La
participación popular en Cuba (I parte)
Laritza Diversent
LA HABANA, enero (www.cubanet.org) - Para hablar
de democracia, hay que referirse obligatoriamente a la participación
popular. Un estado será más o menos democrático
en la medida que sus ciudadanos tomen parte activa en la toma de
decisiones políticas que atañen a la vida de la nación
en general.
La participación política ciudadana
es una facultad reconocida internacionalmente en el Artículo
21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Toda
persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país,
directamente o por medio de representantes libremente escogidos”.
Como prerrogativa de carácter político
y del ámbito público es reconocido por la Constitución
cubana en su artículo 3: “En la República de
Cuba, la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo
el poder del Estado. Ese poder es ejercido directamente o por medio
de la Asamblea del Poder Popular y demás órganos del
Estado que de ella derivan, en la forma y según las normas
fijadas por la Constitución y las leyes”.
Es conveniente aclarar que esta facultad humana no
está reconocida en nuestra Carta Magna dentro del capítulo
dedicado a los derechos, deberes y garantías fundamentales
(artículos del 45 al 66). Igual sucede con el derecho al
voto (artículo 132), evidente muestra de la deficiente técnica
jurídica constitucional y la subvaloración que sufren
en nuestro país los derechos políticos de los ciudadanos.
De la lectura de los comentados preceptos se desprende
que existen dos formas de participación.
Entre las formas de participación directa
se encuentran el voto en elecciones y en referendos, la iniciativa
legislativa, el derecho al control popular y a la revocación
del mandato de los delegados municipales del Poder Popular.
La participación indirecta supuestamente se
realiza a través de los representantes populares de los diferentes
niveles (municipio, provincia, nación). Son integrantes de
los órganos representativos del Estado. El gobierno asegura
que Cuba es un país democrático porque el pueblo los
elige directamente.
El voto popular directo para elegir a los miembros
de los órganos locales y supremos del poder, excluyendo al
Consejo de Estado, no significa en modo alguno una mayor participación
popular directa. A esta conclusión se llega cuando analizamos
algunos elementos del proceso electoral cubano.
En estos momentos está a punto de concluir
la segunda fase de las elecciones generales en Cuba. El 20 de enero,
los cubanos supuestamente elegirán a los delegados provinciales
y diputados nacionales.
En la elección y mandato de estos últimos,
concentraremos nuestras reflexiones, por ser ellos los que ocuparán
los cargos de importancia política en el país.
Los candidatos a diputados son propuestos por una
comisión de candidaturas, integrada por miembros de las organizaciones
sociales y de masas (CDR, CTC, FMC, UJC, FEU).
Supuestamente, el Partido Comunista de Cuba no participa
en el proceso electoral. Sin embargo, cada comité de base
de estas organizaciones es atendido directamente por un representante
del Partido. Este vigila y asegura que cada uno de los propuestos
tenga una proyección política consecuente con la ideología
castrista. No es casualidad que casi todos los nominados sean parte
de la membresía del único partido existente en Cuba.
Hay comisiones de candidaturas a todos los niveles:
nacional, provincial y municipal. Es a través de esta red
jerárquica que se mueve de arriba hacia abajo, que los líderes
de la revolución escogen el distrito electoral por el cual
han de ser propuestos y nominados. Eso es, claro está, después
de un estudio demográfico de las diferentes regiones del
país, que les asegure un cuerpo electoral reducido.
Luego, las 169 asambleas municipales de la nación
nominan a los propuestos. La candidatura de los mismos es de lista
cerrada y bloqueada, es decir, la boleta electoral tiene tantos
candidatos como escaños a cubrir tiene el municipio en el
foro superior. Este tipo de lista impide al elector un voto selectivo
y preferencial.
Es intrascendente que tengamos la posibilidad de
escoger a los diputados de nuestra preferencia, si tenemos en cuenta
que el pueblo de Cuba es persuadido e incitado por los medios de
comunicación masiva oficiales a ejercer el voto unido o en
bloque, como “un deber de los buenos cubanos”.
Este voto característico de las listas cerradas y bloqueadas
anula completamente nuestra facultad de elegir.
En estas condiciones, es difícil que los candidatos
propuestos y nominados no obtengan más del 50% de los votos
necesarios para ocupar el puesto en la Asamblea Nacional.
Nuestro papel en el proceso electoral se reduce a
marcar con una cruz. Votamos para legitimar la estancia imperturbable
por casi 50 años de la élite política cubana.
Votar es el acto a través del cual una persona
expresa su voluntad política. Decide quién lo representará
políticamente. Elegir es escoger, seleccionar. Eso sólo
se puede hacer cuando hay pluralismo político, y nosotros
no tenemos.
El pueblo cubano no decide quien lo gobernará,
porque las elecciones son simbólicas.
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