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Sin acceso a la justicia

Laritza Diversent

LA HABANA, Cuba, junio (www.cubanet.org) - Alguien deslizó un papel debajo de la puerta. El oficial Vladimir Acanda exige  a Olga Lidia Ramírez, por medio de citación oficial, presentarse para una entrevista en Villa Maristas. La mujer estaba preocupada y sorprendida. El lugar es sede de la Seguridad del Estado, en Ciudad de La Habana.

Lo que en principio sería una  conversación, se convirtió en un interrogatorio de 10 horas. “Al final de la tarde, totalmente perturbada y medicamentada, firmé mi declaración sin saber que firmaba mi sentencia”, argumenta Olga Lidia. Ella no leyó su testimonio, tampoco lo hizo el instructor de su caso.

Ramírez nunca había sido interrogada. Desconocía que la Ley de Procedimiento Penal establece que, cuando la declaración de un acusado o testigo se consigna por escrito, el hombre o la mujer tienen derecho a leerla, o en su lugar, el oficial actuante está obligado a hacerlo.

Salió del lugar con la orientación de incorporarse nuevamente a su trabajo, como secretaria de la Academia Provincial  de Beisbol de la capital. Allí la esperaba una resolución que le imponía la separación definitiva de su centro laboral. En ese momento se enteró, de boca de su director, que estaba acusada de tráfico de personas.

El Instructor penal, Acanda, omitió decirle, tal como manda la ley, que se había iniciado un proceso penal en su contra. Tampoco la instruyó de su derecho a prestar declaración. Hasta hoy, Ramírez ignora quién la acusó.

Así comienza la historia que, en el año 2009, llevó a esta mujer a enfrentar un juicio en el que resultó sancionada a siete años de privación de libertad, por atentar contra el normal tráfico migratorio.

Según la sentencia No 111/09, ella organizó, por medio de correos electrónicos, la salida ilegal de peloteros de los equipos Industriales y Metropolitanos. El fallo fue ratificado por la sala de casación del Tribunal Supremo. Su causa no tiene posibilidad de ser recurrida.

Según la resolución judicial, los jugadores Estayle Manuel Hernández Apesteñis, Reynaldo Fajardo Véliz, Jhoyce su Casella, Reinier Roll Valdés-Basante, Yasmany Torres y Alexei Gill Pérez, fueron contactados  “en los terrenos deportivos o en lugares previamente acordados”. Allí se les propuso abandonar el país para jugar en las ligas profesionales, “donde recibirían jugosos contratos por su desempeño”.

El Código Penal cubano castiga con privación de libertad al que, sin estar facultado para ello y con ánimo de lucro, organice o promueva la salida del territorio nacional de personas que se encuentren en él, con destino a otros países.

La fuga sería  en una lancha rápida a un país intermedio. Sin embargo, la sentencia no específica cuál. El  destino final sería Estados Unidos. Supuestamente, Olga Lidia abandonaría la isla junto a los deportistas.

El Tribunal formó convicción de los hechos declarados probados, por la confesión del jugador Reinaldo Fajardo, quien manifestó que Ramírez, por vía telefónica, le propuso salir del país por vía marítima, en una embarcación que llegaría a Cuba por esos días.

La declaración del mayor de la Seguridad del Estado, Vladimir Acanda, fue también determinarte para el Tribunal Provincial de Ciudad Habana. El oficial corroboró y confirmó que la acusada, en la fase investigativa, reconoció su participación en los hechos. Ramírez alega que le negaron dos veces la oportunidad de cambiar su primera declaración, derecho reconocido en la Ley procesal.

 “Todo delito debe ser probado independientemente del testimonio del acusado, la sola declaración de las personas no dispensará de la obligación de practicar las pruebas necesarias para la comprobación de los hechos”. Así reza el artículo 1 de la Ley de Procedimiento Penal. En este caso, intrascendente para los jueces.

La  resolución judicial argumenta que, el contacto de Olga Lidia en el exterior, era Franklin García, ciudadano venezolano vinculado a agentes del deporte profesional. Ambos se comunicaban por correos electrónicos. Durante el proceso investigativo, la correspondencia fue ocupada y apreciada como una prueba.

García viajó en varias ocasiones al país y estaba interesado en jugadores de beisbol que querían emigrar. Según exponen los jueces, la comunicación entre él y Ramírez no era clara y precisa. Asumieron que, por el tipo de información, era lógico que tuviera que ponerse en otro contexto y de una forma figurada, para evitar ser entendida por un tercero.

La comunicación fue determinante para que el tribunal. Después de saber las intenciones de la acusada, los jueces se convencieron de su culpabilidad. Ella se declaraba inocente. Contrató, en el bufete colectivo de Centro Habana,  los servicios del abogado Máximo Averoff. Confió en él cuando le dijo que no hablara en el juicio. El letrado, sin consultarle, la hizo responsable con respecto a un delito de salida ilegal del país.

Ramírez no se resigna a ser castigada por un delito que no cometió. Jamás pasó por su mente traficar con personas ni aventurarse en una lancha para huir del país. La idea de sufrir prisión la llevó a atentar contra su vida. Sus expectativas cambiaron. Busca agotar las vías legales posibles para demostrar su inocencia, pero el silencio de las autoridades le impide invocar nuevamente al Tribunal Supremo.

Interpuso un recurso de queja contra los oficiales que la atendieron. La contestación le daba la posibilidad de acceder a la justicia y demostrar el maltrato psicológico y la manipulación a la que fue sometida. En una oficina leyeron la respuesta pero no le dieron copia por escrito de la misma.

Contra el abogado presentó reclamación ante la Organización Nacional de Bufete Colectivo (ONBC) por incumplimiento del contrato. Al jurista lo sancionaron administrativamente. Trabajó por seis meses  como mensajero de su centro. La respuesta escrita de la institución es la prueba de su indefensión en el juicio y causa para la revisión del caso por el tribunal.

El bufete colectivo Salvador Allende, sin embargo, tiene orden de no darle respuesta por escrito. Recientemente interpuso reclamación contra la institución ante el Ministerio de Justicia. Aun espera la respuesta que le dé la posibilidad  de demostrar su inocencia. 




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