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U.S. Department
of State. Distribuido por la Oficina
de Programas de Información Internacional del Departamento
de Estado de Estados Unidos.Marzo 4, 2002.
CUBA
Cuba
es un estado totalitario controlado por el presidente Fidel
Castro, quien es jefe de estado, jefe del gobierno, primer
secretario del Partido Comunista y comandante en jefe de las
fuerzas armadas. El presidente Castro controla todos los aspectos
de la vida cubana a través del Partido Comunista y
sus organizaciones de masa afiliadas, la burocracia gubernamental
y el aparato de seguridad del Estado. El Partido Comunista
es la única entidad política legal y el presidente
Castro escoge personalmente a los miembros del Buró
Político, el selecto grupo que encabeza el partido.
No hay elecciones competitivas de los 601 miembros de la Asamblea
Nacional del Poder Popular (ANPP), que se reúne dos
veces al año durante unos pocos días para refrendar
mecánicamente las decisiones y políticas ya
formuladas por el gobierno. El partido controla todos los
puestos gubernamentales, incluso los cargos judiciales. El
poder judicial está completamente subordinado al gobierno
y al Partido Comunista.
El Ministerio
del Interior es el órgano principal de la seguridad
del estado y el control totalitario. Oficiales de las Fuerzas
Armadas Revolucionarias (FAR), dirigidas por el hermano del
presidente Castro, Raúl, han sido designados para ocupar
la mayoría de los cargos claves del Ministerio del
Interior en años recientes. Además de las funciones
policiales rutinarias de regular la migración y controlar
la Guardia de Fronteras y las fuerzas policiales regulares,
el Departamento de Seguridad del Estado del Ministerio del
Interior investiga y reprime activamente la oposición
y la disidencia. Mantiene un sistema penetrante de vigilancia
mediante el uso de agentes encubiertos, informantes, las Brigadas
de Respuesta Rápida y los Comités de Defensa
de la Revolución (CDR). El gobierno ha utilizado tradicionalmente
a los CDR como medio de movilizar la población en contra
de los disidentes, para imponer la conformidad ideológica
y para desarraigar la conducta "contrarrevolucionaria". A
principios de la década de los años 90, los
problemas económicos redujeron la capacidad del gobierno
de recompensar la participación en los CDR, y con ello
la voluntad de los ciudadanos de participar en ellos, lo que
ha tenido como resultado una pérdida de su eficacia.
Otras organizaciones de masa también contribuyen al
control, por parte del gobierno y del Partido Comunista, de
las actividades diarias de cada ciudadano en el hogar, el
trabajo y la escuela. Los miembros de las fuerzas de seguridad
cometen graves violaciones de los derechos humanos.
El gobierno
continuó controlando todos los medios importantes de
producción y siguió siendo el principal empleador,
a pesar de permitir alguna inversión extranjera, cuidadosamente
controlada, en empresas mixtas. A los empleadores extranjeros
se les permite contratar trabajadores sólo a través
de agencias estatales, que reciben pagos en divisa dura por
la labor de los trabajadores, pero, a su vez, les pagan a
los trabajadores una pequeña fracción de esos
pagos (generalmente el 5 por ciento) en moneda cubana. En
1998 el gobierno continuó abrogando ciertos cambios
que habían conducido a un aumento de la actividad empresarial
legal no gubernamental, cuando aumentó las restricciones
en el sector del empleo por cuenta propia al reducir el número
de categorías permitidas y cobrar impuestos relativamente
elevados a las personas que trabajaban en sus propias empresas.
En septiembre de 2000 el ministro de Trabajo y Seguridad Social
declaró públicamente que habrían de promulgarse
leyes más restrictivas para regular el empleo por cuenta
propia. Sugirió que el ministerio del Interior, la
Oficina Nacional de Impuestos y el ministerio de Finanzas
actuaran coordinadamente para reducir las "actividades ilegales"
de muchos empleados por cuenta propia. Según funcionarios
gubernamentales, la cantidad de personas empleadas por cuenta
propia era al mes de octubre era de 109.562, una disminución
en comparación con las 124.082 que se informó
en 1999. Si se incluye a artistas e intelectuales la cantidad
de personas empleadas por cuenta propia sube a 154.132.
De acuerdo
con las cifras oficiales, la economía creció
3,6 por ciento durante el año. A pesar de esto, el
producto económico general sigue por debajo de los
niveles anteriores a la caída -- que llegó a
por lo menos un 35 por ciento del producto interno bruto --
ocurrida a principios de la década de los años
90, debido al ineficiente sistema económico de control
centralizado; a la pérdida de miles de millones de
dólares anuales provenientes del bloque comercial soviético
y los subsidios soviéticos; al continuo deterioro de
plantas, equipos y el sistema de transporte; y al continuo
mal desempeño del importante sector azucarero. La zafra
de 2000-2001 fue de apenas por encima de 3,5 millones de toneladas,
la segunda peor zafra en más de 50 años. En
noviembre el huracán Michelle mató a cinco personas
y provocó graves daños en decenas de miles de
viviendas, el sistema de telecomunicaciones, y la infraestructura
eléctrica; también destruyó mucho de
los cultivos de cítricos para la exportación
y afecto al 54 por ciento de los cultivos de caña de
azúcar. El gobierno mantuvo sus medidas de austeridad
conocidas como el "período especial en tiempo de paz",
aplicadas desde principios de la década de 1990. Los
mercados campesinos, permiten a los consumidores más
acceso a la carne y hortalizas, aunque sus precios están
fuera del alcance de la mayoría de los cubanos cuyos
ingresos consisten exclusivamente en pesos. Dadas estas condiciones,
la corriente de centenares de millones de dólares en
remesas que envía la comunidad del exilio ayuda significativamente
a sobrevivir a aquellos que reciben dólares. El turismo
siguió siendo una fuente clave de ingresos para el
gobierno. Continúa el sistema de "apartheid turístico",
con visitantes extranjeros que pagan con divisa dura y tienen
preferencia por encima de los ciudadanos para obtener comida,
productos de consumo y servicios médicos. La mayoría
de los ciudadanos continúan excluidos de los hoteles,
playas y balnearios turísticos.
El historial
del gobierno en materia de derechos humanos siguió
siendo malo. Continuó violando sistemáticamente
los derechos políticos y civiles fundamentales de sus
ciudadanos. Los ciudadanos no tienen el derecho de cambiar
pacíficamente su gobierno. Presos murieron en prisión
por la falta de atención médica. Miembros de
las fuerzas de seguridad y funcionarios del sistema carcelario
continuaron con las palizas y otros abusos en contra de los
detenidos y prisioneros. El gobierno se abstuvo de enjuiciar
o castigar adecuadamente a los miembros de las fuerzas de
seguridad y guardias carcelarios que cometieron tales abusos.
Las condiciones en las prisiones siguen siendo rigurosas.
Las autoridades continuaron rutinariamente hostigando, amenazando,
arrestando arbitrariamente, deteniendo, apresando y difamando
a los defensores de los derechos humanos y a los miembros
de asociaciones profesionales independientes, entre ellos
periodistas, economistas y abogados, frecuentemente para coaccionarlos
para que salgan del país. El gobierno usó el
exilio interno y externo contra esas personas y a los presos
políticos se les ofreció escoger entre el exilio
y el encarcelamiento continuado. El gobierno negó el
debido proceso de ley a los disidentes y a los defensores
de los derechos humanos y los sometió a juicios injustos.
El gobierno infringió el derecho de los ciudadanos
a la intimidad personal. El gobierno les negó a los
ciudadanos las libertades de expresión, prensa, reunión
y asociación. Limitó la distribución
de publicaciones y noticias extranjeras al grupo selecto de
fieles militantes del partido, y mantuvo para el resto del
público una estricta censura de noticias e información.
El gobierno restringió algunas actividades religiosas
aunque permitió otras. El gobierno limitó el
ingreso de trabajadores religiosos. El gobierno mantuvo estrictas
restricciones a la libertad de movimientos, incluyendo la
libertad de viajar al extranjero y a algunos ciudadanos no
les permitió salir del país. El gobierno rechazó
áspera y públicamente todas las críticas
a sus prácticas en materia de derechos humanos y procuró
desalentar y obstaculizar los contactos con activistas de
derechos humanos en el extranjero. La violencia contra la
mujer, especialmente la violencia doméstica y la prostitución
infantil se han convertido en problemas. Se dieron casos de
discriminación racial. El gobierno restringió
severamente los derechos de los trabajadores, inclusive el
derecho de formar sindicatos independientes. El gobierno prohíbe
el trabajo infantil forzado o en pago de deudas; sin embargo,
requiere que los niños realicen trabajos agrícolas
sin remuneración.
RESPETO
A LOS DERECHOS HUMANOS
Sección
1 Respeto a la Integridad de la Persona, Inclusive Estar Libre
de:
a. Ejecuciones
Políticas y Otras de Tipo Extrajudicial
No hubo
nuevos informes sobre el resultado de cualquiera de las investigaciones
sobre la muerte de Leovigildo Oliva y Leonardo Horta Camacho,
a quienes la policía supuestamente disparó y
mató en el año 2000.
Durante
el año hubo informes de que algunos presos murieron
en prisión debido a la falta de atención médica
(véase Sección 1.c.)
El gobierno
todavía no ha indemnizado a los sobrevivientes y familiares
de las víctimas por los daños causados el hundimiento
del remolcador "13 de marzo", provocado por el gobierno el
13 de julio de 1994, en el que perdieron la vida 41 personas,
a pesar de la recomendación de 1996 de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para hacerlo. El
gobierno detuvo a cierta cantidad de activistas de derechos
humanos para evitar que participaran en una misa en memoria
de las víctimas en el aniversario de su muerte (ver
Sección 1.d.).
b. Desapariciones
No se
informó de desapariciones por motivos políticos.
c. Tortura
y otro trato o castigo cruel, inhumano o degradante
La Constitución
prohíbe el trato abusivo de detenidos y prisioneros;
sin embargo, hubo casos en que miembros de las fuerzas de
seguridad y guardias de prisiones golpearon y cometieron abusos
contra defensores de los derechos humanos, detenidos y presos.
Ha habido numerosos informes de hostigamiento policial desmedido
contra jóvenes negros (véase Sección
5).
El 21
de mayo, la policía y los funcionarios de la seguridad
del Estado golpearon a varios dolientes que rehusaron dolientes
que rehusaron las órdenes de utilizar autobuses en
una procesión fúnebre para un destacado activista
en derechos humanos (ver Sección 2.b.).
El 10
de diciembre los funcionarios de policía detuvieron
a cinco activistas en derechos humanos que planificaban celebrar
el Día Mundial de los Derechos Humanos mediante la
lectura de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos en un parque público. Una pelea a golpes estalló
entre los activistas y tres oficiales de policía y
los activistas denunciaron que los policías los golpearon
con un bastón de madera; sin embargo nadie resultó
herido gravemente. Los activistas también dijeron que
fueron dejados por los policías lejos de sus domicilios.
El gobierno
continuó sometiendo a "actos de repudio" a aquéllos
que estaban en desacuerdo con el gobierno. A instigación
del gobierno, miembros de las organizaciones de masa controladas
por el estado, compañeros de trabajo o vecinos de las
víctimas elegidas son obligados a montar protestas
públicas contra aquéllos que disienten de las
políticas del gobierno, gritando expresiones obscenas
y a menudo causando daños a los hogares y propiedad
de las víctimas; en ocasiones ocurren ataques físicos
contra las víctimas. La policía y los agentes
de la seguridad del Estado están a menudo presentes,
pero no hacen nada para impedir los ataques o terminar con
ellos. Los que se niegan a participar en estas acciones encaran
medidas disciplinarias, inclusive la pérdida del empleo.
Durante
el año no hubo actos de repudio masivo dirigidos contra
los hogares de activistas de derechos humanos en particular;
sin embargo, hubo actos de repudio en pequeña escala,
conocidos como "reuniones relámpago". Estos actos están
a cargo de pocos individuos que por lo común no son
vecinos de la persona objeto del repudio, y pueden durar hasta
30 minutos. Estos individuos gritan insultos y arrojan piedras
u otros objetos contra la casa de la víctima. Por ejemplo,
el 12 de julio, un grupo de gente tiró piedras y botellas
contra la casa de José Manuel Escobedo, miembro del
Consejo Nacional de Transición a la Democracia y de
Ana María Espinoza, miembro de Foro Feminista, en Santiago
de Cuba. El gentío luego se dirigió a la casa
de Manuel Melían, también miembro del Consejo
Nacional de Transición a la Democracia, y tiraron botellas
y piedras contra su casa. Estos actos duraron aproximadamente
30 minutos.
El 25
de diciembre, policías, funcionarios de seguridad del
estado y miembros de las RRB impidieron por la fuerza la apertura
de una librería independiente especializada en libros
cristianos en Florida, provincia de Camaguey. Los miembros
de las RRB golpearon a los disidentes e impidieron la entrada
al local del periodista independiente Carlos Brizuela; la
muchedumbre también golpeó al periodista independiente
Normando Hernández González. Los disidentes
no pudieron inaugurar oficialmente la librería independiente.
El 4
de octubre, un grupo de exiliados cubanos entabló una
demanda judicial en una corte belga acusando a Castro de "encarcelamiento
ilegal, tortura y persecución" durante sus 42 años
en funciones. El caso fue iniciado conforme a una ley belga
de 1993 que les da a los tribunales belgas locales jurisdicción
universal con respecto a violaciones de las leyes humanitarias
internacionales en otros países. El magistrado está
considerando si el caso es admisible.
Las condiciones
de encarcelamiento continuaron siendo rigurosas y peligrosas
para la vida, y las condiciones en las instalaciones para
detenidos son también duras. El gobierno afirma que
los prisioneros tienen derechos garantizados, como visitas
de familiares, alimentación adecuada, remuneración
por trabajo, el derecho de solicitar libertad bajo palabra
y el derecho de presentar peticiones al director de la prisión.
Sin embargo, la policía y los funcionarios carcelarios
frecuentemente niegan estos derechos y apalean, tratan con
negligencia, aíslan y les niegan atención médica
a los detenidos y presos, incluso los condenados por delitos
políticos o aquellos que persistieron en expresar sus
opiniones. Human Rights Watch (HRW) informó que en
febrero de 1999 el gobierno enmendó el Código
Penal y determinó que los presos no pueden estar sujetos
a castigo corporal, ni se permite emplear medio alguno contra
ellos para humillarlos o rebajar su dignidad. Sin embargo,
el código enmendado omite establecer castigos por cometer
tales actos. Detenidos y presos, tanto comunes como políticos,
son a menudo sujetos a interrogatorios vigorosos y repetidos
diseñados para forzarlos a firmar declaraciones incriminatorias,
a colaborar con las autoridades o a intimidar a las víctimas.
Algunos son sometidos a abusos físicos y sexuales,
típicamente por otros presos con el consentimiento
de los guardias o a largos períodos en celdas aisladas
de castigo. Antes del juicio, se mantiene a los detenidos
separados de los presos convictos. Hay dos centros de detención
en La Habana; una vez sentenciados, las personas son transferidas
a la prisión.
