Defensa de la Revolución), sigue siendo uno de los rasgos más acuciantes y represivos de la vida cotidiana. El estado ha asumido el derecho de interferir en la vida de sus ciudadanos, aun en la de quienes no se oponen activamente al gobierno y sus prácticas. Las autoridades utilizan una amplia gama de controles sociales. El propósito aparente de las organizaciones de masa es mejorar a la ciudadanía, pero de hecho su objetivo es descubrir y desalentar la disconformidad. La participación de los ciudadanos en estas organizaciones de masa ha declinado; la crisis económica ha reducido la capacidad del gobierno de proporcionar incentivos materiales para su participación y ha forzado a mucha gente a emprender actividades en el mercado negro, las cuales las organizaciones de masa están en la obligación de informar a las autoridades.

El Ministerio del Interior emplea un intrincado sistema de informantes y comités de cuadra (los CDR) para vigilar y controlar a la opinión pública. Aunque en medida menor que en el pasado, los CDR siguen informando sobre toda actividad sospechosa, como el consumo ostentoso, reuniones no autorizadas, incluso con extranjeros, y actitudes desafiantes hacia el gobierno y la revolución.

El gobierno controla todos los accesos a la Internet, y todos los correos electrónicos están sujetos a censura. El Departamento de Seguridad del Estado lee con frecuencia la correspondencia internacional y escucha las llamadas telefónicas internacionales y las conversaciones con extranjeros. El gobierno también controla las llamadas telefónicas y la correspondencia nacionales.

El 18 de enero, Yolanda Granda González, de 21 años, hija de la periodista independiente María de los Angeles González Amaro, fue despedida de su trabajo como contabilista en una fábrica de yogurt (véase la Sección 1.d.). Pocos días antes de su expulsión dos agentes de la seguridad del estado se reunieron con la gerencia de la fábrica. En 2000 Granda González fue despedida de la Universidad de La Habana debido a las actividades de su madre. El 3 de febrero la agencia de prensa independiente Lux InfoPress informó que dos trabajadores participantes en movimientos laborales independientes fueron expulsados de una planta agroindustrial por "falta de confianza" (véase la Sección 6.a.). Los miembros de la familia de Roberto Valdivia Hernández, cuyo nombre se encontró en la agenda electrónica de dos ciudadanos checos, Ivan Pilip y Jan Bubenik, a quienes los funcionarios de la seguridad estatal arrestaron en enero, recibieron visitas frecuentes de la seguridad del estado (véase la Sección 1.d.). A la madre de Valdivia se le dijo que su hijo pasaría 20 años en la cárcel. Valdivia es miembro de la FCDH en la provincia de Ciego de Avila. El 10 de mayo, el hijo de 14 años de Mayra María Enrique Rodríguez, miembro del Movimiento pro Democracia, fue llamado a la Oficina de Menores de la estación local de policía. Las autoridades querían saber por qué el joven de 14 años no asistía a las manifestaciones políticas, incluso la marcha del primero de mayo que honra a los trabajadores. Nivaldo Aguila y Lorenzo Montelier fueron despedidos de sus empleos en un trapiche por ser hijos de ex prisioneros políticos involucrados en la guerra de guerrillas contra Castro en las montañas del Escambray de principios de la década de 1960. Hay numerosos informes fidedignos de desalojo forzoso de ocupantes ilegales y residentes que no tenían permiso oficial para residir en La Habana (véase la Sección 2.d.).

Sección 2 Respeto por las libertades civiles, incluyendo:

a. Libertad de expresión y prensa

La Constitución concede a los ciudadanos las libertades de expresión y prensa libre mientras "se conformen a los objetivos de la sociedad socialista". El gobierno no permite la crítica de la revolución o de sus líderes. Las leyes contra la propaganda antigubernamental, los dibujos e inscripciones en los muros y el desacato a los funcionarios imponen castigos de entre tres meses y un año de prisión. Si el presidente Castro o miembros de la Asamblea Nacional o del Consejo de Estado son el objeto de la crítica, la sentencia puede extenderse a tres años. Las acusaciones de diseminar propaganda enemiga, que incluye simplemente expresar opiniones que no están de acuerdo con las del gobierno, pueden acarrear sentencias de un máximo de 14 años. Desde el punto de vista del gobierno, materiales tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los informes internacionales sobre violaciones de los derechos humanos y periódicos y revistas extranjeros que reflejan la tendencia principal de la opinión pública constituyen propaganda enemiga. Los CDR locales inhiben la libertad de expresión mediante la vigilancia y la denuncia de la disidencia y la crítica. Con regularidad la policía y los agentes de Seguridad del Estado hostigaron, amenazaron y cometieron otros atropellos contra defensores de los derechos humanos, en público y en privado, como medida de intimidación y control.

El 29 de junio un grupo de médicos expidieron un documento titulado Manifiesto 2001 en el que se demandaba una nueva constitución que estableciera los derechos y libertades de todo individuo, conservando la independencia de la nación; una mayor apertura económica para ofrecer incentivos a las empresas medianas y pequeñas, preservando el libre acceso a la educación y el cuidado de la salud y una amnistía general para los prisioneros políticos. Otros países otorgaron la condición de inmigrantes a algunos de estos médicos, pero con anterioridad, el Ministerio de Salud había rehusado otorgarles el permiso que los autoriza a obtener la licencia de salida (Véase la Sección 2.d.). El 5 de julio un funcionario amenazó al doctor Luis Milán Fernández con terminar su empleo si no revelaba el nombre del autor del Manifiesto 2001.

La Constitución estipula que los medios de información impresos y electrónicos son propiedad del Estado y en ningún caso pueden llegar a ser propiedad privada. El Partido Comunista controla todos los medios de información, excepto unas pocas publicaciones pequeñas de las iglesias. Aun estas publicaciones, que no pueden tener acceso a equipo de impresión en gran escala, están sujetas a la presión del gobierno. La revista Vitral se continuó publicando durante el año.

Los ciudadanos no tienen derecho de recibir publicaciones del exterior, aunque en los hoteles para extranjeros y en determinadas tiendas de transacciones en moneda dura se venden periódicos y revistas extranjeros. El gobierno continuó interfiriendo Radio Martí y Televisión Martí. Las transmisiones de Radio Martí frecuentemente superaron los intentos de interferencia en las bandas de onda corta, pero sus transmisiones de onda media son bloqueadas por completo en La Habana. Los agentes de seguridad sometieron a disidentes, diplomáticos extranjeros y periodistas a hostigamientos y vigilancia, incluso vigilancia electrónica.

Todos los medios de información deben operar según las pautas del partido y reflejar los puntos de vista del gobierno. El gobierno trata de moldear la cobertura de prensa en tal grado que no sólo continuó ejerciendo presión sobre los periodistas nacionales, sino que mantuvo una andanada de presión sobre grupos que normalmente se encuentran fuera del dominio del control oficial, como los corresponsales extranjeros visitantes.

La Ley de Protección de la Independencia y la Economía Nacionales de 1999 proscribe una amplia gama de actividades como debilitantes de la seguridad del estado y agrava las penas a la actividad criminal. Conforme a la ley, toda persona encontrada en posesión de literatura considerada subversiva, que distribuya la misma o que suministre información que pueda ser usada por las autoridades de Estados Unidos en la aplicación de legislación estadounidense, está sujeta a multas y a penas de prisión de 7 a 20 años. Aunque muchas actividades entre ciudadanos cubanos y extranjeros podrían caer posiblemente dentro de los alcances de esta nueva ley, la misma parece estar dirigida primordialmente a los periodistas independientes; sin embargo nadie ha sido procesado al amparo de esta ley.

Esta ley aumentó las penas y amplió las definiciones de actividades cubiertas por la Ley de la Dignidad y la Soberanía Cubanas de 1996, que ya prohíbe a los ciudadanos suministrar información a cualquier representante del gobierno de Estados Unidos o procurar de ellos alguna información que podría ser usada directa o indirectamente en la aplicación de legislación estadounidense contra el gobierno. Esto incluye aceptar o distribuir publicaciones, documentos u otro material de cualquier origen, que las autoridades puedan considerar que facilita la aplicación de esa legislación. En 1999 el presidente de la Asamblea Nacional, Ricardo Alarcón, dijo a los corresponsales extranjeros que de acuerdo a la nueva ley, incluso los reporteros que trabajen para los medios internacionales acreditados podrían ser condenados hasta 20 años de prisión si la información que publicaban servían a los intereses de Estados Unidos.

El gobierno continuó amenazando a periodistas independientes, anónima o abiertamente, con arresto y declaraciones de culpabilidad basados en la nueva ley. Algunos periodistas fueron amenazados repetidamente en los meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley. Periodistas independientes observaron que la mera existencia de la ley tenía algún efecto sobre sus actividades y aumentaba la autocensura, y algunos indicaron que es la herramienta más eficaz del gobierno para hostigar a los miembros de la prensa independiente.

