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¿Valdrá la pena?

Juan Carlos Linares Balmaseda

LA HABANA, Cuba, septiembre (www.cubanet.org) – En las oficinas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Municipio Diez de Octubre busco, sin éxito, el listado de oficios por cuenta propia autorizados por el gobierno. Le pregunto a un empleado y dice que el listado estuvo pegado a una pared del portal hasta que se lo robaron. Así que para informarse sobre el particular hay que ir los lunes, único día de la semana que el Departamento de Trabajo por Cuenta Propia atiende a la población, en la calle Acosta No. 670, en La Víbora, y hacer la gran cola.    

Pregunto al mismo empleado por qué a los trabajadores por cuenta propia no se les permite bridar sus servicios a los que arreglan sus casas bajo el Decreto 40/10 de la Vivienda, una regulación que autoriza a los propietarios a remodelar o ampliar sus viviendas. El funcionario me dice que vaya a la oficina de del Instituto de la Vivienda municipal, porque “la orientación viene de ellos”.

Ya en la sede del Instituto, me encamino hacia el departamento de atención a la población. Me dirijo a una empleada que sabe que las restricciones administrativas molestan y son numerosas, pero ella no es responsable por la segregación de los trabajadores por cuenta propia, y me remite a la unidad municipal inversionista de la Vivienda, en la calle Mayía Rodríguez.     

Una vez allí converso con un técnico de inversiones, quien me enseña la Resolución 11/06, donde se establece la exclusión de los “cuentapropistas”.

-Es un procedimiento interno -puntualiza.

Para él, el origen de la excluyente medida es de índole económico. Me dice que, “aunque no se menciona, debe ser porque los trabajadores por cuenta propia tienen ingresos monetarios por encima del resto de la población”.

Le argumento que los “cuentapropistas” pagan impuestos elevadísimos, y no son los únicos que reciben buenos ingresos, pues dirigentes, militares, gerentes, artistas, deportistas y otros muchos cubanos perciben salarios más altos que la media de los cubanos, y otras prebendas.

Desconcertado ante mi respuesta, el funcionario me recomienda que acuda la Oficina Provincial de la Vivienda, en la esquina de O’Reilly y Aguiar, en el municipio Habana Vieja. Allí no pude determinar si es que no saben o no quieren saber nada sobre el asunto. Me desvían hacia la relativamente cercana UPIV (Unidad Provincial Inversionista de la Vivienda), en la calle Habana 304, donde una funcionaria de jerarquía me dispara un discurso sobre las limitaciones materiales que tiene el país y los cambios que se avecinan y, dejando claro que no desea que sea tergiversada o mal interpretadas su opinión, me encomienda al Instituto Nacional de la Vivienda (INV), “donde lo legislan todo”. 

En el INV, en el municipio Playa, me siento frente a una joven abogada. Le manifiesto que son 143 mil 800 trabajadores particulares -cifra dada por la Oficina Nacional de Estadísticas- los nacionales que están siendo castigados, quizás por ese histórico prejuicio contra los que se desvinculan del sector estatal. La abogada trae una Gaceta Oficial, lee la resolución décimo sexta, y como único recurso de salvaguardia para los “cuentapropistas”, me da el de apelar por escrito.

¿Valdrá la pena?  




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