Algunas
veces se mantiene a los presos en "celdas de castigo", que
generalmente están ubicadas en el sótano de
la prisión y están semioscuras todo el tiempo,
no hay agua disponible en la celda y tienen un agujero en
el piso como retrete. No se permiten materiales de lectura
y las visitas familiares se reducen a 10 minutos en vez de
1 o 2 horas. Cuando están en las celdas de castigo,
los presos no tienen acceso a sus abogados.
El 25
de enero, un guardia carcelario golpeó severamente
al preso común José Ramón Capote, quien
tuvo que ser hospitalizado. La agencia independiente de noticias
CPIC informó que el guardia no ha sido castigado a
pesar de ser bien conocido el hecho de que abusa físicamente
de los presos.
Guardias
carcelarios y funcionarios de seguridad del estado sometieron
a activistas prodemocráticos y de los derechos humanos
a amenazas de violencia corporal, a intimidación psicológica
sistemática y a detención o encarcelamiento
en celdas con delincuentes comunes y violentos, presos sexualmente
agresivos o agentes de seguridad del estado que se hacían
pasar por presos. A los presos políticos se les requiere
que cumplan con las reglas para delincuentes comunes y con
frecuencia se los castiga severamente si se niegan a ello.
A menudo son recluidos en celdas de castigo y aislados. Por
ejemplo, en enero las autoridades colocaron al doctor Oscar
Elias Biscet en una celda de castigo durante 5 días
por negarse a desearles un feliz año nuevo a los guardias
de la prisión. En febrero del 2000, un tribunal sentenció
a Biscet a 3 años de prisión por desacato, provocar
un disturbio público y alentar a otros a violar la
ley.
El gobierno
viola regularmente los derechos de los presos al no darles
nutrición y atención médica adecuadas,
y una cantidad de presos murieron durante el año debido
a la falta de atención médica. En 1997 la CIDH
describió la situación nutritiva e higiénica
en las prisiones, junto con las deficiencias en cuidado médico,
como "alarmante". Tanto la CIDH como el ex Relator Especial
de la ONU en Cuba, como así también otras organizaciones
que vigilan las violaciones a los derechos humanos, han informado
la incidencia generalizada de tuberculosis, sarna, hepatitis,
infecciones parasitarias y desnutrición en las prisiones.
El CPIC
informó que el preso común Fernández
Rodríguez, de 31 años, murió de diabetes
el 18 de febrero. Según su madre, Rodríguez
fue llevado a un hospital local pero después de 3 días
fue devuelto a la prisión donde subsecuentemente murió.
A principios
de abril, Guillermo Alberto Alea Acosta, un preso común
de 34 años, murió en la prisión de Kilo
Cinco y Medio en Pinar del Río, debido a la falta de
atención médica. La agencia independiente de
noticias PUECI informó que Alea fue llevado a un hospital
debido a problemas cardíacos pero por razones que se
desconocen no fue admitido; murió 24 horas más
tarde.
El 23
de abril, Dámaso Aquino del Pino murió en la
prisión de Canaleta en Ciego de Avila. Aquino fue sentenciado
a prisión en 1993 acusado de actos de sabotaje. La
agencia independiente de noticias AIDH informó que
según se dijo Aquino murió por falta de tratamiento
médico para la diabetes, incluso la falta de una dieta
alimenticia especial.
El 20
de mayo, el preso político Marcelo Diosdado Amelo Rodríguez
murió en un hospital de Santiago de Cuba debido a problemas
de circulación sanguínea. Según se dijo,
Diosdado Amelo pidió atención médica
el día anterior, pero sólo fue llevado al hospital
al amanecer; murió mientras lo atendían. Diosdado
Amelo estuvo preso 8 años por "rebelión". Cuando
estaba en libertad condicional en el año 2000 fue encarcelado
nuevamente por "desacato" por tratar de entrar al Hotel Casa
Grande en Santiago de Cuba. En el 2000 hubo informes de que
Diosdado Amelo no estaba recibiendo medicamentos para sus
problemas de hipertensión y circulatorios. Las autoridades
impidieron a los activistas de derechos humanos participar
en el entierro de Diosdado Amelo (ver sección 2.b.).
A principios
de abril, Berta Antúnez, hermana del preso político
Jorge Louis García Pérez Antúnez, informó
que su hermano había iniciado una huelga de hambre
como protesta por la falta de la atención médica
que necesitaba en la prisión de Sancti Spiritus. En
esos momentos, él estaba escupiendo sangre debido a
un nódulo en un pulmón. Seis presos políticos
(miembros fundadores de la Comisión de Amnistía
para Presos Políticos Pedro Luis Boitel), se declararon
en huelga de hambre en solidaridad en la prisión de
Valle Grande. Entre estos se contaban Douglas Faxa Rosabal,
Lázaro Constantín Durán, Liuba Salas
García, Hector La Roque Rego, Juan Carlos Pérez
y Miguel López Santos. El 27 de abril, activistas de
los derechos humanos de varias organizaciones iniciaron un
ayuno para exigir tratamiento médico para Pérez
Antúnez. Tiempo después Pérez Antúnez
fue llevado a un hospital militar y para finales del año
estaba preso en la prisión del Combinado del Este en
La Habana.
Vladimiro
Roca Antúnez, miembro del Grupo de Trabajo de Disidentes
Internos, permanecía en prisión hacia fines
del año. Los funcionarios carcelarios le negaron a
Roca los permisos de fines de semana que les fueron otorgados
a otros tres miembros del grupo antes de ser puestos en libertad
en mayo del 2000 (ver sección 1.e.). Roca se quejó
de acoso por parte de los guardias de la prisión y
de falta de atención médica. Él sufría
de bronquitis como resultado de fumar cigarrillos. El 12 de
abril, UPECI informó que la esposa de Roca, Magaly
de Armas, se quejó del acoso a su esposo por parte
de los guardias y la falta de cortesía común
hacía él. Ella hizo notar que las condiciones
dentro de la prisión, tales como la alta humedad y
las largas horas de reclusión en una celda con solo
1 hora diaria afuera, eran responsables de sus continuos problemas
pulmonares.
El 6
de julio, María Esther Valdes Suárez, esposa
del dirigente sindical preso José Orlando González
Bridón, que fue sentenciado en junio, le dijo a un
periodista independiente que su esposo no estaba recibiendo
tratamiento médico para la presión alta (ver
Sección 1.e.). Valdes informó su esposo estaba
sufriendo hemorragias nasales.
El 17
de enero, las autoridades dejaron en libertad al periodista
independiente Jesús Joel Díaz Hernández
sin darle ninguna explicación (ver Sección 1.e.).
En julio del 2000, los familiares de Días Hernández
habían sacado en secreto una muestra de orina que revelaba
que el periodista tenía hepatitis. Reiteradamente los
funcionarios de la prisión no suministraron tratamiento
médico apropiado a Díaz Hernández. Los
funcionarios carcelarios regularmente les niegan a los presos
otros derechos, como el derecho a la correspondencia y continúan
confiscando los medicamentos y la comida que los miembros
de sus familias les llevan a los presos políticos.
Algunos directores de prisión rutinariamente les niegan
a los trabajadores religiosos el acceso a los detenidos y
presos. No se permite tener materiales de lectura, incluso
las biblias, en las celdas de castigo.
En marzo,
Ana Aquililla, esposa de Francisco Chaviano González,
de 47 años, se quejó de que su esposo permanecía
confinado junto con los presos comunes y que por más
de 1 año no se le había permitido salir de su
celda para esparcimiento.
Chaviano
es el ex presidente del Consejo Nacional de Derechos Civiles
en Cuba y fue sentenciado a prisión por 15 años
acusado de espionaje y desacato.
El 14
de abril, las cartas que Rafael Pepera Gómez le entregó
a su esposa fueron confiscadas cuando ella salía de
la prisión luego de la visita. Según se informó,
una de las cartas era para Elizardo Sánchez, presidente
de la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación
Nacional.
A fines
de junio, Eddy Alfredo Mena González inició
una huelga de hambre para protestar contra la decisión
de las autoridades de la prisión de no permitir que
su familia lo visitara en agosto. Mena González era
el coordinador provincial del Movimiento de Jóvenes
Cubanos por la Democracia. En el año 2000 había
sido condenado a 5 años de prisión acusado de
promover la desobediencia civil. El presidente de la organización,
Néstor Rodríguez Lobaina, fue condenado a seis
años de prisión acusado de perturbación
del orden público y desacato. El 20 de agosto, Rodríguez
Lobaina fue golpeado severamente por otro preso y tuvo que
ser hospitalizado por una fractura en la mandíbula.
No había guardias presentes cuando Rodríguez
Lobaina fue golpeado; no obstante, los activistas de derechos
humanos creen que el ataque fue inspirado por la seguridad
del estado.
El 14
de agosto las autoridades informaron a Yosenia Rodríguez
Aguilar, la esposa de Randy Cabrera Mayor, que no podría
visitarlo porque "él es un contrarrevolucionario".
Cabrera está cumpliendo una condena de 16 años
de cárcel por tratar de salir ilegalmente del país
y por haber huido de la prisión varias veces; el encarcelamiento
previo de Cabrera se debió a su negativa a servir en
el ejército.
Hay instalaciones
carcelarias separadas para mujeres y para menores. Las condiciones
de estas prisiones, especialmente en las de mujeres, no toman
en cuenta las necesidades especiales de las mujeres. Los activistas
de los derechos humanos creen que esas condiciones son pobres.
El gobierno
no permite la inspección independiente de las condiciones
carcelarias por grupos nacionales o internacionales de vigilancia
de los derechos humanos. El gobierno se ha negado a permitir
visitas a las prisiones por el Comité Internacional
de la Cruz Roja (CICR) desde 1989 y ha rechazado los pedidos
para reanudar esas visitas. El 18 de julio la Comisión
Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional
(CCDHRN), una organización no gubernamental ilegal,
hizo un llamado al gobierno para crear una comisión
nacional con representantes de la Cruz Roja Cubana, del Ministerio
de Salud Pública y de diferentes iglesias para que
inspeccione las prisiones y recomiende cambios en la situación
existente. A fines del año, la CCDHRN aún no
había recibido respuesta del gobierno.
d. Arresto
arbitrario, detención o exilio
El arresto
y la detención arbitrarios siguen siendo un problema
y siguen siendo las armas más eficaces del gobierno
para hostigar a los opositores. La Ley de Procedimientos Penales
exige que la policía instruya de cargos formales al
detenido, lo libere o lleve el caso ante un fiscal dentro
de las 96 horas del arresto. También exige que las
autoridades proporcionen a los sospechosos el acceso a un
abogado dentro de los 7 días del arresto. Sin embargo,
la Constitución establece que todas las libertades
civiles legalmente reconocidas pueden serle denegadas a cualquiera
que se oponga activamente a la decisión del pueblo
cubano de construir el socialismo. Las autoridades invocan
rutinariamente esta autoridad absoluta para negarle el debido
proceso a los detenidos por supuestos delitos contra la seguridad
del estado.
Las autoridades
se dedican de manera rutinaria al arresto y detención
arbitraria de los activistas de los derechos humanos, sometiéndolos
a interrogatorios, amenazas y tratamiento degradante y condiciones
insalubres por horas o días. þSegún informa
la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación
Nacional, en el curso del año aumentaron las detenciones
de corta duración. Miembros del Partido de Derechos
Humanos de Cuba, afiliado con la Fundación Andrei Zajarov,
en los municipios de Guane y Sandin, en la provincia de Pinar
del Río, alegaron que habían sido objeto de
455 actividades de represión del personal de seguridad
del Estado durante el año 2000. El 11 de enero, UPECI
informó de que, como parte de estas 455 actividades,
se enviaron citaciones (þactas policialesþ) a
93 militantes para comparecer en comisarías de la policía
local. A finales de 2000, Amnistía Internacional reconoció
el aumento de arrestos y hostigamientos de disidentes, en
particular en diciembre, en fechas cercanas al aniversario
de la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuando
las autoridades arrestaron a un grupo de personas, cuyo número
se calcula en alrededor de 200 personas, para impedirlas participar
en la conmemoración de dicho aniversario. Los defensores
de los derechos humanos calificaron esta escalada como la
peor de los últimos 10 años. Las autoridades
continuaron deteniendo a militantes de la causa en pro de
los derechos humanos y a periodistas independientes durante
breves períodos, a menudo para impedirles asistir o
participar en acontecimientos relacionados con cuestiones
de derechos humanos (véanse las secciones 2.a y 2.b).
Las autoridades también mantuvieron a estos militantes
bajo arresto domiciliario por breves períodos, por
motivos similares.
El 12
de enero, agentes de la seguridad del Estado arrestaron y
detuvieron a dos ciudadanos checos, el diputado parlamentario
y antiguo ministro de Hacienda Ivan Pilip, y el antiguo dirigente
de estudiantes Jan Bubenik, después que se habían
reunido con militantes de la causa en pro de la democracia.
Fueron acusados de þactuar en contra de la seguridad
del paísþ y de incitar a la rebelión,
delitos que están penados con un máximo de 20
años de cárcel. El 5 de febrero, en respuesta
a la presión internacional, las autoridades los pusieron
en libertad sin juicio, después de que firmaron una
declaración en la que afirmaban haber violado la ley
involuntariamente y presentaban excusas por sus acciones.
Varios ciudadanos que habían estado en contacto con
los dos ciudadanos checos fueron detenidos e interrogados
(véanse las secciones 1.f y 2.a).
El 16
de enero, Juan Carlos González Leyva, presidente de
la Fundación Cubana de Derechos Humanos (FCDH) fue
interceptado por cuatro hombres en la estación de autobuses
en Sancti Spiritus. González, que es ciego, se disponía
a asistir a una reunión de disidentes. Los cuatro hombres
le condujeron a una plantación de caña de azúcar,
aproximadamente a 25 Km de la ciudad, donde le abandonaron.
Estos hombres le cambiaron el bastón por una caña
de azúcar y le quitaron todos los documentos que llevaba
en la mochila, que se la llenaron de piedras. Los campesinos
oyeron las llamadas de auxilio de González y le llevaron
a la carretera donde alguien le ayudó a regresar a
Sancti Spiritus. González fue detenido de nuevo en
febrero, para impedir una reunión de la FCDH (véase
la sección 2.b).
El 23
de febrero, Elizardo Sánchez Santa Cruz Pacheco, presidente
de la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación
Nacional, permaneció detenido durante dos horas en
una comisaría de policía local. En una entrevista
con un agente de la seguridad del Estado se le advirtió
a Sánchez que la detención era una advertencia
para que desistiera de prestar apoyo a las organizaciones
de disidentes y de distribuir ayudas financieras a las familias
de presos políticos. Sánchez creía que
esta detención podría estar relacionada con
su asistencia, el 10 de febrero, a una ceremonia en la que
una organización ecológica, Naturpaz, había
concedido diplomas a un grupo de estudiantes que había
terminado felizmente un curso sobre el medio ambiente. Sánchez
también sospechaba que sus actividades en apoyo del
Proyecto Varela, patrocinado por Oswaldo Paya Sardinas, del
Movimiento Cristiano Liberación, podría ser
otro motivo de su detención. (véase la sección
4).
El 3
de septiembre, dos personas fueron detenidas y puestas en
libertad más tarde el mismo día, en la primera
conferencia nacional de la Confederación de Trabajadores
Independientes (véase la sección 6.a).