El gobierno siguió sometiendo a los periodistas independientes a la prohibición de viajar por el país, detenciones arbitrarias y periódicas (de dos días o más), hostigamiento de familiares y amigos, incautación de computadoras, equipos de oficina y de fotografía y amenazas reiteradas de prisión prolongada (véase Secciones 1.d, 1.f. t 2.d.). En La Habana, periodistas independientes informaron que durante el año continuaron las llamadas telefónicas amenazantes y el hostigamiento de familiares. Según el periodista independiente Raúl Rivero, más de 55 periodistas independientes experimentaron grados diferentes de hostigamiento y parece que se singularizó a algunos individuos. Se detuvo repetidamente a docenas de reporteros. Las autoridades también pusieron a algunos periodistas bajo arresto domiciliario para impedirles informar sobre las conferencias auspiciadas por los activistas de los derechos humanos, las actividades de los derechos humanos y los casos judiciales contra los activistas. Los periodistas independientes informaron que las detenciones, las amenazas y el hostigamiento son más severos en las provincias que en la capital. La Amnistía Internacional, Human Rights Watch, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), "Rapporteurs sans Frontieres" (RSF) y el Comité para Proteger a los Periodistas repetidamente llamó la atención internacional sobre la práctica continua del gobierno de detener a los periodistas independientes y a otros simplemente por ejercer sus derecho de libre expresión (véase la Sección 1.d.).

Algunos familiares han perdido sus empleos porque rehúsan desaprobar o informar sobre estas personas, llamadas contrarrevolucionarias (ver Sección 1.f.). Desde 1999 se ha informado con menos frecuencia de actos de intimidación. Sin embargo, la policía trató, con mayor frecuencia, de impedir que periodistas extranjeros cubrieran los llamados sucesos delicados.

En enero los funcionarios de la seguridad del estado citaron a Antonio Femeninas de la Agencia Patria para interrogarlo y subsecuentemente lo acusaron de recibir dinero o materiales de dos ciudadanos checos, Ivan Pilip y Jan Bubenik, quienes fueron arrestados en enero (véase la Sección 1.d.). Para finales de año no se había tomado ninguna otra medida contra Femeninas. En febrero Ricardo González Alfonso, corresponsal de RSF, fue detenido durante 4 horas e interrogado sobre las entrevistas que dio a una estación de radio basada en Miami. Subsecuentemente su casa fue puesta bajo vigilancia policial. En febrero Edel García, director de la agencia de noticias Central del Norte del País (CNP) fue detenido durante 12 horas para impedirle que participara en los þActos del 24 de Febreroþ, en conmemoración de los dos aviones de los þ Hermanos al Rescateþ derribados por aviones militares cubanos en espacio aéreo internacional en 1996 (véase la Sección 1.d.). García fue puesto en libertad en el campo, a unos 95 kilómetros de La Habana. En junio las autoridades detuvieron a Edel García y Dorka Céspedes de Habanapress en el þAniversario del Tamarindoþ en La Habana y los pusieron en libertad fuera de ciudad. Los estudiantes se burlaron de la hija adolescente de García por las actividades de su padre como periodista independiente. Para finales del año García no estaba detenido y su juicio por cargos de colaboración con el enemigo, de suministrar información a la Radio Martí y de conspiración para cometer delitos y espionaje seguían pendientes. En marzo los funcionarios de la seguridad del estado en Moa detuvieron a Juan Carlos Garcel de APLO, cuando tomaba parte en una manifestación cívica. Fue llevado a Holguín, a 150 kilómetros de Moa y detenido durante 7 horas en una casa de la seguridad del estado donde los funcionarios del gobierno lo interrogaron. Luego fue puesto en libertad y obligado a viajar por autostop por 5 horas para regresar a su casa. El 31 de marzo la seguridad del estado detuvo al periodista independiente Luis Alberto Rivera Leyva de APLO, cuando se preparaba para informar sobre el desalojo forzoso de individuos de sus hogares. Se le forzó a sentarse en un carro patrulla hasta que terminó el incidente. La seguridad del estado también dio instrucciones a los establecimientos comerciales en su pueblo para que no le permitieran utilizar el teléfono. En abril la policía puso al corresponsal de los RSF, Ricardo González Alfonso, bajo arresto domiciliario, cuando su ex esposa elevó una queja según la cual él la había amenazado. Es muy poco común que la policía imponga arresto domiciliario en una disputa familiar. Su ex esposa dejó sin efecto la acusación y para finales de año González ya no estaba bajo arresto domiciliario.

En mayo a Ohalis Vítores, de Cuba Voz, la seguridad estatal lo amenazó con negarle para siempre un permiso de salida si no "se comportaba" y cesaba en sus actividades periodísticas independientes.

En julio, un funcionario de la Seguridad del Estado se le acercó en la calle a Jorge Olivera Castillo, de Habanapress, y lo amenazó con tomar acción disciplinaria contra él si continuaba con sus actividades periodísticas independientes.

En agosto agentes de la Seguridad del Estado interrogaron a Jesús Alvarez Castillo, de la agencia Cubapress, y lo amenazaron con la prisión por sus actividades periodísticas independientes.

En septiembre, la policía paró numerosas veces en la calle a Juan Carlos Martínez Núñez, de la Agencia CMN de Bayamo, Granma, y lo registró. La policía también lo presionó para que firmara un documento que declaraba que sus viajes a La Habana tenían propósitos médicos y no para realizar actividades contrarrevolucionarias.

En septiembre, funcionarios de la Seguridad del Estado acusaron a Manuel Antonio Brito, del Buró de Periodistas Independientes de Cuba (BPIC) de tratar de provocar una guerra con Estados Unidos, en referencia a un artículo que había escrito acerca de los ataques del 11 de septiembre contra Estados Unidos. Brito fue detenido durante algunas horas y no fue acusado.

Jesús y Jadir Hernánez, de Havana Press, fueron acusados en 2000 de traficar con migrantes ilegales y de colaboración con una misión extranjera; su juicio estaba pendiente a fines de año.

A por lo menos otros cinco periodistas independientes se les negó el derecho de emigrar, entre ellos a Ohalis Víctores, Manuel Vázquez Portal, Jadir Hernández, Oswaldo de Céspedes y Sunset Noguera (véase Sección 2.d.). Por ejemplo, en mayo a Isaura Ortega, de la APIC, se le negó un permiso de salida. El gobierno usó detenciones breves y repetidas para obligar a dos periodistas independientes a dejar el país (véase Sección 1.d.).

Las autoridades a menudo confiscaron equipo, especialmente equipo fotográfico y de grabación, cuando arrestaban a periodistas. Era posible comprar una máquina de fax o una computadora, pagadera en dólares; si podía mostrarse un recibo, normalmente este equipo no era confiscado. Las fotocopiadoras y las impresoras tampoco podían encontrarse en el mercado local o no se les vendían a los particulares, lo que las convertía en un producto particularmente valioso para los periodistas.

Los corresponsales extranjeros residentes informaron que el nivel muy alto de presión gubernamental experimentado en 2000, incluyendo quejas oficiales e informales acerca de artículos periodísticos, continuó durante el año. El gobierno ejerció su capacidad de controlar a los miembros residentes de la prensa extranjera requiriéndoles que obtuvieran un permiso de salida gubernamental cada vez que querían dejar la isla. El presidente Castro continuó criticando públicamente la prensa internacional, a menudo citando nombres.

La distribución de información continúa controlada en forma estricta. Se controla la importación de material de lectura extranjero y el público no tiene acceso a revistas y periódicos extranjeros. Miembros importantes del gobierno han declarado que los ciudadanos no leen periódicos y revistas extranjeros para enterarse de la noticias porque no saben inglés y tienen acceso a las mesas redondas que diariamente se transmiten por televisión sobre los temas que necesitan conocer.

El gobierno controla todos los accesos a la Internet, y todos los mensajes del correo electrónico están sujetos a censura. El acceso a las computadoras es limitado, y a la Internet sólo se puede entrar por medio de instituciones aprobadas por el gobierno. El uso del correo electrónico crece lentamente a medida que el gobierno permite el acceso de más usuarios; sin embargo, el gobierno controla generalmente su uso, y sólo muy pocas personas o grupos tienen acceso a él. El gobierno abrió para algunos periodistas, artistas y centros comunitarios juveniles a nivel municipal un portal nacional de la Internet, pero las autoridades continúan restringiendo los tipos y cantidad de sitios internacionales a los que se puede acceder.

El gobierno prohíbe oficialmente a todas las misiones diplomáticas en La Habana la impresión y distribución de publicaciones, especialmente periódicos y recortes de periódicos y revistas, a menos que traten exclusivamente de las condiciones en el país de origen de la misión y hayan recibido la aprobación del gobierno. Muchas misiones no aceptan este requisito y distribuyen material en abundancia; sin embargo, las amenazas del gobierno de expulsar a los funcionarios de embajadas que suministren material publicado han tenido un efecto desalentador en algunas misiones.

