Crónica          
24 de marzo de 2008

Un perfecto estado de excepción

Laritza Diversent

LA HABANA, Cuba, marzo (www.cubanet.org) - Desde su internacionalización en 1948, los derechos y libertades fundamentales se concibieron como facultades innatas de los seres humanos. Su regulación jurídica constituyó una garantía para que los individuos pudieran vivir una vida plena y digna.

Visto desde este punto, su reconocimiento constitucional y legal dentro de las legislaciones internas se convierte en un freno o límite a las actuaciones de los poderes públicos.

En virtud del artículo 62 de la Constitución de la República de Cuba, “ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra los fines del estado socialista (…) la infracción de este principio es punible”.

Dicho artículo constituye una limitación expresa al ejercicio de los derechos humanos del pueblo de Cuba. No existe fundamento o justificación para que un estado, socialista o no, límite constitucional e indefinidamente la vigencia de los derechos ciudadanos.

Al legislador de 1976 no le interesó que el estado fuera un conjunto de órganos, instituciones y aparatos represivos por medio de los cuales las clases dirigentes ejercen el poder absoluto de la nación, coactiva y coercitivamente.

Detrás de todo ese aparato institucional hay un conjunto de funcionarios y agentes estatales. Hombres  que no están exentos de cometer abusos y excesos a la hora de ejercer el poder amplia e ilimitadamente. 

La historia de la humanidad está llena de hombres con nobles intenciones que se corrompieron al ejercer el gobierno, convirtiéndose en perfectos e inescrupulosos dictadores. Casi 50 años de socialismo en Cuba reafirman la veracidad de estas afirmaciones.

No podemos olvidar que la comisión que redactó nuestro texto magno estuvo subordinada a la voluntad de los órganos de la máxima dirección política. De ellos recibió órdenes en cuanto a los contenidos constitucionales básicos, asegurando de esta forma la presencia indeclinable de la casta dirigente.

Fue precisamente la oligarquía burocrática castrista la que tuteló los derechos constitucionales de los cubanos como logros conquistados y garantizados por la revolución socialista, no como facultades consustanciales a los hombres.

La naturaleza eminentemente humana de los derechos fundamentales determina que sean irrestringibles. De forma excepcional, sólo admiten limitaciones en función del orden público.

La presencia y vigencia del referido artículo 62 va contra la naturaleza y esencia de los derechos humanos. Su existencia explica por sí sola por qué, antes de 1992, las situaciones excepcionales no se regularon en nuestra Carta Magna. El estado socialista nació como un perpetuo estado de excepción.

Los estados de excepción o emergencia se imponen cuando surgen situaciones anormales: catástrofes naturales, epidemias, agresiones externas, conmociones internas. La solución de estos problemas requiere la adopción de medidas especiales. La vigencia de estas normas menoscaba el ejercicio de ciertos derechos individuales.

De esta forma, se impone, temporalmente y por estricta necesidad, una dictadura. Se afecta la democracia en función de preservar el orden interno del país.

Un estado verdaderamente democrático prevé en su legislación la ocurrencia de estos acontecimientos, principalmente para asegurar que durante la vigencia de los mismos, se respete la esencia de la dignidad humana y la seguridad personal de sus ciudadanos.

Después de la reforma de 1992, la Constitución Cubana reconoce, en su artículo 67, el estado de emergencia. Si partimos de la existencia del artículo 62, su regulación, desde el punto de vista jurídico lógico, es innecesaria.

No hay necesidad de regular la restricción temporal y excepcional de los derechos ciudadanos, si constitucionalmente se prohíbe el ejercicio de los mismos frente a los poderes del Estado, de forma indefinida.

El pueblo de Cuba ha estado, por casi medio siglo, indefenso ante los excesos de poder del gobierno socialista. Los cubanos no tenemos formas individuales o colectivas de evitar y prevenir estos abusos, gracias a que nuestra ley suprema legaliza un perpetuo estado de excepción. Una dictadura eterna.

 

 
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