El 28
de septiembre, Carlos Alberto Domínguez, uno de los
organizadores de una procesión espontánea en
honor de la Virgen de la Caridad, fue detenido brevemente
en su casa y conducido a la comisaría de policía
más cercana; fue puesto en libertad sin que se le formularan
cargos (véase la sección 2.c.)
La policía
de la seguridad del Estado se valió de detenciones
y advertencias para impedir a organizaciones de diversos puntos
de la isla llevar a cabo ningún acto en conmemoración
de los cuatro pilotos que resultaron muertos en febrero de
1996 a consecuencia del ataque de aviones militares cubanos.
La policía impidió a algunos disidentes salir
de su hogar. A Aida Valdés Santana, presidenta de la
Coordinación Nacional de Presos y Ex-Presos Políticos,
le advirtieron que no saliera de su casa y que no organizara
ningún acto conmemorativo. Las autoridades detuvieron
a otros, entre ellos a Roger Morales Rey, Yunier Iglesias
Silva y Jesús Jersen Garcés, que fueron interceptados
cuando se dirigían a la orilla del mar en Puerto Padre.
El 8
de marzo, agentes de la seguridad del Estado detuvieron a
una serie de personas cuando llegaban al lugar de reunión
mensual de la FCDH en Cuba. Los agentes dijeron a otros, como
al periodista independiente Pablo Pacheco þvalía,
a Marcelo Tier Pérez, del partido de Solidaridad Democrática,
y a José Carlos Morgado Hernández, de la Fundación,
que no salieran de su casa.
La agencia
de prensa independiente Agencia de Prensa Libre Oriental (APLO)
informó de que el 29 de marzo, agentes de la seguridad
del Estado detuvieron al periodista independiente Juan Carlos
Garcell en Sagua de Tanamo y le condujeron a una casa en las
afueras de Holguín, donde fue interrogado sobre sus
actividades. Ese mismo día por la tarde, fue puesto
en libertad y tuvo que encontrar el camino a su casa. Garcell
se refirió a este incidente como un þacto de
secuestroþ.
El 20
de mayo, agentes de la seguridad del Estado impidieron a una
serie de organizaciones celebrar el 99§ aniversario de la
fiesta de la independencia de antes de la revolución
(el 20 de mayo era la fiesta de la independencia antes de
la revolución, que fue suprimida por el presidente
Castro). A los miembros del Movimiento de Hermanos Fraternales
por la Dignidad y el Partido Ortodoxo Cubano no se les permitió
acercarse a una zona de La Habana conocida por þLa Puntaþ,
cerca de la entrada a la bahía de La Habana. Las autoridades
detuvieron brevemente a Nelson Aguiar, presidente del partido
Ortodoxo Cubano.
Como
en años anteriores, el 13 de julio la policía
impidió a los activistas que conmemorasen de cualquier
manera el incidente de 1994 en el cual 41 personas murieron
ahogadas cuando la Guardia Fronteriza hundió el remolcador
13 de Marzo (ver Sección 1.a). Comenzando el 12 de
julio la policía detuvo activistas en varias provincias
y les ordenó que se quedaran en sus casas el 13 de
julio. Las autoridades les dijeron a los disidentes que si
no obedecían serían procesados por asamblea
ilegal y distribución de propaganda enemiga, o por
incitación a la rebelión. Varios actos que se
estaban programados para tener lugar en La Habana y en otros
provincias no pudieron celebrarse por las actividades de la
seguridad del Estado. Los planes para un desfile que se iba
a celebrar en La Habana Vieja fueron desbaratados al ser detenidos
sus organizadores pocos días antes.
En diciembre
de 2000, las autoridades detuvieron a cerca de 200 personas,
entre las que figuraban algunas que ya habían sido
detenidas el 4 de diciembre de 2000, en actos públicos
religiosos en honor de Santa Bárbara. La mayoría
de los detenidos fueron puestos en libertad después
de poco tiempo, sin que se les formulara cargo alguno. Dos
de los arrestados fueron juzgados y declarados culpables de
þdesacato a la autoridadþ (véase la sección
1.e). Orlando Fundora y Leonardo Bruzón fueron puestos
en libertad el 16 de enero y el 1 de febrero, respectivamente.
En diciembre
de 2000, la autoridades arrestaron a Maritza Lugo Fernández,
vicepresidenta del Partido Democrático 3 de Noviembre;
fue puesta en libertad en mayo, sin que se le hubieran formulado
cargos.
Las autoridades
impidieron a una serie de personas asistir a juicios durante
el año (véase la sección 1.e). Por ejemplo,
en mayo, los militantes Carlos Alberto Domínguez y
Nelson Vázquez Obregón fueron interceptados
cuando se dirigían al juicio de José Orlando
González Bridón y conducidos a otra parte de
La Habana, lejos del juzgado (véase la sección
1.e). En julio, la policía detuvo a más de 30
miembros de la oposición que trataban de asistir al
juicio de Belkis Barzaga Lugo y Héctor Novo, y los
condujeron fuera de La Habana en autobús (véase
la sección 1.e).
En diversas
ocasiones, las autoridades detuvieron a periodistas para interrogarlos
sobre sus contactos con extranjeros o para impedirles informar
de cuestiones delicadas o criticar al gobierno (véase
la sección 2.a).
El tiempo
que había pasado el reo en la cárcel antes del
juicio se computaba para el cumplimiento de la condena impuesta.
Los reos disponían de fianza, que era generalmente
baja, más bien como una multa.
El Código
Penal incluye el concepto de "peligrosidad", definido como
la "proclividad especial de una persona a cometer delitos,
demostrada por su conducta en manifiesta contradicción
con las normas socialistas". Si la policía decide que
una persona muestra indicios de peligrosidad, puede llevarla
a juicio o someterla a "terapia" o a "reeducación política".
Las autoridades gubernamentales regularmente intimidan a sus
críticos con este artículo. Tanto la CDHNU como
la CIDH criticaron este concepto por su subjetividad, la naturaleza
sumaria de los procedimientos judiciales empleados, la falta
de protección legal, y las consideraciones políticas
implícitas en su aplicación. Según la
CIDH, "la inclinación especial a cometer delitos" a
los que se refiere el código penal cubano tiene "un
criterio de subjetividad" empleado por el gobierno para justificar
las violaciones del derecho a la libertad individual y al
debido proceso de personas cuyo único delito ha sido
la inclinación a sostener un punto de vista diferente
del oficial.
El gobierno
también usó el exilio como instrumento para
controlar y eliminar la oposición interna. Amnistía
Internacional (AI) ha señalado que el gobierno detiene
a los activistas de derechos humanos repetidamente por breves
períodos y los amenaza con encarcelamiento a menos
que desistan de sus actividades o se vayan del país.
El gobierno usó estas tácticas agresivas crecientes
para forzar a los periodistas independientes María
de los Angeles González y Luis Alberto Rivera a salir
del país el 10 de mayo y el 31 de julio respectivamente.
El gobierno
también ha presionado a los activistas de derechos
humanos presos y a los presos políticos a solicitar
permisos de emigración y regularmente condicionó
su liberación a la aceptación del exilio. Human
Rights Watch señaló que el gobierno rutinariamente
invoca el exilio forzado como condición para la liberación
de prisioneros y también presiona a los activistas
para que salgan del país a fin de evitar persecución
en el futuro.
AI ha
expresado particular preocupación por la práctica
del gobierno de amenazar con denunciar, enjuiciar y encarcelar
a los defensores de los derechos humanos y a los periodistas
independientes antes del arresto o la sentencia si no salen
del país. Según Amnistía Internacional,
esta práctica "efectivamente impide a los interesados
que sean capaces de actuar en la vida pública en su
propio país".
e. Rechazo
a permitir un juicio público imparcial
Aunque
la Constitución establece la existencia de tribunales
independientes, explícitamente los subordina a la Asamblea
Nacional del Poder Popular (ANPP) y al Consejo de Estado,
que encabeza Fidel Castro. La ANPP y sus contrapartes en niveles
inferiores eligen a todos los jueces. La subordinación
de los tribunales al Partido Comunista, que la Constitución
designa como "la fuerza directiva superior de la sociedad
y del estado" compromete aún más la independencia
del poder judicial. Las cortes socavan el derecho a un juicio
imparcial al restringir el derecho a la defensa y con frecuencia
no observa los pocos derechos de debido proceso disponibles
a los acusados.
Existen
tribunales civiles a nivel municipal, provincial y en la Corte
Suprema. Los presiden grupos compuestos por una mezcla de
jueces profesionalmente acreditados y jueces legos. Los tribunales
militares asumen jurisdicción en ciertos casos contrarrevolucionarios
y están gobernados por una ley especial. Los tribunales
militares procesan a civiles si algún miembro militar
estuvo involucrado con civiles en algún delito. Hay
derecho a la apelación, acceso a consejeros, y las
acusaciones son comunicadas al acusado.
Las leyes
y las prácticas de juicio no cumplen con las normas
internacionales de los juicios públicos imparciales.
Casi todos los casos se juzgan en menos de un día;
no hay juicios por jurado. Aunque la mayoría de los
juicios son públicos, se efectúan a puertas
cerradas cuando se alega que está involucrada la seguridad
del estado. Los fiscales pueden presentar el testimonio de
un miembro de los CDR en cuanto a los antecedentes revolucionarios
del acusado, lo cual puede contribuir a extender o reducir
su condena. La ley reconoce el derecho de apelación
en los tribunales municipales, pero lo restringe en los tribunales
provinciales a los casos en que se ha aplicado la condena
máxima de prisión o la pena capital. La apelación
en casos de pena capital es automática. Esta clase
de condena debe ser ratificada en última instancia
por el Consejo de Estado.
Los criterios
para la presentación de pruebas, especialmente en los
casos de activistas de los derechos humanos, son arbitrarios
y discriminatorios. Con frecuencia la única prueba
presentada, particularmente en los casos políticos,
es la confesión del acusado, usualmente obtenida bajo
coacción y sin el consejo legal o el conocimiento de
un abogado defensor. Regularmente las autoridades niegan a
los acusados el acceso a sus abogados hasta el día
del juicio. Varios disidentes que han cumplido sus condenas
de prisión informan que fueron juzgados y sentenciados
sin asistencia legal y que no se les permitió hablar
en su defensa.
La ley
otorga al acusado el derecho de tener un abogado defensor,
pero el control que ejerce el gobierno sobre los medios de
vida de los miembros de los bufetes colectivos controlados
por el estado -- especialmente cuando defienden a personas
acusadas de delitos contra la seguridad del estado -- compromete
su capacidad para representar a sus clientes. Se ha informado
que los abogados son renuentes a defender a los acusados en
casos políticos por temor de poner en peligro sus propias
carreras.
El 20
de abril, después de haber sido trasladado a tres cárceles
distintas en un mes, por haberse negado a trabajar, René
Montes de Oca Maritija se escapó de la cárcel.
El 8 de mayo fue capturado de nuevo en casa del secretario
general del Partido de Derechos Humanos de Cuba, afiliado
a la Fundación Andrei Sajarov. El 19 de diciembre de
2000, Monte de Oca Maritija había sido condenado a
21 meses de cárcel por amenazar a su esposa Esther
Valdés Germán, acusación que ella ha
negado. El 29 de noviembre, fue juzgado de nuevo por fugarse
de la prisión y fue condenado a un año y cuatro
meses adicionales de cárcel, hasta un total de 4 años
y 5 meses.
El 9
de mayo, el Tribunal Municipal Popular de La Habana Central
informó a Isabel del Pino Sotolongo, de 58 años
de edad, presidenta de la Asociación Humanitaria Seguidores
de Cristo Rey, que su juicio se había suspendido por
tercera vez. Una vecina había acusado a del Pino de
amenazarla con matarla y la policía entabló
la acción legal contra ella basada en esta acusación.
Grupos de la oposición rechazaron esta acusación
porque, a raíz de un ataque que había sufrido
en 1999, el estado de salud del Pino había empeorado
hasta el punto de que hubiera sido físicamente incapaz
de cometer tal acto. Del Pino no fue detenida, en vista de
su estado de salud. Después de la segunda suspensión
de su juicio, el 23 de abril, del Pino se declaró en
huelga de hambre en protesta contra la acción del tribunal
y sus prolongadas deliberaciones. Las autoridades religiosas
y los militantes de derechos humanos consiguieron que pusiera
fin a su huelga de hambre después de 72 horas, en consideración
a su estado de salud.
El 8
de junio, un tribunal civil condenó a José Orlando
González, secretario general de la Confederación
de Trabajadores Democráticos de Cuba, de 58 años
de edad, a dos años de cárcel, que un tribunal
de apelaciones redujo a un año, por þdifundir
información falsa, perjudicial para la paz internacionalþ.
González Bridón, que también es periodista
independiente y fue detenido a finales de 2000, fue acusado
de incriminar falsamente a la policía local en la muerte
de Yohana González Herrera, militante de derechos humanos,
por su marido, en noviembre de 2000. El juicio de González
Bridón había sido postergado repetidamente,
lo que dio lugar a una prolongada detención antes del
juicio. El 23 de mayo, la policía advirtió a
otros militantes de derechos humanos que no asistieran al
juicio. Pese al frecuente cambio de fecha del juicio y las
advertencias de la policía, una serie de militantes
se presentaron en el juzgado, pero las autoridades sólo
permitieron a miembros de la familia asistir al juicio. Los
agentes de la seguridad del Estado interceptaron a los militantes
Carlos Alberto Domínguez y Nelson Vázquez Obregón
cuando se dirigían al juzgado y los condujeron a otra
parte de La Habana, lejos del tribunal. Inicialmente, González
Bridón también había sido acusado de
þpropagar información falsaþ, pero el fiscal
no pudo probar este cargo. Según se dice, en julio,
se negó a Bridón tratamiento médico (véase
la sección 1.c). Fue puesto en libertad el 11 de noviembre,
después de cumplir la sentencia que se le había
impuesto.
El 11
de julio tuvo lugar el juicio de Belkis Barzaga Lugo y Hector
Novo Suárez, ambos miembros del Partido Demócrata
del 30 de Noviembre, en Santiago de las Vegas, en las afueras
de La Habana. Ambos fueron acusados de causar desorden público
y Barzaga Lugo fue acusado además de resistir arresto.
La policía detuvo a más de 30 miembros de la
oposición que llegaron para asistir al juicio (véase
la Sección 1.d.). Barzaga Lugo y Novo Suárez
fueron detenidos el 17 de diciembre de 2000, por llevar un
aviso en el que se pedía la libertad de los prisioneros
políticos, durante un servicio religioso en honor de
San Lázaro. Lugo fue puesto en libertad el 16 de diciembre,
después de cumplir una sentencia de un año,
y Suárez el 31 de marzo, luego de pagar una multa de
45 dólares (900 pesos). En diciembre de 2000, los tribunales
condenaron a Angel Moya Acosta y Julia Cecilia Delgado por
þdesacato a la autoridadþ y los sentenciaron a
un año de prisión. El público no tuvo
acceso a ninguno de estos juicios. Los dos formaban parte
de las 200 personas detenidas (véase la Sección
1.d.) y ambos fueron puestos en libertad para finales del
año. El 3 de enero, Miguel Sánchez Valiente,
ex teniente coronel del ejército, quien pasó
a ser activista, fue puesto en libertad sin explicación.