El gobierno restringe la libertad de escribir y enseñar y continuó haciendo hincapié en que es más importante reforzar la ideología y disciplina revolucionarias que cualquier tipo de libertad de expresión. En el sistema educativo se enseña que los intereses del estado tienen precedencia sobre toda otra obligación. A los profesores y a otros funcionarios gubernamentales se les prohíbe reunirse con algunos diplomáticos sin la aprobación previa del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Ministerio de Educación requiere que los maestros evalúen la actitud ideológica de los estudiantes y de sus padres y anoten dicha evaluación en el expediente escolar que los estudiantes llevan durante su paso por la escuela. Estos expedientes afectan en forma directa las perspectivas de educación y la carrera del estudiante. Como cuestión de política, el gobierno demanda que el material de enseñanza, para cursos tales como matemáticas o literatura, tenga un contenido ideológico. Los esfuerzos del gobierno para debilitar a los disidentes incluyen negarles educación superior y oportunidades profesionales. Fidel Castro ha declarado públicamente que las universidades están abiertas sólo para quienes comparten sus creencias revolucionarias.

La expresión artística está menos restringida. El gobierno estimula a la comunidad cultural para que alcance los niveles internacionales más elevados a fin de poder vender su obra en el exterior a cambio de moneda dura. Sin embargo, durante el otoño el gobierno comenzó a aplicar un programa llamado "Ampliación de la Cultura" que vincula el arte, el socialismo, las leyendas e ideología "revolucionarias" modernas con su propia visión de la cultura. El gobierno utiliza los medios de información gubernamentales y las escuelas para imponer su visión al público, especialmente la juventud.

b. Libertad de reunión y asociación pacíficas

Aunque la Constitución otorga derechos limitados de reunión y asociación, estos derechos están sujetos al requisito de que no pueden ser "ejercidos contra la existencia y objetivos del Estado Socialista". La ley castiga toda reunión no autorizada de más de tres personas, incluso las relacionadas con servicios religiosos privados en residencias privadas, con un máximo de 3 meses de prisión y multa. Las autoridades aplican en forma selectiva esta prohibición y a menudo la utilizan como pretexto legal para hostigar y encarcelar a defensores de los derechos humanos.

Continuó durante el año la política del gobierno de autorizar en forma selectiva a la Iglesia Católica llevar a cabo procesiones al aire libre en sitios específicos en días festivos importantes. Durante cuatro años consecutivos permitió la procesión en La Habana relacionada con la celebración de misas el día de Nuestra Señora de la Caridad, el 8 de septiembre. Sin embargo el 8 de septiembre la policía de seguridad ordenó a varios activistas de derechos humanos no asistir a la procesión; varios activistas sí participaron (ver Sección 2.c.). No hubo informes de que se negara permisos a las procesiones durante el año.

Las autoridades nunca han aprobado una reunión pública de un grupo de derechos humanos y con frecuencia detuvieron a los activistas para impedir que asistan a reuniones, manifestaciones o ceremonias (ver Sección 1.d.).

El 30 de enero, funcionarios de la Seguridad del Estado impidieron que activistas de los derechos humanos asistieran a una conferencia propuesta sobre liberalismo, en la casa de Héctor Palacio Ruiz, director del Centro de Estudios Sociales. Elizardo Sánchez, director del CCHRNC, estimó que los funcionarios de la Seguridad del Estado les dijeron a aproximadamente 40 activistas que se fueran a sus casas.

El 8 de febrero la policía impidió que miembros de la FCDH celebraran su reunión mensual ordinaria. La policía detuvo a más de 20 miembros de la organización. El presidente de la FCDH, Juan Carlos González Leyva, dijo que lo golpearon en la cara, que perdió sus lentes (González Leyva es ciego), y que se lo inmovilizó mediante un agarre doloroso. Su padre y su hermano, que no son miembros de la oposición, fueron obligados a subir a un auto y se los dejó en libertad en las afueras de la población de Ciego de Avila. La esposa de González Leyva también fue detenida brevemente.

El 15 de febrero la policía impidió una conferencia sobre ética periodística en el contexto de una naciente sociedad civil, patrocinada por el Grupo de Reflexión Moderado de la biblioteca independiente Jorge Mañach. El dueño de la biblioteca, Ricardo González, fue detenido temprano en la mañana y dejado en libertad esa noche.

El 23 de febrero funcionarios de la Seguridad del Estado detuvieron a activistas en pro de la democracia en diferentes partes del país y les impidieron montar actividades en conmemoración del derribamiento a tiros por la fuerza aérea de dos aviones civiles en el espacio aéreo internacional (véase Secciones 1.d. y 2.a.)

El 21 de mayo, funcionarios de la policía y la Seguridad del Estado impidieron que activistas de los derechos humanos participaran en el entierro de Diosdado Amelo Rodríguez, que murió en prisión el 20 de mayo (véase Sección 1.c.). La policía apaleó y pateó a los activistas de derechos humanos que se negaron a subir a tres autobuses ofrecidos por la Seguridad del Estado para seguir el carro fúnebre, prefiriendo caminar tras él, como es tradicional en Santiago de Cuba. Los vecinos expresaron su desaprobación de las acciones policiales e intentaron detener a la policía que apaleaba y pateaba a los disidentes. La policía detuvo a seis personas antes de dejar la zona. El carro fúnebre partió abruptamente, obligando a los dolientes a encontrar otros medios para transportarlos hasta el cementerio. La policía permitió sólo a los parientes inmediatos entrar en el cementerio para la ceremonia de inhumación. El 22 de mayo, los seis que habían sido detenidos fueron puestos en libertad, y cada uno fe multado en 88 dólares (1.760 pesos cubanos); esto incluyó los daños sufridos por el carro fúnebre. El 5 de junio, funcionarios de la Seguridad del Estado colocaron una corona de flores en la tumba de Diosdado con la leyenda "A Taíno, de tus hermanos en Seguridad", como una alegación de que el fallecido había colaborado con las fuerzas de la Seguridad del Estado. La Seguridad del Estado usó también el 18 de septiembre -- el primer aniversario de la muerte del activista de los derechos humanos Jesús Yáñez Pelletier -- esta táctica similar de acusar al muerto de colaboración con la policía. El 21 de junio se celebró una misa en sufragio de Diosdado en la iglesia de Santa Teresa. Asistieron muchos activistas y familiares, mientras la Seguridad del Estado se mantenía afuera. No hubo informes de violencia.

El 6 de julio, la policía impidió que miembros del Partido Popular de la Juventud Cubana viera la película "Trece días". Los organizadores querían llevar a cabo un debate sobre el filme.

En el fin de semana del 4 al 5 de agosto, funcionarios de la Seguridad del Estado detuvieron a activistas de la oposición que planeaban realizar protestas en coincidencia con el séptimo aniversario del motín antigubernamental que tuvo lugar en La Habana el 5 de agosto de 1994.

El 10 de diciembre, aproximadamente 30 activistas asistían a una celebración pacífica del aniversario de la Declaración de los Derechos Humanos. Informaron los activistas que policías vestidos de particular verificaron los documentos de los que llegaban e impidieron que algunas personas asistieran al acto.

El gobierno organizó una serie de marchas el Día del Trabajo y cada sábado realiza un encuentro "Tribuna Abierta" en diferentes municipalidades en el país. El encuentro recibe cobertura tanto radial como televisva

En general, el gobierno niega a los ciudadanos la libertad de asociación. El código penal prohíbe expresamente a los grupos ilegales o no reconocidos. El ministro de Justicia, previa consulta con el ministerio del Interior, es quién decide si se otorga el reconocimiento oficial a las organizaciones. Las autoridades nunca han aprobado el establecimiento de algún grupo de derechos humanos. No obstante, hay una serie de asociaciones profesionales que funcionan como Organizaciones No Gubernamentales (ONG), pero sin reconocimiento oficial, entre ellas la Asociación de Maestros Independientes, la Asociación de Abogados Independientes (Agramonte), la Asociación de Arquitectos e Ingenieros Independientes. Todas las demás ONGs reconocidas legalmente están afiliadas por lo menos nominalmente con, o controladas, por el gobierno.

Junto con las iglesias reconocidas, la organización humanitaria de la iglesia católica, Caritas, la Logia Masónica, pequeños grupos de derechos humanos y una serie de fraternidades u organizaciones profesionales, son las únicas asociaciones que no están bajo el control o la influencia del Estado, el partido comunista y sus organizaciones de masas. Con excepción de los masones, cuya presencia en el país se remonta a hace más de un siglo, las autoridades siguen ignorando las solicitudes de reconocimiento legal de estos grupos, lo que expone a sus miembros a ser acusados de asociación ilegal. Todos los demás grupos no gubernamentales reconocidos oficialmente están, al menos nominalmente, afiliados al gobierno o bajo su control.

c. La libertad de religión

La Constitución reconoce el derecho de los ciudadanos a profesar y practicar cualquier credo religioso, dentro del marco del respeto a la ley; sin embargo, en la ley y en la práctica el gobierno continúa restringiendo la libertad de religión. En general, los grupos religiosos no inscritos continuaron experimentando varios grados de interferencia oficial, hostigamiento y represión. La política gubernamental de permitir que la actividad religiosa apolítica tenga lugar en sitios aprobados por el gobierno permaneció sin cambios; sin embargo, los ciudadanos que practicaban su religión en iglesias aprobadas oficialmente estaban a menudo sujetos a vigilancia por parte de las fuerzas de la Seguridad del Estado, y continuaron los esfuerzos del gobierno para mantener un fuerte grado de control sobre la religión.

