Crónica           IMPRIMIR
12 de febrero de 2008

Dos leyes trascendentales

Reinaldo Cosano Alén, Sindical Press

LA HABANA, Cuba, febrero (www.cubanet.org) – Dos leyes, la reciente y polémica Resolución 277 de 2007 del Ministerio de Finanzas y Precios,  y la Ley Aguinaldo, promulgada por el desaparecido Congreso de la República, y puesta en vigor en diciembre de 1950, ambas de gran impacto en la clase obrera cubana, pueden ser consideradas polos opuestos: una, porque quita; y la otra porque daba a los trabajadores.


La actitud de enérgica y bulliciosa protesta -casi un conato de huelga, prohibidas en Cuba- por trabajadores al servicio de empresarios extranjeros contra la Resolución 277/07, frustró una reunión oficial convocada precisamente para explicar la Resolución, y por efecto dominó obligó a cancelar otras dos reuniones en igual sentido. Y se supone, como es común, el despido de los implicados que ¡ojo!, sería muy osado llamar contrarrevolucionarios, porque saben bien dónde están parados y cuáles razones les asisten.

La Resolución de marras establece un gravamen a las gratificaciones en divisa, cuyos beneficiarios, como si fueran trabajadores por cuenta propia, están obligados a presentar una declaración jurada anual a la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) por el monto de las propinas recibidas. El gravamen puede oscilar entre el 10 y el 50 por ciento. El asunto continúa caliente, considerado un despojo por los perjudicados.

El trabajador cubano no puede contratarse ni negociar directamente con el inversor extranjero, ni establecer convenios de trabajo, ni fundar sindicato, ni hacer reclamaciones laborales, porque de todo se ocupa el estado: Agencias de Contratación a Representantes Comerciales S.A. (ACOREC) y Cuba al Servicio del Extranjero (CUBALSE), además del cobro de intereses a la contraparte foránea. Una y otra cobran el salario de los trabajadores con prestación de servicio en divisas, pero al trabajador se le pone en las manos el peso, de poco poder adquisitivo.

Esas prácticas discriminatorias contra los obreros cubanos por las trasnacionales, han sido denunciadas por la oposición interna, y en el exterior principalmente por el Grupo Internacional por la Responsabilidad Social Corporativa en Cuba (GIRSC).
El Grupo desarrolla una importante labor en foros internacionales en defensa del trabajador cubano, y reclama a los inversionistas extranjeros en la Isla que no sean cómplices de la violación de los derechos humanos y socio laborales.

La Ley Aguinaldo, popularmente bautizada como “ley Arturito”, fue presentada en el Congreso por el senador por Camagűey Arturo Hernández Tellechea, y entró en vigor en diciembre de 1950. Estableció la obligatoriedad del pago anual de un sueldo mensual ordinario extra para todos los funcionarios y empleados del estado, provinciales y municipales, en el mes de diciembre, por entonces el mes más festivo del año.

La práctica de entrega del aguinaldo se extendió rápidamente a todos los sectores laborales, estatales y privados, incluidas las empresas extranjeras. Después de 1959 el aguinaldo desapareció del panorama laboral cubano.

 

 

 
 
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