Sánchez fue arrestado en agosto de 1992 y sentenciado
a 10 años de presión por espionaje. El 17 de
enero, Jesús Joel Díaz Hernández fue
puesto en libertad sin explicación. Díaz Hernández,
periodista independiente, estaba cumpliendo una sentencia
de 4 años que comenzó en 1999, por el delito
de þpeligrosidadþ. Egberto Angel Escobedo Morales
fue aprehendido en 1995 y en julio de 2000 se le enjuició
nuevamente por obstruir la policía, causar desorden
en la prisión y faltarle al respeto a los funcionarios
gubernamentales. Para finales del año no se había
informado sobre su sentencia. Vladimiro Roca Antunez del Grupo
de Trabajo Disidente Interno seguía prisionero en la
prisión para finales de año, después
de ser convicto en 1997 por actos contra la seguridad del
estado relacionados con el delito de sedición, a raíz
de que el grupo expresara su desacuerdo con el gobierno (véase
la Sección 1.d.). Otros tres miembros fueron puestos
en libertad condicional en 2000. Los grupos que vigilan los
derechos humanos dentro del país calculan que el número
de prisiones políticos es entre 249 y 300. En julio
CCHRNC informó que se calculaba que había 249
prisiones políticos en el país; en julio de
2000 CCHRNC informó de 314 prisioneros políticos.
El CCHRNC observó que dado que el gobierno rehusa publicar
el número de prisioneros que hay en el país,
su cifra se basa en información obtenida de los parientes
de los prisioneros. Un portavoz del CCHRNC atribuyó
la disminución en el número de prisioneros políticos
al hecho de que el gobierno cambió su táctica
de sentencias de prisión a aumento en las detenciones
(véase la Sección 1.d.). Las autoridades han
encarcelado a personas acusándolas de diseminar propaganda
enemiga, asociación ilícita, desacato a las
autoridades (usualmente por criticar al presidente Castro),
imprenta clandestina o por el cargo general de rebelión,
que con frecuencia se eleva contra los proponentes de un cambio
democrático pacífico. En julio otro Organismo
Nogubernamental ilegal, la Coordinadora Nacional de Prisioneros
y ex Prisioneros Políticos enumeró 262 prisioneros
políticos. Esta ONG también informó que
179 prisioneros más habían sido convictos durante
un período de un año por piratería (robo
de una embarcación del gobierno, en un intento por
salir del país) y por tentativa ilegal de salir del
país (véase la Sección 2.d.).
f. Interferencia
arbitraria con la intimidad personal, la familia, el hogar
o la correspondencia.
Aunque
la Constitución establece la inviolabilidad de la residencia
y correspondencia de la persona, la vigilancia oficial de
los asuntos privados y familiares por parte de las organizaciones
de masa controladas por el gobierno, como los CDR (Comités
de Defensa de la Revolución), sigue siendo uno de los
rasgos más acuciantes y represivos de la vida cotidiana.
El estado ha asumido el derecho de interferir en la vida de
sus ciudadanos, aun en la de quienes no se oponen activamente
al gobierno y sus prácticas. Las autoridades utilizan
una amplia gama de controles sociales. El propósito
aparente de las organizaciones de masa es mejorar a la ciudadanía,
pero de hecho su objetivo es descubrir y desalentar la disconformidad.
La participación de los ciudadanos en estas organizaciones
de masa ha declinado; la crisis económica ha reducido
la capacidad del gobierno de proporcionar incentivos materiales
para su participación y ha forzado a mucha gente a
emprender actividades en el mercado negro, las cuales las
organizaciones de masa están en la obligación
de informar a las autoridades.
El Ministerio
del Interior emplea un intrincado sistema de informantes y
comités de cuadra (los CDR) para vigilar y controlar
a la opinión pública. Aunque en medida menor
que en el pasado, los CDR siguen informando sobre toda actividad
sospechosa, como el consumo ostentoso, reuniones no autorizadas,
incluso con extranjeros, y actitudes desafiantes hacia el
gobierno y la revolución.
El gobierno
controla todos los accesos a la Internet, y todos los correos
electrónicos están sujetos a censura. El Departamento
de Seguridad del Estado lee con frecuencia la correspondencia
internacional y escucha las llamadas telefónicas internacionales
y las conversaciones con extranjeros. El gobierno también
controla las llamadas telefónicas y la correspondencia
nacionales.
El 18
de enero, Yolanda Granda González, de 21 años,
hija de la periodista independiente María de los Angeles
González Amaro, fue despedida de su trabajo como contabilista
en una fábrica de yogurt (véase la Sección
1.d.). Pocos días antes de su expulsión dos
agentes de la seguridad del estado se reunieron con la gerencia
de la fábrica. En 2000 Granda González fue despedida
de la Universidad de La Habana debido a las actividades de
su madre. El 3 de febrero la agencia de prensa independiente
Lux InfoPress informó que dos trabajadores participantes
en movimientos laborales independientes fueron expulsados
de una planta agroindustrial por "falta de confianza" (véase
la Sección 6.a.). Los miembros de la familia de Roberto
Valdivia Hernández, cuyo nombre se encontró
en la agenda electrónica de dos ciudadanos checos,
Ivan Pilip y Jan Bubenik, a quienes los funcionarios de la
seguridad estatal arrestaron en enero, recibieron visitas
frecuentes de la seguridad del estado (véase la Sección
1.d.). A la madre de Valdivia se le dijo que su hijo pasaría
20 años en la cárcel. Valdivia es miembro de
la FCDH en la provincia de Ciego de Avila. El 10 de mayo,
el hijo de 14 años de Mayra María Enrique Rodríguez,
miembro del Movimiento pro Democracia, fue llamado a la Oficina
de Menores de la estación local de policía.
Las autoridades querían saber por qué el joven
de 14 años no asistía a las manifestaciones
políticas, incluso la marcha del primero de mayo que
honra a los trabajadores. Nivaldo Aguila y Lorenzo Montelier
fueron despedidos de sus empleos en un trapiche por ser hijos
de ex prisioneros políticos involucrados en la guerra
de guerrillas contra Castro en las montañas del Escambray
de principios de la década de 1960. Hay numerosos informes
fidedignos de desalojo forzoso de ocupantes ilegales y residentes
que no tenían permiso oficial para residir en La Habana
(véase la Sección 2.d.).
Sección
2 Respeto por las libertades civiles, incluyendo:
a. Libertad
de expresión y prensa
La Constitución
concede a los ciudadanos las libertades de expresión
y prensa libre mientras "se conformen a los objetivos de la
sociedad socialista". El gobierno no permite la crítica
de la revolución o de sus líderes. Las leyes
contra la propaganda antigubernamental, los dibujos e inscripciones
en los muros y el desacato a los funcionarios imponen castigos
de entre tres meses y un año de prisión. Si
el presidente Castro o miembros de la Asamblea Nacional o
del Consejo de Estado son el objeto de la crítica,
la sentencia puede extenderse a tres años. Las acusaciones
de diseminar propaganda enemiga, que incluye simplemente expresar
opiniones que no están de acuerdo con las del gobierno,
pueden acarrear sentencias de un máximo de 14 años.
Desde el punto de vista del gobierno, materiales tales como
la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los
informes internacionales sobre violaciones de los derechos
humanos y periódicos y revistas extranjeros que reflejan
la tendencia principal de la opinión pública
constituyen propaganda enemiga. Los CDR locales inhiben la
libertad de expresión mediante la vigilancia y la denuncia
de la disidencia y la crítica. Con regularidad la policía
y los agentes de Seguridad del Estado hostigaron, amenazaron
y cometieron otros atropellos contra defensores de los derechos
humanos, en público y en privado, como medida de intimidación
y control.
El 29
de junio un grupo de médicos expidieron un documento
titulado Manifiesto 2001 en el que se demandaba una nueva
constitución que estableciera los derechos y libertades
de todo individuo, conservando la independencia de la nación;
una mayor apertura económica para ofrecer incentivos
a las empresas medianas y pequeñas, preservando el
libre acceso a la educación y el cuidado de la salud
y una amnistía general para los prisioneros políticos.
Otros países otorgaron la condición de inmigrantes
a algunos de estos médicos, pero con anterioridad,
el Ministerio de Salud había rehusado otorgarles el
permiso que los autoriza a obtener la licencia de salida (Véase
la Sección 2.d.). El 5 de julio un funcionario amenazó
al doctor Luis Milán Fernández con terminar
su empleo si no revelaba el nombre del autor del Manifiesto
2001.
La Constitución
estipula que los medios de información impresos y electrónicos
son propiedad del Estado y en ningún caso pueden llegar
a ser propiedad privada. El Partido Comunista controla todos
los medios de información, excepto unas pocas publicaciones
pequeñas de las iglesias. Aun estas publicaciones,
que no pueden tener acceso a equipo de impresión en
gran escala, están sujetas a la presión del
gobierno. La revista Vitral se continuó publicando
durante el año.
Los ciudadanos
no tienen derecho de recibir publicaciones del exterior, aunque
en los hoteles para extranjeros y en determinadas tiendas
de transacciones en moneda dura se venden periódicos
y revistas extranjeros. El gobierno continuó interfiriendo
Radio Martí y Televisión Martí. Las transmisiones
de Radio Martí frecuentemente superaron los intentos
de interferencia en las bandas de onda corta, pero sus transmisiones
de onda media son bloqueadas por completo en La Habana. Los
agentes de seguridad sometieron a disidentes, diplomáticos
extranjeros y periodistas a hostigamientos y vigilancia, incluso
vigilancia electrónica.
Todos
los medios de información deben operar según
las pautas del partido y reflejar los puntos de vista del
gobierno. El gobierno trata de moldear la cobertura de prensa
en tal grado que no sólo continuó ejerciendo
presión sobre los periodistas nacionales, sino que
mantuvo una andanada de presión sobre grupos que normalmente
se encuentran fuera del dominio del control oficial, como
los corresponsales extranjeros visitantes.
La Ley
de Protección de la Independencia y la Economía
Nacionales de 1999 proscribe una amplia gama de actividades
como debilitantes de la seguridad del estado y agrava las
penas a la actividad criminal. Conforme a la ley, toda persona
encontrada en posesión de literatura considerada subversiva,
que distribuya la misma o que suministre información
que pueda ser usada por las autoridades de Estados Unidos
en la aplicación de legislación estadounidense,
está sujeta a multas y a penas de prisión de
7 a 20 años. Aunque muchas actividades entre ciudadanos
cubanos y extranjeros podrían caer posiblemente dentro
de los alcances de esta nueva ley, la misma parece estar dirigida
primordialmente a los periodistas independientes; sin embargo
nadie ha sido procesado al amparo de esta ley.
Esta
ley aumentó las penas y amplió las definiciones
de actividades cubiertas por la Ley de la Dignidad y la Soberanía
Cubanas de 1996, que ya prohíbe a los ciudadanos suministrar
información a cualquier representante del gobierno
de Estados Unidos o procurar de ellos alguna información
que podría ser usada directa o indirectamente en la
aplicación de legislación estadounidense contra
el gobierno. Esto incluye aceptar o distribuir publicaciones,
documentos u otro material de cualquier origen, que las autoridades
puedan considerar que facilita la aplicación de esa
legislación. En 1999 el presidente de la Asamblea Nacional,
Ricardo Alarcón, dijo a los corresponsales extranjeros
que de acuerdo a la nueva ley, incluso los reporteros que
trabajen para los medios internacionales acreditados podrían
ser condenados hasta 20 años de prisión si la
información que publicaban servían a los intereses
de Estados Unidos.
El gobierno
continuó amenazando a periodistas independientes, anónima
o abiertamente, con arresto y declaraciones de culpabilidad
basados en la nueva ley. Algunos periodistas fueron amenazados
repetidamente en los meses posteriores a la entrada en vigencia
de la ley. Periodistas independientes observaron que la mera
existencia de la ley tenía algún efecto sobre
sus actividades y aumentaba la autocensura, y algunos indicaron
que es la herramienta más eficaz del gobierno para
hostigar a los miembros de la prensa independiente.
El gobierno
siguió sometiendo a los periodistas independientes
a la prohibición de viajar por el país, detenciones
arbitrarias y periódicas (de dos días o más),
hostigamiento de familiares y amigos, incautación de
computadoras, equipos de oficina y de fotografía y
amenazas reiteradas de prisión prolongada (véase
Secciones 1.d, 1.f. t 2.d.). En La Habana, periodistas independientes
informaron que durante el año continuaron las llamadas
telefónicas amenazantes y el hostigamiento de familiares.
Según el periodista independiente Raúl Rivero,
más de 55 periodistas independientes experimentaron
grados diferentes de hostigamiento y parece que se singularizó
a algunos individuos. Se detuvo repetidamente a docenas de
reporteros. Las autoridades también pusieron a algunos
periodistas bajo arresto domiciliario para impedirles informar
sobre las conferencias auspiciadas por los activistas de los
derechos humanos, las actividades de los derechos humanos
y los casos judiciales contra los activistas. Los periodistas
independientes informaron que las detenciones, las amenazas
y el hostigamiento son más severos en las provincias
que en la capital. La Amnistía Internacional, Human
Rights Watch, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP),
"Rapporteurs sans Frontieres" (RSF) y el Comité para
Proteger a los Periodistas repetidamente llamó la atención
internacional sobre la práctica continua del gobierno
de detener a los periodistas independientes y a otros simplemente
por ejercer sus derecho de libre expresión (véase
la Sección 1.d.).
Algunos
familiares han perdido sus empleos porque rehúsan desaprobar
o informar sobre estas personas, llamadas contrarrevolucionarias
(ver Sección 1.f.). Desde 1999 se ha informado con
menos frecuencia de actos de intimidación. Sin embargo,
la policía trató, con mayor frecuencia, de impedir
que periodistas extranjeros cubrieran los llamados sucesos
delicados.
En enero
los funcionarios de la seguridad del estado citaron a Antonio
Femeninas de la Agencia Patria para interrogarlo y subsecuentemente
lo acusaron de recibir dinero o materiales de dos ciudadanos
checos, Ivan Pilip y Jan Bubenik, quienes fueron arrestados
en enero (véase la Sección 1.d.). Para finales
de año no se había tomado ninguna otra medida
contra Femeninas. En febrero Ricardo González Alfonso,
corresponsal de RSF, fue detenido durante 4 horas e interrogado
sobre las entrevistas que dio a una estación de radio
basada en Miami. Subsecuentemente su casa fue puesta bajo
vigilancia policial. En febrero Edel García, director
de la agencia de noticias Central del Norte del País
(CNP) fue detenido durante 12 horas para impedirle que participara
en los þActos del 24 de Febreroþ, en conmemoración
de los dos aviones de los þ Hermanos al Rescateþ
derribados por aviones militares cubanos en espacio aéreo
internacional en 1996 (véase la Sección 1.d.).
García fue puesto en libertad en el campo, a unos 95
kilómetros de La Habana. En junio las autoridades detuvieron
a Edel García y Dorka Céspedes de Habanapress
en el þAniversario del Tamarindoþ en La Habana
y los pusieron en libertad fuera de ciudad. Los estudiantes
se burlaron de la hija adolescente de García por las
actividades de su padre como periodista independiente. Para
finales del año García no estaba detenido y
su juicio por cargos de colaboración con el enemigo,
de suministrar información a la Radio Martí
y de conspiración para cometer delitos y espionaje
seguían pendientes. En marzo los funcionarios de la
seguridad del estado en Moa detuvieron a Juan Carlos Garcel
de APLO, cuando tomaba parte en una manifestación cívica.