La Constitución reconoce la separación de la iglesia y el estado. En 1991, el gobierno permitió a los quienes profesaban creencias religiosas ingresar en el partido comunista. En 1992, enmendó la Constitución para prohibir la discriminación por motivos de religión y eliminó las referencias al "materialismo científico", es decir, el ateísmo, como fundamento del Estado. Los miembros de las fuerzas armadas que asisten a los servicios religiosos no llevan el uniforme, probablemente para evitar posibles reprimendas de sus superiores.

El gobierno exige a las iglesias y a otros grupos religiosos que se inscriban en el registro civil provincial de asociaciones del ministerio del Interior para obtener el reconocimiento oficial. En la práctica, el gobierno se niega a reconocer a nuevas congregaciones. El gobierno prohíbe, salvo raras excepciones, la edificación de nuevas iglesias, lo que obliga a muchas congregaciones religiosas en crecimiento a infringir la ley y a reunirse en casas particulares. Continuó la campaña de hostigamiento por parte del gobierno de las casas particulares donde se reúnen los fieles para celebrar y, según informan las congregaciones evangélicas, se han dado casos de desahucio de viviendas usadas para estos fines. Según funcionarios del Consejo Cubano de Iglesias (CCI), la mayoría de las casas privadas de oración cerradas por el gobierno no estaban registradas, haciéndolas técnicamente ilegales. Los miembros pentecostales del CCI también se han quejado de las actividades de proselitismo de misioneros extranjeros, que impulsaron a algunos de sus miembros a establecer nuevas congregaciones sin obtener los permisos requeridos. A causa de estas quejas presentadas por los pentecostales, el CCI ha pedido oficialmente a las organizaciones miembros de las iglesias en el extranjero ayuda para disuadir al los misioneros extranjeros a establecer iglesias pentecostales.

Las relaciones del gobierno con las congregaciones religiosas se llevan a cabo, principalmente, a través de la Oficina de Asuntos Religiosos del partido comunista. El ministerio del Interior realiza una labor activa para el control y supervisión de las instituciones religiosas del país, que entraña la vigilancia, la infiltración y el acoso de clérigos religiosos y de laicos.

En 1998, luego de la visita del papa Juan Pablo II, los obispos católicos del país pidieron al gobierno que reconociera la función de la Iglesia Católica en la sociedad civil y la familia, al igual que en las áreas temporales del trabajo, la economía, las artes y los mundos científico y técnico. El gobierno siguió limitando el acceso de la Iglesia Católica a los medios de comunicación y se negó a permitir que la Iglesia Católica poseyera una imprenta legal independiente. Mantuvo una prohibición contra el establecimiento de escuelas de filiación religiosa.

En septiembre las autoridades gubernamentales locales, por cuarto año consecutivo, permitieron que la Iglesia Católica efectuara una procesión al aire libre para celebrar la fiesta de Nuestra Señora de la Caridad del Cobre en La Habana (véase Sección 2.b.). Aunque visiblemente presente, el personal de la Seguridad del Estado no hostigó a los participantes u observadores como lo hizo en 1998. Sin embargo, antes del evento, la policía de seguridad ordenó a varios activistas de los derechos humanos que no asistieran a la procesión.

El 24 de septiembre, miles de personas asistieron a las diversas misas oficiadas ese día en homenaje a la Virgen de la Caridad del Cobre, la santa patrona de los presos. La agencia de prensa independiente Cuba Verdad informó que luego de una de las misas vespertinas varios activistas de los derechos humanos encabezaron una marcha pacífica. Aunque estaban presentes, los agentes de la Seguridad del Estado no intervinieron. Sin embargo, el 28 de septiembre uno de los organizadores de la marcha espontánea, Carlos Alberto Domínguez, fue detenido brevemente en su casa y conducido a la estación de policía más cercana; se lo puso en libertad sin que fuera acusado.

En 1998 el gobierno anunció, en una declaración del Buró Político que, en adelante, a los ciudadanos se les permitiría celebrar la Navidad como día feriado oficial. (El feriado había sido cancelado, ostensiblemente para estimular la zafra, en 1969, y se lo restableció en 1997 como parte de los preparativos para la visita del papa en 1998). Sin embargo, a pesar de la decisión del gobierno de permitirles a los ciudadanos celebrar la Navidad como día feriado oficial, se mantuvo también un decreto de 1995 que prohíbe escenas navideñas en los edificios públicos. La procesión de Navidad tuvo lugar en diciembre.

El 10 de marzo, miembros del Partido Comunista de la Provincia de La Habana prepararon un documento confidencial que criticaba los recientes avances de la Iglesia en la sociedad. El documento ofrecía al partido sugerencias sobre cómo invalidar la labor pastoral de la Iglesia, que incluía dictar clases de computación, asistir a los niños que padecen del síndrome de Down, distribuir medicinas en cooperación con doctores que dan recetas escritas a los dispensarios médicos de la Iglesia, y dar ayuda caritativa a los ancianos. Se alega que el documento sugería que el partido tomara medidas correctivas, por ejemplo, mediante el control de la distribución de medicinas. El cardenal Jaime Ortega Alamino caracterizó el documento del partido como antirreligioso y de retroceso a la constitución anterior a 1992. El cardenal sugirió nuevamente que para superar estos conceptos erróneos la Iglesia y el estado deberían participar en una "profunda discusión" del significado de la religión en la sociedad. Luego de la publicación del artículo, se informó que los líderes del Partido Comunista de La Habana pidieron disculpas a la jerarquía católica.

El gobierno autorizó la entrada en el país de sacerdotes extranjeros, dos de Paraguay y dos de España, y de otro religioso, para sustituir a otros sacerdotes cuyos visados habían caducado. En el transcurso del año el gobierno emitió 10 visados a otros religiosos, entre ellos monjas. Las solicitudes de otros muchos sacerdotes y trabajadores religiosos seguían pendientes a fin de año.

Aunque el gobierno permite la visita de eclesiásticos a los prisioneros, los guardias de las cárceles a veces les impiden que vean a los que son prisioneros políticos. A fin de que un eclesiástico pueda visitarlo, el prisionero político debe presentar por escrito una solicitud y el director de la prisión debe aprobarla. Elías Biscet recibió durante el año dos visitas de un sacerdote católico.

La educación es seglar y no se permite a ninguna institución religiosa impartir educación. No hubo informes de que se impusiesen restricciones a la enseñanza religiosa de los niños por sus padres.

El gobierno sigue aplicando una resolución que prohíbe a toda empresa cubana o conjunta (salvo las que están autorizadas expresamente para ello) vender computadoras, máquinas de facsímile, fotocopiadoras u otro equipo a las iglesias, a precios que no sean los oficiales -y exorbitantes- de venta al por menor. No se impusieron restricciones a la importación de literatura o símbolos religiosos siempre y cuando fueran importados por grupos religiosos inscritos y de conformidad con los procedimientos apropiados de importación. A los prisioneros confinados en celdas de castigo se les negó acceso a material de lectura, incluyendo la Biblia (véase Sección 1.c.).

En los últimos años, el gobierno ha aliviado las restricciones que pesaban sobre algunas sectas religiosas, entre ellos los Adventistas del Séptimo Día y los Testigos de Jehová. A los Testigos de Jehová, que antes eran considerados "enemigos religiosos activamente opuestos a la revolución" se les permitió predicar discretamente de puerta en puerta y, por lo general, no fueron objeto de hostigamiento evidente de parte del gobierno, aunque sí hubo informes esporádicos de hostigamiento por funcionarios locales del gobierno y del Partido Comunista.

El Consejo Cubano de Iglesias (CCI) continuó transmitiendo un programa mensual de 15 minutos en la emisora de radio de música clásica, con la condición de que no incluyera material de carácter político.

