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Legislación especial

Odelín Alfonso Torna

LA HABANA, Cuba, enero (www.cubanet.org) - Este fenómeno de la distribución clandestina de programas satelitales o informaciones bajadas de Internet en los barrios capitalinos, es tan cotidiano como otros materiales que escapan de los archivos del Ministerio del Interior, la Policía Nacional Revolucionaria o de los concejos de Defensa municipales.

Dada la fiebre de soportes digitales transportables, dígase memorias flash, teléfonos celulares, reproductores Ipod o MP3, el gobierno pierde el control de lo que hasta cierto punto puede considerarse información clasificada. 

No sólo la proliferación de nuevas tecnologías de la información en la isla (soportes al servicio de esa enorme bitácora clandestina que a golpe de escritura se abre para los cubanos), crea este ambiente de copiar y pegar documentos e información audiovisual filtrada de la red. De alguna manera, consientes o no de sus actos, los empleados del régimen violan los requisitos de seguridad y crean un atajo hacia ciertas y determinadas carpetas confidenciales.  

Sobre lo que puede aparecer en cualquier ordenador, pudiera enumerar algunas investigaciones criminales realizadas por el Departamento Técnico de Investigaciones (DTI). Casos como La Jarreta (mayo 1981), Maniquí (abril 1994), Cárdenas (mayo 2001) o Goldfish (febrero 2005). También la reconstrucción de los hechos sobre el “Caso Fascista”, conocido intento de secuestro a mano armada de una aeronave cubana, protagonizado por los reclutas Leandro Cerezo Sirut y Yoan Torres Martínez, el 2 de mayo de 2007.  

Sumen a la información clandestina, controversiales cartas de artistas e intelectuales, la blogosfera en CD y las cada vez más abiertas entrevistas de Oscar Haza y Maria Elvira Salazar en sus respectivos programas de los canales América TV y La Mega. 

Hay algo que nadie esperaba ver: la Legislación especial para situaciones excepcionales (invasión enemiga o revuelta popular). Ya que estamos cerca de un episodio represivo de grandes magnitudes y la letra del año anuncia golpe de Estado, la comunidad internacional debe saber a qué se exponen los reclusos cubanos, los pendientes de sentencia y la disidencia interna en general. Voy a reseñar algunos de los puntos de este documento. 

De declararse el estado de emergencia durante el período inicial de la crisis, el teniente coronel Adolfo Sánchez, jefe del grupo jurídico del municipio capitalino Cotorro, señala:

“La Fiscalía y el Tribunal Municipal, así como las dependencias de la Dirección de Justicia, continúan realizando las actividades de tiempo de paz. Excepto en el caso de que se declare dicha situación excepcional, se activarán los tribunales y la fiscalías de sector, y se aplicará la legislación especial, bajo el principio de jurisdicción militar única”.  

Es decir, de declararse la movilización general, “se agilizará la tramitación de los procesos penales y asuntos de cualquier otra naturaleza que se ventilan; y excepcionalmente, y de manera sumaria, se tramitarán aquellos que dadas las características y particularidades, requieran de una decisión judicial inmediata e impostergable”. 

Sobra decir que los llamados de “otra naturaleza”, además de clasificar los casos de alta peligrosidad pre delictiva, por norma también comprenden los disidentes y opositores al régimen. Tampoco dudemos que en situaciones excepcionales, los tribunales militares “en virtud de los hechos punibles e índices de peligrosidad”, reconsideren los pendientes a juicio, inclusive procedan a conmutar procesos o excarcelar como parte del reclutamiento en tiempo de guerra. 

Así, sin querer, entran en nuestros ordenadores los chismes clasificados. Ni siquiera me permiten poner un pie en casa de los concejales comunistas de circunscripción y ya conozco mi sentencia para “tiempo de guerra”. ¡Enhorabuena!




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