Fue llevado a Holguín, a 150 kilómetros de Moa
y detenido durante 7 horas en una casa de la seguridad del
estado donde los funcionarios del gobierno lo interrogaron.
Luego fue puesto en libertad y obligado a viajar por autostop
por 5 horas para regresar a su casa. El 31 de marzo la seguridad
del estado detuvo al periodista independiente Luis Alberto
Rivera Leyva de APLO, cuando se preparaba para informar sobre
el desalojo forzoso de individuos de sus hogares. Se le forzó
a sentarse en un carro patrulla hasta que terminó el
incidente. La seguridad del estado también dio instrucciones
a los establecimientos comerciales en su pueblo para que no
le permitieran utilizar el teléfono. En abril la policía
puso al corresponsal de los RSF, Ricardo González Alfonso,
bajo arresto domiciliario, cuando su ex esposa elevó
una queja según la cual él la había amenazado.
Es muy poco común que la policía imponga arresto
domiciliario en una disputa familiar. Su ex esposa dejó
sin efecto la acusación y para finales de año
González ya no estaba bajo arresto domiciliario.
En mayo
a Ohalis Vítores, de Cuba Voz, la seguridad estatal
lo amenazó con negarle para siempre un permiso de salida
si no "se comportaba" y cesaba en sus actividades periodísticas
independientes.
En julio,
un funcionario de la Seguridad del Estado se le acercó
en la calle a Jorge Olivera Castillo, de Habanapress, y lo
amenazó con tomar acción disciplinaria contra
él si continuaba con sus actividades periodísticas
independientes.
En agosto
agentes de la Seguridad del Estado interrogaron a Jesús
Alvarez Castillo, de la agencia Cubapress, y lo amenazaron
con la prisión por sus actividades periodísticas
independientes.
En septiembre,
la policía paró numerosas veces en la calle
a Juan Carlos Martínez Núñez, de la Agencia
CMN de Bayamo, Granma, y lo registró. La policía
también lo presionó para que firmara un documento
que declaraba que sus viajes a La Habana tenían propósitos
médicos y no para realizar actividades contrarrevolucionarias.
En septiembre,
funcionarios de la Seguridad del Estado acusaron a Manuel
Antonio Brito, del Buró de Periodistas Independientes
de Cuba (BPIC) de tratar de provocar una guerra con Estados
Unidos, en referencia a un artículo que había
escrito acerca de los ataques del 11 de septiembre contra
Estados Unidos. Brito fue detenido durante algunas horas y
no fue acusado.
Jesús
y Jadir Hernánez, de Havana Press, fueron acusados
en 2000 de traficar con migrantes ilegales y de colaboración
con una misión extranjera; su juicio estaba pendiente
a fines de año.
A por
lo menos otros cinco periodistas independientes se les negó
el derecho de emigrar, entre ellos a Ohalis Víctores,
Manuel Vázquez Portal, Jadir Hernández, Oswaldo
de Céspedes y Sunset Noguera (véase Sección
2.d.). Por ejemplo, en mayo a Isaura Ortega, de la APIC, se
le negó un permiso de salida. El gobierno usó
detenciones breves y repetidas para obligar a dos periodistas
independientes a dejar el país (véase Sección
1.d.).
Las autoridades
a menudo confiscaron equipo, especialmente equipo fotográfico
y de grabación, cuando arrestaban a periodistas. Era
posible comprar una máquina de fax o una computadora,
pagadera en dólares; si podía mostrarse un recibo,
normalmente este equipo no era confiscado. Las fotocopiadoras
y las impresoras tampoco podían encontrarse en el mercado
local o no se les vendían a los particulares, lo que
las convertía en un producto particularmente valioso
para los periodistas.
Los corresponsales
extranjeros residentes informaron que el nivel muy alto de
presión gubernamental experimentado en 2000, incluyendo
quejas oficiales e informales acerca de artículos periodísticos,
continuó durante el año. El gobierno ejerció
su capacidad de controlar a los miembros residentes de la
prensa extranjera requiriéndoles que obtuvieran un
permiso de salida gubernamental cada vez que querían
dejar la isla. El presidente Castro continuó criticando
públicamente la prensa internacional, a menudo citando
nombres.
La distribución
de información continúa controlada en forma
estricta. Se controla la importación de material de
lectura extranjero y el público no tiene acceso a revistas
y periódicos extranjeros. Miembros importantes del
gobierno han declarado que los ciudadanos no leen periódicos
y revistas extranjeros para enterarse de la noticias porque
no saben inglés y tienen acceso a las mesas redondas
que diariamente se transmiten por televisión sobre
los temas que necesitan conocer.
El gobierno
controla todos los accesos a la Internet, y todos los mensajes
del correo electrónico están sujetos a censura.
El acceso a las computadoras es limitado, y a la Internet
sólo se puede entrar por medio de instituciones aprobadas
por el gobierno. El uso del correo electrónico crece
lentamente a medida que el gobierno permite el acceso de más
usuarios; sin embargo, el gobierno controla generalmente su
uso, y sólo muy pocas personas o grupos tienen acceso
a él. El gobierno abrió para algunos periodistas,
artistas y centros comunitarios juveniles a nivel municipal
un portal nacional de la Internet, pero las autoridades continúan
restringiendo los tipos y cantidad de sitios internacionales
a los que se puede acceder.
El gobierno
prohíbe oficialmente a todas las misiones diplomáticas
en La Habana la impresión y distribución de
publicaciones, especialmente periódicos y recortes
de periódicos y revistas, a menos que traten exclusivamente
de las condiciones en el país de origen de la misión
y hayan recibido la aprobación del gobierno. Muchas
misiones no aceptan este requisito y distribuyen material
en abundancia; sin embargo, las amenazas del gobierno de expulsar
a los funcionarios de embajadas que suministren material publicado
han tenido un efecto desalentador en algunas misiones.
El gobierno
restringe la libertad de escribir y enseñar y continuó
haciendo hincapié en que es más importante reforzar
la ideología y disciplina revolucionarias que cualquier
tipo de libertad de expresión. En el sistema educativo
se enseña que los intereses del estado tienen precedencia
sobre toda otra obligación. A los profesores y a otros
funcionarios gubernamentales se les prohíbe reunirse
con algunos diplomáticos sin la aprobación previa
del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Ministerio de
Educación requiere que los maestros evalúen
la actitud ideológica de los estudiantes y de sus padres
y anoten dicha evaluación en el expediente escolar
que los estudiantes llevan durante su paso por la escuela.
Estos expedientes afectan en forma directa las perspectivas
de educación y la carrera del estudiante. Como cuestión
de política, el gobierno demanda que el material de
enseñanza, para cursos tales como matemáticas
o literatura, tenga un contenido ideológico. Los esfuerzos
del gobierno para debilitar a los disidentes incluyen negarles
educación superior y oportunidades profesionales. Fidel
Castro ha declarado públicamente que las universidades
están abiertas sólo para quienes comparten sus
creencias revolucionarias.
La expresión
artística está menos restringida. El gobierno
estimula a la comunidad cultural para que alcance los niveles
internacionales más elevados a fin de poder vender
su obra en el exterior a cambio de moneda dura. Sin embargo,
durante el otoño el gobierno comenzó a aplicar
un programa llamado "Ampliación de la Cultura" que
vincula el arte, el socialismo, las leyendas e ideología
"revolucionarias" modernas con su propia visión de
la cultura. El gobierno utiliza los medios de información
gubernamentales y las escuelas para imponer su visión
al público, especialmente la juventud.
b. Libertad
de reunión y asociación pacíficas
Aunque
la Constitución otorga derechos limitados de reunión
y asociación, estos derechos están sujetos al
requisito de que no pueden ser "ejercidos contra la existencia
y objetivos del Estado Socialista". La ley castiga toda reunión
no autorizada de más de tres personas, incluso las
relacionadas con servicios religiosos privados en residencias
privadas, con un máximo de 3 meses de prisión
y multa. Las autoridades aplican en forma selectiva esta prohibición
y a menudo la utilizan como pretexto legal para hostigar y
encarcelar a defensores de los derechos humanos.
Continuó
durante el año la política del gobierno de autorizar
en forma selectiva a la Iglesia Católica llevar a cabo
procesiones al aire libre en sitios específicos en
días festivos importantes. Durante cuatro años
consecutivos permitió la procesión en La Habana
relacionada con la celebración de misas el día
de Nuestra Señora de la Caridad, el 8 de septiembre.
Sin embargo el 8 de septiembre la policía de seguridad
ordenó a varios activistas de derechos humanos no asistir
a la procesión; varios activistas sí participaron
(ver Sección 2.c.). No hubo informes de que se negara
permisos a las procesiones durante el año.
Las autoridades
nunca han aprobado una reunión pública de un
grupo de derechos humanos y con frecuencia detuvieron a los
activistas para impedir que asistan a reuniones, manifestaciones
o ceremonias (ver Sección 1.d.).
El 30
de enero, funcionarios de la Seguridad del Estado impidieron
que activistas de los derechos humanos asistieran a una conferencia
propuesta sobre liberalismo, en la casa de Héctor Palacio
Ruiz, director del Centro de Estudios Sociales. Elizardo Sánchez,
director del CCHRNC, estimó que los funcionarios de
la Seguridad del Estado les dijeron a aproximadamente 40 activistas
que se fueran a sus casas.
El 8
de febrero la policía impidió que miembros de
la FCDH celebraran su reunión mensual ordinaria. La
policía detuvo a más de 20 miembros de la organización.
El presidente de la FCDH, Juan Carlos González Leyva,
dijo que lo golpearon en la cara, que perdió sus lentes
(González Leyva es ciego), y que se lo inmovilizó
mediante un agarre doloroso. Su padre y su hermano, que no
son miembros de la oposición, fueron obligados a subir
a un auto y se los dejó en libertad en las afueras
de la población de Ciego de Avila. La esposa de González
Leyva también fue detenida brevemente.
El 15
de febrero la policía impidió una conferencia
sobre ética periodística en el contexto de una
naciente sociedad civil, patrocinada por el Grupo de Reflexión
Moderado de la biblioteca independiente Jorge Mañach.
El dueño de la biblioteca, Ricardo González,
fue detenido temprano en la mañana y dejado en libertad
esa noche.
El 23
de febrero funcionarios de la Seguridad del Estado detuvieron
a activistas en pro de la democracia en diferentes partes
del país y les impidieron montar actividades en conmemoración
del derribamiento a tiros por la fuerza aérea de dos
aviones civiles en el espacio aéreo internacional (véase
Secciones 1.d. y 2.a.)
El 21
de mayo, funcionarios de la policía y la Seguridad
del Estado impidieron que activistas de los derechos humanos
participaran en el entierro de Diosdado Amelo Rodríguez,
que murió en prisión el 20 de mayo (véase
Sección 1.c.). La policía apaleó y pateó
a los activistas de derechos humanos que se negaron a subir
a tres autobuses ofrecidos por la Seguridad del Estado para
seguir el carro fúnebre, prefiriendo caminar tras él,
como es tradicional en Santiago de Cuba. Los vecinos expresaron
su desaprobación de las acciones policiales e intentaron
detener a la policía que apaleaba y pateaba a los disidentes.
La policía detuvo a seis personas antes de dejar la
zona. El carro fúnebre partió abruptamente,
obligando a los dolientes a encontrar otros medios para transportarlos
hasta el cementerio. La policía permitió sólo
a los parientes inmediatos entrar en el cementerio para la
ceremonia de inhumación. El 22 de mayo, los seis que
habían sido detenidos fueron puestos en libertad, y
cada uno fe multado en 88 dólares (1.760 pesos cubanos);
esto incluyó los daños sufridos por el carro
fúnebre. El 5 de junio, funcionarios de la Seguridad
del Estado colocaron una corona de flores en la tumba de Diosdado
con la leyenda "A Taíno, de tus hermanos en Seguridad",
como una alegación de que el fallecido había
colaborado con las fuerzas de la Seguridad del Estado. La
Seguridad del Estado usó también el 18 de septiembre
-- el primer aniversario de la muerte del activista de los
derechos humanos Jesús Yáñez Pelletier
-- esta táctica similar de acusar al muerto de colaboración
con la policía. El 21 de junio se celebró una
misa en sufragio de Diosdado en la iglesia de Santa Teresa.
Asistieron muchos activistas y familiares, mientras la Seguridad
del Estado se mantenía afuera. No hubo informes de
violencia.
El 6
de julio, la policía impidió que miembros del
Partido Popular de la Juventud Cubana viera la película
"Trece días". Los organizadores querían llevar
a cabo un debate sobre el filme.
En el
fin de semana del 4 al 5 de agosto, funcionarios de la Seguridad
del Estado detuvieron a activistas de la oposición
que planeaban realizar protestas en coincidencia con el séptimo
aniversario del motín antigubernamental que tuvo lugar
en La Habana el 5 de agosto de 1994.
El 10
de diciembre, aproximadamente 30 activistas asistían
a una celebración pacífica del aniversario de
la Declaración de los Derechos Humanos. Informaron
los activistas que policías vestidos de particular
verificaron los documentos de los que llegaban e impidieron
que algunas personas asistieran al acto.
El gobierno
organizó una serie de marchas el Día del Trabajo
y cada sábado realiza un encuentro "Tribuna Abierta"
en diferentes municipalidades en el país. El encuentro
recibe cobertura tanto radial como televisva
En general,
el gobierno niega a los ciudadanos la libertad de asociación.
El código penal prohíbe expresamente a los grupos
ilegales o no reconocidos. El ministro de Justicia, previa
consulta con el ministerio del Interior, es quién decide
si se otorga el reconocimiento oficial a las organizaciones.
Las autoridades nunca han aprobado el establecimiento de algún
grupo de derechos humanos. No obstante, hay una serie de asociaciones
profesionales que funcionan como Organizaciones No Gubernamentales
(ONG), pero sin reconocimiento oficial, entre ellas la Asociación
de Maestros Independientes, la Asociación de Abogados
Independientes (Agramonte), la Asociación de Arquitectos
e Ingenieros Independientes. Todas las demás ONGs reconocidas
legalmente están afiliadas por lo menos nominalmente
con, o controladas, por el gobierno.
Junto
con las iglesias reconocidas, la organización humanitaria
de la iglesia católica, Caritas, la Logia Masónica,
pequeños grupos de derechos humanos y una serie de
fraternidades u organizaciones profesionales, son las únicas
asociaciones que no están bajo el control o la influencia
del Estado, el partido comunista y sus organizaciones de masas.
Con excepción de los masones, cuya presencia en el
país se remonta a hace más de un siglo, las
autoridades siguen ignorando las solicitudes de reconocimiento
legal de estos grupos, lo que expone a sus miembros a ser
acusados de asociación ilegal. Todos los demás
grupos no gubernamentales reconocidos oficialmente están,
al menos nominalmente, afiliados al gobierno o bajo su control.
c. La
libertad de religión
La Constitución
reconoce el derecho de los ciudadanos a profesar y practicar
cualquier credo religioso, dentro del marco del respeto a
la ley; sin embargo, en la ley y en la práctica el
gobierno continúa restringiendo la libertad de religión.