En julio el gobierno detuvo a varios activistas de derechos humanos para impedir su participación en una Misa de Recordación para las víctimas del hundimiento en 1994 del remolcador "13 de Marzo" (véanse Secciones 1.a. y 1.d.). Los funcionarios de seguridad del Estado visitaron a algunos sacerdotes y pastores antes de la celebración de importantes actos religiosos, aparentemente para prevenirles contra los disidentes que intentaban "aprovecharse de la Iglesia". Sin embargo, algunos críticos sostienen que estas visitas tenían como fin sembrar la desconfianza entre las iglesias y los activistas que trabajan en pro de la democracia y de los derechos humanos. Los agentes de seguridad del Estado también hostigaron con regularidad a los defensores de los derechos humanos antes de la celebración de servicios religiosos en conmemoración de fiestas especiales o de importantes efemérides nacionales, para lo que a veces entraban en las iglesias e interrumpían las ceremonias religiosas.

d. Libertad de movimiento en el país, viajes al exterior, emigración y repatriación

El gobierno restringió estrictamente la liberad de movimiento. En general, el gobierno no ha impuesto restricciones legales a los desplazamientos dentro del país, salvo a las personas infectadas con el virus del VIH, a las que inicialmente confina en sanatorios para someterlas a tratamiento y terapia antes de reintegrarlas condicionalmente a la comunidad. No obstante, en los últimos años, los agentes de la seguridad el Estado han prohibido a defensores de los derechos humanos y a periodistas independientes viajar fuera de las provincias en que residen y el gobierno también ha sentenciado a otros a exilio interno.

El Decreto 217 prohíbe a las personas de otras provincias de trasladarse a La Habana,y el motivo que se aduce para ello es que si no se controla la migración interna, los problemas de vivienda, transporte público y suministro de agua y electricidad de la ciudad se agravarían. El gobierno ha señalado recientemente que, desde la entrada en vigor del decreto, 17.000 personas menos han migrado a La Habana. La policía verifica frecuentemente la documentación de los viandantes, y si encuentra a alguno que es de otra provincia y está residiendo ilegalmente en La Habana le pone una multa equivalente a 11,50 dólares (300 pesos y le envía a su provincia. Las multas son más altas (38 dólares, igual a 1.000 pesos) para los que residen ilegalmente en los barrios de La Habana Vieja y El Cerro. Los observadores de los derechos humanos han señalado que, si bien el decreto afecta a la migración en todo el país, se dirige especialmente a individuos y familias predominantemente con ancestro africano, de las provincias orientales más pobres.

El gobierno impuso algunas restricciones tanto a la emigración y a los viajes temporales al extranjero. El gobierno permite salir a la mayoría de las personas que califican como inmigrantes o tienen estatuto de refugiados en otros países; sin embargo, en algunos casos, las autoridades retrasan o deniegan los permisos de salida, por lo general sin dar explicación. Algunas veces se niega el permiso a profesionales que trataron de emigrar y a quienes el gobierno posteriormente prohibió ejercer su profesión. El gobierno rehusó el permiso a otros por considerar que sus casos eran sensibles por razones políticas o de seguridad del Estado. En julio de 1999, el ministerio de Salud emitió un reglamento interno, conocido como la resolución 54, por el que se niega el permiso de salida a los médicos hasta que hayan prestado de 3 a 5 años de servicios profesionales a partir de la fecha de solicitud del permiso de viajar al extranjero. Este reglamento se aplica normalmente a los médicos recién graduados. Este reglamento no se ha publicado como parte de las disposiciones legales y se puede aplicar también a otras profesiones.

En febrero un grupo de 31 profesionales médicos envíaron una carta a las autoridades en protesta de la decisión del gobierno de no permitirles su emigración legal. Estos profesionales de la medicina tenían la condición de inmigrante en otros países, pero el Ministerio de Salud rehusó dar el visto bueno a sus permisos de salida. Los médicos publicaron el documento. El gobierno respondió dejándoles cesantes, destinándoles a dispensarios de salud ubicados en zonas remotas y en condiciones deplorables, o manteniéndoles aislados. Uno de los médicos firmantes de la carta intentó abandonar el país ilegalmente, pero fue apresado y liberado tres días más tarde.

El 7 de junio, ocho médicos y una enfermera iniciaron públicamente un ayuno para protestar contra la negativa del Ministerio de Salud de otorgar la autorización necesaria para obtener permisos de salida. El ayuno se mantenía en efecto al finalizar el año. El ayuno público de los médicos y la enfermera resultó en la Declaración 2001 emitida por el grupo de profesionales médicos (véase Sección 2.a.).

El 15 de marzo, los funcionarios de inmigración impidieron que el periodista independiente Oswaldo de Céspedes y su familia abordaran el vuelo en condición de refugiados políticos. Se le informó a de Céspedes que su permiso de salida había sido revocado. Un funcionario de migración le dijo luego que su permiso de salida había sido cancelado por "motivos que interesan al estado". En tanto que se permitió la salida de su familia en una fecha posterior, de Céspedes permanecía en el país al concluir el año.

Elizardo Sánchez Santa Cruz, presidente de Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional, solicitó un permiso de salida para asistir a la Conferencia Latinoamericana de Derechos Humanos en Ciudad México. En junio, antes de que el gobierno pudiera responder a su solicitud, Sánchez solicitó de emergencia un visado por defunción en su familia. Sánchez visitó varios países antes de regresar a Cuba. En octubre se le permitió salir nuevamente del país para asistir a otra conferencia sobre derechos humanos en la República Checa.

En septiembre el presidente de la organización ambiental Naturpaz viajó para hacer una visita a Estados Unidos.

El gobierno también niega habitualmente el permiso de salida a los jóvenes que están por cumplir la edad del servicio militar hasta que cumplan 27 años, incluso cuando se haya autorizado la salida del resto de la familia. Sin embargo, en la mayoría de los casos en que se autoriza la migración a Estados Unidos conforme al acuerdo de migración entre Estados Unidos y Cuba, del 1 de septiembre de 1994, a los aspirantes se les exime finalmente del servicio obligatorio y se les concede el permiso de salida.

El gobierno tiene por norma negar el permiso de salida durante varios años a los parientes de las personas que han logrado emigrar ilegalmente (por ejemplo, los marinos mercantes que han desertado en el extranjero y las figuras del deporte que han desertado cuando estaban de gira en el exterior).

En junio, Pedro Riera Escalante, quien antes fuera cónsul de cuba y funcionario de los servicios de inteligencia en Ciudad México, fue condenado por un tribunal a seis años de cárcel por salir ilegalmente del país, utilizar documentos falsificados y sobornar a funcionarios para hacer posible su partida. Escalante se había desvinculado del gobierno y buscaba asilo político en México. Sin embargo, en octubre fue deportado a la fuerza por las autoridades mexicanas.

Los migrantes que van a Estados Unidos deben pagar 600 dólares por adulto y 400 dólares por niño, además del pasaje aéreo. Estos costos oficiales por el examen médico, pasaporte y visado de salida, que se abonan en dólares, equivalen para un profesional al salario acumulado en pesos de cinco años y representan una carga considerable, sobre todo para los refugiados políticos que suelen ser personas marginadas y sin ingresos. En 1996, el gobierno permitió la salida anual de 1.000 refugiados necesitados con el pago de tarifas reducidas. Sin embargo, después de la salida del primer grupo de 1.000 en 1996, no se ha permitido a ningún otro refugiado las tarifas reducidas. Para finales del año, de los 1001 refugiados autorizados 21 permanecían en el país por no poder pagar las tarifas oficiales de salida para sí y su familia.

El Código Penal establece penas de prisión de uno a tres años o multas de 15 a 50 dólares (de 300 a 1.000 pesos) por el intento de salida no autorizada en barco o balsa. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados (ACNUR) ha declarado que considera rigurosa y excesiva una pena de más de un año por tratar de salir ilegalmente. Bajo las condiciones del acuerdo de migración entre Cuba y Estados Unidos, del 2 de mayo de 1995, el gobierno se comprometió a no procesar o tomar represalias contra los balseros devueltos a Cuba de aguas internacionales o norteamericanas, o desde la base naval de Estados Unidos en Guantánamo, luego de intentar emigrar ilegalmente.

En 1994, el gobierno mitigó las restricciones a las visitas y la repatriación de emigrantes cubanos. Los cubanos que establecen residencia en el extranjero y están en posesión de un permiso de residencia en el extranjero expedido por el gobierno pueden viajar a Cuba sin visado. El gobierno redujo la edad de las personas que tienen derecho a viajar al extranjero de 20 a 18 años y amplió el período de estancia temporal en el extranjero de 6 a 11 meses. En 1995, el gobierno anunció que los emigrantes a quienes no se considerase implicados en "actividades hostiles" contra el gobierno y no estuviesen sujetos a procedimientos penales en su país de residencia podían solicitar en los consulados cubanos un permiso de viaje renovable de entradas múltiples, válido para dos años. Sin embargo, en 1999, el gobierno anunció que no se concedería el permiso de entrada a los emigrantes que hubieran abandonado el país ilegalmente después de septiembre de 1994. Todavía no se ha podido esclarecer si el gobierno está, efectivamente, poniendo en práctica esta norma.

