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Sin medios de defensa

Laritza Diversent

LA HABANA, Cuba, septiembre (www.cubanet.org) - Randiel Martínez recibió la semana pasada una citación del jefe de sector policial de su localidad. El documento le exigía presentarse “para ser entrevistado” en la estación de policía del barrio Capri, en Arroyo Naranjo, su municipio de residencia. Le advertía también que si no asistía  podría ser multado con 500 pesos.

El joven estaba nervioso. Temía que lo amenazaran con aplicarle la ley popularmente conocida  como “ley del vago”. Una figura del código penal denominada “estado peligroso”,  aplicada con frecuencia a todo el que no se vincula laboralmente con el Estado, a las mujeres que ejercen la prostitución y a los disidentes.

Pensó que, al igual que ha visto en las películas y series televisivas norteamericanas, podría contar con asesoría legal durante la entrevista. Sabía de memoria la frase: “Tiene derecho a permanecer en silencio, todo lo que diga podrá ser usado en su contra en un tribunal de justicia”. Recurrió a un abogado amigo de su padre, y quiso contratarlo para que lo asesorara mientras lo interrogaban.

Martínez  tiene 19 años y  dejó el curso de enfermería emergente hace 3. Desde entonces no quiere trabajar ni estudiar. Los  dirigentes  del Comité de Defensa de la Revolución (CDR) y el jefe de la policía del barrio lo saben. Ellos son los  encargados de combatir las ilegalidades y delincuencia en la zona.  Lo mencionaron como un delincuente potencial en la última reunión mensual de prevención.

La comisión insiste en ubicar al joven en un centro laboral. Lo único que aparece, según su calificación, es empleo en la construcción, agricultura y servicios comunales (recogida de basura). El salario mensual es de 325 pesos moneda nacional (15 dólares). “Mucho trabajo para tan poca paga” –comentó Martínez al abogado. “No acepté ninguno de los empleos que me ofrecieron”, agregó.

El joven se sustenta y ayuda en la casa con el dinero que recibe de las remesas familiares. Su padre vive en los Estados Unidos y le envía 100 dólares mensuales. Una vez aplicado el impuesto del 20% que impone el gobierno, le quedan 80 pesos en moneda libremente convertible (CUC), unos 2000 pesos moneda nacional. “Con esa entrada, ¿qué sentido tiene trabajar por 325 pesos mensuales? “ -comenta.

Explicó sus razones al jefe del sector policial, pero no fueron suficientes. Las visitas y citaciones oficiales del agente de la autoridad continuaban. Necesitaba argumentos legales para protegerse de aquella persecución. Su semblante cambio cuando el abogado le dijo, que para intervenir, antes debía haber una acusación en su contra y ser objeto de una medida cautelar (fianza, prisión provisional, etc.). 

“En principio no hay razón legal para que te citen” -le explicó el letrado-; la citación oficial se emplea para aclarar o comprobar un hecho delictivo en investigación”. Ese no era el caso de Randiel, un joven tranquilo sin antecedentes penales. De hecho, la diligencia no cumplía los requisitos legales exigidos.

El documento no estaba expedido por un secretario judicial, lo cual lo anulaba, pero ese detalle era desconocido por Martínez, que se sentía obligado a asistir. Cuando recibió la papeleta, mostró conformidad y aceptó como válida lo que en realidad era una citación ilegal.

En la entrevista, el agente policial que atiende su barrio le dio  un ultimátum. Lo amenazó con llevarlo a los tribunales y obligarlo a cumplir hasta cuatro años de cárcel por peligrosidad pre delictiva, si no comenzaba a trabajar.

Randiel, como la mayoría de los cubanos,  no tiene medios para defenderse. Nada pudo hacer contra la decisión de las autoridades de levantarle un acta de advertencia por conducta antisocial. Tampoco podrá impedir que continúen molestándolo innecesariamente, a pesar de no haber cometido delito alguno.




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