En general, los grupos religiosos no inscritos continuaron
experimentando varios grados de interferencia oficial, hostigamiento
y represión. La política gubernamental de permitir
que la actividad religiosa apolítica tenga lugar en
sitios aprobados por el gobierno permaneció sin cambios;
sin embargo, los ciudadanos que practicaban su religión
en iglesias aprobadas oficialmente estaban a menudo sujetos
a vigilancia por parte de las fuerzas de la Seguridad del
Estado, y continuaron los esfuerzos del gobierno para mantener
un fuerte grado de control sobre la religión.
La Constitución
reconoce la separación de la iglesia y el estado. En
1991, el gobierno permitió a los quienes profesaban
creencias religiosas ingresar en el partido comunista. En
1992, enmendó la Constitución para prohibir
la discriminación por motivos de religión y
eliminó las referencias al "materialismo científico",
es decir, el ateísmo, como fundamento del Estado. Los
miembros de las fuerzas armadas que asisten a los servicios
religiosos no llevan el uniforme, probablemente para evitar
posibles reprimendas de sus superiores.
El gobierno
exige a las iglesias y a otros grupos religiosos que se inscriban
en el registro civil provincial de asociaciones del ministerio
del Interior para obtener el reconocimiento oficial. En la
práctica, el gobierno se niega a reconocer a nuevas
congregaciones. El gobierno prohíbe, salvo raras excepciones,
la edificación de nuevas iglesias, lo que obliga a
muchas congregaciones religiosas en crecimiento a infringir
la ley y a reunirse en casas particulares. Continuó
la campaña de hostigamiento por parte del gobierno
de las casas particulares donde se reúnen los fieles
para celebrar y, según informan las congregaciones
evangélicas, se han dado casos de desahucio de viviendas
usadas para estos fines. Según funcionarios del Consejo
Cubano de Iglesias (CCI), la mayoría de las casas privadas
de oración cerradas por el gobierno no estaban registradas,
haciéndolas técnicamente ilegales. Los miembros
pentecostales del CCI también se han quejado de las
actividades de proselitismo de misioneros extranjeros, que
impulsaron a algunos de sus miembros a establecer nuevas congregaciones
sin obtener los permisos requeridos. A causa de estas quejas
presentadas por los pentecostales, el CCI ha pedido oficialmente
a las organizaciones miembros de las iglesias en el extranjero
ayuda para disuadir al los misioneros extranjeros a establecer
iglesias pentecostales.
Las relaciones
del gobierno con las congregaciones religiosas se llevan a
cabo, principalmente, a través de la Oficina de Asuntos
Religiosos del partido comunista. El ministerio del Interior
realiza una labor activa para el control y supervisión
de las instituciones religiosas del país, que entraña
la vigilancia, la infiltración y el acoso de clérigos
religiosos y de laicos.
En 1998,
luego de la visita del papa Juan Pablo II, los obispos católicos
del país pidieron al gobierno que reconociera la función
de la Iglesia Católica en la sociedad civil y la familia,
al igual que en las áreas temporales del trabajo, la
economía, las artes y los mundos científico
y técnico. El gobierno siguió limitando el acceso
de la Iglesia Católica a los medios de comunicación
y se negó a permitir que la Iglesia Católica
poseyera una imprenta legal independiente. Mantuvo una prohibición
contra el establecimiento de escuelas de filiación
religiosa.
En septiembre
las autoridades gubernamentales locales, por cuarto año
consecutivo, permitieron que la Iglesia Católica efectuara
una procesión al aire libre para celebrar la fiesta
de Nuestra Señora de la Caridad del Cobre en La Habana
(véase Sección 2.b.). Aunque visiblemente presente,
el personal de la Seguridad del Estado no hostigó a
los participantes u observadores como lo hizo en 1998. Sin
embargo, antes del evento, la policía de seguridad
ordenó a varios activistas de los derechos humanos
que no asistieran a la procesión.
El 24
de septiembre, miles de personas asistieron a las diversas
misas oficiadas ese día en homenaje a la Virgen de
la Caridad del Cobre, la santa patrona de los presos. La agencia
de prensa independiente Cuba Verdad informó que luego
de una de las misas vespertinas varios activistas de los derechos
humanos encabezaron una marcha pacífica. Aunque estaban
presentes, los agentes de la Seguridad del Estado no intervinieron.
Sin embargo, el 28 de septiembre uno de los organizadores
de la marcha espontánea, Carlos Alberto Domínguez,
fue detenido brevemente en su casa y conducido a la estación
de policía más cercana; se lo puso en libertad
sin que fuera acusado.
En 1998
el gobierno anunció, en una declaración del
Buró Político que, en adelante, a los ciudadanos
se les permitiría celebrar la Navidad como día
feriado oficial. (El feriado había sido cancelado,
ostensiblemente para estimular la zafra, en 1969, y se lo
restableció en 1997 como parte de los preparativos
para la visita del papa en 1998). Sin embargo, a pesar de
la decisión del gobierno de permitirles a los ciudadanos
celebrar la Navidad como día feriado oficial, se mantuvo
también un decreto de 1995 que prohíbe escenas
navideñas en los edificios públicos. La procesión
de Navidad tuvo lugar en diciembre.
El 10
de marzo, miembros del Partido Comunista de la Provincia de
La Habana prepararon un documento confidencial que criticaba
los recientes avances de la Iglesia en la sociedad. El documento
ofrecía al partido sugerencias sobre cómo invalidar
la labor pastoral de la Iglesia, que incluía dictar
clases de computación, asistir a los niños que
padecen del síndrome de Down, distribuir medicinas
en cooperación con doctores que dan recetas escritas
a los dispensarios médicos de la Iglesia, y dar ayuda
caritativa a los ancianos. Se alega que el documento sugería
que el partido tomara medidas correctivas, por ejemplo, mediante
el control de la distribución de medicinas. El cardenal
Jaime Ortega Alamino caracterizó el documento del partido
como antirreligioso y de retroceso a la constitución
anterior a 1992. El cardenal sugirió nuevamente que
para superar estos conceptos erróneos la Iglesia y
el estado deberían participar en una "profunda discusión"
del significado de la religión en la sociedad. Luego
de la publicación del artículo, se informó
que los líderes del Partido Comunista de La Habana
pidieron disculpas a la jerarquía católica.
El gobierno
autorizó la entrada en el país de sacerdotes
extranjeros, dos de Paraguay y dos de España, y de
otro religioso, para sustituir a otros sacerdotes cuyos visados
habían caducado. En el transcurso del año el
gobierno emitió 10 visados a otros religiosos, entre
ellos monjas. Las solicitudes de otros muchos sacerdotes y
trabajadores religiosos seguían pendientes a fin de
año.
Aunque
el gobierno permite la visita de eclesiásticos a los
prisioneros, los guardias de las cárceles a veces les
impiden que vean a los que son prisioneros políticos.
A fin de que un eclesiástico pueda visitarlo, el prisionero
político debe presentar por escrito una solicitud y
el director de la prisión debe aprobarla. Elías
Biscet recibió durante el año dos visitas de
un sacerdote católico.
La educación
es seglar y no se permite a ninguna institución religiosa
impartir educación. No hubo informes de que se impusiesen
restricciones a la enseñanza religiosa de los niños
por sus padres.
El gobierno
sigue aplicando una resolución que prohíbe a
toda empresa cubana o conjunta (salvo las que están
autorizadas expresamente para ello) vender computadoras, máquinas
de facsímile, fotocopiadoras u otro equipo a las iglesias,
a precios que no sean los oficiales -y exorbitantes- de venta
al por menor. No se impusieron restricciones a la importación
de literatura o símbolos religiosos siempre y cuando
fueran importados por grupos religiosos inscritos y de conformidad
con los procedimientos apropiados de importación. A
los prisioneros confinados en celdas de castigo se les negó
acceso a material de lectura, incluyendo la Biblia (véase
Sección 1.c.).
En los
últimos años, el gobierno ha aliviado las restricciones
que pesaban sobre algunas sectas religiosas, entre ellos los
Adventistas del Séptimo Día y los Testigos de
Jehová. A los Testigos de Jehová, que antes
eran considerados "enemigos religiosos activamente opuestos
a la revolución" se les permitió predicar discretamente
de puerta en puerta y, por lo general, no fueron objeto de
hostigamiento evidente de parte del gobierno, aunque sí
hubo informes esporádicos de hostigamiento por funcionarios
locales del gobierno y del Partido Comunista.
El Consejo
Cubano de Iglesias (CCI) continuó transmitiendo un
programa mensual de 15 minutos en la emisora de radio de música
clásica, con la condición de que no incluyera
material de carácter político.
En julio
el gobierno detuvo a varios activistas de derechos humanos
para impedir su participación en una Misa de Recordación
para las víctimas del hundimiento en 1994 del remolcador
"13 de Marzo" (véanse Secciones 1.a. y 1.d.). Los funcionarios
de seguridad del Estado visitaron a algunos sacerdotes y pastores
antes de la celebración de importantes actos religiosos,
aparentemente para prevenirles contra los disidentes que intentaban
"aprovecharse de la Iglesia". Sin embargo, algunos críticos
sostienen que estas visitas tenían como fin sembrar
la desconfianza entre las iglesias y los activistas que trabajan
en pro de la democracia y de los derechos humanos. Los agentes
de seguridad del Estado también hostigaron con regularidad
a los defensores de los derechos humanos antes de la celebración
de servicios religiosos en conmemoración de fiestas
especiales o de importantes efemérides nacionales,
para lo que a veces entraban en las iglesias e interrumpían
las ceremonias religiosas.
d. Libertad
de movimiento en el país, viajes al exterior, emigración
y repatriación
El gobierno
restringió estrictamente la liberad de movimiento.
En general, el gobierno no ha impuesto restricciones legales
a los desplazamientos dentro del país, salvo a las
personas infectadas con el virus del VIH, a las que inicialmente
confina en sanatorios para someterlas a tratamiento y terapia
antes de reintegrarlas condicionalmente a la comunidad. No
obstante, en los últimos años, los agentes de
la seguridad el Estado han prohibido a defensores de los derechos
humanos y a periodistas independientes viajar fuera de las
provincias en que residen y el gobierno también ha
sentenciado a otros a exilio interno.
El Decreto
217 prohíbe a las personas de otras provincias de trasladarse
a La Habana,y el motivo que se aduce para ello es que si no
se controla la migración interna, los problemas de
vivienda, transporte público y suministro de agua y
electricidad de la ciudad se agravarían. El gobierno
ha señalado recientemente que, desde la entrada en
vigor del decreto, 17.000 personas menos han migrado a La
Habana. La policía verifica frecuentemente la documentación
de los viandantes, y si encuentra a alguno que es de otra
provincia y está residiendo ilegalmente en La Habana
le pone una multa equivalente a 11,50 dólares (300
pesos y le envía a su provincia. Las multas son más
altas (38 dólares, igual a 1.000 pesos) para los que
residen ilegalmente en los barrios de La Habana Vieja y El
Cerro. Los observadores de los derechos humanos han señalado
que, si bien el decreto afecta a la migración en todo
el país, se dirige especialmente a individuos y familias
predominantemente con ancestro africano, de las provincias
orientales más pobres.
El gobierno
impuso algunas restricciones tanto a la emigración
y a los viajes temporales al extranjero. El gobierno permite
salir a la mayoría de las personas que califican como
inmigrantes o tienen estatuto de refugiados en otros países;
sin embargo, en algunos casos, las autoridades retrasan o
deniegan los permisos de salida, por lo general sin dar explicación.
Algunas veces se niega el permiso a profesionales que trataron
de emigrar y a quienes el gobierno posteriormente prohibió
ejercer su profesión. El gobierno rehusó el
permiso a otros por considerar que sus casos eran sensibles
por razones políticas o de seguridad del Estado. En
julio de 1999, el ministerio de Salud emitió un reglamento
interno, conocido como la resolución 54, por el que
se niega el permiso de salida a los médicos hasta que
hayan prestado de 3 a 5 años de servicios profesionales
a partir de la fecha de solicitud del permiso de viajar al
extranjero. Este reglamento se aplica normalmente a los médicos
recién graduados. Este reglamento no se ha publicado
como parte de las disposiciones legales y se puede aplicar
también a otras profesiones.
En febrero
un grupo de 31 profesionales médicos envíaron
una carta a las autoridades en protesta de la decisión
del gobierno de no permitirles su emigración legal.
Estos profesionales de la medicina tenían la condición
de inmigrante en otros países, pero el Ministerio de
Salud rehusó dar el visto bueno a sus permisos de salida.
Los médicos publicaron el documento. El gobierno respondió
dejándoles cesantes, destinándoles a dispensarios
de salud ubicados en zonas remotas y en condiciones deplorables,
o manteniéndoles aislados. Uno de los médicos
firmantes de la carta intentó abandonar el país
ilegalmente, pero fue apresado y liberado tres días
más tarde.
El 7
de junio, ocho médicos y una enfermera iniciaron públicamente
un ayuno para protestar contra la negativa del Ministerio
de Salud de otorgar la autorización necesaria para
obtener permisos de salida. El ayuno se mantenía en
efecto al finalizar el año. El ayuno público
de los médicos y la enfermera resultó en la
Declaración 2001 emitida por el grupo de profesionales
médicos (véase Sección 2.a.).
El 15
de marzo, los funcionarios de inmigración impidieron
que el periodista independiente Oswaldo de Céspedes
y su familia abordaran el vuelo en condición de refugiados
políticos. Se le informó a de Céspedes
que su permiso de salida había sido revocado. Un funcionario
de migración le dijo luego que su permiso de salida
había sido cancelado por "motivos que interesan al
estado". En tanto que se permitió la salida de su familia
en una fecha posterior, de Céspedes permanecía
en el país al concluir el año.
Elizardo
Sánchez Santa Cruz, presidente de Comisión Cubana
de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional, solicitó
un permiso de salida para asistir a la Conferencia Latinoamericana
de Derechos Humanos en Ciudad México. En junio, antes
de que el gobierno pudiera responder a su solicitud, Sánchez
solicitó de emergencia un visado por defunción
en su familia. Sánchez visitó varios países
antes de regresar a Cuba. En octubre se le permitió
salir nuevamente del país para asistir a otra conferencia
sobre derechos humanos en la República Checa.
En septiembre
el presidente de la organización ambiental Naturpaz
viajó para hacer una visita a Estados Unidos.
El gobierno
también niega habitualmente el permiso de salida a
los jóvenes que están por cumplir la edad del
servicio militar hasta que cumplan 27 años, incluso
cuando se haya autorizado la salida del resto de la familia.
Sin embargo, en la mayoría de los casos en que se autoriza
la migración a Estados Unidos conforme al acuerdo de
migración entre Estados Unidos y Cuba, del 1 de septiembre
de 1994, a los aspirantes se les exime finalmente del servicio
obligatorio y se les concede el permiso de salida.
El gobierno
tiene por norma negar el permiso de salida durante varios
años a los parientes de las personas que han logrado
emigrar ilegalmente (por ejemplo, los marinos mercantes que
han desertado en el extranjero y las figuras del deporte que
han desertado cuando estaban de gira en el exterior).
En junio,
Pedro Riera Escalante, quien antes fuera cónsul de
cuba y funcionario de los servicios de inteligencia en Ciudad
México, fue condenado por un tribunal a seis años
de cárcel por salir ilegalmente del país, utilizar
documentos falsificados y sobornar a funcionarios para hacer
posible su partida. Escalante se había desvinculado
del gobierno y buscaba asilo político en México.