La Constitución dispone la concesión de asilo a las personas que sufren persecución "por causa de sus ideales o lucha en pro de los derechos democráticos contra el imperialismo, fascismo, colonialismo y neocolonialismo; contra la discriminación y el racismo; en pro de la liberación nacional; en pro de los derechos de trabajadores, campesinos y estudiantes, en pro de sus actividades políticas, científicas, artísticas y literarias progresistas; en pro del socialismo y de la paz". Sin embargo, el gobierno no dispone de ningún mecanismo oficial para ofrecer asilo a ciudadanos extranjeros. No obstante, el gobierno respeta el principio básico del asilo y lo ha concedido a un pequeño número de personas. No se tienen información acerca de su utilización durante el año. Un total de 93 personas aplicaron al estatuto de refugiado en el año y 25 fueron aprobados; de acuerdo a ACNUR hay 1036 refugiados en el país. No se conocen casos de personas que hayan sido forzadas a regresar a países donde temen ser perseguidas.

Sección 3. El respeto de los derechos políticos: el derecho de los ciudadanos a cambiar de gobierno

Los ciudadanos no tienen derecho legal de cambiar su gobierno o de abogar por el cambio, y el gobierno toma represalias sistemáticas contra los que buscan un cambio político pacífico. La Constitución proscribe toda organización política que no sea el partido comunista. Aun cuando la Constitución dispone la elección directa de los miembros de las Asambleas provinciales, municipales y de la Asamblea Nacional, los candidatos tienen que ser aprobados de antemano por organizaciones de masas controladas por el gobierno. En la práctica, un pequeño grupo de dirigentes, bajo el mando del presidente Castro, selecciona a los miembros de los órganos supremos encargados de formular la política en el Partido comunista: el Buró Político y el Comité Central.

Las autoridades ejercen un control riguroso en la selección de los candidatos y todas las elecciones para los cargos en el gobierno y el partido. Los comités de candidaturas están integrados por miembros de organizaciones de masas tales como la Confederación de Trabajadores Cubanos (CTC) y los CDR, que están encargados de seleccionar candidatos, cuyos nombres se envían a las asambleas municipales, las cuales, a su vez, seleccionan un solo candidato para cada escaño regional en la ANPP. Nunca se ha permitido a un candidato independiente o de oposición competir por un cargo nacional.

En enero de 1998, el gobierno realizó elecciones nacionales, en las que 601 candidatos fueron aprobados para competir por los 601 escaños de la Asamblea Nacional. Según información de los medios oficiales, estos candidatos obtuvieron más del 93% del voto. No se permitió presentarse a las elecciones a ningún candidato de opiniones independientes o contrarias al gobierno, y en los medios nacionales de información, controlados por el gobierno, no se expresó ninguna opinión contraria a la del gobierno o el Partido comunista. El gobierno saturó los medios de información y se valió de los ministerios gubernamentales, los órganos del Partido comunista y las organizaciones de masas para instar a los electores a emitir un "voto unificado", marcando una casilla que selecciona automáticamente a todos los candidatos indicados en la papeleta. En la práctica, el Partido comunista aprobó a los candidatos a todos los cargos. Una pequeña minoría de los candidatos no pertenecía oficialmente al Partido Comunista. El Partido Comunista fue el único partido político autorizado a participar en las elecciones.

Los diputados de la Asamblea Nacional, los delegados de las asambleas provinciales y los miembros del Consejo del Estado son elegidos cada cinco años en elecciones generales. Las elecciones municipales se celebran cada 21/2 años para seleccionar 14.686 representantes locales a las asambleas municipales, el escalón más bajo de la estructura del gobierno. En abril de 2000, el gobierno celebró elecciones para seleccionar a los candidatos locales para representantes en las asambleas municipales. Los medios impresos del gobierno informaron que el 98 por ciento de los votantes fueron a las urnas. Un poco más del 50 por ciento de los que resultaron elegidos eran titulares del cargo, el 20 por ciento eran mujeres y la edad del 9 por ciento de todos los candidatos oscilaba entre los 16 y 30 años. Según los informes el número de papeletas en blanco en todo el país se redujo de 3,2 a 2,8 por ciento, en tanto que el número de papeletas anuladas disminuyó hasta un 3 por ciento frente a un 4 por ciento de las elecciones anteriores.

Si bien no es un requerimiento formal, ser miembro del Partido Comunista es de hecho un prerrequisito para ocupar altos cargos oficiales y para los ascensos profesionales.

El gobierno rechaza todo cambio del sistema político que juzgue incompatible con la revolución y pasó por alto y suprimió activamente los llamados a la reforma democrática. Si bien el presidente Castro firmó la Declaración de Viña del Mar durante la Sexta Cumbre Iberoamericana en 1996, en la que los líderes de los gobiernos reafirmaron su compromiso con la democracia y el pluralismo político, el gobierno siguió oponiéndose a la actividad política independiente con el argumento de que el sistema nacional permite una forma "perfeccionada" de democracia y que existe el pluralismo dentro de la estructura monopartidista.

Los puestos principales en el gobierno continúan dominados por los hombres. Aunque no hay impedimentos legales para el voto de la mujer, ejercer cargos políticos o ejercer el liderazgo político, el porcentaje de mujeres en el gobierno y la política no corresponde a su porcentaje en la población. Hay muy pocas mujeres o personas de grupos minoritarios en cargos responsables en el gobierno o en el partido. Hay dos mujeres en el Buró Político de 24 miembros, 18 en el Comité Central de 150 miembros y 166 en la ANPP de 601 bancas. Aunque los negros y las personas de ascendencia africana representan más de la mitad de la población, solamente ocupan seis bancas en el Buró Político.

Sección 4 - La actitud del gobierno con respecto a la investigación internacional y no gubernamental de supuestas violaciones de derechos humanos

El gobierno no reconoce ningún grupo interno de derechos humanos, ni le permite funcionar legalmente. El gobierno somete a los defensores internos de los derechos humanos a intensa intimidación, hostigamiento y represión. El gobierno, en violación de sus propios estatutos, se niega a considerar las solicitudes de reconocimiento jurídico presentadas por grupos observadores de derechos humanos (véase la Sección 2.b.).

Los disidentes creen generalmente que la mayoría de las organizaciones de derechos humanos han sido infiltradas y están sujetas a vigilancia constante. Los activistas creen que algunos, quizás muchos de los disidentes, son miembros de la Seguridad del Estado o personas que intentan calificar para obtener la condición de refugiados con el fin de abandonar el país.

En su informe de 1997, la CIDH examinó las medidas adoptadas por el gobierno y encontró que las mismas no "formaban la base de una reforma sustantiva en el actual sistema político que permitiría el pluralismo ideológico y partidista implícito en el manantial del que surge un sistema democrático de gobierno". La CIDH recomendó que el gobierno permita salvaguardias razonables para prevenir violaciones de los derechos humanos, liberar incondicionalmente a los presos políticos y los encarcelados por tratar de abandonar el país, abrogar el concepto de peligrosidad en el código penal, eliminar otras restricciones legales a las libertades básicas, cesar de hostigar a los grupos de derechos humanos y establecer la separación de poderes, de modo que el poder judicial ya no esté subordinado al poder político (ver Secciones 1.c. y 1.e.).

El 8 de mayo, un agente de seguridad del estado confiscó las peticiones firmadas que Carlos Brizuela había recogido en nombre del Proyecto Varela. Este proyecto, auspiciado por el Movimiento Cristiano de Liberación y dirigido por Oswaldo Paya Sardinas, tiene como fin recoger 10.000 firmas de ciudadanos que solicitan un referéndum popular, según prescribe la Constitución de 1976, sobre la necesidad de hacer cambios políticos y económicos. El Proyecto Varela propone cinco áreas en las que se deben modificar las leyes tomando en cuenta los derechos constitucionales existentes, entre ellos el derecho de libre expresión, el derecho de libre asociación, la amnistía para los encarcelados por "motivos políticos", el derecho de establecer empresas y una nueva ley electoral que permita a los ciudadanos votar por varios candidatos como una forma más acertada de practicar la "democracia participativa".

El gobierno ha rechazado permanentemente la participación de observadores internacionales de derechos humanos. En 1992 el representante del país en la ONU declaró que Cuba no reconocería el mandato de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDHNU) en relación con Cuba y no cooperaría con el Relator Especial para Cuba, a pesar de que Cuba es miembro de la CDHNU. Esta política siguió sin cambiar y el gobierno se negó hasta a reconocer las solicitudes del relator especial de visitar el país. En 1998, la CDHNU no renovó el mandato del relator especial, después de aseveraciones no cumplidas de parte del gobierno cubano de que mejoraría las prácticas de derechos humanos si no estuvieran bajo la sanción formal de la CDHNU.

Al igual que en 2000, la CDHNU volvió a aprobar una resolución, el 18 de abril, presentada por la República Checa, que expresaba preocupación por la situación de los derechos humanos en el país. A diferencia del año anterior, no hubo marchas organizadas frente a la embajada checa en La Habana.

