7 de agosto de 2008   IMPRIMIR   VOLVER AL INICIO
 

Terapia de choque

Laritza Diversent Cámbara

LA HABANA, Cuba, agosto (www.cubanet.org) - La situación privilegiada que ocupan los miembros del Consejo de Estado dentro de las sesiones parlamentarias, produce el estimulo adecuado para impedir que se realice una de las funciones primarias del órgano legislativo: debatir. 

El artículo 45 del Reglamento de la Asamblea Nacional del Poder Popular establece: “Durante el desarrollo de las sesiones, en el lugar destinado a la presidencia, toman asiento el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario de la Asamblea Nacional, el Primer Vicepresidente, los Vicepresidentes, el secretario y los demás miembros del Consejo de Estado”. 

Por ley, los integrantes del Consejo de Estado deben sentarse en el estrado del salón, en el que se desarrolla la sesión de la Asamblea. Por debajo, el resto de los diputados. ¿Qué parlamentario, en una situación de inferioridad como esta, se atreve a cuestionar las medidas políticas emprendidas por los Castro? 

Los miembros del Consejo de Estado son diputados del parlamento cubano, pero a la vez presiden las sesiones, en las que en principio deben dar cuenta de su gestión. ¿Son jueces o partes en las discusiones de la Asamblea? 

En principio, el Consejo de Estado actúa en nombre de la Asamblea. Como tal, realiza sus actividades en interés de un órgano jerárquicamente superior. Este particular le obliga a dar detalles al parlamento acerca de sus actividades. 

Imagínese a un campesino, a un maestro de primaria o un simple obrero, miembro de la Asamblea Nacional, interrogando al Presidente acerca de las políticas emprendidas para disminuir el éxodo definitivo de cubanos al exterior.  

Este privilegio tiene una intención: provocar una reacción de choque. El diputado, en su condición de parlamentario, no tiene ninguna situación efectiva de poder, autoridad que si tienen los miembros del Consejo de Estado.

Estos últimos, desde este punto de vista, pueden ejercer presión sobre el resto de los parlamentarios. Fuerzan a conveniencia sus conductas e incluso sus voluntades, situación que impide que se ejerzan adecuadamente las facultades parlamentarias.

Por ejemplo, los diputados pueden dirigir preguntas al Consejo de Estado. Al ejercer esta facultad, el parlamentario tiene que exponer las razones que motivan su pregunta y el contenido de la misma. Así lo exige el artículo 105 del reglamento de la Asamblea Nacional del Poder Popular. 

Incluso gozan de ciertos privilegios. El presidente del CE es quien decide qué miembro de este órgano responde a las preguntas del resto del los legislativos. Ellos, además, tienen la posibilidad de responder, si lo estiman, en el momento. De lo contrario, lo hacen aproximadamente seis meses después, en la próxima sesión.

La ubicación estratificada de los puestos dentro de la asamblea, es un factor determinante que paraliza al resto de los diputados. Hace que las sesiones del órgano legislativo sean una terapia de choque para sus participantes. Imposibilita que se agote el análisis de las cuestiones sometidas a consideración de los parlamentarios. Le da a la elite la posibilidad de desviarse de un asunto y de abstenerse de tratar otros. Provoca que el resto de los diputados se abstengan y dejen de actuar como les corresponde. Esto explica por qué los acuerdos de la Asamblea Nacional del Poder Popular se aprueban por unanimidad.

laritzadiversent@yahoo.es

 

 

 

 
 
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