Sin embargo, en octubre fue deportado a la fuerza por las
autoridades mexicanas.
Los migrantes
que van a Estados Unidos deben pagar 600 dólares por
adulto y 400 dólares por niño, además
del pasaje aéreo. Estos costos oficiales por el examen
médico, pasaporte y visado de salida, que se abonan
en dólares, equivalen para un profesional al salario
acumulado en pesos de cinco años y representan una
carga considerable, sobre todo para los refugiados políticos
que suelen ser personas marginadas y sin ingresos. En 1996,
el gobierno permitió la salida anual de 1.000 refugiados
necesitados con el pago de tarifas reducidas. Sin embargo,
después de la salida del primer grupo de 1.000 en 1996,
no se ha permitido a ningún otro refugiado las tarifas
reducidas. Para finales del año, de los 1001 refugiados
autorizados 21 permanecían en el país por no
poder pagar las tarifas oficiales de salida para sí
y su familia.
El Código
Penal establece penas de prisión de uno a tres años
o multas de 15 a 50 dólares (de 300 a 1.000 pesos)
por el intento de salida no autorizada en barco o balsa. La
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados
(ACNUR) ha declarado que considera rigurosa y excesiva una
pena de más de un año por tratar de salir ilegalmente.
Bajo las condiciones del acuerdo de migración entre
Cuba y Estados Unidos, del 2 de mayo de 1995, el gobierno
se comprometió a no procesar o tomar represalias contra
los balseros devueltos a Cuba de aguas internacionales o norteamericanas,
o desde la base naval de Estados Unidos en Guantánamo,
luego de intentar emigrar ilegalmente.
En 1994,
el gobierno mitigó las restricciones a las visitas
y la repatriación de emigrantes cubanos. Los cubanos
que establecen residencia en el extranjero y están
en posesión de un permiso de residencia en el extranjero
expedido por el gobierno pueden viajar a Cuba sin visado.
El gobierno redujo la edad de las personas que tienen derecho
a viajar al extranjero de 20 a 18 años y amplió
el período de estancia temporal en el extranjero de
6 a 11 meses. En 1995, el gobierno anunció que los
emigrantes a quienes no se considerase implicados en "actividades
hostiles" contra el gobierno y no estuviesen sujetos a procedimientos
penales en su país de residencia podían solicitar
en los consulados cubanos un permiso de viaje renovable de
entradas múltiples, válido para dos años.
Sin embargo, en 1999, el gobierno anunció que no se
concedería el permiso de entrada a los emigrantes que
hubieran abandonado el país ilegalmente después
de septiembre de 1994. Todavía no se ha podido esclarecer
si el gobierno está, efectivamente, poniendo en práctica
esta norma.
La Constitución
dispone la concesión de asilo a las personas que sufren
persecución "por causa de sus ideales o lucha en pro
de los derechos democráticos contra el imperialismo,
fascismo, colonialismo y neocolonialismo; contra la discriminación
y el racismo; en pro de la liberación nacional; en
pro de los derechos de trabajadores, campesinos y estudiantes,
en pro de sus actividades políticas, científicas,
artísticas y literarias progresistas; en pro del socialismo
y de la paz". Sin embargo, el gobierno no dispone de ningún
mecanismo oficial para ofrecer asilo a ciudadanos extranjeros.
No obstante, el gobierno respeta el principio básico
del asilo y lo ha concedido a un pequeño número
de personas. No se tienen información acerca de su
utilización durante el año. Un total de 93 personas
aplicaron al estatuto de refugiado en el año y 25 fueron
aprobados; de acuerdo a ACNUR hay 1036 refugiados en el país.
No se conocen casos de personas que hayan sido forzadas a
regresar a países donde temen ser perseguidas.
Sección
3. El respeto de los derechos políticos: el derecho
de los ciudadanos a cambiar de gobierno
Los ciudadanos
no tienen derecho legal de cambiar su gobierno o de abogar
por el cambio, y el gobierno toma represalias sistemáticas
contra los que buscan un cambio político pacífico.
La Constitución proscribe toda organización
política que no sea el partido comunista. Aun cuando
la Constitución dispone la elección directa
de los miembros de las Asambleas provinciales, municipales
y de la Asamblea Nacional, los candidatos tienen que ser aprobados
de antemano por organizaciones de masas controladas por el
gobierno. En la práctica, un pequeño grupo de
dirigentes, bajo el mando del presidente Castro, selecciona
a los miembros de los órganos supremos encargados de
formular la política en el Partido comunista: el Buró
Político y el Comité Central.
Las autoridades
ejercen un control riguroso en la selección de los
candidatos y todas las elecciones para los cargos en el gobierno
y el partido. Los comités de candidaturas están
integrados por miembros de organizaciones de masas tales como
la Confederación de Trabajadores Cubanos (CTC) y los
CDR, que están encargados de seleccionar candidatos,
cuyos nombres se envían a las asambleas municipales,
las cuales, a su vez, seleccionan un solo candidato para cada
escaño regional en la ANPP. Nunca se ha permitido a
un candidato independiente o de oposición competir
por un cargo nacional.
En enero
de 1998, el gobierno realizó elecciones nacionales,
en las que 601 candidatos fueron aprobados para competir por
los 601 escaños de la Asamblea Nacional. Según
información de los medios oficiales, estos candidatos
obtuvieron más del 93% del voto. No se permitió
presentarse a las elecciones a ningún candidato de
opiniones independientes o contrarias al gobierno, y en los
medios nacionales de información, controlados por el
gobierno, no se expresó ninguna opinión contraria
a la del gobierno o el Partido comunista. El gobierno saturó
los medios de información y se valió de los
ministerios gubernamentales, los órganos del Partido
comunista y las organizaciones de masas para instar a los
electores a emitir un "voto unificado", marcando una casilla
que selecciona automáticamente a todos los candidatos
indicados en la papeleta. En la práctica, el Partido
comunista aprobó a los candidatos a todos los cargos.
Una pequeña minoría de los candidatos no pertenecía
oficialmente al Partido Comunista. El Partido Comunista fue
el único partido político autorizado a participar
en las elecciones.
Los diputados
de la Asamblea Nacional, los delegados de las asambleas provinciales
y los miembros del Consejo del Estado son elegidos cada cinco
años en elecciones generales. Las elecciones municipales
se celebran cada 21/2 años para seleccionar 14.686
representantes locales a las asambleas municipales, el escalón
más bajo de la estructura del gobierno. En abril de
2000, el gobierno celebró elecciones para seleccionar
a los candidatos locales para representantes en las asambleas
municipales. Los medios impresos del gobierno informaron que
el 98 por ciento de los votantes fueron a las urnas. Un poco
más del 50 por ciento de los que resultaron elegidos
eran titulares del cargo, el 20 por ciento eran mujeres y
la edad del 9 por ciento de todos los candidatos oscilaba
entre los 16 y 30 años. Según los informes el
número de papeletas en blanco en todo el país
se redujo de 3,2 a 2,8 por ciento, en tanto que el número
de papeletas anuladas disminuyó hasta un 3 por ciento
frente a un 4 por ciento de las elecciones anteriores.
Si bien
no es un requerimiento formal, ser miembro del Partido Comunista
es de hecho un prerrequisito para ocupar altos cargos oficiales
y para los ascensos profesionales.
El gobierno
rechaza todo cambio del sistema político que juzgue
incompatible con la revolución y pasó por alto
y suprimió activamente los llamados a la reforma democrática.
Si bien el presidente Castro firmó la Declaración
de Viña del Mar durante la Sexta Cumbre Iberoamericana
en 1996, en la que los líderes de los gobiernos reafirmaron
su compromiso con la democracia y el pluralismo político,
el gobierno siguió oponiéndose a la actividad
política independiente con el argumento de que el sistema
nacional permite una forma "perfeccionada" de democracia y
que existe el pluralismo dentro de la estructura monopartidista.
Los puestos
principales en el gobierno continúan dominados por
los hombres. Aunque no hay impedimentos legales para el voto
de la mujer, ejercer cargos políticos o ejercer el
liderazgo político, el porcentaje de mujeres en el
gobierno y la política no corresponde a su porcentaje
en la población. Hay muy pocas mujeres o personas de
grupos minoritarios en cargos responsables en el gobierno
o en el partido. Hay dos mujeres en el Buró Político
de 24 miembros, 18 en el Comité Central de 150 miembros
y 166 en la ANPP de 601 bancas. Aunque los negros y las personas
de ascendencia africana representan más de la mitad
de la población, solamente ocupan seis bancas en el
Buró Político.
Sección
4 - La actitud del gobierno con respecto a la investigación
internacional y no gubernamental de supuestas violaciones
de derechos humanos
El gobierno
no reconoce ningún grupo interno de derechos humanos,
ni le permite funcionar legalmente. El gobierno somete a los
defensores internos de los derechos humanos a intensa intimidación,
hostigamiento y represión. El gobierno, en violación
de sus propios estatutos, se niega a considerar las solicitudes
de reconocimiento jurídico presentadas por grupos observadores
de derechos humanos (véase la Sección 2.b.).
Los disidentes
creen generalmente que la mayoría de las organizaciones
de derechos humanos han sido infiltradas y están sujetas
a vigilancia constante. Los activistas creen que algunos,
quizás muchos de los disidentes, son miembros de la
Seguridad del Estado o personas que intentan calificar para
obtener la condición de refugiados con el fin de abandonar
el país.
En su
informe de 1997, la CIDH examinó las medidas adoptadas
por el gobierno y encontró que las mismas no "formaban
la base de una reforma sustantiva en el actual sistema político
que permitiría el pluralismo ideológico y partidista
implícito en el manantial del que surge un sistema
democrático de gobierno". La CIDH recomendó
que el gobierno permita salvaguardias razonables para prevenir
violaciones de los derechos humanos, liberar incondicionalmente
a los presos políticos y los encarcelados por tratar
de abandonar el país, abrogar el concepto de peligrosidad
en el código penal, eliminar otras restricciones legales
a las libertades básicas, cesar de hostigar a los grupos
de derechos humanos y establecer la separación de poderes,
de modo que el poder judicial ya no esté subordinado
al poder político (ver Secciones 1.c. y 1.e.).
El 8
de mayo, un agente de seguridad del estado confiscó
las peticiones firmadas que Carlos Brizuela había recogido
en nombre del Proyecto Varela. Este proyecto, auspiciado por
el Movimiento Cristiano de Liberación y dirigido por
Oswaldo Paya Sardinas, tiene como fin recoger 10.000 firmas
de ciudadanos que solicitan un referéndum popular,
según prescribe la Constitución de 1976, sobre
la necesidad de hacer cambios políticos y económicos.
El Proyecto Varela propone cinco áreas en las que se
deben modificar las leyes tomando en cuenta los derechos constitucionales
existentes, entre ellos el derecho de libre expresión,
el derecho de libre asociación, la amnistía
para los encarcelados por "motivos políticos", el derecho
de establecer empresas y una nueva ley electoral que permita
a los ciudadanos votar por varios candidatos como una forma
más acertada de practicar la "democracia participativa".
El gobierno
ha rechazado permanentemente la participación de observadores
internacionales de derechos humanos. En 1992 el representante
del país en la ONU declaró que Cuba no reconocería
el mandato de la Comisión de Derechos Humanos de las
Naciones Unidas (CDHNU) en relación con Cuba y no cooperaría
con el Relator Especial para Cuba, a pesar de que Cuba es
miembro de la CDHNU. Esta política siguió sin
cambiar y el gobierno se negó hasta a reconocer las
solicitudes del relator especial de visitar el país.
En 1998, la CDHNU no renovó el mandato del relator
especial, después de aseveraciones no cumplidas de
parte del gobierno cubano de que mejoraría las prácticas
de derechos humanos si no estuvieran bajo la sanción
formal de la CDHNU.
Al igual
que en 2000, la CDHNU volvió a aprobar una resolución,
el 18 de abril, presentada por la República Checa,
que expresaba preocupación por la situación
de los derechos humanos en el país. A diferencia del
año anterior, no hubo marchas organizadas frente a
la embajada checa en La Habana.
Sección
5 - Discriminación basada en raza, sexo, religión,
incapacidad, idioma o condición social
Cuba
es una sociedad multirracial con una mayoría de raza
negra o mixta. La Constitución prohíbe la discriminación
basada en la raza, el sexo o el origen nacional, si bien hay
pruebas que sugieren que la discriminación racial ocurre
frecuentemente.
Mujeres
La prensa
informa raramente sobre crímenes violentos y no existe
información públicamente disponible acerca de
la incidencia de violencia doméstica y violación
sexual; sin embargo, defensores de los derechos humanos informan
que la violencia contra la mujer es un problema. La ley establece
castigos severos a la violación, y el gobierno parece
aplicar la ley contra la violación; sin embargo, conforme
a defensores de los derechos humanos, la policía no
actúa en casos de violencia doméstica.
La relatora
especial de la ONU para la violencia contra la mujer, visitó
el país en 1999 y publicó en febrero de 2000
un informe sobre sus hallazgos. El informe señala que
la mayoría de los funcionarios gubernamentales no consideran
la violencia contra la mujer un problema frecuente. Sin embargo,
activistas a nivel popular están al tanto de los problemas
de violencia que afectan a la mujer. La Relatora urgió
al gobierno que apruebe medidas amplias para aumentar la protección
jurídica de la mujer e instó específicamente
a que se adopte legislación que aborde la violencia
doméstica y el hostigamiento sexual.
La prostitución
es legal para las personas mayores de 17 años; sin
embargo, el proxenetismo o beneficiarse de otra manera de
la prostitución constituye un delito. La prostitución
ha aumentado mucho en los últimos años; informes
de prensa indican que turistas de varios países visitan
el país específicamente para utilizar los servicios
de prostitutas baratas. Las medidas enérgicas contra
la prostitución aprobadas por el gobierno a fines de
1998, tuvieron inicialmente algún efecto, pero las
prostitutas (conocidas como "jineteras") seguían visibles
en La Habana y otras ciudades principales durante el año.
El éxito inicial se debió a que se estacionó
policías en casi todas las esquinas de las calles principales
frecuentadas por turistas. Se sospecha que algunos funcionarios
policiales en la calle ofrecen protección a las jineteras.
La mayoría de los observadores cree que el gobierno
tomó medidas contra la prostitución para combatir
la idea de que fomenta el turismo sexual. El gobierno estableció
centros para sacar a las prostitutas de la calle y reeducarlas;
el centro más reciente se abrió supuestamente
en septiembre, en Valle Grande, cerca de La Habana. En su
informe de febrero 2000, la Relatora Especial de la ONU Sobre
la Violencia Contra la Mujer recomendó que el gobierno
cierre los centros y encuentre "otros mecanismos que no infrinjan
los derechos de las prostitutas". No hubo información
disponible para saber si el gobierno desmanteló o no
esos centros.