Sección 5 - Discriminación basada en raza, sexo, religión, incapacidad, idioma o condición social

Cuba es una sociedad multirracial con una mayoría de raza negra o mixta. La Constitución prohíbe la discriminación basada en la raza, el sexo o el origen nacional, si bien hay pruebas que sugieren que la discriminación racial ocurre frecuentemente.

Mujeres

La prensa informa raramente sobre crímenes violentos y no existe información públicamente disponible acerca de la incidencia de violencia doméstica y violación sexual; sin embargo, defensores de los derechos humanos informan que la violencia contra la mujer es un problema. La ley establece castigos severos a la violación, y el gobierno parece aplicar la ley contra la violación; sin embargo, conforme a defensores de los derechos humanos, la policía no actúa en casos de violencia doméstica.

La relatora especial de la ONU para la violencia contra la mujer, visitó el país en 1999 y publicó en febrero de 2000 un informe sobre sus hallazgos. El informe señala que la mayoría de los funcionarios gubernamentales no consideran la violencia contra la mujer un problema frecuente. Sin embargo, activistas a nivel popular están al tanto de los problemas de violencia que afectan a la mujer. La Relatora urgió al gobierno que apruebe medidas amplias para aumentar la protección jurídica de la mujer e instó específicamente a que se adopte legislación que aborde la violencia doméstica y el hostigamiento sexual.

La prostitución es legal para las personas mayores de 17 años; sin embargo, el proxenetismo o beneficiarse de otra manera de la prostitución constituye un delito. La prostitución ha aumentado mucho en los últimos años; informes de prensa indican que turistas de varios países visitan el país específicamente para utilizar los servicios de prostitutas baratas. Las medidas enérgicas contra la prostitución aprobadas por el gobierno a fines de 1998, tuvieron inicialmente algún efecto, pero las prostitutas (conocidas como "jineteras") seguían visibles en La Habana y otras ciudades principales durante el año. El éxito inicial se debió a que se estacionó policías en casi todas las esquinas de las calles principales frecuentadas por turistas. Se sospecha que algunos funcionarios policiales en la calle ofrecen protección a las jineteras. La mayoría de los observadores cree que el gobierno tomó medidas contra la prostitución para combatir la idea de que fomenta el turismo sexual. El gobierno estableció centros para sacar a las prostitutas de la calle y reeducarlas; el centro más reciente se abrió supuestamente en septiembre, en Valle Grande, cerca de La Habana. En su informe de febrero 2000, la Relatora Especial de la ONU Sobre la Violencia Contra la Mujer recomendó que el gobierno cierre los centros y encuentre "otros mecanismos que no infrinjan los derechos de las prostitutas". No hubo información disponible para saber si el gobierno desmanteló o no esos centros.

El Código de Familia declara que las mujeres y los hombres tienen derechos y responsabilidades iguales en el matrimonio, el divorcio, la crianza de los hijos, el mantenimiento del hogar y el ejercicio de profesiones. La mujer está sujeta a las mismas restricciones que los hombres en lo que respecta a la posesión de propiedades. El primero de mayo fue modifica la ley de maternidad para dar un año de licencia por maternidad, un aumento de las 18 semanas vigentes. La ley otorga a las madres que trabajan acceso preferencial a bienes y servicios. Aproximadamente 40 por ciento de todas las mujeres trabaja, y están bien representadas en muchas profesiones. Según la Federación de Mujeres Cubanas (FMC), en el 2000 las mujeres ocuparon el 33 por ciento de los cargos administrativos. La FMC afirmó también que 11.200 mujeres han recibido parcelas de tierras para cultivo; que más de 561.000 mujeres han empezado a trabajar como trabajadoras agrícolas, y que las mujeres dedican 34 horas semanales al trabajo doméstico, aproximadamente la misma cantidad de horas que dedican al trabajo fuera del hogar.

Niños

La Constitución estipula que el gobierno protege a la familia, la maternidad y el matrimonio. Declara asimismo que los niños, legítimos o no, tienen los mismos derechos conforme a la ley, y señala las obligaciones de los padres para protegerlos. La educación es gratuita y obligatoria hasta el noveno grado, pero se basa en la ideología marxista. La formación integral de los menores es responsabilidad de las organizaciones y escuelas estatales. El sistema nacional de cuidado de la salud cubre a todos los ciudadanos.

No existe ninguna pauta social de abuso de menores. Sin embargo, la prostitución de menores es un problema, y hay muchachas jóvenes que se dedican a la prostitución para ayudar a sostenerse a sí mismas y a sus familias. Es ilegal que un menor de 17 años se dedique a la prostitución. A fines de 1998 la policía empezó a aplicar esta ley más activamente y continuó haciéndolo durante todo el año, como parte de sus medidas enérgicas contra la prostitución en general. Sin embargo, el fenómeno continúa a medida que se abren más cabarets y discotecas para la creciente industria turística, que facilita a los turistas entrar en contacto con la prostitución infantil.

Los funcionarios policiales que encuentran a niños holgazaneando en las calles o mendigando de los turistas intervienen frecuentemente y tratan de encontrar a los padres. Si la policía encuentra a un niño molestando por segunda vez a turistas, con frecuencia multa a los padres del niño.

Personas incapacitadas

La ley prohíbe la discriminación basada en la incapacitación, y ha habido algunas quejas sobre este tipo de discriminación.

La ley prohíbe la discriminación por motivo de incapacidad física, y ha habido pocas quejas de tal discriminación. El 15 de enero, Juan Carlos González Leyva and Luis Esteban Alvarez de la Fraternidad de Ciegos Independientes de Cuba (FRACIC) enviaron una carta al presidente Castro quejándose de la difícil situación que afrontaban los invidentes. Acusaban al gobierno de falta de voluntad ante esta situación. La carta se refería específicamente al incidente ocurrido en noviembre de 2000 en una operación especial de las fuerzas policiales en la que desalojaron forzosamente a varios discapacitados impidiendo que vendieran sus productos en la zona centro de La Habana. La policía arrestó a dos personas y el tribunal sentenció a una de ellas a un año de cárcel por vender artículos robados.

No hay leyes que ordenen que los edificios sean accesibles a personas con incapacidad física. En la práctica son raros los edificios y medios de transportación que sean accesibles a personas con incapacidad física.

Minorías nacionales, raciales, étnicas

Muchas personas de ascendencia africana se han beneficiado, a partir de la revolución de 1959, del acceso a la educación y el cuidado médico básico, y los negros constituyen una gran parte de la fuerza policial y el personal reclutado del ejército. No obstante, la discriminación racial ocurre frecuentemente, y es reconocida públicamente por altos funcionarios gubernamentales, incluso por Castro en declaraciones en la Conferencia Mundial sobre el Racismo, realizada en Sudáfrica. Castro admitió que el racismo ha sido erradicado. Ha habido numerosos informes sobre un número desproporcionado de hostigamientos policiales a jóvenes negros. Los desalojos, agravados por el Decreto 217, estaban dirigidos principalmente contra personas y familias de las provincias orientales, que tradicionalmente son zonas de poblaciones de raza negra o mixta (ver Sección 2.d.).

Sección 6 - Derechos de los trabajadores

a. Derecho de asociación

La Constitución da prioridad a las necesidades estatales o colectivas sobre las preferencias individuales en lo que respecta a la libre asociación o provisión de empleo. Las demandas de la economía y la sociedad tienen precedencia sobre las preferencias personales de los trabajadores. La ley prohíbe las huelgas; no se conoce que haya habido alguna. Las organizaciones laborales oficiales establecidas tienen una función de movilización y no actúan como sindicatos laborales, no promueven los derechos del trabajador, ni reconocen el derecho de huelga. Estas organizaciones están bajo el control del estado y del Partido Comunista, los que también administran las empresas para las que los obreros trabajan.

El Partido Comunista elige los dirigentes de la única confederación laboral legal, la Confederación de Trabajadores Cubanos, cuya principal responsabilidad es asegurar que se cumpla las metas de producción gubernamentales. A pesar de las negativas expresadas en foros internacionales, el gobierno prohíbe explícitamente los sindicatos independientes y ninguno ha sido reconocido. Esta condición no ha cambiado desde que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) halló en 1992 que el gobierno violaba las normas de la OIT pertinentes a la libre asociación y el derecho de organizarse. Aquellos que intentan dedicarse a actividades sindicales no oficiales encaran la persecución del estado.

Los trabajadores pueden perder, y en efecto han perdido, sus empleos por sus creencias políticas, incluso por negarse a unirse al sindicato oficial. Se han creado varias organizaciones laborales independientes pequeñas, pero las mismas operan sin reconocimiento legal y son incapaces de representar eficazmente a los trabajadores o de actuar en su favor. El gobierno hostiga activamente a estas organizaciones.