El Código
de Familia declara que las mujeres y los hombres tienen derechos
y responsabilidades iguales en el matrimonio, el divorcio,
la crianza de los hijos, el mantenimiento del hogar y el ejercicio
de profesiones. La mujer está sujeta a las mismas restricciones
que los hombres en lo que respecta a la posesión de
propiedades. El primero de mayo fue modifica la ley de maternidad
para dar un año de licencia por maternidad, un aumento
de las 18 semanas vigentes. La ley otorga a las madres que
trabajan acceso preferencial a bienes y servicios. Aproximadamente
40 por ciento de todas las mujeres trabaja, y están
bien representadas en muchas profesiones. Según la
Federación de Mujeres Cubanas (FMC), en el 2000 las
mujeres ocuparon el 33 por ciento de los cargos administrativos.
La FMC afirmó también que 11.200 mujeres han
recibido parcelas de tierras para cultivo; que más
de 561.000 mujeres han empezado a trabajar como trabajadoras
agrícolas, y que las mujeres dedican 34 horas semanales
al trabajo doméstico, aproximadamente la misma cantidad
de horas que dedican al trabajo fuera del hogar.
Niños
La Constitución
estipula que el gobierno protege a la familia, la maternidad
y el matrimonio. Declara asimismo que los niños, legítimos
o no, tienen los mismos derechos conforme a la ley, y señala
las obligaciones de los padres para protegerlos. La educación
es gratuita y obligatoria hasta el noveno grado, pero se basa
en la ideología marxista. La formación integral
de los menores es responsabilidad de las organizaciones y
escuelas estatales. El sistema nacional de cuidado de la salud
cubre a todos los ciudadanos.
No existe
ninguna pauta social de abuso de menores. Sin embargo, la
prostitución de menores es un problema, y hay muchachas
jóvenes que se dedican a la prostitución para
ayudar a sostenerse a sí mismas y a sus familias. Es
ilegal que un menor de 17 años se dedique a la prostitución.
A fines de 1998 la policía empezó a aplicar
esta ley más activamente y continuó haciéndolo
durante todo el año, como parte de sus medidas enérgicas
contra la prostitución en general. Sin embargo, el
fenómeno continúa a medida que se abren más
cabarets y discotecas para la creciente industria turística,
que facilita a los turistas entrar en contacto con la prostitución
infantil.
Los funcionarios
policiales que encuentran a niños holgazaneando en
las calles o mendigando de los turistas intervienen frecuentemente
y tratan de encontrar a los padres. Si la policía encuentra
a un niño molestando por segunda vez a turistas, con
frecuencia multa a los padres del niño.
Personas
incapacitadas
La ley
prohíbe la discriminación basada en la incapacitación,
y ha habido algunas quejas sobre este tipo de discriminación.
La ley
prohíbe la discriminación por motivo de incapacidad
física, y ha habido pocas quejas de tal discriminación.
El 15 de enero, Juan Carlos González Leyva and Luis
Esteban Alvarez de la Fraternidad de Ciegos Independientes
de Cuba (FRACIC) enviaron una carta al presidente Castro quejándose
de la difícil situación que afrontaban los invidentes.
Acusaban al gobierno de falta de voluntad ante esta situación.
La carta se refería específicamente al incidente
ocurrido en noviembre de 2000 en una operación especial
de las fuerzas policiales en la que desalojaron forzosamente
a varios discapacitados impidiendo que vendieran sus productos
en la zona centro de La Habana. La policía arrestó
a dos personas y el tribunal sentenció a una de ellas
a un año de cárcel por vender artículos
robados.
No hay
leyes que ordenen que los edificios sean accesibles a personas
con incapacidad física. En la práctica son raros
los edificios y medios de transportación que sean accesibles
a personas con incapacidad física.
Minorías
nacionales, raciales, étnicas
Muchas
personas de ascendencia africana se han beneficiado, a partir
de la revolución de 1959, del acceso a la educación
y el cuidado médico básico, y los negros constituyen
una gran parte de la fuerza policial y el personal reclutado
del ejército. No obstante, la discriminación
racial ocurre frecuentemente, y es reconocida públicamente
por altos funcionarios gubernamentales, incluso por Castro
en declaraciones en la Conferencia Mundial sobre el Racismo,
realizada en Sudáfrica. Castro admitió que el
racismo ha sido erradicado. Ha habido numerosos informes sobre
un número desproporcionado de hostigamientos policiales
a jóvenes negros. Los desalojos, agravados por el Decreto
217, estaban dirigidos principalmente contra personas y familias
de las provincias orientales, que tradicionalmente son zonas
de poblaciones de raza negra o mixta (ver Sección 2.d.).
Sección
6 - Derechos de los trabajadores
a. Derecho
de asociación
La Constitución
da prioridad a las necesidades estatales o colectivas sobre
las preferencias individuales en lo que respecta a la libre
asociación o provisión de empleo. Las demandas
de la economía y la sociedad tienen precedencia sobre
las preferencias personales de los trabajadores. La ley prohíbe
las huelgas; no se conoce que haya habido alguna. Las organizaciones
laborales oficiales establecidas tienen una función
de movilización y no actúan como sindicatos
laborales, no promueven los derechos del trabajador, ni reconocen
el derecho de huelga. Estas organizaciones están bajo
el control del estado y del Partido Comunista, los que también
administran las empresas para las que los obreros trabajan.
El Partido
Comunista elige los dirigentes de la única confederación
laboral legal, la Confederación de Trabajadores Cubanos,
cuya principal responsabilidad es asegurar que se cumpla las
metas de producción gubernamentales. A pesar de las
negativas expresadas en foros internacionales, el gobierno
prohíbe explícitamente los sindicatos independientes
y ninguno ha sido reconocido. Esta condición no ha
cambiado desde que la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) halló en 1992 que el gobierno violaba
las normas de la OIT pertinentes a la libre asociación
y el derecho de organizarse. Aquellos que intentan dedicarse
a actividades sindicales no oficiales encaran la persecución
del estado.
Los trabajadores
pueden perder, y en efecto han perdido, sus empleos por sus
creencias políticas, incluso por negarse a unirse al
sindicato oficial. Se han creado varias organizaciones laborales
independientes pequeñas, pero las mismas operan sin
reconocimiento legal y son incapaces de representar eficazmente
a los trabajadores o de actuar en su favor. El gobierno hostiga
activamente a estas organizaciones.
El 26
de enero, el gobierno puso en libertad a Pedro Pablo Alvarez
Ramos, secretario general del Consejo Unitario de Trabajadores
Cubanos (CUTC) sin haber formulado cargos en su contra, tras
haber sido arrestado en octubre de 2000. El 3 de febrero,
Jordanis Rivas Hernández y Cecilia Chavez González,
ambos trabajadores en la instalación de una agroindustria
de la provincia de Villa Clara, fueron despedidos por "falta
de confianza", según se alegó en alusión
a su participación en los movimientos laborales independientes
(véase Sección 1.f.). El 8 de junio, el activista
laboral independiente José Orlando González
Bridón de la Confederación de Trabajadores Democráticos
de Cuba fue sentenciado a dos años de cárcel
(véase Sección 1.e.). Fue liberado tras cumplir
un año de su sentencia incluyendo el tiempo que pasó
detenido antes de su juicio. El 23 de julio, la policía
detuvo por unas breves horas a Néstor González
Pentón, miembro de la Confederación de Trabajadores
Democráticos de Cuba en Santa Clara. Durante el interrogatorio
se le informó a González que si no se colocaba
pronto en un empleo sería encarcelado por "peligrosidad".
La mayoría de los disidentes pierden sus puestos de
trabajo y permanecen en paro. El único trabajo que
se les ofrece es en la limpieza de las calles. El 3 de septiembre
se celebró la primera conferencia nacional de la Confederación
de Trabajadores Independientes en la casa de la periodista
independiente Aleida Godínez Soler. Catorce de los
30 delegados llegaron antes de que las fuerzas de seguridad
ordenasen a las personas a abandonar el lugar, y dos personas
fueron detenidas y puestas en libertad el mismo día.
En el documento llamado "Declaración de Septiembre",
los miembros reafirmaban su compromiso de denunciar violaciones
laborales y de colaborar con trabajadores que eran despedidos
de forma arbitraria de sus puestos de empleo por motivos políticos.
La CTC
es miembro de la Federación Mundial de Sindicatos,
de orientación comunista, en el pasado dominada por
la Unión Soviética.
b. Derecho
de organizarse y negociar colectivamente
No existe
la negociación colectiva. El Comité Estatal
de Trabajo y Seguro Social (CETSS) fija los sueldos y salarios
en el sector estatal, que es casi el único empleador
en el país. Puesto que todos los sindicatos legales
son entidades del gobierno, no existe, por definición,
la discriminación antisindical.
La Ley
de Inversiones Extranjeras de 1995 (Ley 77) siguió
denegando a los trabajadores el derecho, sin permiso especial
del gobierno, de contratar directamente con las compañías
extranjeras que invierten en el país. Si bien unas
pocas firmas han logrado negociar excepciones, el gobierno
exige que los inversionistas extranjeros contraten a los trabajadores
a través de las agencias de colocaciones del estado,
a las que se paga en moneda extranjera y, a su vez, pagan
a los trabajadores salarios muy bajos en pesos cubanos. Los
trabajadores subcontratados por las agencias de colocaciones
del estado deben satisfacer ciertas condiciones políticas.
Según el ministro de Industrias Básicas, Marcos
Portal, las agencias de colocaciones del estado consultan
al Partido, a la CTC y a la Unión de Jóvenes
Comunistas para asegurar que los trabajadores seleccionados
merecen trabajar en una empresa conjunta.
No existen
zonas francas industriales, si bien la ley autoriza el establecimiento
de zonas de libre comercio y parques industriales.
c. Prohibición
del trabajo forzado u obligatorio
Ni la
Constitución ni el Código Laboral prohíben
el trabajo forzado. El gobierno mantiene centros de corrección
a donde envía a las personas que cometen delitos tales
como la peligrosidad. A los presos detenidos allí se
los fuerza a trabajar en granjas u obras de construcción.
Las autoridades frecuentemente encarcelan a los reclusos que
no cooperan.
El gobierno
emplea grupos especiales de trabajadores, conocidos como "microbrigadas",
que son reasignados temporalmente de sus trabajos habituales,
para trabajar en proyectos de construcción especiales.
Estas microbrigadas son cada vez más importantes para
los esfuerzos del gobierno de completar proyectos turísticos
y otras obras que tienen prioridad. Los trabajadores que se
niegan a ofrecerse voluntariamente para estos trabajos muchas
veces arriesgan discriminación o pérdida del
empleo. Los trabajadores de las microbrigadas supuestamente
reciben consideración prioritaria en la asignación
de viviendas. Las fuerzas militares asignan a algunos reclutas
al Ejército de Trabajadores Juveniles, en el que cumplen
sus dos años de servicio militar obligatorio trabajando
en granjas que abastecen a las fuerzas armadas y a la población
civil.
El gobierno
prohíbe el trabajo forzado y obligatorio de menores;
sin embargo, el gobierno exige a los niños trabajar
sin remuneración. Todos los estudiantes mayores de
once años deben dedicar de 30 a 45 días de sus
vacaciones de verano al trabajo agrícola, hasta ocho
horas por día. El Ministerio de Agricultura utiliza
extensamente en el sector agrícola el "trabajo voluntario"
de las brigadas de trabajadores estudiantiles.
d. Estatuto
de las prácticas del trabajo infantil y la edad mínima
para empleos
La edad
mínima legal de trabajo es 17 años. Sin embargo,
el Código Laboral permite el empleo de menores de 15
y 16 años para obtener entrenamiento o compensar por
escaseces laborales. La ley exige la asistencia escolar hasta
el noveno grado, y esta ley se respeta generalmente. El gobierno
prohíbe el trabajo infantil forzado u obligatorio;
sin embargo, alienta vigorosamente que los niños trabajen
sin recibir remuneración (véase la Sección
6.c.). De acuerdo a los reglamentos escolares, el rechazo
a realizar tareas agrícolas podría afectar las
posibilidades del estudiante de seguir sus estudios en la
institución.
e. Condiciones
de trabajo aceptables
El salario
mínimo varía según la ocupación
y lo fija el CETSS. Por ejemplo, el salario mínimo
mensual de una sirvienta es de 8.25 dólares (165 pesos);
el de un empleado de oficina bilingüe es de 9.50 dólares
(190 pesos); y el de un jardinero es de 10.75 dólares
(216 pesos). El gobierno suplementa el salario mínimo
con educación gratuita y cuidado médico subsidiado
(aunque reduce la paga diaria un 40 por ciento después
del tercer día de haber sido internado en un hospital),
vivienda y alguna comida (esta comida subsidiada alcanza aproximadamente
para una semana por mes). Sin embargo, hasta con estos subsidios,
el salario mínimo no permite a un trabajador y su familia
un nivel de vida decente. La corrupción y el mercado
negro están generalizados. El gobierno raciona la mayoría
de las necesidades básicas como los alimentos, la ropa
y el gas de cocina, todos muy escasos.
El gobierno
exige a las compañías extranjeras de empresas
conjuntas con entidades del estado contratar y remunerar a
los trabajadores por intermedio del estado (ver Sección
6.b.). HRW observó que la dependencia de las agencias
de colocaciones controladas por el estado, hace que los trabajadores
no tengan ninguna capacidad de negociar directamente en lo
que respecta a sus salarios, prestaciones sociales, las bases
de sus ascensos y la duración de sus períodos
de prueba en el trabajo con el empleador. Las firmas extranjeras
pagan al gobierno entre 500 a 600 dólares mensuales
por trabajador y éste, a su vez, recibe del gobierno
sólo un pequeño salario en pesos.
La semana
de trabajo regular es de 44 horas, con días de trabajo
más cortos en ocupaciones peligrosas, como la industria
minera. El gobierno redujo el día de trabajo en algunas
oficinas gubernamentales y empresas estatales para ahorrar
energía.
Los controles
medioambientales y de seguridad en los lugares de trabajo
usualmente son inadecuados, y el gobierno carece de mecanismos
efectivos para su aplicación. Los accidentes industriales
parecen ser frecuentes, pero el gobierno suprime esos informes.
El Código Laboral establece que un trabajador que considera
que su vida peligra por causa de condiciones peligrosas tiene
el derecho de no trabajar en su puesto o de no participar
en actividades específicas hasta tanto esos riesgos
hayan sido eliminados. Conforme al Código Laboral,
el trabajador está obligado a trabajar temporalmente
en cualquier otro puesto que se le asigne, por el salario
que estipule la ley.
f. Tráfico
de personas
El Código
Penal prohíbe el tráfico de personas a través
del país y desde él y fijó los siguientes
castigos a las infracciones, de 7 a 15 años de prisión
por organizar o cooperar en la introducción ilegal
de extranjeros en el país; de 10 a 20 años de
prisión por entrar en el país para sacar ilegalmente
a personas; y de 20 años de prisión a cadena
perpetua por usar violencia, causar daño o muerte o
poner vidas en peligro, al dedicarse a tal introducción
ilegal. Estas disposiciones están dirigidas principalmente
a personas que se dedican la introducción ilegal organizada
de inmigrantes potenciales. Además, el código
modificado hace que sea ilegal promover u organizar la entrada
o salida de personas con el propósito de ejercer la
prostitución; los infractores están sujetos
a entre 20 y 30 años de prisión.
No hubo
informes de personas objeto de tráfico hacia, desde,
dentro o a través del país con el propósito
de proveer trabajo o servicios forzados.
http://usinfo.state.gov/espanol/cubahr01.htm
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