El 26 de enero, el gobierno puso en libertad a Pedro Pablo Alvarez Ramos, secretario general del Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos (CUTC) sin haber formulado cargos en su contra, tras haber sido arrestado en octubre de 2000. El 3 de febrero, Jordanis Rivas Hernández y Cecilia Chavez González, ambos trabajadores en la instalación de una agroindustria de la provincia de Villa Clara, fueron despedidos por "falta de confianza", según se alegó en alusión a su participación en los movimientos laborales independientes (véase Sección 1.f.). El 8 de junio, el activista laboral independiente José Orlando González Bridón de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba fue sentenciado a dos años de cárcel (véase Sección 1.e.). Fue liberado tras cumplir un año de su sentencia incluyendo el tiempo que pasó detenido antes de su juicio. El 23 de julio, la policía detuvo por unas breves horas a Néstor González Pentón, miembro de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba en Santa Clara. Durante el interrogatorio se le informó a González que si no se colocaba pronto en un empleo sería encarcelado por "peligrosidad". La mayoría de los disidentes pierden sus puestos de trabajo y permanecen en paro. El único trabajo que se les ofrece es en la limpieza de las calles. El 3 de septiembre se celebró la primera conferencia nacional de la Confederación de Trabajadores Independientes en la casa de la periodista independiente Aleida Godínez Soler. Catorce de los 30 delegados llegaron antes de que las fuerzas de seguridad ordenasen a las personas a abandonar el lugar, y dos personas fueron detenidas y puestas en libertad el mismo día. En el documento llamado "Declaración de Septiembre", los miembros reafirmaban su compromiso de denunciar violaciones laborales y de colaborar con trabajadores que eran despedidos de forma arbitraria de sus puestos de empleo por motivos políticos.

La CTC es miembro de la Federación Mundial de Sindicatos, de orientación comunista, en el pasado dominada por la Unión Soviética.

b. Derecho de organizarse y negociar colectivamente

No existe la negociación colectiva. El Comité Estatal de Trabajo y Seguro Social (CETSS) fija los sueldos y salarios en el sector estatal, que es casi el único empleador en el país. Puesto que todos los sindicatos legales son entidades del gobierno, no existe, por definición, la discriminación antisindical.

La Ley de Inversiones Extranjeras de 1995 (Ley 77) siguió denegando a los trabajadores el derecho, sin permiso especial del gobierno, de contratar directamente con las compañías extranjeras que invierten en el país. Si bien unas pocas firmas han logrado negociar excepciones, el gobierno exige que los inversionistas extranjeros contraten a los trabajadores a través de las agencias de colocaciones del estado, a las que se paga en moneda extranjera y, a su vez, pagan a los trabajadores salarios muy bajos en pesos cubanos. Los trabajadores subcontratados por las agencias de colocaciones del estado deben satisfacer ciertas condiciones políticas. Según el ministro de Industrias Básicas, Marcos Portal, las agencias de colocaciones del estado consultan al Partido, a la CTC y a la Unión de Jóvenes Comunistas para asegurar que los trabajadores seleccionados merecen trabajar en una empresa conjunta.

No existen zonas francas industriales, si bien la ley autoriza el establecimiento de zonas de libre comercio y parques industriales.

c. Prohibición del trabajo forzado u obligatorio

Ni la Constitución ni el Código Laboral prohíben el trabajo forzado. El gobierno mantiene centros de corrección a donde envía a las personas que cometen delitos tales como la peligrosidad. A los presos detenidos allí se los fuerza a trabajar en granjas u obras de construcción. Las autoridades frecuentemente encarcelan a los reclusos que no cooperan.

El gobierno emplea grupos especiales de trabajadores, conocidos como "microbrigadas", que son reasignados temporalmente de sus trabajos habituales, para trabajar en proyectos de construcción especiales. Estas microbrigadas son cada vez más importantes para los esfuerzos del gobierno de completar proyectos turísticos y otras obras que tienen prioridad. Los trabajadores que se niegan a ofrecerse voluntariamente para estos trabajos muchas veces arriesgan discriminación o pérdida del empleo. Los trabajadores de las microbrigadas supuestamente reciben consideración prioritaria en la asignación de viviendas. Las fuerzas militares asignan a algunos reclutas al Ejército de Trabajadores Juveniles, en el que cumplen sus dos años de servicio militar obligatorio trabajando en granjas que abastecen a las fuerzas armadas y a la población civil.

El gobierno prohíbe el trabajo forzado y obligatorio de menores; sin embargo, el gobierno exige a los niños trabajar sin remuneración. Todos los estudiantes mayores de once años deben dedicar de 30 a 45 días de sus vacaciones de verano al trabajo agrícola, hasta ocho horas por día. El Ministerio de Agricultura utiliza extensamente en el sector agrícola el "trabajo voluntario" de las brigadas de trabajadores estudiantiles.

d. Estatuto de las prácticas del trabajo infantil y la edad mínima para empleos

La edad mínima legal de trabajo es 17 años. Sin embargo, el Código Laboral permite el empleo de menores de 15 y 16 años para obtener entrenamiento o compensar por escaseces laborales. La ley exige la asistencia escolar hasta el noveno grado, y esta ley se respeta generalmente. El gobierno prohíbe el trabajo infantil forzado u obligatorio; sin embargo, alienta vigorosamente que los niños trabajen sin recibir remuneración (véase la Sección 6.c.). De acuerdo a los reglamentos escolares, el rechazo a realizar tareas agrícolas podría afectar las posibilidades del estudiante de seguir sus estudios en la institución.

e. Condiciones de trabajo aceptables

El salario mínimo varía según la ocupación y lo fija el CETSS. Por ejemplo, el salario mínimo mensual de una sirvienta es de 8.25 dólares (165 pesos); el de un empleado de oficina bilingüe es de 9.50 dólares (190 pesos); y el de un jardinero es de 10.75 dólares (216 pesos). El gobierno suplementa el salario mínimo con educación gratuita y cuidado médico subsidiado (aunque reduce la paga diaria un 40 por ciento después del tercer día de haber sido internado en un hospital), vivienda y alguna comida (esta comida subsidiada alcanza aproximadamente para una semana por mes). Sin embargo, hasta con estos subsidios, el salario mínimo no permite a un trabajador y su familia un nivel de vida decente. La corrupción y el mercado negro están generalizados. El gobierno raciona la mayoría de las necesidades básicas como los alimentos, la ropa y el gas de cocina, todos muy escasos.

El gobierno exige a las compañías extranjeras de empresas conjuntas con entidades del estado contratar y remunerar a los trabajadores por intermedio del estado (ver Sección 6.b.). HRW observó que la dependencia de las agencias de colocaciones controladas por el estado, hace que los trabajadores no tengan ninguna capacidad de negociar directamente en lo que respecta a sus salarios, prestaciones sociales, las bases de sus ascensos y la duración de sus períodos de prueba en el trabajo con el empleador. Las firmas extranjeras pagan al gobierno entre 500 a 600 dólares mensuales por trabajador y éste, a su vez, recibe del gobierno sólo un pequeño salario en pesos.

La semana de trabajo regular es de 44 horas, con días de trabajo más cortos en ocupaciones peligrosas, como la industria minera. El gobierno redujo el día de trabajo en algunas oficinas gubernamentales y empresas estatales para ahorrar energía.

Los controles medioambientales y de seguridad en los lugares de trabajo usualmente son inadecuados, y el gobierno carece de mecanismos efectivos para su aplicación. Los accidentes industriales parecen ser frecuentes, pero el gobierno suprime esos informes. El Código Laboral establece que un trabajador que considera que su vida peligra por causa de condiciones peligrosas tiene el derecho de no trabajar en su puesto o de no participar en actividades específicas hasta tanto esos riesgos hayan sido eliminados. Conforme al Código Laboral, el trabajador está obligado a trabajar temporalmente en cualquier otro puesto que se le asigne, por el salario que estipule la ley.

f. Tráfico de personas

El Código Penal prohíbe el tráfico de personas a través del país y desde él y fijó los siguientes castigos a las infracciones, de 7 a 15 años de prisión por organizar o cooperar en la introducción ilegal de extranjeros en el país; de 10 a 20 años de prisión por entrar en el país para sacar ilegalmente a personas; y de 20 años de prisión a cadena perpetua por usar violencia, causar daño o muerte o poner vidas en peligro, al dedicarse a tal introducción ilegal. Estas disposiciones están dirigidas principalmente a personas que se dedican la introducción ilegal organizada de inmigrantes potenciales. Además, el código modificado hace que sea ilegal promover u organizar la entrada o salida de personas con el propósito de ejercer la prostitución; los infractores están sujetos a entre 20 y 30 años de prisión.

No hubo informes de personas objeto de tráfico hacia, desde, dentro o a través del país con el propósito de proveer trabajo o servicios forzados.

http://usinfo.state.gov/espanol/cubahr01.htm

 

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Other reports

Human Rights Watch Report Cuba - 2002

Cuba - Country Report 2000 / Committee to Protect Journalists

Agresiones a la prensa en 2001 / RSF

Cuba / Country Reports on Human Rights Practices -2000


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